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POBLACION Y DESARROLLO HUMANO

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P01 Oficina 124

Secretario Administrativo SRA. BENITEZ GLADYS EVA

Miércoles 9.30hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2125 Internos 2127/2125

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 1346-D-2011

Sumario: CREACION DEL PLAN DE CONTENCION DE LOS PUEBLOS ORIGINARIOS.

Fecha: 30/03/2011

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 18

Proyecto
Artículo 1º.- Créase el Plan de Contención de los Pueblos Originarios, con la finalidad de posibilitar el ejercicio pleno de los derechos humanos fundamentales que les asisten como habitantes de la Republica Argentina; para que con asistencia técnica y financiera desarrollen sus técnicas tradicionales, sus características culturales en un marco de desarrollo sostenido y equitativo.
Artículo 2º.- El programa contendrá las necesidades y las pautas mínimas que le garanticen y otorguen:
1.- Atención dedicada y oportuna de la salud en los Organismos Públicos, que permita la integración de sus culturas con los sistemas asistenciales actuales.
2.- Asegurar un control de salud anual mínimo, para todo el universo de la población indígena y sus correspondientes tratamientos.
Asegurar la provisión en cantidad necesaria de alimentos con los nutrientes requeridos para posibilitar un crecimiento y desarrollo saludable. A cuyos fines deberá crearse un Registro Oficial para los Integrantes de los Pueblos Originarios.
3.- Disponer subsidios en los medios de transporte para facilitar el traslado en las comunidades de los pueblos originarios, para la realización de gestiones en establecimientos públicos y/o privados de gestión pública.
4.- Disponer de traductores en las oficinas públicas de gestión, para que se garantice y facilite la atención de los requerimientos de los integrantes de los pueblos originarios.
5.- Implementación de becas para educación gratuita, en establecimientos públicos y/o privados, con orientación en la enseñanza de oficios en las mismas comunidades.
6.- Implementación de materias en los niveles educativos, que expliquen las tradiciones, culturas e historias de las comunidades indígenas, para la integración del conocimiento.
7.- Promoción de actividades escolares de integración social y participación integrada en actividades deportivas, con obligación de concurrencia mutua bianual, como mínimo.
8.- Creación de un programa para la provisión de elementos para la obtención, distribución y almacenamiento de agua potable.
9.- Exenciones impositivas para los indígenas que realicen actividades económicas en forma individual o colectiva.
Artículo 3º.- Será autoridad de aplicación de la presente ley, La Secretaría de Derechos Humanos de la Nación.
Artículo 4ª.- A los fines de asegurar el cumplimiento de la presente Ley, se faculta a la Secretaría de Derechos Humanos a establecer el Régimen de Sanciones correspondiente.
Artículo 5º.- El Poder Ejecutivo, reglamentará la presente ley dentro de los 180 días de su promulgación.
Artículo 6º.- Invitase a las Provincias y a sus respectivos Municipios a adherir a la presente Ley con el objeto de posibilitar la firma de acuerdos para su implementación.
Articulo 7ª.- De forma.-

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La desnutrición y la muerte son flagelos que los Pueblos Originarios sufren desde siempre. Se quedaron sin sus naturales alimentos, y su estilo de vida, fue modificado sustancialmente sin ninguna participación de los mismos, ni programación por el Estado.
Corresponde a los gobiernos recuperar su hábitat natural, evitando daños quizás ya irreparables, "¿Como no sufrir desnutrición, si desde antes de la misma procreación sus madres ya están desnutridas?".
Terceras personas se apropian de ellos, hablan y piensan por ellos; por lo que, con el fin de respetar sus vidas, educación, vivienda, trabajo, idiomas, espiritualidad, autoestima, se procuran soluciones que permitan una atención urgente que sirva expeditamente para contrarrestar tanta indigencia y tanta injusticia.
La situación de las comunidades indígenas requiere una verdadera atención en todas las áreas, que les permita vivir dignamente.
Por ello, es fundamental producir un cambio que respete las diversidades y que al mismo tiempo produzca una integración racional, encontrando coincidencias y contención con la participación de la sociedad toda.
El presente proyecto tiene como finalidad última promover el respeto y protección de los derechos de los pueblos indígenas y
comunidades nativas, y promover la integración con la sociedad y el Estado. Para lo que se debe iniciar dicha integración con los funcionarios a cargo de la problemática indígena en el país, los que deberán colaborar con las tareas de capacitación y control.
La OIT puso en marcha un nuevo Programa Regional destinado a promover y facilitar la aplicación del Convenio 169 sobre derechos de pueblos indígenas y tribales, que ha sido ratificado por 14 países de América Latina.
El Programa, conocido como PRO169, está orientado a apoyar a los Estados, a los pueblos indígenas, y a organizaciones de empleadores y de trabajadores, en el cumplimiento de las disposiciones de este tratado internacional, que es de carácter vinculante para los países que lo han ratificado.
En los últimos años ha habido progresos en el reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas a través de reformas constitucionales en algunos países, como en el nuestro, aunque aún está pendiente de obtener mayores avances.
Considerando la evolución del Derecho Internacional desde 1957 y los cambios sobrevenidos en la situación de los pueblos indígenas y tribales en todas las regiones del mundo, se hace aconsejable adoptar nuevas medidas, como las que se busca en el presente proyecto.
En el mismo, se procura reconocer las aspiraciones de esos pueblos de que se respeten sus formas de vida y su desarrollo económico y social a fin de mantener y fortalecer sus identidades, dentro del marco del Estado en que viven y con una activa participación del mismo.
Con la creación del Plan de Contención de los Pueblos Originarios, que presento para la consideración de mis pares, se busca cumplir con el compromiso asumido en el Convenio 169 de la OIT, a la vez que reitero, se busca posibilitar el pleno goce de los derechos humanos fundamentales, en el mismo grado que el resto de la población con la que conviven, para que, con asistencia técnica y financiera, desarrollen sus capacidades tradicionales, sus características culturales, en un marco de desarrollo sostenido y equitativo, como lo señala el Artículo 1º del proyecto.
En base a lo señalado precedentemente, solicito se apruebe el presente proyecto y se ponga para la consideración de la Honorable Cámara con el carácter de atención preferente y rápido despacho dada la urgente necesidad de los pueblos indígenas.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
DAHER, ZULEMA BEATRIZ SALTA PERONISMO FEDERAL
AMADEO, EDUARDO PABLO BUENOS AIRES PERONISMO FEDERAL
GARCIA, IRMA ADRIANA LA PAMPA PERONISMO FEDERAL
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
POBLACION Y DESARROLLO HUMANO (Primera Competencia)
DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS
PRESUPUESTO Y HACIENDA