PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO

Comisión Permanente

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PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 0657-D-2020

Sumario: REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS. MODIFICACION DEL ARTICULO 1° E INCORPORACION DEL 28 BIS, SOBRE OPORTUNIDAD DE LA REALIZACION DE LA SESION PREPARATORIA Y FIJACION DE DIA Y HORA DE SESION PARA EL PERIODO ORDINARIO, RESPECTIVAMENTE.

Fecha: 12/03/2020

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 9

Proyecto
1. Modificar la denominación del Capítulo I “De las sesiones preparatorias”, del Reglamento de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación (texto ordenado por resolución 2.019/96), por el siguiente: Capítulo I “De la sesión preparatoria”.
2. Suprimir el segundo párrafo del Artículo 1° del Reglamento de la H. Cámara de Diputados de la Nación (texto ordenado por resolución 2.019/96).
3. Incorporar en el Capítulo III “De las Sesiones en General”, del Reglamento de la HCDN (texto ordenado por resolución 2.019/96, el siguiente artículo:
“Artículo 28 bis - En la primera sesión ordinaria de cada año, la Cámara de Diputados deberá fijar los días y horas de sesión del periodo ordinario en curso.
Para el período de sesiones extraordinarias, la determinación de los días y horarios de sesión se realizará en la primera sesión extraordinaria que se celebre”.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El Reglamento vigente de la H. Cámara de Diputados regula, en el artículo 1° del Capítulo I “De las sesiones preparatorias”, el objeto y oportunidad de celebración de las denominadas sesiones preparatorias.
Así, establece: “Artículo 1° - Dentro de los diez primeros días del mes de diciembre de cada año, la Cámara de Diputados será convocada por su presidente a los efectos de proceder a su constitución y a la elección de sus autoridades de acuerdo a lo establecido en el artículo 2° de este reglamento. Dentro de los últimos diez días del mes de febrero de cada año, se convocará a la Cámara de Diputados a sesiones preparatorias con el único objeto de fijar los días y horas de sesión para el período ordinario”.
Puntualmente, nos ocupa en este proyecto lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo referenciado, las sesiones preparatorias previstas para fijar días y horas de sesión.
Del análisis de las versiones taquigráficas del año 2001 a la fecha, surge que la celebración de estas sesiones preparatorias – en principio- solo se concretó en dos periodos legislativos, año 2001, sesión celebrada el 28 de febrero de 2001, y año 2002, sesión celebrada el 28 de febrero de 2002. En los años subsiguientes, los días y horas de sesión se fijaron en la sesión preparatoria del párrafo primero o en la primera sesión ordinaria del periodo respectivo.
Ante lo expuesto, podemos afirmar que la norma en consideración ha perdido validez por desuetudo. Su inobservancia impone su modificación, estableciendo previsiones que surgen de los usos y costumbre que se han desarrollado en esta Cámara.
Así, la presente iniciativa propone suprimir el segundo párrafo del artículo 1° del Reglamento de esta H Cámara, e incluir una nueva disposición en el Capítulo III “De las sesiones en general”, en la que se contemple la fijación de los días y horas de sesión, diferenciando la oportunidad de tratamiento según sea el período ordinario de sesiones o el extraordinario. Se entiende que a los fines de la prórroga de ordinarias se seguirá sesionando en los días y horarios fijados para las mismas.
Por su parte, debemos puntualizar que la presente disposición sólo refiere a las sesiones de tablas, dado que las sesiones especiales deberán celebrarse fuera de los días y horarios que se fijen, conforme lo dispone el art. 30 del reglamento de esta H. Cámara.
Por último, consideramos relevante mencionar lo expuesto por la Prosecretaria Parlamentaria Sra. Marta Luccheta al mencionar las razones que oportunamente fundaron el dictado de esta disposición: “La circunstancia de que las sesiones de 1983 se iniciaran (por razones relacionadas con la finalización del gobierno “de facto” anterior) el 29 de noviembre de ese año (es decir, en plena etapa temporal “no ordinaria” del Congreso), provocó que se debiera prever para el futuro que la fijación de días y horas de sesión para el período ordinario inmediatamente siguiente se efectuara en otra sesión preparatoria, que se debe realizar dentro de los últimos diez días del mes de febrero de cada año. (Breve comentario del Reglamento de la H.Cámara).” https://www.hcdn.gob.ar/secparl/dgral_info_parlamentaria/dip/glosario/D/dias_sesion.html.
En virtud de los fundamentos expuestos, y los que oportunamente ampliaremos le solicitamos a los miembros de esta Cámara acompañen con su voto afirmativo la presente iniciativa.-
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MARTINEZ, DOLORES CIUDAD de BUENOS AIRES UCR
YACOBITTI, EMILIANO BENJAMIN CIUDAD de BUENOS AIRES UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO (Primera Competencia)
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 139 (2021), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996