MINERIA
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 3289-D-2006
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LAS CAUSAS DE LA FISURA DEL MINERALODUCTO QUE TRANSPORTA EL CONCENTRADO DE COBRE Y ORO DESDE EL YACIMIENTO BAJO DE LA ALUMBRERA EN ANDALGALA, PROVINCIA DE CATAMARCA, HACIA LA PROVINCIA DE TUCUMAN.
Fecha: 15/06/2006
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 72
Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional a efectos que por donde corresponda informe:
1. Si se abrió una investigación sobre las causas que pudieran haber producido el 17 de setiembre de 2004, la fisura del mineraloducto que transporta el concentrado de cobre y oro desde el yacimiento Bajo de la Alumbrera en Andalgalá, provincia de Catamarca hasta la provincia de Tucumán.
2. Si en el curso de la investigación, de haberse determinado responsabilidades de la empresa Minera Alumbrera Limited, el organismo competente ha establecido las sanciones pertinentes.
3. Si se evaluaron los daños producidos al medio ambiente después de ocurrida la fisura del mineraloducto que transporta el concentrado de cobre y oro desde la mina Bajo de la Alumbrera en la provincia de Catamarca; los niveles de contaminación en agua potable, ríos, y arroyos cercanos que se haya podido ocasionar. Y si se tomaron las medidas tendientes a la pronta remediación de la zona afectada.
4. Si se tomaron medidas para preservar la salud de la población que pudiera haber sido afectada, como así también de sus fuentes de subsistencia (agricultura y ganadería).
5. Si las autoridades competentes han aplicado el principio precautorio, según establece la ley 25.675: Ley general del ambiente, que establece la paralización de las tareas cuando esté en riesgo la salud de los habitantes o el medio ambiente.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La Minera Alumbrera Limited, es la empresa que explota el Yacimiento Bajo de la Alumbrera, en Andalgalá, provincia de Catamarca. Esta empresa transporta concentrado de cobre y oro desde la mina hasta la provincia de Tucumán, mediante un mineraloducto que recorre unos 360 kilómetros.
El día 17 de setiembre de 2004 se produjo una fisura en el ducto, derramándose una cantidad de material concentrado, altamente contaminante, que viajó por la cuenca del río Villa Vil unos 2 Km. aguas abajo quedando el material esparcido sobre la arena del río. Esta grave situación produjo conmoción en los habitantes del lugar, pues fue afectada la calidad del agua, tanto potable como de riego. El ducto se rompió sobre el lecho del río que alimenta a una planta de agua potable y un acueducto que es de uso de riego.
Los pobladores del pueblo de Villa Vil son todos productores agroganaderos. Toman del río Villa Vil su agua para utilizarla tanto para el consumo humano como para el riego y la cría de animales. A partir de este acontecimiento, el río les ha quedado contaminado para siempre. Uranio, mercurio, plomo, cobre, arsénico, son algunos de los metales pesados y elementos radiactivos que contaminaron las aguas del río.
La gravedad de este incidente, obliga a las autoridades nacionales y provinciales a tomar medidas necesarias tendientes a exigir y garantizar la remediación de la zona afectada por parte de la empresa Minera Alumbrera Limited, definiendo, además, el grado de responsabilidad penal que la empresa ha tenido en el incidente. Es indispensable que este proceso de remediación sea fiscalizado por los pobladores afectados para asegurar su cumplimiento y efectividad.
La falta de medidas llevadas a cabo en tiempo y forma transformará a las autoridades provinciales y nacionales, por acción u omisión, en corresponsables de esta situación.
La empresa Minera Alumbrera Limited tiene antecedentes en lo que respecta a la contaminación del medio ambiente (filtaraciones en dique de colas, contaminación con cromo y cobre en el rio Salim, etc). Además se ha mostrado reticente a la remediación que le corresponde, a pesar de las reiteradas exigencias de la autoridad de aplicación local. Actualmente está a punto de iniciarse una acción judicial por parte del gobierno de la Provincia de Tucumán contra la empresa Minera Alumbrera.
El incidente acaecido afecta no sólo al medio ambiente, sino que compromete directamente la calidad de vida y salud de los habitantes, orientándose en dirección contraria a lo que prevé la propia Constitución de la Nación Argentina en su artículo 41 en el que se señala que: "Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo... "
En función de ello, deben ser los pobladores los que deban determinar de qué forma quieren vivir definiendo qué tipo de actividades y emprendimientos productivos se llevarán a cabo en las regiones donde los mismos habitan. Así lo vienen reclamando los vecinos autoconvocados de Esquel, Ingeniero Jacobacci, San Juan, Jachal, y la propia Catamarca, entre otros.
Por las razones expuestas, es que solicito la aprobación de este Proyecto, siendo el mismo la reproducción del expediente 6386-D-04, presentado el día 30 de setiembre de 2004, en la Cámara de Diputados de la Nación.
Firmante | Distrito | Bloque |
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TINNIRELLO, CARLOS ALBERTO | CIUDAD de BUENOS AIRES | REDES |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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MINERIA (Primera Competencia) |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 125 (2007), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996 |