MUJERES Y DIVERSIDAD
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Secretario Administrativo SRA. MALCZEWSKI ANDREA
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 3554-D-2019
Sumario: PROTECCION INTEGRAL PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES - LEY 26485 -.MODIFICACION DEL ARTICULO 10, SOBRE CREACION DE UNIDADES DESCENTRALIZADAS DE GENERO.
Fecha: 16/07/2019
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 96
Art. 1) Incorporación al art. 10 inc. 6, capítulo III de la ley N°26.485 “LEY DE PROTECCION INTEGRAL A MUJERES”:
Incorpórese al art. 10 inc. 6 del capítulo III un inciso donde se establezca la creación de UNIDADES DESCENTRALIZADAS DE GENERO dependiente del Ministerio de Justicia de la Nación, quien arbitrará los medios necesarios para establecer un dispositivo en cada municipio de cada provincia a fin de garantizar la protección psicofísica de la víctima y su núcleo familiar.
El mencionado ut-supra deberá arbitrar los medios necesarios para que la víctima conjuntamente con su núcleo familiar se hospeden en un lugar seguro brindado por el estado hasta tanto y cuanto se haga efectiva la exclusión de hogar respecto del denunciado.
El mismo contará con camas, duchas, comedor, 1 médico de guardia las 24 hs. (a fin de que haga un precario médico si mediare violencia física en la denuncia), un equipo técnico compuesto por psicólogos y trabajadores sociales para que realicen la contención de la problemática hasta que la/las víctimas puedan volver a sus hogares, personal de economato y limpieza y un director del establecimiento nombrado por el poder ejecutivo.
La unidad deberá informar sobre cada situación al juzgado que tome intervención sobre la causa.
Artículo 2: Comuníquese al poder ejecutivo…
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto tiene por objeto incorporar a la ley N° 26.485 art. 10 inc. 6 del capítulo III un inciso donde se establezca la creación de UNIDADES DESCENTRALIZADAS DE GENERO dependiente del Ministerio de Justicia de la Nación, quien arbitrará los medios necesarios para establecer un dispositivo en cada municipio vistas las situaciones de vivencia cotidiana que atraviesan esta problemática que son de público conocimiento.
La justicia no cuenta con los elementos y dispositivos necesarios para que las medidas cautelares tomadas en los procesos de familia protejan integralmente a la víctima denunciante conjuntamente con su núcleo familiar.
Actualmente, el denunciado radica la correspondiente denuncia en la comisaría de la mujer o fiscalía de turno, quien no solo no insta de forma oficiosa el proceso penal por el tipo de delito y su calificación, sino que se limita a sortearse en el fuero de familia.
Desde el momento en el que la víctima realiza la denuncia hasta que la justicia a través de sus auxiliares efectiviza la medida, la víctima conjuntamente con su núcleo familiar debe volver a su hogar o buscar algún albergue, lo cual suele ser prácticamente imposible de conseguir.
El gobierno nacional, no solo hace omisión en la realización de hechos que permitan ampliar y consagrar los derechos de las víctimas, sino que con sus políticas de ajuste del Estado impide que a este sector social se le garantice el acceso a la justicia en su totalidad; sin mencionar la falta de sinergia que existe entre organismos judiciales y del poder ejecutivo.
Al 31 de enero de 2019 ya era de conocimiento público los 26 casos de femicidios que se dieron a conocer por los medios de comunicación, lo que lleva a promediar en 1,19 hechos por día. Increíble pero cierto, más de una mujer muere por día por la falta de presencia y recursos que provee el gobierno nacional, por la falta de interés y por sobre todo la insensibilidad.
¿Cómo vamos a pretender que la víctima después de denunciar vaya a buscar un hospedaje si no tiene familia para contenerla con su núcleo familiar? Si la gran mayoría de estas poseen una gran vulneración económica, producto de la crisis que estamos atravesando.
Como estado, tenemos la responsabilidad de hacernos cargo de garantizar la integridad psicofísica de la/las víctimas, por eso es que solicitamos que conforme a este proyecto, el poder ejecutivo a través del Ministerio de Justicia de la Nación, arbitre los medios necesarios para poner de una vez por todas las prácticas que como Estado debemos llevar adelante para garantizar el bien social y la seguridad de cada habitante de nuestro suelo.
Por todo lo expuesto es que solicito la aprobación del presente proyecto de ley….
Firmante | Distrito | Bloque |
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ASENCIO, FERNANDO | BUENOS AIRES | RED POR ARGENTINA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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MUJERES Y DIVERSIDAD (Primera Competencia) |
JUSTICIA |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | RESOLUCION DE PRESIDENCIA - AMPLIACION DE GIRO A LA COMISION DE MUJERES Y DIVERSIDAD. SE SUPRIME EL GIRO A LAS COMISIONES DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA. |