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PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO

Comisión Permanente

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Secretario Administrativo SR. BOGRAD JULIO CESAR

Martes 18.00hs

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 1240-D-2010

Sumario: DECRETOS DE NECESIDAD Y URGENCIA DE DELEGACION LEGISLATIVA Y DE PROMULGACION PARCIAL DE LEYES. LEY 26122. MODIFICACION DEL ARTICULO 23, SOBRE ENMIENDA, AGREGADOS O SUPRESIONES AL TEXTO DEL PODER EJECUTIVO POR EL PLENARIO DE LAS CAMARAS.

Fecha: 19/03/2010

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 18

Proyecto
MODIFICACION LEY Nº 26122
Art.1º:- Modifícase el artículo 23 de la ley 26122 el que quedará redactado de la siguiente manera:
"Las Cámaras no pueden introducir enmiendas, agregados o supresiones al texto del Poder Ejecutivo, debiendo circunscribirse a la aceptación o rechazo de la norma mediante el voto de la mayoría absoluta de los miembros presentes, salvo en los casos de rechazo de un decreto de promulgación parcial, que deberá hacerse con el voto de los dos tercios de los miembros de cada cámara".
Art.-2º.- De forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La reforma constitucional del año 1994 incorpora en su artículo 80 una mecánica novedosa en cuanto al veto parcial se refiere, que por lo demás remite a la aplicación del procedimiento previsto por los decretos de necesidad y urgencia.
Estos últimos son regulados junto a la legislación delegada, teniendo los tres institutos disposiciones comunes en los títulos I y II de la ley 26122 y los que nos ocupan en forma específica en el capítulo III del siguiente título, específicamente artículos 14 y 15.
A su turno el artículo 83 de la Constitución Nacional recepta el afianzado instituto de veto e insistencia fijando las tradicionales mayorías especiales de dos tercios en cada una de las cámaras, circunstancia que la ley en su artículo 15 pareciera dejar a salvo cuando textualmente expresa: "las disposiciones de esta ley y el curso de sus procedimientos no obstan al ejercicio por el Congreso de sus potestades ordinarias relativas a la insistencia de normas legales total o parcialmente vetadas".
No obstante la claridad constitucional y legal, podemos asistir a situaciones que es indispensable clarificar, habida cuenta que el art. 80 de la Constitución dice "los proyectos desechados parcialmente no podrán se aprobados en la parte restante. Sin embargo, las partes no observadas solamente podrán ser promulgadas si tienen autonomía normativa y su aprobación parcial no altera el espíritu ni la unidad del proyecto sancionado por el Congreso. En este caso será de aplicación el procedimiento previsto por los decretos de necesidad y urgencia".
En efecto, cuando se cumple con la remisión a la Comisión Bicameral Permanente ésta debe expedirse acerca de la validez o invalidez del decreto de promulgación parcial y elevar su dictamen al plenario de cada Cámara para su tratamiento.
Si en el caso se decidiera el rechazo de la promulgación parcial, no obstante lo que dice el ya mencionado artículo 15 podríamos encontrarnos que la parte no vetada sería enervada por una mayoría absoluta de los miembros presentes (cfr. artículo 23, Ley 26122), número que dista de los dos tercios del art. 103 para la insistencia.
Esa razón torna indispensable incorporar expresamente la disposición, habida cuenta de la labilidad de la vía interpretativa, razón que lleva a proponer el presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
