POBLACION Y DESARROLLO HUMANO
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 2155-D-2017
Sumario: "OBSERVATORIO NACIONAL DE CIUDADES INTELIGENTES - ONCI -". CREACION.
Fecha: 28/04/2017
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 38
Observatorio Nacional de Ciudades Inteligentes
Artículo 1° - Creación. Créase el Observatorio Nacional de Ciudades Inteligentes (ONCI), dependiente del Ministerio de Modernización y de la Secretaria de Asuntos Municipales de la Nación, dependiente del Ministerio del Interior, Obras Publicas y Viviendas.
Artículo 2° - Definición. El Observatorio Nacional de Ciudades Inteligentes es un órgano técnico de investigación, relevamiento de datos, análisis y diagnóstico de la nueva temática de ciudades inteligentes en nuestro país y de asesoramiento a la formulación de iniciativas, programas y políticas públicas, a los fines de mejorar las condiciones de vida de los ciudadanos que componen la población urbana.
Artículo 3° - El Observatorio Nacional de Ciudades Inteligentes tiene como misión llevar adelante la investigación y documentación, para proporcionar a la sociedad una visión global y permanente de las ciudades inteligentes, de la situación real del funcionamiento de las mismas en nuestro país, realizando investigaciones, analizando información y recogiendo datos.
Artículo 4° - Objetivos. El Observatorio Nacional de las Ciudades Inteligentes impulsa investigaciones sistemáticas sobre la situación, necesidades y demandas de los ciudadanos residentes en territorio argentino, a los fines de mejorar la calidad de los procesos de diseño y planificación, y a la implementación progresiva de las políticas públicas en la materia tratada.
Artículo 5° - Funciones. El Observatorio Nacional de ciudades inteligentes tiene como funciones:
a. Estudiar el estado de situación de las ciudades, las necesidades y demandas de la población residente en el territorio nacional, a través de encuestas sistemáticas y relevamientos anuales, en coordinación con las áreas municipales y provinciales.
b. Elaborar informes y documentos académicos periódicos que recopilen los resultados y conclusiones obtenidas sobre las ciudades inteligentes.
c. Otorgar apoyatura técnica a la Secretaría de Asuntos Municipales, dependiente del Ministerio del Interior, Obra Pública y Vivienda de la Nación, y al Ministerio de Modernización, como así también a diferentes instituciones, áreas y organismos estatales que tengan como destinatarios directos o indirectos de sus acciones a la sociedad.
d. Colaborar con los distintos niveles de gobierno mediante el asesoramiento y la capacitación, la realización de estudios específicos, emisión de información y otras actividades vinculadas que puedan serle requeridas o acuerde formular por propia iniciativa.
e. Proponer a los poderes públicos la adopción de políticas de gobierno con perspectiva a los fines que le son propios.
f. Difundir en formatos digitales, abiertos, accesibles y gratuitos, los datos de las investigaciones realizadas y cualquier otro material que resulte de interés a los efectos de esta Ley. Las publicaciones deben documentarse en un sitio web propio y otros canales disponibles, de acuerdo a los criterios que garanticen la publicidad de la información oportuna, veraz, comprensible, actualizada y completa por parte de la ciudadanía.
Artículo 6° - Composición. El Observatorio Nacional de Ciudad Inteligente está integrado por un/a director/a y un equipo interdisciplinario de trabajo de profesionales, académicos e idóneos en la materia. La conformación del equipo deberá prestar atención al equilibrio de género. Los integrantes del Observatorio Nacional de Ciudades Inteligentes serán seleccionados mediante concurso público abierto de oposición y antecedentes por un jurado idóneo designado a tal efecto.
Artículo 7° - En cumplimiento de referido en el artículo precedente de esta Ley se formalizará, entre los partidos políticos nacionales, sector público y sector privado, un convenio Compromiso de Instrumentación de Políticas Públicas de Estado para el tratamiento de las Ciudades Inteligentes.
Artículo 8° - Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto de ley tiene por objeto la creación de un observatorio, denominado “Observatorio Nacional de las Ciudades Inteligentes”. Con la misión de realizar un trabajo de investigación científica, valiéndose de este órgano técnico de investigación, para un análisis global, abordando la problemática en cuestión, desde un punto de vista efectivo y pragmático, como científico, donde se realice investigación para recabar datos reales sobre las ciudades inteligentes, para contribuir a la difusión, a la toma de conciencia, a la reflexión, por parte de toda la población argentina. Con el fin de colaborar a la implementación efectiva y eficiente de las ciudades inteligentes en la sociedad argentina.
