DE LAS PERSONAS MAYORES
Comisión PermanenteOf. Administrativa: Piso P01 Oficina 140
Secretario Administrativo DR. PALACIOS JUAN RAMÓN
Jefe SR. CORA JUAN PABLO
Martes 19.00hs
Of. Administrativa: (054-11) 6075-2141 Internos 2141
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 7029-D-2014
Sumario: OBSERVATORIO NACIONAL DE ADULTOS MAYORES: CREACION PARA EL DIAGNOSTICO, SEGUIMIENTO, PLANIFICACION Y COORDINACION DE LAS POLITICAS DIRIGIDAS HACIA LOS ADULTOS MAYORES.
Fecha: 08/09/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 118
Observatorio
Nacional de Adultos Mayores
ARTÍCULO 1º.- Créase
en el ámbito de la Dirección Nacional para Adultos Mayores (DINAPAM),
dependiente del Ministerio de Desarrollo Social, el Observatorio Nacional de
Adultos Mayores, para el diagnóstico, seguimiento, planificación y coordinación
de las políticas dirigidas hacia los adultos mayores.
ARTÍCULO 2º.- El
Observatorio tiene como objetivo principal promover la investigación y
recopilación de información para la correcta implementación de programas y
políticas públicas hacia las personas adultas mayores.
ARTÍCULO 3º.- Son
funciones del Observatorio:
a) Elaborar encuestas e
indicadores para conocer las necesidades y problemáticas de los adultos
mayores con el objeto de generar iniciativas para alcanzar su pleno
desarrollo.
b) Elaborar recomendaciones
de política pública para los adultos mayores, en función de los resultados
obtenidos en las distintas evaluaciones, indicadores y estudios de
investigación.
c) Actuar como órgano de
consulta, tanto de organismos públicos como privados y de organizaciones de la
sociedad civil, para promover, generar y articular políticas integrales para los
adultos mayores.
d) Promover y fomentar las
relaciones entre el Observatorio y los distintos ámbitos públicos y privados que
trabajen la temática.
e) Producir informes
periódicos de carácter analítico y estadístico, destinados a la divulgación de
resultados de los estudios de investigación elaborados.
f) Realizar programas de
capacitación y fortalecimiento institucional y actualización de contenidos hacia
el interior del Observatorio.
g) Promover la creación de
observatorios de adultos mayores a nivel provincial y local, impulsando la
estandarización de las métricas e indicadores utilizados.
ARTICULO 4º.- El
Observatorio se regirá por un Consejo integrado por personal técnico y
especializado de la Dirección Nacional para Adultos Mayores, un (1)
representante de la Secretaria de Derechos Humanos, un (1) representante de
la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) y un (1)
representante del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y
Pensionados (INSSJ-PAMI).
ARTICULO 5º.-
Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto de ley trae a
consideración la creación de un Observatorio de Adultos Mayores con el
objetivo principal promover la investigación y recopilación de información para
la correcta implementación de programas y políticas públicas dirigidas a las
personas adultas mayores.
A través del Observatorio se podrá
establecer un mapa de situación de las personas de este grupo etario en
nuestro país, desarrollándose como un banco de información y análisis de datos
acerca de las necesidades y condiciones de vida de los adultos mayores,
especialmente en lo que refiere a la protección social, la atención sanitaria,
seguridad económica, servicios sociales, etc.
Las personas adultas mayores
constituyen hoy uno de los grupos humanos más frágiles en el plano jurídico de
la República Argentina. El preocupante vacío legal que padecen en materia de
reconocimiento específicos de sus derechos y de las obligaciones del Estado y la
sociedad para con ellos, para prevenir y enfrentar las situaciones de violencia
social que atraviesan, la falta de espacios de participación, las graves
dificultades en materia de salud y trabajo, determina la necesidad urgente de
trabajar en consecuencia.
Según datos del informe de Estado
de la población Mundial 2011 realizado por UNFPA, el mundo cuenta con 7.000
millones de personas, de las cuales 893 millones son personas mayores de 60
años. Por lo tanto, el mundo se encuentra envejecido y, según las proyecciones
realizadas por la ONU, para el año 2050 habrá un 22% de personas mayores a
60 años. América Latina se encuentra en la misma situación: en los últimos 50
años, la esperanza de vida ha aumentado casi 20 años. En especial, Argentina,
Chile, Cuba y Uruguay se enfrentarán, en las próximas décadas, a una
demografía de envejecimiento avanzado. La acelerada tendencia del
envejecimiento de la población trae consigo un elevado índice de desprotección
jurídico social, que ha hecho que las Naciones Unidas enfoquen y dispongan
serios estudios sobre el envejecimiento, tanto de las sociedades altamente
industrializadas así como las de menor desarrollo, como el caso de
Argentina.
Nuestro país es uno de los casos
latinoamericanos con mayor envejecimiento de la población, por reducción de
los niveles de fecundidad y mortalidad, y se espera que dicho proceso aumente
los próximos 50 años. En el 2010, en Argentina, habían 5.8 millones de adultos
mayores y para el 2050 se esperan que sean 12,4 millones. Además, la
población mayor de 80 años (que tienen el mayor peso relativo en los servicios
de cuidado) representa un 4% de la población en Argentina.
La creación de un Observatorio de
Adultos Mayores es una propuesta para generar espacios de discusión, análisis
y creación de políticas públicas para promover acciones tendientes a proteger a
los adultos mayores, como mencionamos anteriormente. La finalidad última es
aportar datos acerca de la situación y necesidades de los adultos mayores que
sirvan de apoyo a los responsables de aplicar las políticas públicas en esta
materia para el diseño y la mejora de actuaciones hacia este colectivo.
Para la correcta implementación de
programas preventivos y de asistencia hacia los adultos mayores, es de suma
importancia conocer la problemática en términos cuantitativos. Es decir,
precisar la cantidad de la población afectada y sus características
socioeconómicas, etáreas, de género, etc. El Observatorio podrá analizar los
aspectos demográficos, la evolución de la población adulto mayor, el índice de
envejecimiento, la situación familiar, medir el ingreso, trabajo y escolaridad, la
salud, entre otras. Contar con información pertinente sobre las personas
adultas mayores es muy importante en materia de política social.
Particularmente en materia de
observatorios de adultos mayores podemos mencionar algunos casos como el
de España, donde existe el Observatorio de Personas Mayores que funciona
dentro del Instituto de Mayores y Servicios Sociales (Imserso), y el caso de
Chile donde funciona el Observatorio Social de Envejecimiento y la Vejez.
Por todo lo expuesto
anteriormente, es que solicito a las Sras. Diputadas y los Sres. Diputados me
acompañen en la sanción del presente proyecto de ley.-
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
LINARES, MARIA VIRGINIA | BUENOS AIRES | GEN |
RASINO, ELIDA ELENA | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
PERALTA, FABIAN FRANCISCO | SANTA FE | GEN |
RIESTRA, ANTONIO SABINO | SANTA FE | UNIDAD POPULAR |
DUCLOS, OMAR ARNALDO | BUENOS AIRES | GEN |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
DE LAS PERSONAS MAYORES (Primera Competencia) |
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
18/11/2014 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |