DE LAS PERSONAS MAYORES
Comisión PermanenteOf. Administrativa: Piso P01 Oficina 140
Secretario Administrativo DR. PALACIOS JUAN RAMÓN
Jefe SR. CORA JUAN PABLO
Martes 19.00hs
Of. Administrativa: (054-11) 6075-2141 Internos 2141
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 3838-D-2017
Sumario: PROGRAMA NACIONAL DESTINADO A FOMENTAR LA FORMACION DE AUXILIAR EN CUIDADOS GERONTOLOGICOS. CREACION.
Fecha: 12/07/2017
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 88
Ley Nacional de régimen de formación de auxiliar en cuidados gerontológicos.
ARTÍCULO 1º.- Créase dentro del ámbito del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, un programa nacional destinado a fomentar la formación de auxiliar en cuidados gerontológicos.
ARTÍCULO 2º.- Serán funciones del programa:
a) Realizar campañas de difusión respecto de los centros que brindan esta formación.
b) Firmar convenios con los estados provinciales y/u organismos autónomos o descentralizados a fin de estimular la apertura y continuidad de la carrera de auxiliar en cuidados gerontológicos en el ámbito de las universidades nacionales del país y diferentes centros de capacitación.
c) Implementar un plan de becas a fin incentivar y facilitar el acceso a la capacitación mencionada.
ARTÍCULO 3º.- Todos los cursos de formación en auxiliar en cuidados gerontológicos deberán tener como requisito mínimo de ingreso el cumplimiento de la educación secundaria obligatoria conforme lo establece el artículo 16 de la Ley Nº 26.206 de Educación Nacional.
ARTÍCULO 4°.- Las erogaciones que demande la implementación del programa, serán solventadas mediante la redistribución de partidas que disponga la autoridad de aplicación.
ARTÍCULO 5°.- El Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, definirá anualmente la cantidad de becas pasibles de otorgamiento y sus montos.
ARTÍCULO 6°.- El Poder Ejecutivo Nacional reglamentará la presente ley en el plazo de 90 días desde su promulgación.
ARTÍCULO 7°.- Invítase a las provincias a adherir a la presente ley.
ARTÍCULO 8º.- Comuníquese al PODER EJECUTIVO NACIONAL.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto de Ley tiene por objeto fomentar la carrera de auxiliar en cuidados gerontológicos.
El auxiliar en cuidados gerontológicos es un profesional especializado y capacitado para el apoyo, o sustitución de las actividades de la vida diaria de los adultos mayores, que por diferentes motivos, edad avanzada, fragilidad, o dependencia, no pueden realizar por sí mismas.
Es importante que el adulto mayor siga desarrollando su vida en su hogar mientras sea posible y conveniente. Ello, a efectos de evitar las consecuencias negativas de la marginación y el aislamiento emergente de la internación, en lo físico, psíquico y social. Se corre menos riesgos de ruptura de lazos familiares al continuar el anciano integrado a su familia.
Es importante resaltar que en la Ciudad de Buenos Aires se encuentra en funcionamiento un programa de servicio de asistente gerontológico domiciliario y hospitalario que ha tenido muy buenos resultados, se redujo la cantidad de internaciones en hogares geriátricos, a la vez que disminuyeron los costos de cama por internación hospitalaria prolongadas debido a los problemas de alta.
A nivel educativo, la Asociación Mutual Israelita Argentina (AMIA) desde hace 22 años da el curso de asistentes gerontológicos, entregando el respectivo título. También, encontramos cerca de 63 Instituciones en todo el país que otorgan el título de Auxiliar en Cuidados Gerontológicos.
En el mundo se plantea el cuidado de las personas mayores como una necesidad seria ante la problemática del envejecimiento de la población.
La Organización Internacional del Trabajo no duda en hablar de terremoto demográfico y de nuevo orden internacional de la población que verá jóvenes y mayores de sesenta años representar, en menos de medio siglo, la misma proporción de la población.
Para ese entonces, se prevé que, en Argentina, uno de cada cuatro habitantes será un adulto mayor, aumentando las necesidades en cuidados.
Es por las razones expuestas, que solicito a mis pares legisladores que me acompañen en este proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
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HERS CABRAL, ANABELLA RUTH | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNION PRO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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