DE LAS PERSONAS MAYORES
Comisión PermanenteOf. Administrativa: Piso P01 Oficina 140
Secretario Administrativo DR. PALACIOS JUAN RAMÓN
Jefe SR. CORA JUAN PABLO
Martes 19.00hs
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 0342-D-2015
Sumario: "BECAS DE INCENTIVO ACADEMICO PARA LA FORMACION DE PROFESIONALES EN GERONTOLOGIA". CREACION.
Fecha: 04/03/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 3
Art. 1°) Créase el Programa "Becas de
Incentivo Profesional", que se desarrollará de conformidad a lo establecido en la
presente Ley y demás disposiciones complementarias.
Art. 2°) Objetivo general. Capacitar
profesionales con una sólida formación gerontológica con una visión Bio-Psico-
Social que puedan atender las demandas individuales y las necesidades regionales,
mejorando así la calidad de atención a los adultos mayores.
Art. 3°) Objetivos específicos
-Brindar la posibilidad de
perfeccionamiento de postgrado en el área de la gerontología a psicólogos,
kinesiólogos, nutricionistas, enfermeros, trabajadores sociales, psicólogos sociales,
terapistas ocupacionales, musicoterapeutas, profesores de educación física o
cualquier profesional interesado en la problemática del adulto mayor mediante el
curso formal que posibilite la capacitación con un concepto integrador.
-Desarrollar un ámbito de formación
de alto nivel académico y rigor científico para el tratamiento interdisciplinario de
los problemas en el campo del envejecimiento y la gestión de servicios para la
tercera edad.
- Formar profesionales con capacidad
científica que los habilite para investigar sobre problemas gerontológicos
concretos.
-Proporcionar una visión global sobre
el envejecimiento de las poblaciones y de sus repercusiones demográficas-sociales
y epidemiológicas-sanitarias.
- Proporcionar una formación
avanzada sobre el envejecimiento con éxito, patológico y los aspectos más
importantes de la salud-enfermedad en las personas mayores: fragilidad, nutrición,
actividad física, morbilidad, uso de medicamentos, función física, función mental, y
función social.
-Incorporar en los servicios
hospitalarios, instituciones y organismos de base social, la práctica gerontológica
médica y social.
-Formar profesionales con elevado
nivel de competencia, capacitados para desarrollar actividades docentes.
Art. 4°) Definiciones
Gerontología: es la ciencia que se
dedica a estudiar los diversos aspectos de la vejez y el envejecimiento de una
población, tales como el psicológico, social, económico y hasta cultural. Por otra
parte comprende sus necesidades físicas, mentales y sociales, y como son
abordadas por las instituciones gubernamentales y no gubernamentales que les
atienden y el envejecimiento de una población.
La gerontología aborda todas las
dimensiones de la vejez, incluyendo los aspectos biológicos (biogerontología),
psicológicos (psicogerontología), sociales y culturales, en tanto que la geriatría,
también conocida como gerontología clínica, es la rama de medicina que se
especializa en la atención de las enfermedades prevalentes en la vejez.
La gerontología tiene un doble
objetivo:
desde un punto de vista cuantitativo,
la prolongación de la vida (dar más años a la vida, retardar la muerte), y
desde un punto de vista cualitativo, la
mejora de la calidad de vida de las personas mayores (dar más vida a los
años).
Art. 5°) Requisitos de acceso
-Poseer título habilitante expedido por
Universidad o instituto terciario reconocidos por la legislación vigente, o del
extranjero de acuerdo a los tratados de reciprocidad o reválida otorgada por
autoridad competente.
