DE LAS PERSONAS MAYORES
Comisión PermanenteOf. Administrativa: Piso P01 Oficina 140
Secretario Administrativo DR. PALACIOS JUAN RAMÓN
Jefe SR. CORA JUAN PABLO
Martes 19.00hs
Of. Administrativa: (054-11) 6075-2141 Internos 2141
ctedad@hcdn.gob.ar
PROYECTO DE LEY
Expediente: 1108-D-2017
Sumario: "PROGRAMA BECAS DE INCENTIVO PROFESIONAL PARA UNA FORMACION GERONTOLOGICA CON VISION BIO - PSICO - SOCIAL.". CREACION.
Fecha: 23/03/2017
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 16
Artículo 1°.- Creación.
Créase el Programa “Becas de Incentivo Profesional”, que se desarrollará de conformidad a lo establecido en la presente Ley y demás disposiciones complementarias.
Artículo 2°.- Objetivo general.
Capacitar profesionales con una sólida formación gerontológica con una visión Bio-Psico-Social que puedan atender las demandas individuales y las necesidades regionales, mejorando así la calidad de atención a los adultos mayores.
Artículos 3 °.- Objetivos específicos.
-Brindar la posibilidad de perfeccionamiento de postgrado en el área de la gerontología a psicólogos, kinesiólogos, nutricionistas, enfermeros, trabajadores sociales, psicólogos sociales, terapistas ocupacionales, musicoterapeutas, profesores de educación física o cualquier profesional interesado en la problemática del adulto mayor mediante el curso formal que posibilite la capacitación con un concepto integrador.
-Desarrollar un ámbito de formación de alto nivel académico y rigor científico para el tratamiento interdisciplinario de los problemas en el campo del envejecimiento y la gestión de servicios para la tercera edad.
- Formar profesionales con capacidad científica que los habilite para investigar sobre problemas gerontológicos concretos.
-Proporcionar una visión global sobre el envejecimiento de las poblaciones y de sus repercusiones demográficas-sociales y epidemiológicas-sanitarias.
- Proporcionar una formación avanzada sobre el envejecimiento con éxito, patológico y los aspectos más importantes de la salud-enfermedad en las personas mayores: fragilidad, nutrición, actividad física, morbilidad, uso de medicamentos, función física, función mental, y función social.
-Incorporar en los servicios hospitalarios, instituciones y organismos de base social, la práctica gerontológica médica y social.
-Formar profesionales con elevado nivel de competencia, capacitados para desarrollar actividades docentes.
Artículo 4°.- Definiciones.
Gerontología: es la ciencia que se dedica a estudiar los diversos aspectos de la vejez y el envejecimiento de una población, tales como el psicológico, social, económico y hasta cultural. Por otra parte comprende sus necesidades físicas, mentales y sociales, y como son abordadas por las instituciones gubernamentales y no gubernamentales que les atienden y el envejecimiento de una población.
La gerontología aborda todas las dimensiones de la vejez, incluyendo los aspectos biológicos (biogerontología), psicológicos (psicogerontología), sociales y culturales, en tanto que la geriatría, también conocida como gerontología clínica, es la rama de medicina que se especializa en la atención de las enfermedades prevalentes en la vejez.
La gerontología tiene un doble objetivo: desde un punto de vista cuantitativo, la prolongación de la vida (dar más años a la vida, retardar la muerte), y desde un punto de vista cualitativo, la mejora de la calidad de vida de las personas mayores (dar más vida a los años).
Artículo 5°.- Requisitos de acceso
- Poseer título habilitante expedido por Universidad o instituto terciario reconocidos por la legislación vigente, o del extranjero de acuerdo a los tratados de reciprocidad o reválida otorgada por autoridad competente.