El término "Ciudad Inteligente” es una traducción del término “Smart City” que es utilizado ampliamente en el mundo. Las Ciudades Inteligentes o Smart Cities, es un concepto nuevo, sujeto como tal a constantes revisiones. También llamada ciudad súper eficiente o ciudad eficiente, se refiere a un tipo de desarrollo urbano basado en la sostenibilidad que es capaz de responder adecuadamente a las necesidades básicas de los ciudadanos, instituciones, empresas, a nivel social, económico, ambientales, como en los aspectos operativos.
Actualmente el concepto de “ciudad inteligente" es muy utilizado por parte de los profesionales de marketing en aglomeraciones urbanas. Pero se comete frecuentemente el error, de poner relieve en un solo aspecto, dejando de lado el concepto que se intenta desarrollar, que tiene un importante componente integral e holístico.
Una serie de definiciones de “Smart City” existen; algunos tienen un enfoque amplio, mientras que otros se centran en la tecnología y los datos o los ciudadanos.
Por ejemplo, el British Standards Institute (BSI) define a las ciudades inteligentes como 'la integración efectiva de los sistemas físicos, digitales y humanos en el entorno construido para ofrecer un futuro sustentable, próspero e inclusivo para sus ciudadanos' (BSI, PAS 180 Smart Cities Vocabulary, 2014).
La empresa tecnológica Cisco define el término como el de las ciudades que adoptan 'soluciones escalables que se aprovechan de la tecnología de la información y las comunicaciones (TIC) para aumentar la eficiencia, reducir los costos y mejorar la calidad de vida' (Falconer y Mitchell, 2012).
La ISO (International Organization for Standardization) en su guía 82 sobre Sustentabilidad y guía 73 sobre Resiliencia, dice que una ciudad inteligente debería ser descripta como la que:
- Aumenta drásticamente el ritmo en la que mejora su sostenibilidad y la resiliencia.
- Mejora fundamentalmente la forma en cómo esto involucra a la sociedad, el cómo se aplican métodos de liderazgo colaborativos, el cómo funciona a través de todas las disciplinas y los sistemas de la ciudad, y cómo utiliza los datos y tecnologías integradas,
- Con el fin de proveer mejores servicios y calidad de vida para todos aquellos que están involucrados en una ciudad (residentes, empresas, visitantes).
El Plan Nacional de Ciudades Inteligentes de España siguió la definición propuesta por el Grupo Técnico de Normalización 178 de la Asociación Española de Normalización y certificación (AENOR): “Ciudad inteligente (Smart City) es la visión holística de una ciudad que aplica las Tecnología de Información y Comunicación (TIC) para la mejora de la calidad de vida y la accesibilidad de sus habitantes y asegura un desarrollo sostenible económico, social y ambiental en mejora permanente. Una ciudad inteligente permite a los ciudadanos interactuar con ella de forma multidisciplinar y se adapta en tiempo real a sus necesidades, de forma eficiente en calidad y costes, ofreciendo datos abiertos, soluciones y servicios orientados a los ciudadanos como personas, para resolver los efectos del crecimiento de las ciudades, en ámbitos públicos y privados, a través de la integración innovadora de infraestructuras con sistemas de gestión inteligente.”
En efecto, una primera conclusión, una ciudad o un territorio que se considere inteligente se manifiesta fundamentalmente por su carácter multidimensional y multifacético, en términos de actores, en cuanto a dominios clave (transportes, seguridad, energía, educación, salud, residuos, vigilancia, economía…), y en desarrollo como en utilización de tecnologías. Dentro del sector privado los principales actores implicados son los industriales y empresarios de sectores clave, tales como energía, agua, transportes, y servicios. Así como dirigentes de empresas públicas de telecomunicaciones e infraestructuras, editores, proveedores de logiciales de apoyo a la gestión, así como a la administración y a la consultoría.
Como una segunda conclusión, la mayoría de las definiciones de ciudad inteligente tienen en común que consideran el uso de tecnologías y datos como medio inteligentes para resolver los retos de sustentabilidad de las ciudades - cuestiones económicas, sociales y medioambientales.
De acuerdo a un informe de la Dirección General para políticas internas del Parlamento Europeo de 2014 (“Mapping Smart Cities in the EU”), se considera que una ciudad es inteligente si tiene al menos una iniciativa que aborde una o más de las siguientes características: Smart Economy, Smart People, Smart Mobility, Smart Environment, Smart Governance y Smart Living.
