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PROYECTO DE LEY
Expediente: 4283-D-2006
Sumario: CREACION DEL SISTEMA DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE FEDERAL - SITFE -.
Fecha: 03/08/2006
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 102
CREACION DEL SISTEMA DE INFRAESTRUCTURA
DE
TRANSPORTE FEDERAL (SITFE).
Art. 1º - Créase el SISTEMA DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE FEDERAL (SITFE) destinado a hacer efectivas las compensaciones tarifarias a las empresas de servicios público de transporte de pasajeros por automotor, al desarrollo de los proyectos de infraestructura vial y/o a la eliminación o reducción de los peajes existentes y a la asignación de fondos para la mejora y profesionalización de servicios de transporte de carga por automotor.
Art. 2º - El SISTEMA DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE FEDERAL (SITFE) conformará un Fondo con el 25% de los recursos que por todo concepto ingresan al FIDEICOMISO del SISTEMA DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE (SIT), constituido conforme a lo establecido por el Título II del Decreto Nº 976 del 31 de julio de 2001, con las reformas que le introdujeran los Decretos Nº 652 del 19 de abril de 2002 y 301 del 10 de marzo de 2004 y otras normas reglamentarias y complementarias vigentes,
Art. 3º - El Fondo conformado por el artículo anterior será distribuido mensualmente entre todos los Estados Provinciales y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en función de su participación relativa en la formación del SISTEMA DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE (SIT), tomando como base el porciento sobre el total anual del año inmediato anterior, bajo la misma operatoria administrativa de distribución y acreditación del SIT a cada una de las jurisdicciones según consta en el Decreto 976/2001 y complementarios y en la Ley 26028/05.
Art. 4º - A los efectos de cumplimentar lo dispuesto en el artículo anterior, el FIDUCIARIO deberá habilitar cuentas especiales a los Estados Provinciales y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de manera que con el informe que emita el MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSION PÚBLICA Y SERVICIOS u organismo en que lo delegue, se proceda a la acreditación de los fondos que correspondan.
Art. 5º - Las jurisdicciones que a partir de la instrumentación de la presente ley, recibieren un monto mensual absoluto menor que el del correspondiente al del año calendario precedente, serán compensadas hasta el monto que les hubiere correspondido, con recursos tomados del REGIMEN DE COMPENSACIONES COMPLEMENTARIAS (RCC) establecido por Decreto Nº 678 del 30 de mayo de 2006 con cargo al presupuesto nacional, debiendo ampliarse si fuese menester.
Art. 6º - Cada jurisdicción provincial y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires deberán distribuir los recursos del SITFE que le correspondan, a cuyos efectos procederán a:
1) establecer los criterios medibles con los que efectuará la compensación tarifaria a las empresas concesionarias y prestatarias del servicio público de transporte automotor de pasajeros de su jurisdicción;
2) reglamentar el desarrollo de proyectos de infraestructura vial y/o la eliminación de los peajes existentes;
3) asignar los fondos destinados a la mejora y profesionalización de servicios de transporte de carga por automotor cuando sean de su competencia específica y exclusiva.
Art. 7º- El Comité Federal de Transporte o entidad que lo remplace en el futuro, tendrá a su cargo las funciones de seguimiento de las transferencias al SITFE, así como la verificación del cumplimiento de los objetivos consignados en el artículo 1º de la presente, debiendo informar semestralmente el destino asignado a los fondos percibidos por cada jurisdicción, actuando, asimismo, como soporte técnico y metodológico de las jurisdicciones que lo requieran.
Art. 8º - Las disposiciones de la presente ley entrarán en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 9º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
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Proyecto
Firmante | Distrito | Bloque |
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BINNER, HERMES JUAN | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
AUGSBURGER, SILVIA | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
ZANCADA, PABLO V. | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
GODOY, JUAN CARLOS LUCIO | ENTRE RIOS | CONCERTACION ENTRERRIANA |
DI POLLINA, EDUARDO ALFREDO | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
MARTINEZ GARBINO, EMILIO RAUL | ENTRE RIOS | CONCERTACION ENTRERRIANA |
CHIRONI, FERNANDO GUSTAVO | RIO NEGRO | UCR |
TATE, ALICIA ESTER | SANTA FE | UCR |
SESMA, LAURA JUDITH | CORDOBA | PARTIDO SOCIALISTA |
LOZANO, CLAUDIO RAUL | CIUDAD de BUENOS AIRES | EMANCIPACION Y JUSTICIA |
STORERO, HUGO GUILLERMO | SANTA FE | UCR |
NEGRI, MARIO RAUL | CORDOBA | UCR |
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