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MINERIA

Comisión Permanente

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Jefe SR. LAGO JOSE LUIS

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PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 5058-D-2015

Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL DERRAME DE CIANURO Y LA EXPLOTACION MINERA EN VELADERO, PROVINCIA DE SAN JUAN.

Fecha: 16/09/2015

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 123

Proyecto
Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional que, a través de los organismos que resulten competentes, informe lo que a continuación se solicita con respecto a la explotación minera Veladero, provincia de San Juan:
Si la Secretaría de Minería y la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación han tomado conocimiento del derrame de cianuro provocado por dicha mina el pasado 13 de septiembre de 2015;
En caso de una respuesta afirmativa al apartado anterior, indique qué sanciones tiene pensado adoptar sobre dicho emprendimiento minero;
Cuáles son las acciones de contralor desarrolladas por la Secretaría de Minería de la Nación sobre dicha explotación, de acuerdo a lo normado por la sección segunda del Código de Minería de la Nación, la Normativa Complementaria y los Presupuestos Mínimos, y por aplicación efectiva de la Ley Nº 24.585 se establecen instrumentos de Gestión Ambiental.
Envíe el Informe de Impacto Ambiental (IIA) y la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) de la explotación minera Veladero;
Qué acciones desarrolló la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación como autoridad de aplicación de la Ley General del Ambiente 25.675 sobre dicha mina;
Qué acciones de control realizan dichas Secretarías sobre los trabajos de restauración ecológica de vegas (humedales de altura), de manejo de agua y disposición de residuos sólidos en la explotación minera Veladero;
Qué dependencia se encuentra realizando el monitoreo ambiental de dicho proyecto y cuáles fueron los resultados de los mismos;
Cómo se encuadra la mina Veladero en el marco de la Ley N° 26.639, dado que se encuentra pendiente de realización el Inventario Nacional de Glaciares ordenado por la misma;

