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POBLACION Y DESARROLLO HUMANO

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P01 Oficina 124

Secretario Administrativo SRA. BENITEZ GLADYS EVA

Miércoles 9.30hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2125 Internos 2127/2125

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PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 1354-D-2010

Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL "CENSO NACIONAL AGROPECUARIO 2008".

Fecha: 23/03/2010

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 20

Proyecto
Solicitar al Poder Ejecutivo informe, a través del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos de la República Argentina (INDEC), sobre el desarrollo, tareas, pautas de funcionamiento y resultados del Censo Nacional Agropecuario 2008 en función de lo dispuesto por el Decreto 1764/2007. Según consta en los datos provisorios de la publicación oficial de fecha 30 de octubre de 2009 del INDEC se solicita:
1. Teniendo en cuenta que el Censo Agropecuario iniciado en junio 2008 comprendió actividades precensales, censales y postcensales referidas a la producción agrícola, ganadera y forestal del país, se solicita remita a este Cuerpo el informe censal completo. En caso de no ser posible, se indiquen los motivos por lo cuales aún no están disponibles los resultados finales.
2. Dado que, según informe preliminar de octubre 2009, existe una importante cantidad de zonas que no han sido censadas, se solicita se informe las etapas del censo, alcance, pautas y mecanismos, desde su comienzo hasta su finalización, indicando la metodología utilizada o a utilizar para obtener información de dichas regiones.
3. Se solicita informe cuál ha sido la dotación de personal dedicada al censo, su forma de reclutamiento, su relación con la nómina del INDEC, detalle sobre su formación técnica, idoneidad y capacitación del personal asignado a las tareas que el censo involucra.
4. Se solicita se indique presupuesto total que fuera asignado para llevar adelante las acciones censales.
5. Se solicita detalle cuáles han sido las acciones informativas y de difusión llevadas a cabo para poner en conocimiento de los productores de todo el territorio nacional la realización del censo.
6. Se solicita se revise si es conveniente, continuar exigiendo el "Certificado de Cumplimiento Censal", como requisito previo de cualquier trámite, considerando que en muchos casos han sido las dificultades del procedimiento y no la voluntad del censado lo que ha impedido llevar adelante la toma del dato censal.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En junio de 2008 el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos de la República Argentina (INDEC) dio comienzo al Censo Nacional Agropecuario, establecido por Decreto Nº 1764/2007.
El censo se extendió desde junio de 2008 hasta septiembre de 2009 (16 meses), no pudiendo a la fecha acceder desde este Cuerpo a los resultados finales o informe completo de dicho Censo, desconociéndose las razones por las cuales al momento sólo se cuenta con los datos provisorios consignados en la publicación oficial de fecha 30 de octubre de 2009.
Como miembro de la Comisión de Agricultura y Ganadería solicito al Poder Ejecutivo a través del INDEC proveer a esta Honorable Cámara de dicha información, la que se considera de gran importancia al momento de poder contar con datos fidedignos y estadísticas sobre las cuales trabajar en la elaboración de normativas eficaces, tendientes a la formulación de un plan agropecuario nacional de largo plazo, focalizado en las fortalezas y debilidades de cada región o sector productivo, que contemple la diversidad de las economías regionales.
Asimismo, se necesita conocer, a los efectos de corregir desviaciones y mejorar procesos futuros, cuáles han sido las dificultades que se evidencian han existido a lo largo de todo el proceso censal, habida cuenta del tiempo transcurrido desde el inicio del proceso, de las regiones aún no relevadas, según lo informado hasta octubre 2009; si dichas dificultades obedecen a la falta de capacitación del personal, a la complejidad de los formularios a completar, a la asignación presupuestaria, a la coordinación operativa, o cualquier otra razón que pudo obstaculizar el normal desarrollo del Censo.
Por otro lado, y ante la evidencia de tales dificultades se solicita se revise si es conveniente continuar exigiendo el "Certificado de Cumplimiento Censal", como requisito previo de cualquier trámite, considerando que en muchos casos han sido las dificultades del procedimiento y no la voluntad del censado lo que ha impedido llevar adelante la toma del dato censal; dicho esto se requiere se evalúe la posibilidad de su suspensión hasta tanto se complete el proceso y se tenga certeza de su alcance.
En la actualidad, los productores agrícolas y ganaderos se ven exigidos a una burocracia exagerada para poder desarrollar su actividad productiva, en este caso, y sin dejar de reconocer la importancia, la obligación, el compromiso y la responsabilidad de participar respondiendo al Censo, muchos productores no pudieron participar porque no fueron censados, por lo que es ilógico que se les exija dicho certificado. Tal como reconoce el mismo Decreto Nº 1764/2007, "el sector agropecuario representa la base productiva sobre la cual se estructura prácticamente el setenta por ciento (70%) del espacio geográfico que comprende el territorio argentino y genera un volumen importante de empleo directo e indirecto"... "caracterizado por un fuerte dinamismo y la constante incorporación de tecnologías de producción y gestión empresarial"...; no sería favorable para la economía de nuestro país continuar exigiendo tal requisito que impide el normal desarrollo de dichas actividades productivas.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GONZALEZ, GLADYS ESTHER BUENOS AIRES PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
POBLACION Y DESARROLLO HUMANO (Primera Competencia)
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 129 (2011), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996
Diputados SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 130 (2012), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996