MUJERES Y DIVERSIDAD
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 3195-D-2019
Sumario: PROMOCION Y CONCIENTIZACION SOBRE DE LA LIGADURA DE CONDUCTOS DEFERENTES O VASECTOMIA.
Fecha: 27/06/2019
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 85
PROMOCIÓN DE LA LIGADURA DE CONDUCTOS DEFERENTES O VASECTOMÍA
El Senado y la Cámara de Diputados de la República Argentina
sancionan con fuerza de
LEY
ARTICULO 1°. OBJETO. La presente ley tiene por objeto la promoción y la concientización pública acerca del método de anticoncepción quirúrgica masculina conocido como “ligadura de conductos deferentes o vasectomía”, de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 26.130.
ARTÍCULO 2°. OBJETIVOS. Son objetivos prioritarios de la presente ley:
a) informar y promocionar la “ligadura de conductos deferentes o vasectomía” como método de anticoncepción, procurando alcanzar el mayor nivel de conocimiento posible por parte de la ciudadanía, especialmente de los varones;
b) dar a conocer los términos y condiciones que la Ley N° 26.130 fija para la “ligadura de conductos deferentes o vasectomía”, enfatizando su gratuidad y la obligación por parte de las entidades que conforman el sistema de salud de realizarla;
c) brindar información pertinente, precisa, confiable y actualizada sobre la “ligadura de conductos deferentes o vasectomía”, procurando desterrar posibles prejuicios o nociones falsas respecto de las consecuencias, efectos secundarios o contraindicaciones que podría llegar a tener dicha práctica;
d) concientizar respecto de la “ligadura de conductos deferentes o vasectomía” desde una perspectiva de género, la cual contribuya a reducir la brecha existente entre varones y mujeres respecto de la utilización de técnicas de anticoncepción.
ARTÍCULO 3°. ACCIONES. A los efectos de dar cumplimento a los objetivos detallados en el artículo 2, la autoridad de aplicación de la presente ley debe adoptar las siguientes medidas, entre otras:
a) campañas de difusión en servicios de comunicación audiovisual, gráficos, digitales y plataformas utilizadas por el Poder Ejecutivo Nacional para dar a conocer políticas públicas;
b) campañas de difusión en hospitales, centros de atención primaria y en todas las entidades que componen el sistema de salud, informando los establecimientos en los cuales pueden acceder a la práctica;
c) articulación con las autoridades nacionales y subnacionales en materia de educación, a los efectos de incluir los objetivos de la presente ley en los contenidos brindados en cumplimento de la ley de educación sexual integral N° 26.150;
d) promoción de la investigación científica especializada en técnicas de “ligadura de conductos deferentes o vasectomía”.
ARTÍCULO 4°. INCORPORACIÓN. Incorpórase como inciso h del artículo 2 de la ley N° 25.673 de creación del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable, el siguiente texto:
h) Promocionar y concientizar acerca de la anticoncepción quirúrgica masculina, conocida como “ligadura de conductos deferentes o vasectomía”, desde una perspectiva que promueva la igualdad entre varones y mujeres.
ARTÍCULO 5°. AUTORIZACIÓN. Autorízase al Poder Ejecutivo Nacional a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo previsto en la presente ley.
ARTÍCULO 6°. ADHESIÓN. Invítase a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a las disposiciones de la presente ley.
ARTÍCULO 7°. VIGENCIA. La presente ley entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 8°. COMUNICACIÓN. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La ley N° 26.130, sancionada en agosto de 2006, estableció como un derecho de todas las personas mayores de edad acceder a “a la realización de las prácticas denominadas "ligadura de trompas de Falopio" y "ligadura de conductos deferentes o vasectomía" en los servicios del sistema de salud”.
Además de habilitar el ejercicio y la práctica de estas técnicas de contracepción quirúrgica, la norma estableció su gratuidad, lo cual fue ratificado e implementado mediante la Resolución 755/06 de la Superintendencia de Seguros de Salud, que estableció la cobertura total de estas prácticas por parte de las entidades que conforman el Sistema de Salud.
Trece años después de la sanción de la ley, el análisis de los datos oficiales evidencia que la realización de estas prácticas no evolucionó de manera pareja: en 2017 se realizaron un total de 14.501 ligaduras de trompas de Falopio y 142 vasectomías, es decir, 102 ligaduras por cada vasectomía.
Esta diferencia abrumadora podría resultar llamativa, pero no. Porque se inscribe en una tradición cultural de sesgo machista en lo relativo a la sexualidad, la educación, la soberanía sobre el cuerpo e incluso el placer.
Una investigación periodística realizada por el Colectivo Surdelta recoge numerosos testimonios de varones en torno a la experiencia vivida luego de decidir realizarse una vasectomía.