Artículo 6°.- Inserción profesional:
En cualquier dispositivo sanitario con un porcentaje importante de personas mayores:
- Atención primaria de salud
- Atención especializada-hospitalaria
En dispositivos sociosanitarios o residenciales:
- Unidades de convalecencia
- Unidades de larga estancia
- Hospitales de día
- Centros residenciales
- Programas de atención domiciliaria
Artículo 7°.- Beneficio.
El beneficio previsto por el Programa “Becas de Incentivo Profesional”, es una beca mensual de pesos cinco mil con 00/100 ($ 5.000,00), durante el tiempo de duración del cursado o especialización, según el plan de estudios propuesto por la Casa de Altos estudios en la que se inscriba y curse el postulante y hasta seis meses posteriores a la culminación del cursado; alcanzando a 5.000 profesionales. El monto se actualizará anualmente de forma automática en base a la variación del costo de vida a nivel nacional, según el cálculo publicado por el instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC).
Artículo 8°.- Requisitos para la permanencia en el beneficio:
Al finalizar cada ciclo lectivo, se requerirá a la Institución Educativa la certificación de los siguientes parámetros:
a.1) Las materias cursadas y rendidas por el becario- citando fecha, calificación, libro y folio de cada una de ellas.
a.2) El promedio obtenido (con aplazo), que debe ser superior a la media del que posean los alumnos de la misma carrera, cohorte, año e Institución.
a.3) El porcentaje de materias aprobadas, que deberá ser como mínimo el 75 % (setenta y cinco por ciento) de las materias previstas en el plan de estudios para el ciclo lectivo cursado.
Artículo 9°.- Inexistencia de vínculo contractual. La condición de beneficiario del Programa “Becas de Incentivo Académico”, no generará relación contractual alguna entre éstos y el Ministerio de Educación de la Nación;
Artículo 10°.- El Programa “Becas de Incentivo Académico”, será puesto en marcha, desarrollo, ejecución, control y supervisión por el Ministerio de Educación de la Nación, pudiendo a tal efecto, suscribir convenios y dictar las normas interpretativas y reglamentarias necesarias para asegurar su implementación y funcionamiento eficiente;
Artículo 11°.- De la acreditación del Beneficio.
El beneficiario previsto en el Programa “Becas de Incentivo Académico”, se acreditará mediante el sistema de tarjeta de débito sobre cuentas de caja de ahorro abiertas a nombre de los beneficiarios o sus tutores en el Sistema Integral de Acreditaciones del Banco de la Nación Argentina;
Artículo 12°.- Financiamiento. Adecuación Presupuestaria.
El Programa “Becas de Incentivo Académico”, se ejecutará con recursos del Ministerio de Educación de la Nación, debiendo la Jefatura de Gabinete, realizar las adecuaciones que resulten necesarias para la implementación y ejecución del mismo;
Artículo 13°.- Reglamentación.
La presente ley, será reglamentada por el Poder Ejecutivo Nacional en un plazo máximo de Noventa (90) días desde la fecha de publicación;
Artículo 14°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto de ley, tiene como objetivo incentivar a psicólogos, kinesiólogos, nutricionistas, enfermeros, trabajadores sociales, psicólogos sociales, terapistas ocupacionales, musicoterapeutas, profesores de educación física o cualquier profesional interesado en la problemática del adulto mayor recibidos, para que realicen la especialización en GERONTOLOGÍA y de esta manera, contribuir al sistema público de salud.
El progresivo envejecimiento de la población y el alargamiento del promedio de la vida humana generan nuevos retos para los sistemas de salud, entre los que se destaca la necesidad de programar cuidados y asistencia médica, psicológica y social especializada y adecuada a las necesidades y problemas de las personas adultas mayores.
El sector de población de los adultos mayores es por razones demográficas y sociales uno de los que mayor proyección están presentando para los profesionales de la psicología, del trabajo social, de la kinesiología, de la nutrición, de la enfermería, de la terapia ocupacional y de la musicoterapia, aglutinándose en la actualidad en torno a nuevos conceptos como psicogerontología o gerontología social.
El enfoque en el que la vejez era caracterizada fundamentalmente por un declive y deterioro generalizado, ha ido cambiando hacia una visión de esta etapa de la vida como un reto adaptativo que cada persona supera de forma diferente en función de un conjunto de factores muy heterogéneos.
El fomento de la independencia y autonomía del individuo, de su participación en la vida social, la solución independiente de sus problemas, y la permanencia de las personas mayores en su domicilio y entorno habitual son recomendaciones que han sido enfatizadas por diversas organizaciones y asambleas internacionales referidas a la gerontología social.
El psicólogo y el trabajador social han pasado a tener un papel relevante en la intervención con las personas mayores desde esta perspectiva del envejecimiento como una etapa evolutiva especialmente importantes en el que la calidad de vida se ve amenazada. El objetivo es ayudar en este proceso adaptativo tanto con intervenciones sobre el propio sujeto como con su entorno familiar o de convivencia.
Por lo anteriormente expuesto, es imprescindible brindar a nuestros adultos mayores, atención interdisciplinaria de calidad.
Debemos incentivar la formación de especialistas y promover su pronta incorporación a los sistemas de salud nacional, cuya promoción y mejoramiento, resultan estratégicos para el desarrollo y continuidad del presente.
Así, brindando la posibilidad de perfeccionamiento y capacitación en áreas de la gerontología, los profesionales estarán capacitados para atender los aspectos más importantes de la salud – enfermedad en las personas mayores.
La búsqueda del bienestar ha servido como guía para definir las políticas sociales en nuestro país. Bajo esta visión, el Gobierno ha visto minada su función al no satisfacer las expectativas de la población mayor, las que tienen que ver con un cambio cualitativo en la valoración de la vida, en donde la subjetividad es fundamental.
Cada vez es más claro que las decisiones a nivel político deberían estar influidas por el bienestar y el sentido de propósito de las personas. Esto no quiere decir que el bienestar y el propósito sean valiosos en sí mismos, sino que complementan los actuales indicadores económicos. Por ejemplo, los indicadores económicos han aumentado de forma intensa en las últimas décadas, y sin embargo, la satisfacción personal no ha aumentado, por el contrario la tasa de depresión, ha duplicado su magnitud, pasando a formar parte de un problema de salud pública en la tercera edad.
Según la Real Academia de la Lengua Española, bienestar se desglosa en bien - estar y lo define como: "vida holgada o abastecida de cuanto conduce a pasarlo bien y con tranquilidad" o "Estado de la persona en el que se le hace sensible el buen funcionamiento de su actividad somática y psíquica". Sin embargo, estas definiciones aunque se acercan al concepto, no abarcan todo el significado del bienestar.
Lo que se busca, es conformar equipos multidisciplinarios, capaces de abordar de forma integral los problemas de salud que presentan las personas adultas mayores, para ello, es imprescindible, que a través del entendimiento, interpretación y observación, los profesionales estén capacitados para detectar ciertas dolencias ocultas, que saltan a la vista cuando se tiene un trato diferente con el paciente y la psicología, ayuda a despertar esa sensibilidad especial.
Para el cursado de la especialización y perfeccionamiento, se puede trabajar de forma mancomunada con el Instituto Universitario de Ciencias de la Salud de la Fundación Barceló (Buenos Aires), Universidad Nacional de Córdoba (Córdoba), Universidad Nacional de Entre Ríos (Entre Ríos) y Universidad Nacional de Rosario (Santa Fe) y a su vez, con el programa de Gerontología Comunitaria que se encuadra dentro de los talleres que brinda el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación.
En virtud de todo lo expresado, apostando al mejoramiento en el sistema de atención de las personas Adultas Mayores, solicito a los señores y señoras Diputados, acompañar el presente proyecto de ley con su firma.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
ROSSI, BLANCA ARACELI | CORDOBA | UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
EDUCACION (Primera Competencia) |
DE LAS PERSONAS MAYORES |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |