MINERIA
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 5273-D-2015
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LAS CONDICIONES EN QUE SE DESARROLLA LA EXPLOTACION DE LA MINA VELADERO POR PARTE DE LA EMPRESA CANADIENSE BARRICK GOLD EN LA PROVINCIA DE SAN JUAN.
Fecha: 25/09/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 130
Solicitar al Poder Ejecutivo que, a
través de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable; Secretaría de Minería
de la Nación; y demás organismos competentes en la materia, informen a la
Honorable Cámara de Diputados de la Nación acerca de los siguientes puntos
vinculados a las condiciones en que se desarrolla la explotación de la mina
Veladero por parte de la empresa canadiense Barrick Gold en la provincia de San
Juan:
- Inspecciones que se hubieran
efectuado en los últimos diez (10) años en dicha zona, y si se han cumplido
debidamente las normas de control internacionales y nacionales estipuladas para
este tipo de actividad durante ese período.
- Inversiones en mantenimiento
exigidas a la empresa minera Barrick Gold en los últimos cinco (5) años.
- Estado de la Mina Veladero y zona
de influencia en cuanto a la explotación y extracción de sus recursos.
- Estudios de protección y
sustentabilidad ambiental que se hayan realizado en la zona durante los últimos
cinco (5) años.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El pasado 14 de septiembre se
produjo un derrame de cianuro a causa de una rotura en una cañería que
transporta esta sustancia a la Mina Veladero, en la provincia de San Juan. Esto
alarmó seriamente a la población local debido a la posible contaminación de las
aguas del río San Juan, de donde extraen agua para consumo humano.
La mina de Veladero, a 370
kilómetros al noroeste de la capital de San Juan y a 4000 metros sobre el nivel del
mar, tiene unos 3800 trabajadores y está operativa desde 2005 para la extracción
de oro y plata por parte de la empresa minera canadiense Barrick Gold.
Ante este trágico hecho, la Asociación
Argentina de Abogados Ambientalistas de la Patagonia realizó una denuncia penal
al respecto, acusando a funcionarios nacionales y a la empresa Barrick Gold de los
delitos de "envenenamiento de aguas" y "propagación de enfermedad
peligrosa".
Como consecuencia de ello, la Justicia
Civil y Penal de San Juan dispuso suspender las actividades que utilicen
cianuro por parte de la empresa Barrick Gold en dicha zona. Asimismo, según el
perito interviniente Daniel Cabrera, "la empresa debería presentar un plan de
mantenimiento o rutina de seguimiento de las válvulas y un plan de operación con
mayor frecuencia y presencia del operador en el sitio".
Si bien el Juez Oritja ordenó
la conformación de un comité encargado del control y muestreo en toda la cuenca
del río Jáchal, donde se tomarán muestras dos veces por día durante un plazo de
un mes, solicitamos al Poder Ejecutivo que facilite información pormenorizada al
respecto a fines de tomar pleno conocimiento sobre el hecho y eventualmente
tomar medidas para controlar la situación y prevenir futuros incidentes.
Por estos motivos, solicito a mis pares
acompañamiento de la presente iniciativa.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BROWN, CARLOS RAMON | BUENOS AIRES | FE |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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MINERIA (Primera Competencia) |