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POBLACION Y DESARROLLO HUMANO

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P01 Oficina 124

Secretario Administrativo SRA. BENITEZ GLADYS EVA

Miércoles 9.30hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2125 Internos 2127/2125

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 0388-D-2020

Sumario: CENSO NACIONAL DE POBLACION Y VIVIENDA - LEY 25211 -. MODIFICACION DEL ARTICULO 1°, SOBRE ENCUESTA COMPLEMENTARIA CON LA TEMATICA DE AUTOIDENTIFICACION DE LA POBLACION CON DISCAPACIDAD.

Fecha: 06/03/2020

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 5

Proyecto
Artículo 1: Modificase el texto del artículo 1 de la Ley 25.211 por el siguiente:
Artículo 1: Incorporase al Censo Nacional de Población y Vivienda, a realizarse en los períodos que correspondan, una encuesta complementaria con la temática de auto-identificación de la población que tenga deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales a largo plazo que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás.
Artículo 2: Comuníquese al PEN

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Este Proyecto fue presentado en el año 2018, bajo el número de expediente 1101-D-2018, y dada la inminencia de la realización del próximo Censo Nacional, es que consideramos la necesidad de que vuelva a cobrar estado parlamentario.
En Argentina cinco son los Censos Nacionales de población que han incorporado la temática de la discapacidad en sus cuestionarios (1869, 1895, 1914, 1947 y 1960) y desde el Censo 1970 en adelante (1970, 1980,1991) se abandonó la indagación sobre el fenómeno de la discapacidad. Uno de los motivos de ese abandono fueron los obstáculos que se presentaron en la detección de las personas con discapacidad dado su diversidad, desconocimiento de los censistas en un tema tan especifico y finalmente, dificultad en reconocer su discapacidad o la de su familiar por parte del censado (fuente: La Población con discapacidad en la Argentina, Encuesta Nacional de Personas con Discapacidad (ENDI), INDEC-CONADIS, 2005).
En el año 2001 se hizo el Censo Nacional de Población, Hogares y Viviendas en el cual se incluyeron preguntas relativas a las personas con discapacidad (PCD). Junto con este relevamiento socio demográfico se concibió una estrategia metodológica que incluía ese Censo y una encuesta por muestreo especialmente diseñada para el trabajo de elaboración de estadísticas socio-demográficas relativas a las personas con discapacidad. Así nació ENDI o sea Encuesta Nacional de Personas con Discapacidad. Legislativamente se vio reflejada a través de la ley 25211 de año 2000 por el cual se dispuso la incorporación al Censo del año 2000 la temática de auto identificación de las personas con discapacidad.
Esta primera ENDI, en adelante Encuesta, es un ejemplo de la llamada estadística social y refleja el creciente interés por la variedad, por observar detalladamente situaciones específicas para encontrar aspectos comunes a ellas. Es decir que la realización de una muestra permite conocer y mostrar la diversidad y al mismo tiempo, los aspectos que comparten con las condiciones de vida del conjunto de la sociedad y los aspectos que presentan sus propias particularidades.
La ejecución fue en dos etapas, la primera en noviembre y diciembre de 2002 y la segunda entre marzo y mayo de 2003. Estuvo a cargo de INDEC conjuntamente con las Direcciones Provinciales de Estadísticas y el aporte del personal de los organismos provinciales orientados a la atención de personas con discapacidad.
Con esta Encuesta se pudo tener resultados ciertos y precisos no solo de la cantidad de personas con discapacidad sino también sus parámetros familiares, educacionales, de salud, empleo, ubicación geográfica entre otros. Estos datos permiten la elaboración, diseño y ejecución de políticas públicas eficientes y eficaces ya que se puede prever los recursos presupuestarios, el perfil de los recursos humanos necesarios, su necesidad de capacitación y actualización entre otras acciones.
En el año 2010 se hizo un nuevo Censo que ha incluido y ampliado las preguntas con relación a las PCD. Sin embargo, aún se encuentra pendiente la Segunda Encuesta Nacional de Personas Con Discapacidad que permitirá ver una evolución de su situación a partir de una profundización de los datos obtenidos en el Censo en cuestión. Está claro que esa tarea está pendiente en función de la continuidad de la nueva etapa iniciada con ENDI de 2001 ya que no hay ley que imponga la realización, en cada Censo, de una Encuesta Complementaria.
En ese contexto, se presenta este proyecto de ley que modifica la Ley 25.211 con el objeto de establecer la obligatoriedad de la realización de la Encuesta Nacional de Personas con Discapacidad en forma complementaria al Censo y al mismo tiempo, se cambia la definición de persona con discapacidad para adecuarla a la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad.
Por todo lo expuesto, me dirijo a mis pares para solicitar su aprobación al presente proyecto de ley en la seguridad de que se comparte la necesidad de mantener políticas públicas acertadas con una visión de largo plazo que sostengan el diseño de aquellas en base a criterios de eficiencia y eficacia que solo se pueden lograr si hay bases estadísticas actuales.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MASIN, MARIA LUCILA CHACO FRENTE DE TODOS
SAND, NANCY CORRIENTES FRENTE DE TODOS
BRAWER, MARA CIUDAD de BUENOS AIRES FRENTE DE TODOS
SELVA, CARLOS AMERICO BUENOS AIRES FRENTE DE TODOS
SIERRA, MAGDALENA BUENOS AIRES FRENTE DE TODOS
FELIX, OMAR CHAFI MENDOZA FRENTE DE TODOS
GONZALEZ, PABLO GERARDO SANTA CRUZ FRENTE DE TODOS
BERMEJO, ALEJANDRO DANIEL MENDOZA FRENTE DE TODOS
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
POBLACION Y DESARROLLO HUMANO (Primera Competencia)
DISCAPACIDAD
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTES DE LOS DIPUTADOS SANDI, BRAWER Y SELVA (A SUS ANTECEDENTES)
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTES DE LOS DIPUTADOS SIERRA, FELIX Y PABLO GONZALEZ (A SUS ANTECEDENTES)
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO BERMEJO (A SUS ANTECEDENTES)