OBRAS PUBLICAS

Comisión Permanente

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Secretario Administrativo DR. GALLEGOS EMILIO

Jefe DR. DEL CASTILLO FRANCISCO R.

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 0922-D-2020

Sumario: EXIMESE DEL PAGO DE LOS SERVICIOS PUBLICOS DE AGUA, LUZ Y GAS A CONSUMIDORES FINALES DESTINADOS A VIVIENDA UNICA, PYMES Y FUNDACIONES Y ASOCIACIONES SIN FINES DE LUCRO POR LA PANDEMIA DE CORONAVIRUS COVID-19.

Fecha: 18/03/2020

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 13

Proyecto
Artículo 1°. EXENCIÓN. Se exime del pago de los servicios públicos de agua, luz y gas respecto de los beneficiarios establecidos en el artículo 2 de la presente ley.
Artículo 2°. BENEFICIARIOS. Son beneficiarios de la presente ley los siguientes:
a. Consumidores finales destinados a vivienda única.
b. Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, según los términos del artículo 1° de la ley 25.300 y sus normas modificatorias y complementarias.
c. Fundaciones y Asociaciones sin fines de lucro.
Artículo 3°. DURACIÓN. La presente exención regirá a partir del momento de la publicación en el Boletín Oficial por el plazo de duración de la pandemia Covid-19
Artículo 4°. PRORROGA. El Poder Ejecutivo Nacional podrá extender los plazos del beneficio.
Artìculo 5: - Prohíbase en todo el territorio nacional el corte por falta de pago de los servicios públicos de energía eléctrica, gas y agua para todos los beneficiarios descriptos en el artículo 2 de la presente ley
Artículo 6°. PRESUPUESTO. Autorizase al Poder Ejecutivo Nacional a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias para cubrir los recursos que no percibirán las empresas prestatarias de los servicios públicos durante la vigencia de la presente ley.
Artículo 7°. Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El conjunto de los argentinos sufrimos una situación excepcional y por lo tanto son necesarias medidas excepcionales para paliar, aunque sea parcialmente, los devastadores efectos de la crisis sanitaria
Necesitamos en forma urgente medidas similares a las que se dictarían en una guerra, para mitigar el impacto de la pandemia de Covid-19 en la economía nacional y en la vida de los ciudadanos.
Es importante establecer mecanismos para evitar que las personas físicas y las empresas sufran un daño irreparable. Uno de estos mecanismos es condonar por el tiempo que dure la emergencia sanitaria el pago de los servicios públicos.
Debemos considerar que en este proyecto apuntamos a las personas físicas y también a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas ya que estas son centrales en la generación de empleo y desde que se desato la crisis están pasando por una situación desesperante.
Ante esta lamentable realidad que estamos viviendo es necesario implementar una medida transitoria en forma urgente ya que los efectos de esta nueva realidad ya son tangibles
Esto es así ya que los beneficiarios de esta ley se encuentran preocupados y abocados a todas las tareas de prevención que resultan necesarias para proteger su salud y que son permanentemente señaladas por las mismas autoridades sanitarias. Esto ha generado la interrupción y la obstaculización de las actividades comerciales normales que venían desarrollando y, por ello mismo, los posibles ingresos que podían recibir.
Resulta imperioso evitar que a la angustia por el contagio de una pandemia se sume la referida a no contar con los medios para abonar los servicios esenciales mínimos que permiten la subsistencia. Caso contrario, muchos ciudadanos se verán en la necesidad de vivir sin estos servicios con lo que podrán verse resentidas las normas de cuidado que son necesarias para mitigar la pandemia.
También en el proyecto prohibimos el corte del servicio. Hay familias y empresas que actualmente tienen deudas por falta de pago de servicio.
No es posible que se corte el mismo en este momento. La crítica situación que estamos viviendo en la que cada familia debe permanecer en sus hogares le en cada familia se
agravaría exponencialmente si no tienen la posibilidad de alimentarse adecuadamente, iluminarse, conservar alimentos, higienizarse, etc.
Por otro lado, las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, que como decíamos anteriormente son las mayores generadoras de puestos de trabajo en la Argentina, deben intentar que sus trabajadores no asistan personalmente a sus lugares de trabajo, a la vez que sostener todos los puestos y continuar con el pago de los salarios. Si a esto le sumamos el inconveniente que generan los cortes de servicios eléctrico y de gas por falta de pago la situación empeoraría a niveles más alarmantes aún.
Estamos ante la presencia de una emergencia nunca antes vista por lo que es necesario desde el Estado acudir en forma urgente a paliar esta situación.
Por las razones aquí expuestas, solicito a mis pares que acompañen el presente proyecto de Ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
NANNI, MIGUEL SALTA UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
OBRAS PUBLICAS (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA