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PROYECTO DE LEY
Expediente: 2374-D-2012
Sumario: RUTAS NACIONALES: CONTEMPLASE LA INCLUSION DE UNA BANQUINA DE UN ANCHO NO INFERIOR A LOS 4,5 METROS, EN TODAS LAS OBRAS VIALES.
Fecha: 20/04/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 33
Ley de transitabilidad de la red
caminera federal productiva
Artículo 1º.- Las rutas nacionales que
se construyan, reformulen o reparen desde la sanción de la presente, deberán
contar con, al menos, una banquina de un ancho no inferior a los 4,5 m (cuatro
metros con cincuenta centímetros) en las zonas que delimite el Poder Ejecutivo en
base a las consideraciones de movimiento de maquinarias pesadas.
Artículo 2.- Desde el primer día hábil
del año siguiente a la sanción de la presente, el Poder Ejecutivo Nacional deberá
contemplar en los pliegos de bases y condiciones para la construcción,
reformulación o reparación de rutas nacionales (en cualquiera de sus
modalidades), la condición establecida en el párrafo anterior.
Artículo 3.- Quedan exceptuadas de lo
establecido en el artículo 1º las autopistas, autovías y las que, por alguna razón,
sean de uso exclusivo de tránsito ligero.
Artículo 4.- El Poder Ejecutivo
Nacional establecerá, a partir de la zonificación que estime conveniente, requisitos
de transitabilidad y seguridad para rutas nacionales que atraviesen corredores
productivos.
Artículo 5.- Cuando una ruta nacional
atraviese un corredor productivo, según la delimitación que establezca el Poder
Ejecutivo Nacional, se tenderá a eliminar los puentes angostos y obstáculos que
hacen estrechar las banquinas, de manera de permitir el mejor y más seguro
movimiento de personas y maquinarias.
Artículo 6.- El Poder Ejecutivo
Nacional dispondrá la más amplia publicidad a las obras, días y horarios de uso
particular o productivo, cartelería y señalética suficiente para indicar la posible
presencia de maquinarias en las banquinas y queda autorizado para fijar límites de
velocidad diferenciados por horarios.
Artículo 7.- El Poder Ejecutivo
Nacional dispondrá las condiciones de visibilidad necesaria que deberán tener las
maquinarias pesadas para poder circular por las rutas nacionales, tanto diurnas
como nocturnas.
Artículo 8.- La Dirección Nacional de
Vialidad será la autoridad de aplicación de la presente ley.
Artículo 9.- La Dirección Nacional de
Vialidad deberá, en un plazo no mayor a los 3 (tres) meses desde la sanción de la
presente, establecer la zonificación de zonas productivas de alto tránsito de
maquinarias pesadas, a los fines de dar prioridad a los ensanches de
banquinas.
Artículo 10.- De forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Parece ocioso recordar que la
República Argentina ha sido y es un país con un importantísimo sector agrícola que
incorpora la más moderna tecnología para producir bienes exportables y para
consumo local. Y en notorio también, andando por los caminos del interior de la
República, que estas nuevas tecnologías en materia de producción agropecuaria
implican el uso de maquinarias cada vez más eficientes, caras y grandes.
Desde 2010 he venido presentando
proyectos relacionados con la seguridad vial y sobre el conflicto de productores
que necesitan la movilización de maquinarias grandes y la seguridad necesaria
para todos aquellos que utilizan las rutas de manera particular o por medios
públicos. En ocasión de la presentación del expediente 1446-D-10 expresé que en
los años sesenta hubo un salto tecnológico mayúsculo con el acceso a los tractores
por parte de grandes, medianos y pequeños productores. Eso que fue
revolucionario e implicó avances en la producción y productividad, hoy es
altamente ineficiente. Las maquinarias, por escala y precio, han dejado de estar al
alcance de productores aislados. De esta suerte, la introducción de las más
modernas tecnologías entre los años 90 y la primera década de este siglo, ha
hecho que nos encontremos con otra nueva revolución que ha multiplicado las
cantidades producidas a partir de incorporar zonas que antes eran marginales y a
las que ahora se les pueden aplicar los insumos y maquinarias más modernas,
para lograr los mejores rindes.
El tema de la seguridad vial ha sido
un tema ampliamente debatido en los últimos años. La enorme cantidad de
muertes y accidentes con consecuencias gravísimas para los viajeros, tanto
particulares como profesionales, determinó la sanción de leyes nuevas en la
materia, buscando disminuir la mortalidad por causas de tránsito. Amplias
campañas de educación y seguridad lograron bajar, en este año, la cantidad de
muertos.
De esta manera, creo necesario
repetir que en una democracia avanzada, cada conflicto de intereses es una
oportunidad para resolverlos en base al diálogo y la contraposición de ideas,
anhelos y proyectos. En estas condiciones, aspiro a que podamos iniciar
conversaciones con los distintos actores involucrados de forma de llegar a los más
amplios consensos, logrando compatibilizar los intereses que pueden parecer
contrapuestos. Así, para iniciar el diálogo y el debate hace falta un papel que
discutir. Y esta es nuestra función: impulsar el debate democrático, franco y
abierto. Hay un hecho objetivo, cual es la congestión producida en la provisión de
un bien público como es una ruta. Y es la política la que debe buscar soluciones a
este conflicto. Creo que podrían establecerse horarios, condiciones de publicidad,
mejorar las condiciones de uso de los caminos, corredores productivos u otras
formas. Podemos poner a todo el aparato estatal para resolver el conflicto. Hoy
contamos con instrumentos de divulgación, de enseñanza, con técnicas aplicadas
como la señalética... evidentemente, con la coordinación de acciones es posible
solucionar estos inconvenientes.
En 2010 presenté ya un proyecto
solicitando al Poder Ejecutivo Nacional que modificara el anexo "LL" del decreto
779/95, que es reglamentario de la "Ley de tránsito", ley número 24.449. Como la
temática del presente proyecto es complementaria de aquél, es que los
fundamentos son, esencialmente, los mismos. El enfoque, en esta ocasión, es
distinto en el sentido de buscar una resolución permanente el problema, dando
una política de fondo en la materia, razón por la que debe emanar del Poder
Legislativo, y no ya una política administrativa, propia del rol ejecutivo.
La producción agrícola se organiza
hoy en forma distinta a lo que lo hacía en los ochentas. Las grandes maquinarias
entran y salen hoy de distintos campos y se trabajan las 24 horas del día. Resulta
entonces que no hay disponibilidad de carretones suficientes como para estar
esperando a cada máquina en cada campo. Incluso, ya hay inconvenientes con las
alturas, ya que las maquinarias sobre carretones exceden también las alturas
máximas en algunos casos. Así, estamos planteando una solución para el ancho y
alto de la maquinaria en rutas. De todas maneras, confío en que el Poder Ejecutivo
Nacional, a través de sus organismos especializados, pueda también participar en
la búsqueda de soluciones de largo aliento a este problema que aqueja a los
productores agrícolas, sin desmedro de la seguridad vial, tema por el que todos
velamos.
Este proyecto toma como base el
expediente 4771-D-2010, también de mi autoría, pero con algunas modificaciones
que he estimado convenientes. El problema de la seguridad vial me parece sigue
siendo muy importante y es por eso que vuelvo a presentar esta iniciativa, a los
fines de mejorar las condiciones productivas atendiendo a la mayor seguridad de
los particulares que se movilicen por las rutas del interior del país.
Por las razones expuestas, solicito a
mis pares que me acompañen en la aprobación de este proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
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CHEMES, JORGE OMAR | ENTRE RIOS | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
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