ANALISIS Y SEGUIMIENTO DEL CUMPLIMIENTO DE NORMAS TRIBUTARIAS Y PREVISIONALES
Comisión PermanenteOf. Administrativa: Piso P02 Oficina 253
Secretario Administrativo SR. BARRIOS SERGIO FABIAN
Jefe LIC. CABEZA GUSTAVO ALBERTO
Martes 10.30hs
Of. Administrativa: (054-11) 6075-7750 Internos 2231
cmtyprevisionales@hcdn.gob.ar
PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 6403-D-2010
Sumario: SOLICITAR A LA COMISION DE ANALISIS Y SEGUIMIENTO DEL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS TRIBUTARIAS Y PREVISIONALES, EL INMEDIATO INICIO DE UNA INVESTIGACION ACERCA DE LOS ACUERDOS Y CONVENIOS TRIBUTARIOS ALCANZADOS ENTRE LA REPUBLICA ARGENTINA Y LA REPUBLICA DE CHILE RELACIONADOS CON EL PROYECTO MINERO BINACIONAL PASCUA LAMA Y LA CITACION DEL SECRETARIO DE HACIENDA.
Fecha: 01/09/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 124
Solicitar a la Comisión de Análisis y
Seguimiento del Cumplimiento de las Normas Tributarias y Previsionales, el inmediato
inicio de una investigación en los términos del artículo 96 del Reglamento de la
Honorable Cámara de Diputados de la Nación, acerca de los acuerdos y convenios
tributarios alcanzados entre la República Argentina y la República de Chile relativos al
proyecto minero binacional Pascua Lama, y la citación al efecto del Secretario de
Hacienda de la Nación, Juan Carlos Pezoa.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El artículo 96 del
Reglamento de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, expresa: "Compete a
la Comisión de Análisis y Seguimiento del Cumplimiento de las Normas Tributarias y
Previsionales realizar el análisis y seguimiento permanente del cumplimiento y la
aplicación de las normas tributarias y previsionales, tanto por parte del Estado y sus
distintos organismos y reparticiones, cuanto por parte del sector privado a efectos de
propender a una permanente actualización de dichas normas, a su perfeccionamiento y
adecuación a la realidad y a las políticas en ejecución, de forma tal de poder prever y
evitar la evasión, la elusión, la transgresión y las distintas formas de incumplimiento de
tales obligaciones por parte de todos los sujetos involucrados. Para el cumplimiento de
sus fines, la comisión podrá requerir informaciones y realizar investigaciones
referidas a su competencia, tanto en el sector público cuanto en el privado. Cuando
las circunstancias del caso lo justifiquen, previa autorización de la Honorable Cámara,
podrá requerir esos informes y llevar a cabo las investigaciones con el auxilio de la
fuerza pública, ordenado judicialmente."
De esta manera, el Reglamento de
la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, prevé un mecanismo de control
parlamentario respecto del cumplimiento de las normas tributarias y previsionales,
entre los que se incluye la realización de investigaciones referidas a la competencia de
la Comisión de Análisis y Seguimiento del Cumplimiento de las Normas Tributarias y
Previsionales, tanto en el sector público cuanto en el privado.
La investigación que por el presente se
propone refiere a los acuerdos y convenios tributarios alcanzados por la República
Argentina y la República de Chile en relación al proyecto minero binacional Pascua
Lama.
El proyecto minero Pascua Lama, es un
emprendimiento de la multinacional canadiense Barrick Gold, y se ubica a los dos lados
de la Cordillera, y se realiza amparado en el "Tratado entre la República de Chile y la
República Argentina sobre Integración y Complementación Minera" firmado el 29 de
diciembre de 1997, y en su Protocolo Complementario firmado el 20 de agosto de
1999.
Este Tratado permite a las multinacionales
mineras, la exploración y explotación de los recursos mineros existentes en las zonas
cordilleranas delimitadas por el ámbito de aplicación, casi sin ningún tipo de
restricciones, aplicando el principio de trato nacional y otorgando facilitaciones
fronterizas. Expresamente se encarga de evitar los impedimentos que existieran en las
legislaciones internas de los países, relativos a la radicación de proyectos mineros en
zonas fronterizas calificadas de seguridad nacional. Increíblemente su ámbito de
aplicación, se monta sobre la frontera común y territorios adyacentes, configurando
una unidad territorial distinta, donde la frontera desaparece para los negocios
mineros, bajo la supervisión de una Comisión Administradora del Tratado.
Este Tratado de Integración y
Complementación Minera se complementa en lo relativo a los aspectos tributarios de
los proyectos mineros binacionales, entre otros, con el "Convenio entre la República
Argentina y la República de Chile para evitar la doble tributación en materia de
impuestos sobre la renta, ganancias o beneficios y sobre el capital y el
patrimonio".