En el ámbito nacional, aquí en Argentina deberíamos trabajar en la definición sobre lo que entendemos y cómo definimos lo que es una “Ciudad Inteligente”, y estipular qué hará que una ciudad pase a ser considerada inteligente. Esto tiene como objetivo poder establecer un punto en común necesario para que todos los interesados en sumarse al modelo de aplicación de las Ciudades Inteligentes, creado por el Ministerio de Modernización de la Nación puedan tener el mismo horizonte y entiendan desde qué perspectivas se propone trabajar.
Una Smart City, o Ciudad Inteligente, se puede describir como aquella ciudad que aplica las tecnologías de la información y de la comunicación (TIC) con el objetivo de proveerla de una infraestructura que garantice:
-Un desarrollo sostenible.
-Un incremento de la calidad de vida de los ciudadanos.
-Una mayor eficacia de los recursos disponibles.
-Una participación ciudadana activa.
Por lo tanto, son ciudades que son sostenibles económica, social y medioambientalmente. La “Smart City” o las “Ciudades Inteligentes” nacen de la necesidad de mantener una armonía entre estos aspectos.
Ciudades inteligentes se basa en el uso intenso de las Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC) en prestación de servicios públicos de alta calidad y calidez, seguridad, productividad, competitividad, innovación, emprendimiento, participación, formación y capacitación.
Ahora bien, es necesario formularnos la siguiente pregunta: ¿Cuándo una ciudad es considerada inteligente? Una ciudad es considerada inteligente en la medida que las inversiones que se realicen en aspectos sociales, en infraestructuras de energía (electricidad, gas), tecnologías de comunicación (electrónica, internet) e infraestructuras de transporte, en capital humano (educación permanente, enseñanza para todas las edades de los diferentes niveles), promuevan una gobernanza con una gestión prudente, reflexionando sobre el verdadero uso de los recursos naturales, donde cada ciudadano haga un buen aprovechamiento de su tiempo, elevando así su calidad de vida, fomentando a que el desarrollo económico-ambiental sea verdaderamente durable y sostenible.
Las ciudades modernas, basadas en infraestructuras eficientes y durables de agua, electricidad, telecomunicaciones, gas, transportes, servicios de urgencia, seguridad, equipamientos públicos, edificaciones inteligentes de oficinas y de residencias, etc., deben orientarse a mejorar el confort de los ciudadanos, siendo cada vez más eficaces y brindando nuevos servicios de calidad, mientras que se respetan al máximo los aspectos ambientales, el uso prudente de los recursos naturales.
En forma conjunta al desarrollo urbanístico, el desarrollo tecnológico es una herramienta imprescindible para resolver muchos problemas de una ciudad y sus ciudadanos (contaminación, seguridad, tráfico, basura, energía, etc.), y para optimizar el funcionamiento de una gran parte de los servicios básicos (transporte, recolección de residuos, salud, educación, etc.), así como para fomentar el despliegue de otros nuevos (movilidad sustentable, accesibilidad, la participación ciudadana, etc.) a la vez que permite el ahorro de energía y una gestión mucho más eficiente de los recursos. Como consecuencia emergen nuevas tecnologías y sistemas inteligentes, entre los que destacan las redes de sensores, el “Internet of Things” (Internet de las Cosas), el Big Data, Open Data, Living Labs, etc.
Una ciudad inteligente es mucho más que la tecnología y sus soluciones tecnológicas. Cuestiones como la privacidad, la ética, la seguridad de la información, así como la recolección de los datos, van de la mano de pensar una ciudad.
En el mundo abundan proyectos relacionados a las ciudades inteligentes, y cada vez hay más apoyo de organismos y empresas para el desarrollo de los mismos, como del estado. Así es como el estado de España se convirtió en pionero a través de la implementación de su plan nacional.
De acuerdo a la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Desarrollo Sostenible, celebrada en Río de Janeiro en 2012, la mitad de la humanidad vive en ciudades. Se estima que hacia 2030 casi un 60% de la población mundial residirá en zonas urbanas. En nuestro país ya lo hace un 92% de la población. Está información nos permite realizar las siguientes lecturas:
-Nuestra población urbana ya supera en amplia medida a la proyección de la ONU para 2030.
-Tenemos una gran masa crítica de población urbana y problemas reales que tocan a casi todos nuestros habitantes, por lo que las políticas públicas afines a las ciudades podrán mejorar la calidad de vida de la casi totalidad de los argentinos.