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Mediante la Ley Nº 25.243 se aprobó, en marzo del 2000, el Tratado sobre Integración y Complementación Minera, el Protocolo Complementario del Tratado de Integración y Complementación Minera y el Acuerdo por Canje de Notas por el que se corrige un error material del Protocolo Complementario, suscriptos con la República de Chile suscripto en julio de 1996 y ratificado en diciembre de 1997.
Dicho tratado aportó el marco legal en el que se inserta el proyecto aurífero Pascua Lama y muchos otros que se quieren construir en las altas cumbres de Los Andes.
Pare el economista chileno Julián Alcayaga, las transnacionales mineras que promovieron este acuerdo pretendían que los minerales argentinos pudieran salir a través de puertos chilenos, generar una suerte de "país virtual" a lo largo de la Cordillera de Los Andes, y levantar las restricciones a la propiedad extranjera en zonas limítrofes.
A partir de 1994 se constituyeron comisiones binacionales sobre el tema minero con composición público-privada. Esta voluntad de trabajo conjunto se plasmó en la Declaración Presidencial de Olivos, suscrita el 26 de abril de 1996, y que contó con el impulso del entonces presidente Menem, además de ministros y parlamentarios de ambos países, y destacados empresarios. Eran las bases del Tratado Minero.
El Tratado supuso la creación de un Área de Operaciones de 340.835 km2: 180.165 km2 aportados por Chile -lo que representa el 25 % de su territorio- y 160.670 km2 por Argentina (6 % de su territorio). Dicho territorio sería gobernado por una Comisión Administradora, financiada por las transnacionales mineras, con atribuciones para disponer libremente de los recursos naturales contenidos en el Área de Operaciones. También podría otorgar concesiones de explotación y resolver las controversias que se presentasen entre "las partes", es decir, entre los Estados suscriptores del tratado.
Otro aspecto muy relevante de este acuerdo es que permitía la constitución de servidumbres mineras en Chile para yacimientos ubicados en Argentina, y viceversa.
Desde la suscripción y ratificación del Tratado sobre Integración y Complementación Minera, el desembarco de las transnacionales mineras en nuestro país no ha dejado de suceder.
Sin embargo, en Chile, varios proyectos mineros y de energía fueron demorados luego de protestas masivas que exigen una mayor regulación de los recursos naturales.
La última de ellas provocó que la corte de apelaciones en la ciudad norteña de Copiapó acusara a la compañía minera canadiense Barrick Gold de cometer "irregularidades ambientales" durante la construcción de la mina de oro y plata ubicada a mayor altitud del mundo y que se extiende en la frontera andina con Argentina.
Así Barrick Gold Corporation suspendió el proyecto minero Pascua-Lama, después de que el tribunal chileno fallara a favor de comunidades indígenas que denunciaron que la mina amenazaba su suministro de agua y contaminaba los glaciares.
En San Juan, Barrick Gold Corporation lleva adelante el proyecto Veladero, que se encuentra en el departamento de Iglesia, a 370 kilómetros de la ciudad de San Juan, y a 4.000 metros de altura en la cordillera de los Andes.
Veladero inició su producción en octubre de 2005 y, según la empresa, emplea a más de 3.800 personas, entre personal propio y contratado.
Por la disposición de los minerales en la roca, Veladero es una operación con producción de superficie de oro y plata. Su inversión inicial, de 540 millones de dólares, le permitió a Barrick producir alrededor de 650.000 onzas de oro anuales.
Según la empresa, "Veladero fue la primera mina en la Argentina que validó la exigente norma ISO 14.001 en todo su sistema de gestión ambiental. Asimismo, las prácticas y procedimientos de producción se encuentran certificadas bajo los estándares del Código Internacional del Manejo del Cianuro, diseñado al amparo del Programa para el Medio Ambiente de Naciones Unidas."
Sin embargo, días atrás, la rotura de una cañería que conducía solución cianurada desde donde procesan el material hacia el valle de lixiviación de la mina, generó alarma en la población de San José de Jáchal por la posible alteración del agua para consumo humano.
A pesar que tanto la empresa Barrick, como el Gobierno provincial, y hasta la propia Cámara Minera de San Juan aseguraron que no hubo contaminación; es más, el propio Presidente de la Cámara Minera, Jaime Bergé, aseguró que "El cianuro en el manejo de las minas está en proporciones tan bajas que... hasta podés tomar medio vaso que no va a hacer nada".
Las dos hipótesis que se manejaban sobre el inconveniente era que pudo haberse originado a consecuencia del sismo que se registró en la madrugada del sábado 12 de septiembre o, también, que pudo darse por las bajas temperaturas.
El incidente se produjo aproximadamente a las 11 de la mañana del domingo 13, momento a partir del cual y durante unos 40 minutos habría fallado una cañería de transporte de solución cianurada. Según Marcelo Ghiglione, secretario de Gestión Ambiental y Control Minero de San juan, el líquido habría sido contenido en primera instancia por el mismo sistema de lixiviación, que tiene piletones para contingencias, pero por efecto de la nieve circundante se produjo un desborde de una cantidad sin precisar.
El líquido habría ido a parar al canal Norte, que es el que conduce el agua a un sistema de piletas más abajo y que termina en el río Potrerillos, afluente del río Las Taguas, del río Blanco, y del Jáchal.
La empresa Barrick emitió un comunicado oficial en el que sostuvo que "no hubo contaminación en los ríos que corren en la cuenca del río Jáchal" y agregó que "sólo hubo daños materiales en una cañería sin verse afectada la salud de los trabajadores". La empresa informó que la rotura se produjo en la cañería que va desde la planta de procesos hasta el valle de lixiviación donde se depositan los desechos derivados del tratamiento de la roca para extraer el oro.
Por su parte, el ministro de Minería de San Juan, Felipe Saavedra, sostuvo que "se están haciendo los peritajes para iniciar un sumario que podría terminar con una sanción a la empresa".
Extraoficialmente trascendió que de las 30 muestras de agua del río, tomadas hasta 30 kilómetros abajo y cada 2 horas, en los primeros días a partir del derrame, habrían mostrado cantidades de cianuro más altas de lo tolerable para el consumo humano.
Mientras en Chile se demuestra palmariamente que Barrick lleva adelante "minería responsable" de contaminar el aire y el agua, y de destruir los glaciares y el paisaje, aquí el kirchnerismo se desespera por negarlo y ocultar sus efectos contaminantes.
Habiéndose demostrado que Barrick contamina del lado chileno, el sentido común nos indicaba que también contaminaba del lado argentino, y así sucedió. El problema es que aquí el poder político impide monitorear el impacto ambiental.
Es más. La propia empresa y el Gobierno de San Juan admiten que Pascua Lama tendría un impacto sobre más de 300 hectáreas de permafrost, suelo congelado protegido por la Ley de Glaciares, lo que constituye una autoincriminación de violación de la mencionada norma. O que Veladero se encuentra dentro de la Biósfera San Guillermo.
Sería saludable es que el gobierno haga cumplir la ley de glaciares, condición indispensable antes de autorizar cualquier explotación, según la normativa jurídica vigente, en lugar de actuar como "vocero" de la Barrick Gold.
Lo que sucedió en San Juan, la destrucción de glaciares y la contaminación de acuíferos, son las consecuencias de la minería a cielo abierto que venimos denunciando, ante la pasividad o complicidad del kirchnerismo.
Frente a una situación de estas características, cualquier mandatario prudente y honesto suspendería temporalmente el proyecto minero sin mediar ningún tipo de duda. Pero esa no parece ser la actitud de Gioja ni de la Presidente.
Por todo lo expuesto, solicito a mis pares me acompañen en la aprobación del presente pedido de informes.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MARTINEZ, JULIO CESAR LA RIOJA UCR
OLIVARES, HECTOR ENRIQUE LA RIOJA UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
MINERIA (Primera Competencia)