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POBLACION Y DESARROLLO HUMANO

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P01 Oficina 124

Secretario Administrativo SRA. BENITEZ GLADYS EVA

Miércoles 9.30hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2125 Internos 2127/2125

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 0386-D-2011

Sumario: RATIFICAR LA ADHESION DE LA NACION ARGENTINA A LA RESOLUCION 61/295 DE LA ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS, SOBRE LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDIGENAS.

Fecha: 04/03/2011

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 4

Proyecto
Art 1° Ratificase la adhesión de la Nación Argentina a la Resolución N° 61/295 de la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas
Art. 2° De Forma

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En la 107 sesión plenaria de la Asamblea General de las Naciones Unidas, celebrada el 13 de septiembre de 2007, los Pueblos Indígenas lograron la aprobación de la Resolución 61/295 de la Declaración de las Naciones sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, la que afirma que los pueblos indígenas son iguales a todos los otros pueblos, y reconoce el derecho de cada pueblo a ser diferente, a considerarse diferente y a que se lo respeten como tal, ya que todos los pueblos contribuyen a la diversidad de las civilizaciones y culturas que forman en su conjunto el patrimonio de la humanidad.
Afirma además que "todas las doctrinas políticas y practicas basadas en la superioridad de determinados pueblos o personas o que las propugnan aduciendo razones de origen nacional o diferencias raciales, religiosas, étnicas o culturales son racistas, científicamente falsas, jurídicamente inválidas, moralmente condenables y socialmente injustas, y que en el ejercicio de sus derechos, los pueblos indígenas deben estar libres de toda forma de discriminación"
La Asamblea de la ONU, también manifiesta su "preocupación por el hecho de que los pueblos indígenas han sufrido injusticias históricas como resultado, entre otras cosas de la colonización y la enajenación de sus tierras, territorios y recursos, lo que les ha impedido ejercer, en particular, su derecho al desarrollo de conformidad con sus propias necesidades e intereses."
Reconoce asimismo la" urgente necesidad de respetar y promover los derechos de los pueblos indígenas afirmados en tratados, acuerdos y otros arreglos constructivos con los Estados"
La Asamblea se manifiesta convencida de que "si los pueblos indígenas controlan los acontecimientos que los afecten a ellos y a sus tierras, territorios y re cursos, podrán mantener y reforzar sus instituciones culturas y tradiciones y promover su desarrollo de acuerdo a su aspiraciones y necesidades y que el respeto de los conocimientos, las culturas y las prácticas tradicionales indígenas contribuye al desarrollo sostenible y equitativo y a la ordenación adecuada del medio ambiente"
La Asamblea General de las Naciones Unidas manifiesta su especial reconocimiento al derecho de las familias y comunidades indígenas a que sigan compartiendo la responsabilidad por la crianza, la formación, la educación y bienestar de sus hijos en consonancia con sus derechos.
En sus últimos artículos establece la necesidad de que cada Estado Nacional adopte las medidas apropiadas, incluida las legislativas, con el objeto de alcanzar los fines de la Declaración, interpretándose las disposiciones que enuncia, con arreglo a los principios de la justicia, la democracia, el respeto de los derechos humanos, la igualdad, la no discriminación, la buena administración pública y la buena fe
Por todo lo expuesto solicito a mis pares me acompañen en este proyecto de Ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
VILARIÑO, JOSE ANTONIO SALTA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
TORFE, MONICA LILIANA SALTA RENOVADOR DE SALTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia)
POBLACION Y DESARROLLO HUMANO