Poseemos en Argentina ejemplos de proyectos para ciudades inteligentes, implementados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), Rosario, Santa Fe, Tigre y muchos más en estudio por las autoridades municipales de diferentes ciudades del país.
De acuerdo a las cifras del último censo realizado en el año 2010 en Argentina, un poco más del 92% de la población vive en ciudades. Casi el 50% de la población urbana vive en 32 localidades-aglomerados urbanos de más de 500.000 habitantes: Área metropolitana de Buenos Aires (24 partidos del GBA), Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA), Gran Córdoba, Gran Rosario, Gran Mendoza, Gran San Miguel de Tucumán, La Plata, Mar del Plata y Gran Salta.
Nos encontramos, entre otras, con la ciudad de Bilbao en España, destacada como modelo de ciudad inteligente, siendo un referente a nivel internacional, como la ciudad del diseño de estos días, según los expertos en urbanismo e innovación. La misma se ha reinventado, desde su antiguo paradigma industrial hasta llegar a ser un modelo de ciudad inteligente, tecnológica, cultural y ejemplo a seguir. Desde el año 2015 Bilbao participa en la reunión anual de la Red de Ciudades Creativas de la UNESCO que se celebra en Japón. Designada como ciudad del Diseño, compartió su presencia junto con capitales como Berlín y Buenos Aires. Cabe destacar a nivel nacional el trabajo que se viene realizando en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y el compromiso de la autoridad municipal para su desarrollo como ciudad inteligente, lo que le ha permitido la obtención reciente de la certificación Gold en la ISO 37120.
Las ciudades referentes en el ámbito de las ciudades inteligentes han priorizado sus actuaciones en función de su idiosincrasia. En este sentido, Barcelona ha basado sus iniciativas en una fuerte adopción de las Tecnología de Información y comunicación (TIC) y en la concepción del modelo urbano de barrios autosuficientes. Málaga y Ámsterdam han dado un fuerte impulso a las iniciativas de mejora energética fruto de la involucración de empresas de generación y distribución de energía. Madrid y Estocolmo se han centrado en aspectos de la mejora de la seguridad pública y la gestión inteligente del tráfico. Santander y Gotemburgo se han basado en el desarrollo de una infraestructura de sensores de comunicación que habilita la monitorización y el control continuo de la ciudad. Londres trabaja sobre la Open Data de su ciudad fomentando el desarrollo de apps entre sus ciudadanos.
Una de las grandes críticas que reciben los modelos teóricos-prácticos de Smart Cities desarrollados en parte por tecnológicas es que las soluciones se piensan en forma genérica, en el sentido de llevar la solución en cierta forma enlatada, con lo que algunos especialistas indican que al aplicarlos en diferentes ciudades podría tener resultados dudosos. Además, hay otros especialistas que opinan que el sector empresarial es corto placista ya que visa el vender ahora y obtener ganancia rápida, en contraposición de la idea de mediano y largo plazo que requiere la planificación de una ciudad inteligente. Parte de este pensamiento se ve plasmada en esta afirmación realizada por el ex alcalde de Barcelona Jordi Hereu: "Hay muchas ciudades en el mundo que se están construyendo sólo bajo la perspectiva del mercado. Sin ningún proyecto intencional de construir y decidir qué ciudad quieren los ciudadanos."
Es por ello, que es indispensable que enfoquemos nuestra atención en este nuevo concepto mundial que emerge “Ciudades Inteligentes” y en la necesidad de darle vida a las mismas, construyendo verdaderas ciudades súper eficientes que cubran las necesidades de todos sus habitantes, donde las ciudades de hoy puedan convertirse en las ciudades que anhelan y quieren los ciudadanos de hoy para las futuras generaciones que vendrán, cumpliendo con el objetivo de lograr un eficaz desarrollo de la sustentabilidad ambiental.
Nuestra Constitución Nacional en su artículo 41 establece: “Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley. Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambientales. Corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección, y a las provincias, las necesarias para complementarlas, sin que aquéllas alteren las jurisdicciones locales. Se prohíbe el ingreso al territorio nacional de residuos actual o potencialmente peligrosos, y delos radiactivos”, haciendo valer el principio de sustentabilidad ambiental.
