MINERIA
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 4286-D-2008
Sumario: CREACION DE LA COMISION BICAMERAL PARA RECOPILAR LA INFORMACION ECONOMICA, FINANCIERA Y FISCAL DE LA "EMPRESA YACIMIENTOS MINEROS AGUAS DE DIONISIO - YMAD", EN EL AMBITO DEL H. CONGRESO.
Fecha: 15/08/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 101
ARTICULO 1º: Crear una Comisión Bi-
Cameral, de carácter permanente a los efectos de recabar toda la información necesaria
de la Empresa Yacimientos Mineros Agua de Dionisio (YMAD), de carácter económica,
financiera y fiscal, desde el momento de la conformación de la misma y hasta el final de
la explotación.-
ARTICULO 2º: La Comisión deberá
determinar con exactitud, si se ha cumplido con la Ley y el contrato de UTE
oportunamente celebrado entre YMAD y Minera La Alumbrera, especialmente en cuanto
a las sumas dinerarias comprometidas, el impacto ambiental, y muy especialmente los
efectos producidos y que se producirán con motivo de la explotación y el oportuno cierre
de mina.-
ARTICULO 3º: Vigilar el fiel cumplimiento de
la Ley, y cláusulas contractuales.- Y el estricto cumplimiento por parte de la UTE YMAD-
MAA, de sus obligaciones Fiscales, referidas al Impuesto a las Ganancias y Derechos y
Retenciones Aduaneras, y verificar la coincidencia entre lo declarado con lo realmente
explotado y exportado.-
ARTICULO 4º: La Comisión estará integrada
por cuatro miembros, dos pertenecientes a la Cámara de Diputados y dos pertenecientes
a la Cámara de Senadores y serán designados por los Presidentes de sendas Cámaras y
reelegibles cada dos años al iniciarse los períodos ordinarios de Sesiones.-
ARTICULO 5º: Esta Comisión deberá elevar
informes semestrales, de carácter económico, fiscal, ambiental y financiero al Poder
Ejecutivo Nacional por intermedio de la Jefatura de Ministros de la Nación.-
ARTICULO 6º. De forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En el año 1994, para ser más preciso el 27 de Abril de ese año, se firma el contrato de Unión Transitoria de Empresas para la explotación del Yacimiento Minero " La Alumbrera " ubicado en el departamento Belén de la provincia de Catamarca.-
A partir de esa fecha y luego de una
modificación en el contrato original, con fecha 25 de Octubre de 1994 y un contrato
acuerdo de fecha 26 de Febrero de 1997, se da inicio a las tareas mineras para la
extracción de Cobre (Cu) y Oro (Au).-
La Unión Transitoria de Empresas está
constituida por Y.M.A.D. (Yacimientos Mineros Aguas de Dionisio) y Minera Alumbrera
Limited (MAA).-
Y.M.A.D. , empresa del Estado Nacional
conformada por Ley Nº 17.741 entre la provincia de Catamarca y la Universidad
Nacional de Tucumán, hace su aporte con el Yacimiento, y la empresa privada opera y
lleva a cabo el desarrollo del Proyecto.-
Aproximadamente, a partir del año 1997,
comienza la molienda y trituración lográndose un concentrado de mineral que es
enviado por un mineraloducto de 245 km. de largo a la planta de secado y filtrado,
ubicada en la Provincia de Tucumán.
Desde Tucumán una vez secado el
concentrado es cargado en trenes y transportado hasta el Puerto Rosario. Allí
descargado y vuelto a cargar en grandes barcos cargueros que transportaron nuestra
valiosa materia prima a distintos países del mundo.
La explotación de este yacimiento de cobre,
oro, plata, molibdeno, hierro y otros metales se encuentran ubicados en el Distrito
Hualfin del Departamento Belén, provincia de Catamarca.
Para que los señores Diputados comprendan
la magnitud de este yacimiento minero-La Alumbrera- daré algunos valores:
El material de mina es 1.924,17 millones de
toneladas de los cuales 766 millones de toneladas están mineralizadas.
De este último volumen se pudo extraer
7.564 millones de libras de cobre y 10,71 millones de onzas de oro.
El cobre tiene en la actualidad un valor
cercano a $ 10,71 por cada libra y el oro $ 2.866 por cada onza.
Si realizamos la operación matemática
correspondiente obtendríamos por el cobre una suma de 81.000 millones de pesos y por
el oro de $ 30.700 millones. Esto hace un total de $ 111.700 millones, solo teniendo en
cuenta estos dos metales.
Las ganancias obtenidas por la Provincia de
Catamarca-propietaria del yacimiento- y por todo concepto solo fueron
aproximadamente de $ 1.000 millones, lo que significa menos del 1% del valor total del
Yacimiento.
