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MINERIA

Comisión Permanente

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Jefe SR. LAGO JOSE LUIS

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PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 5292-D-2015

Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LA ROTURA DE UNA CAÑERIA QUE CONDUCE UNA SOLUCION CIANURADA EN LA MINA VELADERO, OCURRIDA EL DIA 13 DE SEPTIEMBRE DE 2015 EN EL DEPARTAMENTO IGLESIAS, PROVINCIA DE SAN JUAN, Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS.

Fecha: 25/09/2015

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 130

Proyecto
Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional, que:
1. A través de la Secretaría de Minería de la Nación, informe sobre los siguientes puntos:
a) Si hubo notificación oficial a esa Secretaría de la rotura de una cañería que conduce una solución cianurada en la Mina Veladero, ubicada en el departamento Iglesia, Provincia de San Juan, el día 13 del corriente mes.
b) Si se tiene conocimiento de los daños producidos como resultado de la rotura indicada, en las instalaciones de la mina.
c) Si existe peligro de contaminación de las aguas de la cuenca del rio Jáchal, y si se han analizado muestras del mismo para verificar la inexistencia de contaminación y, en su caso, se acompañe copias de los estudios efectuados.
d) Explique qué medidas de seguridad se han adoptado para evitar cualquier riesgo de contaminación en el ambiente derivado de la explotación minera.
e) Si el suministro de agua envasada a los pobladores de la zona donde se produjo la rotura de la cañería, es consecuencia de la posible contaminación que se habría efectuado.
2. Por intermedio de la Secretaría de Ambiente se informe:
a) Si se ha cumplido con las disposiciones de la Ley 26.639, (Ley de Glaciares) especialmente en la zona de Veladero.
b) Qué medidas ha adoptado esa Secretaría a los efectos de verificar la protección del ambiente en la zona de explotación de la mina.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Como resulta de público conocimiento, el 13 de septiembre, en la mina Veladero, ubicada en el departamento Iglesia de la Provincia de San Juan, se produjo la rotura de una cañería que va desde la planta de procesos hasta el valle de lixiviación donde se depositan los desechos derivados del tratamiento de la roca para extraer el oro, filtrando sustancias con cianuro, tal como informó la empresa Barrick Gold, concesionaria de la explotación.
La empresa, mediante un comunicado relativizó lo ocurrido, indicando que no hubo contaminación en las aguas que corren en la cuenca del río Jáchal, y que se tomaron todas las medidas para dar solución a la contingencia. Que solo hubo daños materiales en una cañería sin que se viera afectada la salud de los trabajadores. Indicó que frente al problema "se procedió a actuar de acuerdo al Plan de Manejo de Emergencias de la Mina Veladero y se tomaron todas las medidas para dar solución a la contingencia ocurrida" y que "la solución cianurada pasó a ser derivada desde la pileta de contingencia al valle de lixiviación", según explicaron, agregando que: "Queremos dejar absolutamente claro que solo hubo daños materiales en una cañería sin verse afectada la salud de los trabajadores" y que "se está investigando las causas del incidente y monitoreando todas las variables ambientales en la zona", apuntó la compañía. "Se procedió a dar inmediato aviso a las autoridades provinciales competentes, tal como lo prevén nuestros procedimientos".
La denuncia sobre la rotura del caño determinó la autoconvocatoria de casi 300 vecinos frente a las puertas del municipio de Jáchal, donde el intendente Jorge Barifusa afirmó que los técnicos estimaban que "no se había producido contaminación del Río Jáchal", tal como se creyó en un principio.
Fueron precisamente los empleados de Barrick Gold, quienes informaron de la filtración efectuada, producida por la rotura del caño. Debido a ello la empresa no tuvo otra alternativa que reconocer el hecho, aunque aventando cualquier peligro, por la inexistencia de contaminación alguna. A su vez el Ministro de Minas de San Juan, Felipe Saavedra, en declaraciones a radio Sarmiento, insistió que no había peligro para la salud humana, y apuntó que tomarán muestras (de agua del río) hasta 30 kilómetros abajo y cada 2 horas. "Se están haciendo los peritajes para iniciar un sumario que seguramente, podría terminar en una sanción" (DIARIODECUYO.com.ar).