Lo que la publicación permite ver con claridad es la enorme cantidad de prejuicios que existen respecto de la vasectomía, prejuicios asociados directamente con la falta de información y –una vez más- el sesgo de género de nuestra sociedad, nuestras instituciones públicas y privadas, incluso nuestros profesionales de la salud.
“Hasta nuevo aviso, el único método seguro para hombres que no afecta a las mujeres es una cirugía que interrumpe los vasos deferentes. Es una práctica menos compleja y tiene efectos adversos menores en comparación con la ligadura de trompas, una cirugía que se practicó 102 veces más que la vasectomía en 2017, 133 veces más en 2016 y 253 veces más en 2015, según el Ministerio de Salud de la Nación”.
Aunque la cantidad de hombres que se interesan, consultan y eventualmente se realizan una vasectomía ha mostrado un incremento, siguen siendo muy pocos los casos.
“‘Estamos empezando. Con el tema del aborto, la gente se está informando más. El otro día hicimos la primera vasectomía anticonceptiva del año y en estos días tenemos otra más’, dice Dr. Marcelo Lioy Lupis, director del servicio de urología del Hospital Argerich, en La Boca. Desde que empezó el debate en el Congreso hay un incremento de consultas de varones … El médico reconoce que hay un tema cultural que puede obstaculizar la difusión del método. Mientras en Argentina la esterilización masculina es un fenómeno marginal, en Estados Unidos es el segundo método contraceptivo de las parejas. En Canadá y en el Reino Unido es dos veces más común que la esterilización femenina”.
Entendemos que existen dos grandes fuentes de prejuicios que explican que la práctica de la vasectomía esté tan poco difundida. Una primera está vinculada a factores –y temores- biológicos: que podría generar infertilidad, problemas de erección o de eyaculación, etc. Nada de todo esto tiene el más mínimo asidero. En efecto, está más que demostrado que “después de la vasectomía se sigue eyaculando como siempre, no afecta a las erecciones y el placer sexual no cambia. El aspecto del semen es el mismo, pero no contiene espermatozoides”.
Por la otra parte, existe el prejuicio –consciente o incosciente- de que la responsabilidad de la anticoncepción recae exclusivamente sobre la mujer.
"Cuando empezamos a ver cuál era el mejor método vimos que casi todos estaban enfocados en la mujer. Como tengo bastante curiosidad por temas de ciencia, empecé a investigar. Ahí supe que era totalmente sesgado: la mayoría de los anticonceptivos fueron desarrollados para las mujeres porque se asume que la responsabilidad es exclusivamente de ellas", declaró un varón que eligió realizarse esta práctica.
De hecho, son numerosos los testimonios en los cuales los varones explican que empezaron a investigar primero –y decidir después- sobre la vasectomía cuando sus parejas mujeres manifestaron que no querían “poner más el cuerpo” luego de sucesivos embarazos, lactancias y demás hechos biológicos con enorme impacto físico y hormonal (tengamos en cuenta que tanto las pastillas anticonceptivas como otros métodos afectan el ciclo hormonal de la mujer para lograr el efecto anticonceptivo).
Todo lo dicho hasta aquí explica el sentido de este proyecto de ley, que busca informar y concientizar respecto de la existencia y las características de la vasectomía como método de contracepción para varones. Por un lado, para desterrar los prejuicios en torno a esta práctica y acercar la posibilidad de su realización a quienes la rechazan por temores infundados. Por el otro, para combatir el sesgo machista que hace recaer el peso de la responsabilidad de la anticoncepción de manera excesiva y desigual sobre la mujer y su cuerpo.
No se trata más que de dar mayor difusión e información de algo que la ley hoy ya prescribe pero que todavía se halla muy poco extendida. Entendemos que la cantidad de ligadura de trompas comparada con las vasectomías da fundamento a nuestra intención.
Por todos estos motivos, Señor Presidente, solicito a mis pares la aprobación de este proyecto de Ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
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MACHA, MONICA | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
MERCADO, VERONICA | CATAMARCA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
HUSS, JUAN MANUEL | ENTRE RIOS | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CASTRO, SANDRA DANIELA | SAN JUAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
ROSSI, AGUSTIN OSCAR | SANTA FE | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
ALVAREZ RODRIGUEZ, MARIA CRISTINA | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
RODRIGUEZ, MATIAS DAVID | TIERRA DEL FUEGO | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
BRITEZ, MARIA CRISTINA | MISIONES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | SOMOS |
SIERRA, MAGDALENA | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA (Primera Competencia) |
MUJERES Y DIVERSIDAD |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | RESOLUCION DE PRESIDENCIA - AMPLIACION DE GIRO A LA COMISION DE MUJERES Y DIVERSIDAD. SE SUPRIME EL GIRO A LAS COMISIONES DE FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA. |