En el año mil novecientos noventa y cinco el
voto popular me confiere un mandato de representación conforme a la normativa
constitucional, haciendo sus habitantes, uso del derecho a elegir libremente a sus
representantes.-
En ese afán y a los efectos de no defraudar
la confianza depositada en mi persona, desde el inicio, me he abocado, - en parte de mi
actividad legislativa -, a bregar por los derechos de mis representados en todo aquello
que hace al patrimonio compuesto por recursos naturales no renovables, y a los
derechos que a éstos les compete en todas sus derivaciones devenidas como
consecuencia de la explotación, - concesiones mediante -, de yacimientos mineros de
primera categoría cuyo dominio eminente le corresponde al Estado Provincial.-
En esa inteligencia, he pretendido, - no con
gran éxito -, recabar información sobre los manejos económicos y financieros de la
empresa YMAD, como así también sobre el daño irrevocable producido al medio
ambiente, que las explotaciones mineras a cielo abierto irremediablemente producen.-
Imagínense Señores Diputados, si es difícil
desde una banca de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, obtener
información acerca de aspectos que atañen al derecho de los legítimos propietarios de
los yacimientos mineros, qué puede esperar el ciudadano común, a quien le está
vedado todo tipo de conocimiento e información, tanto ambiental como patrimonial.-
Debo confesar que esta situación injusta me
sigue desvelando, sobre todo, cuando camino por las calles de mi ciudad, y la gente me
solicita información sobre cánones, regalías y participación de la Provincia de
Catamarca, en la empresa mixta YMAD.-
El PEN, dispuso establecer una retención a
las exportaciones de las empresas Mineras que operan en el territorio de la República
Argentina.- Bajo la Alumbrera Limited, amenazó al Estado Argentino demandarlo ante
Tribunales Internacionales, si persistía en su intención de establecer retenciones.-
Este solo hecho, da la pauta del poder de
esta Corporación, que amenaza al Estado Nacional con una demanda, si es que el
Estado, usare uno de los Derechos que le confiere la Carta Magna. Vale decir, que a
juicio de Bajo la Alumbrera Limited, la República Argentina habría "renunciado", - en
desmedro de todos sus habitantes -, a ejercer su soberana potestad de recaudar.-
No cabe dejar de lado, que la Provincia de
Catamarca integra YMAD.-
He tenido poco fortuna al tratar de obtener
información merced a innumerables Proyectos de Resolución, que cómodamente
guardados han permanecido a lo largo del año dos mil siete en la Comisión de Minería
de esta Honorable Cámara de Diputados.
Para mayor ilustración detallo los proyectos y
su situación de trámite actual:
Exp. D-6899/06 (02/02/06) Aprobado
Comisión de Minería 05/12/06 Sin Repuesta
Exp. D-2354/06 (10/05/06) Sin tratamiento
Comisión de Minería
Exp. D-6860/06 (15/11/06) Aprobado
Comisión de Minería 05/12/06 Sin Repuesta
Exp. D-2235/07 (15/05/07) Aprobado
Comisión Recursos Naturales y Conserv. del Ambiente Humano 15/04/08 Sin
Repuesta
Exp. D-2388/07 (22/05/07) Aprobado
Comisión de Minería 22/04/08 Sin Repuesta
Exp. D-2933/07 (14/06/07) Sin tratamiento
Comisión de Minería
Exp. D-3516/07 (18/07/07) Sin tratamiento
Comisión de Minería
Exp. D-4660/07 (20/09/07) Sin tratamiento
Comisión de Minería
Exp. D-5416/07 (28/11/07) Sin tratamiento
Comisión de Minería
Exp. D-1431/07 (15/04/08) Sin tratamiento
Comisión de Minería
Así es que ha quedado sin responderse qué
medidas fueron adoptadas para contener el impacto ambiental en la cuenca hídrica del
río Vis-Vis Amanao, como consecuencia de la explotación del yacimiento Bajo la
Alumbrera en la Provincia de Catamarca.-
Tampoco ha encontrado eco favorable el
pedido de informes sobre los análisis químicos para determinar los contenidos de
metales en las aguas del mismo río.-
Asimismo, y con infructuoso resultado, he
solicitado informes sobre la Unión Transitoria de Empresas" celebrada entre "Yacimiento
Minero Agua de Dionisio" y "Minera Alumbrera Limited".-
Tampoco he logrado obtener una copia del
contrato con sus respectivos Anexos, en virtud del cual se constituye la ya referida
Unión Transitoria de Empresas.-
De la misma forma solo silencio he
cosechado con el pedido de informes y denuncia que hiciera sobre las irregularidades
detectadas en la retribución extraordinaria (previstas por ley) por las ganancias
obtenidas desde el año dos mil dos al personal de Yacimiento Minero Agua de Dionisio.-
Señores Diputados, cada vez que he
inquirido sobre los fondos y el manejo de los mismos que son de propiedad del Estado,
he encontrado un empecinado silencio, que no hace mas que cercenar el derecho a la
información de los legítimos titulares de los derechos en juego.- Puesto ello aún mas de
manifiesto, ante el silencio oficial por parte de las autoridades de la Provincia de
Catamarca, y sobre todo ante las Asambleas Legislativas celebradas desde el inicio de
la explotación minera, a despecho de lo que marcan los artículos 124º y 129º inciso 4º
de la Constitución Provincial.-
Actualmente, existen una acciones
criminales promovidas por la Justicia Penal Nacional en contra de Minera La Alumbrera,
por contaminación y contrabando.-
Por las razones que acabo de exponer, es
que solicito a los Señores Diputados en nombre de la claridad y transparencia con la
que deben ser manejados los bienes del erario Público, me acompañen en el presente
Proyecto de Ley.-
Firmante | Distrito | Bloque |
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PASTORIZA, EDUARDO ANTONIO | CATAMARCA | POR LA VERDAD |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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