Proyecto
Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional
para que, a través del organismo que resulte competente, informe y, en caso de
corresponder, remita copia sobre los siguientes puntos:
1) Antecedentes técnicos de la
Licitación Pública de Etapa Única Nacional Nº 7/2013 llevada a cabo por la
Presidencia de la Nación, Secretaria General, Dirección de Patrimonio y
Suministros, sustanciada mediante el Expediente Nº 37.549/2012, cuyo objeto es
la contratación del Servicio de construcción de escenarios, mangrullos, tarimas y
otras estructuras en sistema tubular para eventos que llevará adelante la Unidad
Ejecutora Bicentenario de la Revolución de Mayo 1810-2010.
2) Si se ha dado cumplimiento a la
difusión exigida por el Decreto 1023/2001, Decreto 436/2000 y la Circular Nº 27 de
la Oficina Nacional de Contrataciones, y en su caso indique los días en que ha
sido publicada la convocatoria en el Boletín Oficial y en la página Web la Oficina
Nacional de Contrataciones.
3) Cantidad de pliegos adquiridos,
datos de los adquirentes, ofertas presentadas en el mencionado llamado, con la
correspondiente identificación de los oferentes, las cotizaciones efectuadas y las
condiciones y precios de las ofertas de cada uno de ellos. Así como cualquier otro
dato que pueda ser de interés.
4) Las razones por las cuales
habiendo vencido el plazo para presentar ofertas el 06 de febrero de 2013, la
empresa Show Service S.A. resultó adjudicataria, aun cuando posee Certificado
Fiscal para Contratar con el Estado recién desde el 15 de mayo de 2013.
5) Fecha en que se sustanció, y fecha
en que se adjudicó la licitación.
6) Modo en que las firmas
adjudicatarias desarrollaron las labores necesarias para la concretización del
objeto del contrato en razón del tiempo otorgado entre la adjudicación de la
licitación y la fecha de realización del evento final.
7) Motivos por los cuales la
adjudicación de la presente Licitación fue publicada en el Boletín Oficial con fecha
24 de mayo de 2013, un día antes, de la concretización del objeto de contratación,
25 de mayo de 2013.
8) Acompañe copia fiel del
Expediente por el cual tramitó la mencionada licitación.
FUNDAMENTOS
Proyecto
Señor presidente:
Con fecha 24 de mayo de 2013 se
publicó en el Boletín Oficial de la República Argentina el resultado (adjudicación)
de la Licitación Pública de Etapa Única Nacional Nº 7/2013 llevada a cabo por la
Presidencia de la Nación, Secretaria General, Dirección de Patrimonio y
Suministros, sustanciada mediante el Expediente Nº 37.549/2012, que tuvo por
objeto la contratación del Servicio de construcción de escenarios, mangrullos,
tarimas y otras estructuras en sistema tubular para eventos que llevará adelante la
Unidad Ejecutora Bicentenario de la Revolución de Mayo 1810-2010.
De la escueta publicación efectuada el
Boletín Oficial de la República Argentina, respecto de la Licitación que nos ocupa,
surge que una de las firmas oferentes, y que resultó adjudicataria, es Show
Service S.A.
Conforme la información que surge de
la Administración Federal de Ingresos Públicos, dicha empresa tiene Certificado
Fiscal para Contratar con el Estado VIGENTE desde el 15/5/2013, siendo que su
anterior certificado tiene fecha de expiración el 12/10/12.
Asimismo, con respecto a los plazos de
sustanciación de la presente licitación, entendemos que el plazo para presentar
las ofertas venció el 06/02/2013.
La evidente e incomprensible
incongruencia fáctica remarcada nos obliga a cuestionar y con ello, a solicitar las
explicaciones correspondientes, puesto que resulta inexplicable que, la firma Show
Service S.A haya resultado adjudicataria de una Licitación cuyo plazo para
presentar la oferta respectiva venció el 06/2/2013, y su capacidad fiscal para ser
proveedor del Estado entró en vigencia el 15/5/2013.
La situación expuesta, sumado a la
poca información que surge de la publicación en el Boletín Oficial, nos obliga a
solicitar información respecto de la fecha en que se sustanció la Licitación Pública
de Etapa Única Nacional Nº 7/2013, y la fecha en que la misma fue
adjudicada.
El interrogante arriba expuesto
manifiesta otro cuestionamiento: el modo en que las empresas adjudicatarias
realizaron las tareas necesarias para concretizar el objeto del contrato,
considerando el escaso tiempo, que se estima existió entre la adjudicación de la
Licitación y la fecha de realización del evento para el cual fueron contratadas.
Al mismo interrogante nos lleva la
fecha de publicación de la Licitación que aquí nos ocupa, y respecto de la cual nos
preguntamos por qué se publico la adjudicación (24/5/13) un día antes de la
realización del evento (25/3/12).
Por otro lado, es
preciso mencionar que el artículo 1º del Decreto 1023/2001 indica que "el régimen
de Contrataciones de la Administración Nacional, tendrá por objeto que las obras,
bienes y servicios sean obtenidos con la mejor tecnología proporcionada a las
necesidades, en el momento oportuno y al menor costo posible...". A su vez,
conforme surge de los Decretos 1023/2001 y 436/2000 son principios generales a
los que deberá ajustarse la gestión de las contrataciones: (a) razonabilidad del
proyecto y eficiencia de la contratación para cumplir con el interés público
comprometido y el resultado esperado; (b) promoción de la concurrencia de
interesados y de la competencia entre oferentes; (c) transparencia en los
procedimientos; (d) publicidad y difusión de las actuaciones; (e) responsabilidad
de los agentes y funcionarios públicos que autoricen, aprueben o gestionen las
contrataciones; (f) igualdad de tratamiento para interesados y para oferentes.
Además, la contratación pública debe
desarrollarse en todas sus etapas en un contexto de transparencia que se basará
en la publicidad y difusión de las actuaciones emergentes de la aplicación de este
régimen, la utilización de las tecnologías informáticas que permitan aumentar la
eficiencia de los procesos y facilitar el acceso de la sociedad a la información
relativa a la gestión del Estado en materia de contrataciones y en la participación
real y efectiva de la comunidad, lo cual posibilitará el control social sobre las
contrataciones públicas.
Por lo tanto, y teniendo en cuenta los
principios antes mencionados, es que solicitamos la aprobación del presente
proyecto.
Proyecto