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POBLACION Y DESARROLLO HUMANO

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P01 Oficina 124

Secretario Administrativo SRA. BENITEZ GLADYS EVA

Miércoles 9.30hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2125 Internos 2127/2125

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PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 0200-D-2012

Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL CONFLICTO TERRITORIAL ENTRE LA COMUNIDAD QOM "LA PRIMAVERA" DE LA PROVINCIA DE FORMOSA Y EL PARQUE NACIONAL RIO PILCOMAYO.

Fecha: 05/03/2012

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 2

Proyecto
Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional, que a través de los organismos que correspondan, se sirva informar sobre los puntos que abajo se detallan, relativos al conflicto territorial entre la Comunidad Qom "La Primavera" de la Provincia de Formosa y el Parque Nacional Río Pilcomayo.
1.-Brinde toda la información (extensión, recursos naturales, etc) sobre el territorio del Parque Nacional Río Pilcomayo que se superpone con las tierras adjudicadas a la Comunidad Qom "La Primavera" en 1985 por la Provincia de Formosa .
2.-Qué acciones tendientes a solucionar el conflicto o dar respuesta a los reclamos de la Comunidad La Primavera está llevando adelante la Administración de Parques Nacionales
3. Si se están evaluando alternativas relacionadas con la recategorización del sector en conflicto, que haga posible la cogestión o el acceso a los recursos naturales por parte de la Comunidad. En caso afirmativo provea información sobre las mismas.
4. Qué tipo de intervención ha tenido el Comité Asesor de Política Indígena (Resolución 475/07) en el conflicto referido.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La Comunidad Qom La Primavera se ubica en el Departamento de Pilcomayo, entre Laguna Blanca y Laguna Nainek, a unos 50 kilómetros de Clorinda, en Formosa.
Las tierras tradicionales de este pueblo se encuentran al este de la provincia de Formosa Después de muchas luchas y el dictado de diferentes decretos, el 5 de octubre de 1985 el gobierno provincial transfirió a la "Asociación Civil Comunidad Aborigen La Primavera", 5187 hectáreas. Parte de dicho territorio y de la Laguna Blanca se superponen con la superficie del Parque Nacional Río Pilcomayo.
Ante la superposición existente entre decretos nacionales, leyes y mensuras realizadas por la Administración de Parques y por la Provincia de Formosa y ante el reclamo de la comunidad, entre 2007 y 2008, tanto el intendente del Parque Río Pilcomayo como la Dirección Nacional de Conservación de Áreas Protegidas de la APN presentaron informes a las autoridades de dicha Administración describiendo el conflicto y sugiriendo implementar la figura del comanejo. Hasta el momento esa sugerencia no se ha instrumentado.
En el marco del Proyecto "Desarrollo de Capacidades Nacionales para el Fortalecimiento del Sistema Nacional de Áreas Protegidas, la Administración de Parques Nacionales, por resolución 475/07 constituyó el Comité Asesor de Política Indígena (Resolución 475/07) el cual participa de la consideración y revisión de propuestas políticas y su implementación referente a los derechos de los pueblos originarios en territorios donde hay áreas protegidas o donde existe relación con ellas.
La creación de esta instancia vinculada al Directorio de la Administración de Parques Nacionales, permite canalizar formalmente todas las demandas
vinculadas con la propiedad y el uso de las tierras ocupadas por pueblos originarios donde puedan existir diversos tipos de conflictos.
La APN ha identificado las demandas de la comunidad Toba de "La Primavera" con respecto a que los límites de su comunidad se solapan con los límites del Parque Nacional Río Pilcomayo, en particular conflictos en el uso de los recursos de la Laguna Blanca.
Resulta primordial que tal situación se resuelva para el bienestar de los integrantes de La Primavera y también para la ejecución de las actividades de desarrollo sustentable en el Parque Nacional Río Pilcomayo. La Comunidad pretende poder llevar a cabo sus actividades tradicionales de caza, pesca y recolección en dicho territorio. Los alambrados y límites tanto de las familias criollas como del Parque Nacional los han acorralado, no pueden salir a "mariscar" (histórica actividad de cazar, pescar y recolectar), poniendo en riesgo así su supervivencia.
Por otro lado, desde enero de este año, la comunidad es víctima de represión policial y desalojos por conflictos con familias criollas que avanzan sobre el territorio comunitario sosteniendo la propiedad de parte del mismo. Así también, el viernes 24 de abril topadoras comenzaron a actuar escoltadas por la policía desalojando a 9 familias tobas para la construcción del Instituto Universitario Agropecuario (IUA).
Esta serie de conflictos, que enfrenta a la Comunidad Qom con particulares y el propio estado, tienen lugar porque en nuestro país no se cumple la normativa vigente que protege y da raigambre constitucional a los derechos de los pueblos originarios. Sin embargo, todos ellos sufren hoy día la discriminación y el despojo.
Es importante que desde el Estado Nacional, se proteja la diversidad natural y la cultural.
Las áreas protegidas deben reconocer también la preexistencia de los pueblos originarios y encontrar conjuntamente la forma de resguardar la naturaleza sin que ello implique privar a las comunidades indígenas de la posibilidad de utilizar los recursos naturales de manera sustentable. Por lo expuesto, solicito a mis pares acompañen con su voto afirmativo esta iniciativa.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
RIESTRA, ANTONIO SABINO SANTA FE UNIDAD POPULAR
ITURRASPE, NORA GRACIELA BUENOS AIRES UNIDAD POPULAR
MILMAN, GERARDO BUENOS AIRES GEN
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA BUENOS AIRES LIBRES DEL SUR
DE GENNARO, VICTOR NORBERTO BUENOS AIRES UNIDAD POPULAR
PARADA, LILIANA BEATRIZ CIUDAD de BUENOS AIRES UNIDAD POPULAR
LOZANO, CLAUDIO RAUL CIUDAD de BUENOS AIRES UNIDAD POPULAR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
POBLACION Y DESARROLLO HUMANO (Primera Competencia)