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POBLACION Y DESARROLLO HUMANO

Comisión Permanente

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 0895-D-2015

Sumario: ARTESANIAS ABORIGENES. EXENCION DE IMPUESTOS.

Fecha: 16/03/2015

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 11

Proyecto
EXENCIONES SOBRE ARTESANIAS ABORIGENES
Artículo 1º - Las artesanías aborígenes, entendidas por las realizadas a mano con elementos vegetales, ya sean cañas, hojas, maderas o raíces, barro o arcilla, o tejidos de fibras de ganado caprino, ovino o de camélidos, confeccionadas con agujas o telares primitivos, serán exentas de todo impuesto o gravamen para su comercio interno o internacional. Se excluyen las artesanías de metales o minerales preciosos o semipreciosos.
Artículo 2º - La autoridad de aplicación será la Secretaría de Comercio de la Nación en conjunto con las dependencias provinciales que tengan a su cargo la promoción y comercialización de las artesanías.
Artículo 3º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Desde el año 1989 se está tratando el proyecto para eximir a las artesanías aborígenes de todo impuesto o carga. El autor del primer proyecto fue del doctor Floro Eleuterio Bogado, mientras se desempeñaba como Diputado Nacional, en el expediente 1.151-D-89, que fue reproducido el 13 de junio del año 2002 en el expediente 3.564-D-02 y nuevamente en el expediente 467-D-04, en la Cámara de Diputados de la Nación. En el Senado, bajo expediente su impulsora fue la senadora (m.c) Adriana Bortolozzi en Expedientes S-1270/06, S-115/08 y S-74/10.
En todos estos años se aprobaron múltiples pedidos de informes y de repudio hacia el destrato y discriminación o persecución de los ciudadanos indígenas argentinos. Pero he aquí que la mejor forma de colaborar con el sustento de los pueblos originarios manteniendo su cultura, es admitir que sus cerámicas, sus tejidos, su cestería, sus objetos en madera, sus instrumentos musicales, sus artesanías en cueros, en hueso, puedan ser comercializados como lo hicieron ancestralmente, ya sea por trueque o por dinero, y sin impuestos que reduzcan considerablemente sus ganancias con esta actividad que para ellos no es puramente comercial porque es una expresión de su cultura.
Considerando que las exenciones que esta iniciativa legislativa propone, contribuirán a beneficiar la cultura artesanal, que se sustenta en la sacrificada elaboración, en el seno de las comunidades autóctonas de invalorables piezas, solicito a mis pares la aprobación de este proyecto.-
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ASSEFF, ALBERTO BUENOS AIRES UNIR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia)
POBLACION Y DESARROLLO HUMANO
COMERCIO