Es en este marco que el 28 de Abril
del año 2009, en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se reunieron el Secretario de
Hacienda de la Nación, Juan Carlos Pezoa, y el Director de Servicios e Impuestos
Internos de Chile, Ricardo Escobar, con el objeto de abordar el tratamiento impositivo
para el proyecto minero binacional Pascua Lama.
Vale recordar en este punto, que la
reunión fue llevada a cabo días después que la Presidente de la Nación, Cristina
Fernández de Kirchner recibiera -el 15 de Abril-, en Casa de Gobierno, a Peter Munk,
presidente de Barrick Gold Corporation, para avanzar en la concreción del proyecto
minero binacional Pascua Lama De la reunión participaron el Gobernador de San Juan,
José Luis Gioja, el Ministro de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, Julio
De Vido, y el Secretario de Minería de la Nación, Jorge Mayoral.
En el encuentro mencionado del 28
de Abril de 2009, se habría firmado un Acuerdo o Convenio en el cual se le otorgaban a
la empresa minera Barrick Gold, en su proyecto Pascua Lama, ubicado en la Provincia
de San Juan, beneficios impositivos extraordinarios en materia tributaria en lo referido
al Impuesto al Valor Agregado y Rentas.
Se trata de un Convenio económico
que importaría, conforme fuentes privadas, beneficios tributarios por más de 150
millones de pesos para la empresa minera Barrick Gold, que se sumarían a los $ 409
millones anuales que Barrick no le pagará al fisco en concepto de desgravaciones para
el sector. De esta manera, estamos en presencia de un proyecto cuyas ventajas
impositivas son de una magnitud considerable.
El entonces subsecretario de Ingresos
Públicos, Cristian Modolo, encargado de verificar y diseñar la política tributaria, habría
desaconsejado la firma del acuerdo, en virtud de que perjudicaría "a los intereses
nacionales".
Así, informaciones
periodísticas dan cuenta de que "La opinión de la línea técnica del Ministerio de
Economía había sido contraria al convenio. En un dictamen reservado se mencionó el
perjuicio "a los intereses nacionales", debido a que el proyecto operará en ambos
países, pero la Argentina "se vería perjudicada frente a Chile". Modolo optó entonces
por seguir las recomendaciones de los técnicos de carrera, dado que la cuestión ya
provocó la renuncia de otros altos funcionarios. La pregunta que no encontró respuesta
por parte del secretario de Hacienda fue: "¿Ustedes quieren que vayamos todos
presos?"...El temor se relaciona con la decisión de "tratar en forma preferencial a la
firma Barrick en términos del pago de impuestos, lo que perjudica al país", según las
fuentes oficiales. La oposición técnica y de la Subsecretaría de Ingresos Públicos se basó
en que "la producción se sacará vía Chile para no pagar retenciones (al ser un
emprendimiento binacional no habrá control aduanero) y por permitirles abonar
menos IVA, Ganancias y regalías que otras mineras radicadas en el país".
Que en este sentido, el día 07/07/2009
solicité la presencia en la Cámara de Diputados de la Nación del entonces ministro de
economía, licenciado Carlos Fernández, del Secretario de Hacienda, señor Juan Carlos
Pezoa, para que brinden información sobre el tema. Los funcionarios nunca vinieron a
dar las explicaciones.
Es por ello, y dada la envergadura de los
acuerdos y convenios tributarios alcanzados para el proyecto Pascua Lama considero
indispensable la presencia del Secretario de Hacienda de la Nación, Juan Carlos Pezoa,
y el inmediato inicio de una investigación parlamentaria sobre los mismos.
Es por las razones expuestas que solicito a
las/os señoras/es diputados/as que me acompañen en el presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
REYES, MARIA FERNANDA | CIUDAD de BUENOS AIRES | COALICION CIVICA |
BALDATA, GRISELDA ANGELA | CORDOBA | COALICION CIVICA |
GARCIA, IRMA ADRIANA | LA PAMPA | PERONISMO FEDERAL |
PEREZ, ADRIAN | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA |
LOZANO, CLAUDIO RAUL | CIUDAD de BUENOS AIRES | MOVIMIENTO PROYECTO SUR |
BONASSO, MIGUEL LUIS | CIUDAD de BUENOS AIRES | DIALOGO POR BUENOS AIRES |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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ANALISIS Y SEGUIMIENTO DE NORMAS TRIBUTARIAS Y PREVIS. (Primera Competencia) |
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO |
MINERIA |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 129 (2011), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996 |