Días después se tomó conocimiento que se habían vertido 286.000 litros de solución cianurada, lo que hace suponer la posibilidad de una masiva contaminación, a pesar de las insatisfactorias explicaciones de la empresa minera
Resulta sorprendente que en forma previa a saber el estado de las muestras de agua del río, se efectúen declaraciones, coincidiendo con lo expresado por la empresa minera, para quien no existe peligrosidad alguna ante el daño producido en la tubería.
Ante las movilizaciones realizadas, el gobierno de San Juan informó a la población de dicha provincia que decidió impulsar la denuncia penal correspondiente ante la Fiscalía General con el objeto de investigar la información relevada por la empresa Barrick, luego de la fuga de cianuro en la zona de la mina. Con fines preventivos, las autoridades han solicitado a las comunidades de El Chinguillo, Malimán y Angualasto que eviten y/o limiten el consumo de agua proveniente del Río Blanco. Este comunicado fue emitido luego de que los vecinos de la localidad de Jáchal pidieran a la Justicia penal que investigara lo sucedido, ya que ni el gobierno municipal ni provincial habían aclarado los hechos.
Hay que tener en cuenta que el derrame de la solución cianurada se terminó confirmando casi un día después, y ante el estado de convulsión, el gobierno provincial dispuso monitoreos al agua para medir el grado de contaminación -si hubiera existido-, mientras que la minera reconoció, casi 24 horas después de producido el hecho, la existencia de la rotura que fuera denunciada
Pía Marchegiani, directora de Participación de la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN), declaró a los medios periodísticos que "existe un gran vacío de información: es imposible conseguir datos más allá de lo que dice la empresa". "La Secretaría o el Ministerio de Minería son los mismos organismos encargados de promocionar la actividad y de controlarla, lo que genera dudas", explicó. El problema es que se trata de actividades riesgosas: "lo que queremos debatir es qué tipo de riesgos queremos asumir como sociedad, qué minerales estamos sacando y a dónde van a parar". "Hay provincias que prohíben el uso de cianuro; se debería ir tendiendo a limitar la actividad tan contaminante", añadió. "En cualquier caso, frente al riesgo que implica la actividad, es vital que haya información independiente, producida por técnicos y científicos imparciales, desligados de los intereses de la empresa y el gobierno", concluyó.
A su vez el periodista Domingo Jofré, miembro activo de la Asamblea Jáchal No Se Toca, declaró "Esto no es minería, es devastación" (argnoticias.com) y explicó a los distintos medios que si bien las autoridades del Ministerio de Salud y la empresa tomaron muestras de agua de la planta potabilizadora y del acueducto que surte a la planta -los resultados estarían el miércoles,. Por ello desde la Asamblea mandaron a analizar muestras a un instituto de Mendoza, porque les genera mayor confianza que los encargados por la empresa y el gobierno provincial. Además, los efectos del derrame sobre el ambiente pueden llegar a tardar en manifestarse. "Queda muy en claro que lo que algunos decíamos: no era viable realizar este tipo de maniobras en una zona sísmica y con condiciones climáticas extremas", concluyó.
La falta de confianza en lo que pueda monitorear el gobierno de la Provincia de San Juan, están dadas por el impulso que se da a la minería, sin importar los métodos que se llevan a cabo, como por ejemplo la explotación con cianuro que es altamente contaminante. Aunque el pretexto siempre es el mismo: la abundancia de fuentes de trabajo que produce la explotación, no se tiene en cuenta ni la contaminación, ni el daño al ambiente, ni los pasivos ocultos que podrían afectar la salud de la población, y que solo es posible advertir al cabo de años
