PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P04 Oficina 441

Secretario Administrativo SR. BOGRAD JULIO CESAR

Martes 18.00hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2436 Internos 2437/36

cppyreglamento@hcdn.gob.ar

PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 0169-D-2012

Sumario: PROGRAMA DE DESPAPELIZACION: IMPLEMENTACION EN EL AMBITO DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION.

Fecha: 05/03/2012

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 2

Proyecto
IMPLEMENTACIÓN DE UN PROGRAMA DE DESPAPELIZACIÓN EN LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN
1º - Iniciar un proceso de despapelización en todas las dependencias legislativas y administrativas de la Cámara con el propósito de reducir en un corto plazo, a partir de la aprobación de esta resolución, el cincuenta por ciento del consumo actual de papel.
2º - Encomendar a la Comisión sobre Modernización del Funcionamiento Parlamentario la realización de un informe de diagnóstico sobre el consumo de papel en cada dependencia.
El informe deberá completarse en el plazo de sesenta días hábiles y contendrá la descripción de la situación que registra cada dependencia con respecto al consumo de papel y la determinación de los recursos e instrumentos disponibles en cada una de ellas para sustituir el uso de papel en sus distintas tareas, sin que ello afecte su funcionamiento y la transparencia de su actividad.
3º - Una vez concluido el diagnóstico, la Comisión elaborará un Programa de Despapelización con la participación de las máximas autoridades de las dependencias indicadas los puntos 1º y 2º, el que deberá ser elevado a consideración de la Presidencia de la Cámara en un plazo no mayor de ciento veinte días corridos contados a partir de la finalización del diagnóstico.
El Programa deberá contemplar:
objetivos, metas y prioridades;
articulación de objetivos, acciones y recursos;
especificación de requerimientos informáticos para cumplimentar el Programa;
cronograma;
propuesta de reducción de consumo de papel en cada dependencia a partir de la evaluación de las condiciones, recursos y necesidades de cada una; y
designación de responsables de implementación del Programa por dependencia.
5° - En todos los casos el Programa de Despapelización deberá incluir actividades que promuevan:
el desarrollo, mantenimiento y promoción de sistemas integrados basados en Intranet e Internet para la prestación de los servicios internos y la provisión de información al público;
las medidas necesarias para que las comunicaciones se efectúen preferentemente mediante tecnologías informáticas, optimizando para ello la utilización de los recursos electrónicos disponibles;
la simplificación de los trámites, en especial aquellos en los que participen varias dependencias;
el acceso ciudadano a la información pública.
6° - La Comisión sobre Modernización del Funcionamiento Parlamentario podrá solicitar el asesoramiento de organismos del Poder Ejecutivo y Judicial que se encuentren avanzados en procesos de despapelización.
7° - Una vez aprobado el Programa por la Presidencia de la Cámara, se publicará en el Boletín de Asuntos Entrados y cada dependencia comenzará inmediatamente su ejecución conforme las pautas acordadas.
Trimestralmente la Presidencia de la Cámara informará al cuerpo sobre los avances del Programa.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El proyecto de resolución que venimos a proponer tiene como fin promover la reducción del consumo de papel por parte de las distintas dependencias de esta Cámara, sin que ello perjudique su tarea ni afecte la transparencia de sus actividades.
Como datos ilustrativos que fundamentan la propuesta basta conocer que, en el llamado a licitación de abril de 2010, la Cámara adquirió 2700 resmas de 500 hojas A4, es decir un total de 1.350.000 hojas; y que se imprimen más de 1000 copias de cada Orden del Día sobre proyectos de declaración o resolución.
Su antecedente directo, cuyas disposiciones reproducimos con algunas modificaciones es el proyecto 4812-D- 2011, Trámite Parlamentario 142 del 28/09/2011, de autoría de los señores legisladores Paula María Bertol, Roy Cortina, Gerardo Milman, Eduardo Macaluse, Ariel Pasini, María Inés Pilati Vergara, Heriberto Martinez Oddone, Carlos Urlich, María Julia Acosta y Fernando Yarade, representantes de los diferentes bloques políticos que integraron la Comisión Especial sobre Modernización del Funcionamiento Parlamentario durante el año 2011. Este proyecto fue debatido en comisión pero nunca llegó a ser tratado en el recinto.
Además, debemos citar, otros dos proyectos que si bien se refieren a cuestiones más específicas, su objeto último es la reducción del uso de papel:
La modificación propuesta al artículo 119 del Reglamento sobre presentación de proyectos acompañados de una versión digital, (Morejón Manuel, expte. 0878-D-2010 y Bertol y otros, expte. 4742-D- 2008).
La modificación del artículo 114 del Reglamento sobre el diligenciamiento por la presidencia de la Cámara de los proyectos de declaración y de resolución que hayan merecido dictamen sin disidencia ni observaciones de la comisiones respectivas, sin necesidad de imprimir Ordenes del Día (Bertol y otros, expte 0007- D-2010 OD 884/10).
Asimismo, y desde hace un tiempo ya, en algunas áreas de la Cámara se ha iniciado un proceso tendiente a reducir el consumo de papel utilizando nuevas tecnologías. Ejemplo de ello son: la decisión de la Comisión de Asuntos Constitucionales de citar a reuniones de comisión por correo electrónico; la prórroga del término de vencimiento de las Ordenes del Día 1045,1046 y 1047 comunicada por la Secretaría Parlamentaria a los legisladores a sus casillas de correo oficiales (14 de setiembre 2010), la normativa dictada por la Dirección de Comisiones de la Cámara respecto de la modificación del artículo 114, (si bien de efímera vigencia por la derogación posterior de la citada reforma); las solicitudes de información dirigidas a Información Parlamentaria a través de correo electrónico, el material informativo que las comisiones cargan en su sitio en Intranet y que no hace mucho se distribuía en soporte papel.
