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MINERIA

Comisión Permanente

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 8613-D-2014

Sumario: FONDO HIDROCARBURIFERO Y MINERO PARA EL DESARROLLO FEDERAL. CREACION.

Fecha: 30/10/2014

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 156

Proyecto
Art. 1ro: Créase el Fondo Hidrocarburífero y Minero para el Desarrollo Federal con el objetivo de impulsar la realización de obras de infraestructura sanitaria, educativa, hospitalaria, de vivienda o vial que mejoren las condiciones de vida a lo largo y a lo ancho de toda la República Argentina.
Art. 2do: Destínese al Fondo creado en el Art 1ro del presente el 30% del total de las regalías percibidas por las provincias que cobren derechos de exploración y explotación de hidrocarburos convencionales y no convencionales, como así también el 30% de las regalías percibidas por las provincias que cobren derechos de explotación de sus recursos mineros, para ser repartido a las 24 jurisdicciones de la República Argentina.
Art. 3ro: La distribución de esos fondos se efectuará, en forma automática, entre las Provincias que adhieran, a través del BANCO DE LA NACION ARGENTINA, de acuerdo a los porcentajes establecidos en la Ley Nº 23.548 y sus modificatorias
Art.4to: El Banco de la Nación Argentina no cobrará porcentaje o suma de dinero algunos en concepto de servicios.
Art. 5to: Los Gobiernos provinciales deberán coparticipar a los municipios parte de los fondos recibidos, debiendo respetar los porcentajes establecidos para tal fin en la Ley de Coparticipación Federal de Impuestos, no pudiendo ser inferior al 30% del monto destinado para cada provincia.
Art. 6to: El Poder ejecutivo, los gobiernos provinciales y los municipios serán encargados de controlar la transparencia y eficacia de las transferencias, y deberán velar por la correcta utilización y destino de dichos fondos, como así también establecer las multas por su omisión.
Art. 7mo: El Poder Ejecutivo, las provincias y los municipios publicarán mensualmente en un diario de alta circulación el monto percibido del Fondo. Las transferencias automáticas serán diarias.
Art. 8vo: Bajo ningún concepto podrán utilizarse dichos fondos para obras que ya hayan sido contempladas en otras partidas presupuestarias diferentes a las del Fondo Hidrocarburífero y Minero para el Desarollo Federal.
Art 9no: Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional
Art. 10mo: De forma

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El Fondo Hidrocarburífero y Minero para el Desarrollo Nacional es una medida que apunta a la defensa del federalismo, que por momentos luce tan postergado. Los recursos naturales estratégicos del país deberían acarrear beneficios para el conjunto de las provincias que conforman el territorio nacional, de manera que el crecimiento del país se de lo más uniformemente posible. El potencial hidrocarburífero y minero del país ha generado, a lo largo de los años, ingresos extraordinarios. Creemos que la situación de desigualdad en las posibilidades de desarrollo de las provincias sumado a las condiciones de turbulencia económica global, amerita que se refuercen las medidas para proteger el federalismo.
Con motivo del tratamiento y aprobación de la modificación de la ley 17.319 de hidrocarburos que contempla el desarrollo del área de Vaca Muerta, entre otras áreas, y de la aprobación de la ley 26.197 que modifica la anterior, las provincias petroleras aumentarán sus ingresos debido a la cantidad probada de reservas de hidrocarburos convencionales y no convencionales, de la misma manera que las provincias mineras han cerrado acuerdos que las tienen como únicas beneficiarias, dejando de lado a las otras regiones de Argentina que no gozan de dicha riqueza natural. Con ese mismo espíritu se creó el Fondo Federal Solidario que busca ecualizar los ingresos de las provincias con suelo apto para cultivos de alto rendimiento. Es el momento de reforzar el federalismo fiscal y despojarlo de sus matices políticos que, a través del gobierno de turno, muchas veces se ve disminuido.
Es justo que las provincias no petroleras obtengan algo de renta por los acuerdos hidrocarburíferos presentes y futuros, ya que los habitantes de la Argentina, en su totalidad, contribuyeron con su esfuerzo y con sus impuestos para recuperar, por un monto de 5.000 millones de dólares (en medio de un acuerdo controversial y poco debatido), el 51% de la empresa petrolera insignia de nuestro país (YPF), que es una de las principales beneficiarias de los nuevos yacimientos, dándole a Argentina la posibilidad histórica de autoabastecerse y ser exportador de combustibles, obteniendo el país un nuevo relieve geopolítico.
El 90% de las cuencas sedimentarias de nuestro país se hallan inexploradas, incluyendo la plataforma marítima continental. Por eso, las provincias que se quedaron afuera de toda posibilidad de acordar sobre cánones, regalías y forma de la ley de hidrocarburos, deben participar porque son potenciales productoras de energía proveniente de los hidrocarburos. En algunos casos, como el de Córdoba, se producen biocombustibles, energía nuclear y otras formas de energía renovable, y sin embargo quedan afuera de la discusión con respecto al debate energético de los recursos hidrocarburíferos. Es necesario que no se pierda de vista que las diferentes formas de crear energía contribuyen de diferente manera a la generación de riqueza.
Debemos apoyar la constitución de un Fondo para el Desarrollo Federal. No podemos permitir que las grandes corporaciones expolien nuestros recursos y las provincias no perciban parte de esa cantidad extraordinaria de riqueza que podría cambiar la vida de millones de argentinos. En el caso de la explotación hidrocarburífera, esos recursos benefician solo al 15% de la población, ya que el 85% restante reside en otras provincias no beneficiadas por las regalías. El caso minero es similar, aunque no en las mismas proporciones.
Un ejemplo de lo que hace un país rico en hidrocarburos es el de Noruega: tiene un fondo federal que se nutre de los impuestos sobre los combustibles. "The country's oil fund" invierte en una cartera diversificada y altamente redituable. Ellos supieron beneficiarse de la riqueza de su suelo y mantenerla para sus ciudadanos en vez de dilapidarla. Por eso, este año llegó a la suma de 5.11 trillones de coronas, lo que representa 905 billones de dólares disponibles para sus habitantes. Esto significa casi 180.000 dólares para cada uno de ellos. Malasia también copió dicho modelo y lo adaptó a su país.
Si sumamos las regalías mineras e hidrocarburíferas y destinamos una parte al desarrollo del resto de las provincias no mineras y no petroleras, podríamos conseguir que las provincias del país solucionen sus más profundas carencias. Pero es necesario que el Poder Ejecutivo permita que esto suceda, en vez de intervenir en cada uno de los lugares adonde encuentra un poco de dinero disponible para malgastarlo en áreas que nada tienen que ver con el desarrollo y que no tienen una relación proporcional entre costo y beneficio. Conocemos muchos ejemplos malos: la contratación de miles de personas alineadas a su ideología, la publicidad oficial, el futbol para todos y los programas que no consiguen solucionar los problemas de raíz que aquejan a todos. Es por eso que la transferencia propuesta en esta ley debe ser automática, como la del Fondo Federal Solidario.
Debemos ser guardianes del federalismo consagrado en nuestra Constitución Nacional y legislar para dar a todas las provincias las herramientas fiscales para que tomen cartas en el desarrollo.
Por todo lo expresado, considero que es fundamental que me acompañen en este proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MESTRE, DIEGO MATIAS CORDOBA UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ENERGIA Y COMBUSTIBLES (Primera Competencia)
MINERIA
PRESUPUESTO Y HACIENDA
FINANZAS
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 0843-D-16