Art. 6°) Inserción profesional:
En cualquier dispositivo sanitario con
un porcentaje importante de personas mayores:
- Atención primaria de salud
- Atención especializada-
hospitalaria
En dispositivos sociosanitarios o
residenciales:
- Unidades de convalecencia
- Unidades de larga estancia
- Hospitales de día
- Centros residenciales
- Programas de atención
domiciliaria
Art. 7°) Beneficio. El beneficio
previsto por el Programa "Becas de Incentivo Profesional", es una beca mensual de
pesos dos mil quinientos con 00/100 ($ 2.500,00), durante el tiempo de duración
del cursado o especialización, según el plan de estudios propuesto por la Casa de
Altos estudios en la que se inscriba y curse el postulante y hasta seis meses
posteriores a la culminación del cursado; alcanzando a 5.000 profesionales. El
monto se actualizará anualmente de forma automática en base a la variación del
costo de vida a nivel nacional, según el cálculo publicado por el instituto Nacional
de Estadísticas y Censos (INDEC).
Art. 8°) Requisitos para la
permanencia en el beneficio:
Al finalizar cada ciclo lectivo, se
requerirá a la Institución Educativa la certificación de los siguientes
parámetros:
a.1) Las materias cursadas y rendidas
por el becario- citando fecha, calificación, libro y folio de cada una de ellas.
a.2) El promedio obtenido (con
aplazo), que debe ser superior a la media del que posean los alumnos de la misma
carrera, cohorte, año e Institución.
a.3) El porcentaje de materias
aprobadas, que deberá ser como mínimo el 75 % (setenta y cinco por ciento) de
las materias previstas en el plan de estudios para el ciclo lectivo cursado.
Art. 9°) Inexistencia de vínculo
contractual. La condición de beneficiario del Programa "Becas de Incentivo
Académico", no generará relación contractual alguna entre éstos y el Ministerio de
Educación de la Nación.
Art. 10°) El Programa "Becas de
Incentivo Académico", será puesto en marcha, desarrollo, ejecución, control y
supervisión por el Ministerio de Educación de la Nación, pudiendo a tal efecto,
suscribir convenios y dictar las normas interpretativas y reglamentarias necesarias
para asegurar su implementación y funcionamiento eficiente.
Art. 11°) De la acreditación del
Beneficio. El beneficiario previsto en el Programa "Becas de Incentivo Académico",
se acreditará mediante el sistema de tarjeta de débito sobre cuentas de caja de
ahorro abiertas a nombre de los beneficiarios o sus tutores en el Sistema Integral
de Acreditaciones del Banco de la Nación Argentina.
Art. 12°) Financiamiento. Adecuación
Presupuestaria. El Programa "Becas de Incentivo Académico", se ejecutará con
recursos del Ministerio de Educación de la Nación, debiendo el Ministerio de
Economía de la Nación, realizar las adecuaciones que resulten necesarias para la
implementación y ejecución del mismo.
Art. 13°) Reglamentación. La
presente ley, será reglamentada por el Poder Ejecutivo Nacional.
Art. 14°) Comuníquese al Poder
Ejecutivo Nacional, al Ministerio de Educación de la Nación, al Ministerio de
Economía de la Nación, al Ministerio de Salud, al Instituto Nacional de Seguridad
Social para Jubilados y Pensionados (PAMI) y a las Universidades reconocidas por
la legislación vigente.
Creación del Programa Nacional
"Becas de Incentivo Profesional"
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto de ley, tiene
como objetivo incentivar a psicólogos, kinesiólogos, nutricionistas, enfermeros,
trabajadores sociales, psicólogos sociales, terapistas ocupacionales,
musicoterapeutas, profesores de educación física o cualquier profesional
interesado en la problemática del adulto mayor recibidos, para que realicen la
especialización en GERONTOLOGÍA y de esta manera, contribuir al sistema público
de salud.
El progresivo envejecimiento de la
población y el alargamiento del promedio de la vida humana generan nuevos retos
para los sistemas de salud, entre los que se destaca la necesidad de programar
cuidados y asistencia médica, psicológica y social especializada y adecuada a las
necesidades y problemas de las personas mayores.
El sector de población de los adultos
mayores es por razones demográficas y sociales uno de los que mayor proyección
están presentando para los profesionales de la psicología, del trabajo social, de la
kinesiología, de la nutrición, de la enfermería, de la terapia ocupacional y de la
musicoterapia, aglutinándose en la actualidad en torno a nuevos conceptos como
psicogerontología o gerontología social.