Los procesos de despapelización no son propuestas nuevas en el ámbito del Estado Nacional; de hecho han sido encarados ya en distintas dependencias del Poder Ejecutivo y organismos a autónomos, así como en el Poder Judicial de la Nación.
La Administración Pública Nacional, mediante el decreto 427/1998 autorizó el empleo de la firma digital en la instrumentación de los actos internos del Sector Público Nacional, que no produzcan efectos jurídicos individuales en forma directa, iniciando así un proceso de despapelización de los organismos de la administración pública, el que se prorrogó dos años más mediante el decreto 102 /00. Esta fue la primera acción concreta para incorporar las nuevas tecnologías en el sistema administrativo estatal, complementaria del decreto 333/85 sobre "Normas para la elaboración, redacción y diligenciamiento de los proyectos de actos y documentación administrativo".
Las disposiciones citadas se vieron luego reforzadas en el 2001 por la ley 25506 que instituyó el marco jurídico para equiparar legalmente a la firma digital con la firma ológrafa.
En el año 2005 se aprobó el Programa Nacional de Gobierno Electrónico (Decreto Nº 378/2005) que sienta las bases de acción para todas las dependencias que componen la Administración Pública Nacional y cuyo artículo 9° invita a los Gobiernos Provinciales, Municipales, al Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al Poder Legislativo y al Poder Judicial de la Nación, como así también a Universidades y a Empresas prestadoras de servicios, privatizadas o concesionadas, a adherir al decreto.
A partir de esta norma han surgido numerosas iniciativas en distintas áreas del Estado, como por ejemplo la Resolución 574/ 2007 suscripta por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), referida al Programa de Digitalización y Despapelización de Documentación; o la resolución 6889/2010 Programa de Despapelizacón Segura de la Anmat.
Por su parte, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires adhirió a la ley 25506 y el 2 de mayo de 2008 entró en vigencia el Decreto N° 417/08, en el que se establece el correo electrónico institucional como medio de comunicación fehaciente para todas las comunicaciones internas de carácter administrativo. Esta norma se enmarca en un proceso tendiente a la despapelización, informatización y desburocratización de la administración local.
El Decreto N° 417/08 se reglamentó por Resolución Ministerial Nº 256/MJGGC/08, por la cual, la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Ciudad de Buenos Aires estableció en su carácter de autoridad de aplicación del sistema, los actos internos de la administración alcanzados por la norma, fijando que ciertas comunicaciones deben efectuarse por las casillas de correo institucional.
A su vez, desde hace muchos años, en la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires, los proyectos se presentan en una plantilla informática diseñada por la Dirección de Taquígrafos.
En el ámbito judicial nacional, el Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Dr. Lorenzetti, en el informe de gestión 2010 recordó que el avance tecnológico logrado se enmarca en las "políticas de Estado para el Poder Judicial, que surgen del consenso de todos los integrantes de la justicia manifestado en las Conferencias Nacionales de Jueces" realizadas en 2006, 2007 y 2008.
Se refirió además a los avances logrados en materia de administración y aludió al proceso de despapelización por medio de la comunicación electrónica y la digitalización de expedientes; destacando que se trata de políticas de Estado y no declaraciones abstractas que reflejan el compromiso de jueces, funcionarios y empleados judiciales de todo el país.
"La Corte ha avanzado en informatizar todos sus procedimientos" - señaló el Dr. Lorenzetti -, "y hoy tenemos programas que permiten en primer lugar una enorme transparencia, porque todo lo que se hace en la administración de la Corte está disponible on line; y en segundo término, contamos con una posibilidad de control muy importante, porque todos estos programas permiten mensurar la evolución de las inversiones y de los inventarios, entre otros rubros, algo que era imposible años atrás". Por último anunció que la Corte ya está en condiciones de poner en marcha la firma electrónica. (www.cij.gov.ar).
A manera de conclusión de estos fundamentos, vale reproducir lo publicado en el sitio Web SIU (Consorcio de Universidades que desarrolla soluciones informáticas y brinda servicios para el Sistema Universitario Nacional y distintos organismos de gobierno; http://www.siu.edu.ar) acerca de los beneficios jurídicos y administrativos que se esperan alcanzar al contar con un sistema de digitalización documental:
perdurabilidad de la documentación;
menor espacio y/o volumen físico del cual será necesario disponer;
recuperación de la información con pleno valor jurídico y probatorio;
disposición de la información en un solo y único formato;
simplificación de las búsquedas y consultas;
accesibilidad remota a un mismo documento vía Intranet y/o Internet;
resguardo y la inalterabilidad de los documentos originales.
Sin más, dejamos fundado este proyecto y solicitamos su pronta consideración y aprobación.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BERTOL, PAULA MARIA CIUDAD de BUENOS AIRES PRO
OBIGLIO, JULIAN MARTIN CIUDAD de BUENOS AIRES PRO
GONZALEZ, GLADYS ESTHER BUENOS AIRES PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO (Primera Competencia)
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 131 (2013), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996