No resulta ocioso apuntar la estrecha relación económica que une a la Barrick Gold con las empresas que operan en la plataforma continental para extraer petróleo. Uno de los fondos de inversión más importantes del mundo - propiedad del Bank of America- el Blackrock Group; además de ser accionista de la Barrick Gold, tiene participación en las petroleras Rockhopper, en Desire Petroleum y en Falkland Oil and Gas, teniendo en esta última el 49% del capital accionario. También debemos mencionar a TD Asset Management, fondo de inversión americano accionista de la Barrick Gold y de Goldcorp -Cerro Negro, en Santa Cruz- con el 7,4% de las acciones de Rockhopper y el 7.5 % de Desire Petroleum. Estas evidencias muestran una vez más como los capitales transnacionales operan en el territorio sin limitaciones de ningún tipo, y a quienes poco importan los daños que se puedan producir en el ambiente y en las personas.
Existen seis provincias que prohíben técnicas de extracción de minerales por fuera del código de minería de la Nación, a saber, Chubut, La Pampa, Mendoza, Córdoba, San Luis y Tucumán, debiendo destacarse el caso de la Rioja, que habiendo prohibido técnicas de extracción de minerales en el año 2007 (ley 8137), derogó dicha norma al año siguiente (ley 8355).
Chubut, mediante la ley 5001, del 8 de mayo de 2003, prohibió la actividad minera metalífera en la modalidad de cielo abierto y la utilización de cianuro en los procesos de producción de minera.
Tucumán, mediante ley 7879 del 20/4/2007 Prohibió la actividad minera metalífera, en la modalidad a cielo abierto y la utilización de cianuro y mercurio en los procesos de producción minera. Mendoza, mediante la ley 7722, del 20/6/2007, prohibió el uso de sustancias químicas como cianuro, mercurio, ácido sulfúrico, y otras sustancias tóxicas similares en los procesos mineros metalíferos de cateo, prospección, exploración, explotación y/o industrialización de minerales metalíferos obtenidos a través de cualquier método extractivo.
La Pampa mediante ley 2349 , del 16/8/2007, prohibió la utilización de cianuro, mercurio, ácido sulfúrico y toda sustancia química contaminante en el proceso de cateo, prospección, extracción, explotación, tratamiento y/o industrialización de minerales metalíferos, como así también la explotación minera de minerales metalíferos a cielo abierto.-
Córdoba, mediante ley 9526 del 24/09/2008 prohibió la actividad minera metalífera en la modalidad a cielo abierto y en todas sus etapa ; de minerales nucleares tales como el uranio y el torio; el uso de cianuro, cianuro de sodio, bromuro de sodio, yoduro de sodio, mercurio, ácido sulfúrico, ácido clorhídrico, ácido fluorhídrico, ácido nítrico y toda otra sustancia química contaminante, tóxica o peligrosa incluida en el Anexo I de la Ley Nacional Nº 24.051 , o que posea alguna de las características enunciadas en el Anexo II de la Ley Nacional Nº 24.051 y normas concordantes o las que en el futuro las reemplacen, en los procesos mineros de prospección, cateo, exploración, explotación, desarrollo, preparación, extracción, almacenamiento, industrialización o procesos detallados en el inciso "b" del artículo 249 del Código de Minería, de minerales metalíferos obtenidos a través de cualquier método extractivo, cualquiera sea el lugar de la Provincia en el que éstos se desarrollen.
San Luis, mediante ley 634 del 1/10/2008, prohibió el uso de sustancias químicas en los procesos mineros metalíferos de prospección, cateo, exploración, explotación e industrialización de minerales metalíferos obtenidos a través de cualquier método extractivo. Entre las sustancias prohibidas cabe destacar el cianuro, cianuro de sodio, bromuro de sodio, yoduro de sodio, mercurio, ácido sulfúrico, ácido clorhídrico, ácido fluorhídrico, ácido nítrico, amonio y carbonato. La finalidad perseguida mediante dicha prohibición es garantizar la preservación de los recursos naturales, con especial énfasis en la tutela del recurso hídrico y la biodiversidad.
Como puede verse, existen antecedentes amplios en nuestro país sobre la explotación con cianuro, y si bien la Provincia de San Juan lo admite, ello supone riesgos que no pueden desconocerse, por lo que debería tenerse un cuidado riguroso del ambiente, extremando las medidas de seguridad que resulten necesarias para evitar daños en las personas y en la naturaleza.
Por lo expuesto solicito a mis pares se sirvan aprobar este Proyecto de Resolución
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ROGEL, FABIAN DULIO ENTRE RIOS UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
MINERIA (Primera Competencia)