El enfoque en el que la vejez era
caracterizada fundamentalmente por un declive y deterioro generalizado, ha ido
cambiando hacia una visión de esta etapa de la vida como un reto adaptativo que
cada persona supera de forma diferente en función de un conjunto de factores
muy heterogéneos.
El fomento de la independencia y
autonomía del individuo, de su participación en la vida social, la solución
independiente de sus problemas, y la permanencia de las personas mayores en su
domicilio y entorno habitual son recomendaciones que han sido enfatizadas por
diversas organizaciones y asambleas internacionales referidas a la gerontología
social.
El psicólogo y el trabajador social han
pasado a tener un papel relevante en la intervención con las personas mayores
desde esta perspectiva del envejecimiento como una etapa evolutiva
especialmente importantes en el que la calidad de vida se ve amenazada. El
objetivo es ayudar en este proceso adaptativo tanto con intervenciones sobre el
propio sujeto como con su entorno familiar o de convivencia.
Por lo anteriormente expuesto, es
imprescindible brindar a nuestros adultos mayores, atención interdisciplinaria de
calidad.
Debemos incentivar la formación de
especialistas y promover su pronta incorporación a los sistemas de salud nacional,
cuya promoción y mejoramiento, resultan estratégicos para el desarrollo y
continuidad del presente.
Así, brindando la posibilidad de
perfeccionamiento y capacitación en áreas de la gerontología, los profesionales
estarán capacitados para atender los aspectos más importantes de la salud -
enfermedad en las personas mayores.
La búsqueda del bienestar ha servido
como guía para definir las políticas sociales en nuestro país. El Gobierno concibe
el estado de bienestar en relación a una asistencia social donde se postula que el
elemento principal es la satisfacción de las necesidades materiales y de salud. Bajo
esta visión, el Gobierno ha visto minada su función al no satisfacer las expectativas
de la población mayor, las que tienen que ver con un cambio cualitativo en la
valoración de la vida, en donde la subjetividad es fundamental.
Cada vez es más claro que las
decisiones a nivel político deberían estar influidas por el bienestar y el sentido de
propósito de las personas. Esto no quiere decir que el bienestar y el propósito sean
valiosos en sí mismos, sino que complementan los actuales indicadores
económicos. Por ejemplo, los indicadores económicos han aumentado de forma
intensa en las últimas décadas, y sin embargo, la satisfacción personal no ha
aumentado, por el contrario la tasa de depresión, ha duplicado su magnitud,
pasando a formar parte de un problema de salud pública en la tercera edad.
Según la Real Academia de la Lengua
Española, bienestar se desglosa en bien - estar y lo define como: "vida holgada o
abastecida de cuanto conduce a pasarlo bien y con tranquilidad" o "Estado de la
persona en el que se le hace sensible el buen funcionamiento de su actividad
somática y psíquica". Sin embargo, estas definiciones aunque se acercan al
concepto, no abarcan todo el significado del bienestar.
Lo que se busca, es conformar
equipos interdisciplinarios, capaces de abordar de forma integral los problemas de
salud que presentan los adultos mayores, para ello, es imprescindible, que a través
del entendimiento, interpretación y observación, los profesionales estén
capacitados para detectar ciertas dolencias ocultas, que saltan a la vista cuando se
tiene un trato diferente con el paciente y la psicología, ayuda a despertar esa
sensibilidad especial.
En virtud de todo lo expresado,
apostando al mejoramiento en el sistema de atención de las personas Adultas
Mayores, solicito a los señores y señoras Diputados, acompañar el presente
proyecto de ley con su firma.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
ROSSI, BLANCA ARACELI | CORDOBA | UNION POR CORDOBA |
SCHIARETTI, JUAN | CORDOBA | UNION POR CORDOBA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia) |
DE LAS PERSONAS MAYORES |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO SCHIARETTI (A SUS ANTECEDENTES) |