DATO, ALFREDO CARLOS TUCUMAN FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ASUNTOS CONSTITUCIONALES (Primera Competencia)
PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
06/04/2010 DICTAMEN Aprobados con modificaciones unificados en un solo dictamen con disidencias
Dictamen
08/04/2010
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 0146/2010 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 2863-D-2009, 0011-CD-2010, 3199-D-2009, 4969-D-2009, 6199-D-2009, 6226-D-2009, 6256-D-2009, 6303-D-2009, 0214-D-2010, 0276-D-2010, 0507-D-2010, 0734-D-2010 y 1240-D-2010 CON MODIFICACIONES; LA COMISION ACONSEJA APROBAR OTRO PROYECTO DE LEY; CON NUEVE DISIDENCIAS PARCIALES; OBSERVACIONES: 4 SUPLEMENTO 08/04/2010
Senado Orden del Dia 0727/2010 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 2863-D-2009, 0011-CD-2010, 3199-D-2009, 4969-D-2009, 2571-S-2009, 2169-S-2009, 6199-D-2009, 6226-D-2009, 6256-D-2009, 6303-D-2009, 0214-D-2010, 0276-D-2010, 0507-D-2010, 0734-D-2010, 1240-D-2010, 0254-S-2010, 0716-S-2010, 0720-S-2010, 0795-S-2010, 0925-S-2010 y 0943-S-2010 DICTAMEN DE MAYORIA: LA COMISION ACONSEJA APROBAR EL PROYECTO VENIDO EN REVISION, CON 2 DISIDENCIAS PARCIALES; SE CONSIDERA EL EXPEDIENTE 0009-P-10; 1 ANEXO CON DICTAMEN DE MINORIA: LA COMISION ACONSEJA APROBAR OTRO PROYECTO DE LEY 13/08/2010
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados COMIENZA CONSIDERACION CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 2863-D-2009, 0011-CD-2010, 3199-D-2009, 4969-D-2009, 6199-D-2009, 6226-D-2009, 6256-D-2009, 6303-D-2009, 0214-D-2010, 0276-D-2010, 0507-D-2010, 0734-D-2010 y 1240-D-2010
Diputados INDICACION DEL PRESIDENTE DE LA CAMARA QUE HARA USO DEL DERECHO A EMITIR SU VOTO (ARTICULO 41 DEL REGLAMENTO) CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 2863-D-2009, 0011-CD-2010, 3199-D-2009, 4969-D-2009, 6199-D-2009, 6226-D-2009, 6256-D-2009, 6303-D-2009, 0214-D-2010, 0276-D-2010, 0507-D-2010, 0734-D-2010 y 1240-D-2010
Diputados MOCION DE VOTACION NOMINAL EN GENERAL Y POR ARTICULOS (AFIRMATIVA) CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 2863-D-2009, 0011-CD-2010, 3199-D-2009, 4969-D-2009, 6199-D-2009, 6226-D-2009, 6256-D-2009, 6303-D-2009, 0214-D-2010, 0276-D-2010, 0507-D-2010, 0734-D-2010 y 1240-D-2010
Diputados CONSIDERACION Y APROBACION CON MODIFICACIONES CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 2863-D-2009, 0011-CD-2010, 3199-D-2009, 4969-D-2009, 6199-D-2009, 6226-D-2009, 6256-D-2009, 6303-D-2009, 0214-D-2010, 0276-D-2010, 0507-D-2010, 0734-D-2010 y 1240-D-2010 MEDIA SANCION
Diputados INSERCIONES DE LOS DIPUTADOS BERTOL, CAMAÑO, CARRANZA, CARRIO, DIAZ BANCALARI, GIL LAVEDRA. PUIGGROS, MARCELA RODRIGUEZ, TORFE Y LANDAU CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 2863-D-2009, 0011-CD-2010, 3199-D-2009, 4969-D-2009, 6199-D-2009, 6226-D-2009, 6256-D-2009, 6303-D-2009, 0214-D-2010, 0276-D-2010, 0507-D-2010, 0734-D-2010 y 1240-D-2010
Senado PASA A SENADO - CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 2863-D-2009, 0011-CD-2010, 3199-D-2009, 4969-D-2009, 6199-D-2009, 6226-D-2009, 6256-D-2009, 6303-D-2009, 0214-D-2010, 0276-D-2010, 0507-D-2010, 0734-D-2010 y 1240-D-2010
Diputados REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 0615-D-2012 CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 3199-D-2009, 4969-D-2009, 6199-D-2009, 6226-D-2009, 6256-D-2009, 6303-D-2009, 0214-D-2010, 0276-D-2010, 0507-D-2010, 0734-D-2010 y 1240-D-2010