El artículo 75 inciso 18 de la Constitución Nacional Argentina establece: “Proveer lo conducente a la prosperidad del país, al adelanto y bienestar de todas las provincias, y al progreso de la ilustración, dictando planes de instrucción general y universitaria, y promoviendo la industria, la inmigración, la construcción de ferrocarriles y canales navegables, la colonización de tierras de propiedad nacional, la introducción y establecimiento de nuevas industrias, la importación de capitales extranjeros y la exploración de los ríos interiores, por leyes protectoras de estos fines y por concesiones temporales de privilegios y recompensas de estímulo”, y a su orden el inciso 19 del artículo 75 de la Constitución Nacional, establece que es atribución del Congreso Nacional: “Proveer lo conducente al desarrollo humano, al progreso económico con justicia social, a la productividad de la economía nacional, a la generación de empleo, a la formación profesional de los trabajadores, a la defensa del valor de la moneda, a la investigación y desarrollo científico y tecnológico, su difusión y aprovechamiento”. Haciendo gala Nuestra Carta Magna de la importancia de defender nuestro derecho ambiental, el derecho al desarrollo sustentable, ambiental y humano, dichas regulaciones resultan beneficiosas a los efectos de armonizar los derechos individuales, sociales o colectivos y el derecho económico.
La Declaración de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre Medio Ambiente y Desarrollo, entre los veintisiete principios que la misma contiene, determinó:
Principio 3 - El derecho al desarrollo debe ejercerse en forma tal que responda equitativamente a las necesidades de desarrollo y ambientales de las generaciones presentes y futuras.
Principio 10 - El mejor modo de tratar las cuestiones ambientales es con la participación de todos los ciudadanos interesados, en el nivel que corresponda. En el plano nacional, toda persona deberá tener acceso adecuado a la información sobre el medio ambiente de que dispongan las autoridades públicas, incluida la información sobre los materiales y las actividades que encierran peligro en sus comunidades, así, como la oportunidad de participar en los procesos de adopción de decisiones. Los Estados deberán facilitar y fomentar la sensibilización y la participación de la población poniendo la información a disposición de todos. Deberá proporcionarse acceso efectivo a los procedimientos judiciales y administrativos.
La Asamblea General de la Naciones Unidas aprobó en 1986 la "Declaración sobre el Derecho al Desarrollo", en la que se señala que el derecho al desarrollo es un derecho humano inalienable de todo ser humano y de todos los pueblos a ejercer soberanía plena y completa sobre todos sus recursos y riquezas naturales en procura de su desarrollo económico, social y cultural entre éstos el resarcimiento de daños y los recursos pertinentes.
Concordantemente con todo lo expuesto, la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y Desarrollo, expresa en su principio 4 que “A fin de alcanzar el desarrollo sustentable, la protección del medio ambiente deberá constituir parte integrante del proceso de desarrollo y no podrá considerarse en forma aislada” y que “Para alcanzar el desarrollo sostenible y una mejor calidad de vida para todas las personas, los Estados deberían reducir y eliminar los sistemas de producción y consumo insostenibles y fomentar políticas demográficas apropiadas”
Es importante poseer una visión integral de no ver el crecimiento económico como único parámetro social, atento que para que haya un verdadero desarrollo, el mismo deberá ser perdurable en el tiempo, y además que el mismo sea con un proporcional desarrollo humano. Para poder generar los recursos para el desarrollo y prevenir la degradación ambiental, con cierto avance de la económica, pero siempre unido a la sustentabilidad y, al desarrollo humano, con una clara y equitativa distribución de sus beneficios. Para lograr entonces un equilibrio, el desarrollo sustentable debe ser considerado en términos de mejorar la calidad de la vida humana sin exceder la capacidad de carga de los ecosistemas que lo sustentan. Esto supone que el desarrollo sustentable es un proceso que requiere de progresos simultáneos en diversas dimensiones económica, humana, ambiental y tecnológica.
En el Informe sobre Desarrollo Humano del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) del año 2000, es donde encontramos las palabras más esclarecedoras de esta temática cuyo párrafo más significativo es el siguiente: "El crecimiento por sí solo no basta. Puede ser despiadado, dejando a los perdedores en la pobreza abierta. Sin trabajo, creando pocos empleos. Sin voz, sin garantizar la participación de las personas. Sin futuro, destruyendo el medio ambiente para las generaciones futuras. Y desarraigado, destruyendo las tradiciones culturales y la historia".
Por todo lo expuesto, solicito a mis pares que me acompañen en la aprobación del presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
MARTINEZ, ANA LAURA | SANTA FE | UNION PRO |
ROMA, CARLOS GASTON | TIERRA DEL FUEGO | UNION PRO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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PRESUPUESTO Y HACIENDA |