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PROYECTO DE LEY
Expediente: 2830-D-2017
Sumario: DECLARAR NULA DE NULIDAD ABSOLUTA LA CONCESION OTORGADA A LA MULTINACIONAL "BARRICK GOLD CORPORATION" EN LA MINA VELADERO, PROVINCIA DE SAN JUAN.
Fecha: 31/05/2017
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 59
Fuera Barrick Gold de Argentina y por la remediación de los daños causados.
ARTÍCULO 1°: A partir de la sanción de la presente ley se procede a declarar nula de nulidad absoluta la concesión otorgada a la multinacional Barrick Gold Corporation en Veladero, procediéndose al retiro de la misma de todo el territorio de San Juan y de todo el territorio argentino por los graves daños ambientales ocasionados. Lo mismo ocurrirá con las empresas que funcionan bajo otros nombres que responden a la mencionada multinacional canadiense.
ARTÍCULO 2°: Procédase a expropiar todos los activos económicos y financieros de Barrick Gold Corporation (la cual ha vendido el 50% de sus acciones en Argentina a la compañía de origen chino Shandong Gold) para que con esos fondos se inicie la remediación ambiental del daño que la multinacional ocasionó.
ARTÍCULO 3°: La quita de la concesión se llevará a cabo sin pago de indemnización alguna por parte del estado nacional y provincial argentino, quienes procederán de manera inmediata a embargar e incautar todos los activos de las empresas a fin de reparar el daño causado.
ARTÍCULO 4°: Créase una empresa 100% estatal a los fines de que se encargue del cierre de Veladero y de la remediación efectiva de los daños económicos y ambientales ocasionados por Barrick Gold, la cual será controlada, administrada y gestionada por los actuales trabajadores de la empresa conjuntamente con técnicos especializados y las asambleas de vecinos de las localidades afectadas. Los actuales operarios de Barrick Gold pasarán a prestar servicios en la nueva empresa con todos los derechos y salarios actuales, eliminando los contratos y cláusulas de precarización y flexibilización laboral que hubiere en contra de los mismos.
ARTÍCULO 5°: de forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El pasado 28 de marzo se produjo el tercer derrame en un año y medio de la mina Veladero, propiedad de la multinacional Barrick Gold. Frente a este nuevo episodio, las asambleas de vecinos de la provincia siguen exigiendo el inmediato cierre de la planta y la remediación de los daños ambientales ocasionados por dicha empresa.
A este reclamo se le suma la exigencia de expulsar a la Barrick de sus territorios, para impedir el desarrollo de sus otros proyectos metalíferos (Pascua y Lama). La cual fue adquirida en un 50% por la china Shandong Gold Group, fundada en 1996, con una capitalización actual de mercado de aproximadamente $9.600 millones.
Recordemos que Barrick es la multinacional dedicada a la extracción de oro más grande del mundo, que en Argentina tiene a (Veladero) y el proyecto binacional Pascua-Lama (Argentina-Chile). Y Sudamérica es un área estratégica para su crecimiento, la cual es beneficiada con innumerables prerrogativas en beneficio de salvar sus fabulosas ganancias, mostrando que Argentina es una semi colonia al servicio de seguir regalándole a estas empresas nuestros minerales, el agua y nuestro suelo.
Frente a este justo reclamo de la comunidad afectada es que impulsamos este proyecto de ley que establece la inmediata expulsión de Barrick Gold Corporation de nuestro país y la expropiación de todos sus activos económicos para resolver el pasivo ambiental que dejó a su paso, como parte de la pelea por terminar con el saqueo de nuestros recursos naturales en manos de multinacionales depredadoras.
Desde la izquierda tenemos una visión opuesta al plan que lanzaría Barrick y la nueva empresa china a la cual se asoció, Shandong Gold Group. “Nuestro anhelo es hacer de Barrick una empresa líder del siglo 21 en cualquier industria y jurisdicción lo cual, por definición, significa crear una distintiva y duradera relación basada en la verdad con China y las mejores compañías de China. Este acuerdo nos sumerge en ese camino. Shandong es un socio ideal para ayudarnos a desbloquear la riqueza mineral inexplorada del Cinturón El Indio a largo plazo, mientras que hoy trabaja con nosotros para generar más valor de la mina Veladero”, mencionó John L. Thornton, Presidente Ejecutivo. Es decir, una sociedad “estratégica” para seguir con el saqueo y ganancias siderales.
Los anteriores derrames de la mina Veladero ocurrieron en septiembre de 2015 y en septiembre de 2016, en los que se vertieron grandes cantidades de agua contaminada con solución cianurada en cinco ríos del departamento de Jáchal e Iglesia, al norte de la provincia de San Juan, ocasionando graves daños ambientales. Por el primer derrame se le cobró una multa a la empresa de 145 millones de pesos, “un vuelto” para las arcas de la multinacional, y por el segundo, todavía nada.
Frente al tercer derrame, la multinacional firmó un comunicado desde Toronto subestimando los hechos y diciendo que no había que preocuparse, al igual que en los dos derrames anteriores. Lo mismo hicieron los funcionarios y el gobierno, que ocultaron información y minimizaron los daños ambientales. La complicidad entre la multinacional, los funcionarios provinciales, el gobierno de Sergio Uñac del PJ y el gobierno de Mauricio Macri del PRO-UCR, es total. En vez de cuidar el ambiente y echar a las megamineras contaminantes como lo pide el pueblo de Jáachal, las premia con la quita de retenciones, para que sigan enriqueciéndose a costa del saqueo y la depredación del ambiente.
A su vez, el camino a las minas atraviesa dos glaciares, el glaciar Brown Inferior, que ya desapareció, y otros dos están retrocediendo. Dos informes de la minera Barrick Gold Corporation reconocen que el yacimiento Veladero y el proyecto Pascua Lama están asentados en un ambiente glaciar y periglaciar, en la Reserva de Biósfera San Guillermo de la provincia de San Juan, pese a que la ley nacional lo prohíbe.
La Ley Nacional de Protección de Glaciares (N° 26.639), en su artículo 1° señala: “La presente ley establece los presupuestos mínimos para la protección de los glaciares y del ambiente periglacial con el objeto de preservarlos como reservas estratégicas de recursos hídricos para el consumo humano; para la agricultura y como proveedores de agua para la recarga de cuencas hidrográficas; para la protección de la biodiversidad; como fuente de información científica y como atractivo turístico. Los glaciares constituyen bienes de carácter público”. Y el artículo 6 prescribe: “Actividades Prohibidas. En los glaciares quedan prohibidas las actividades que puedan afectar su condición natural o las funciones señaladas en el artículo 1º, las que impliquen su destrucción o traslado o interfieran en su avance, en particular las siguientes: a) La liberación, dispersión o disposición de sustancias o elementos contaminantes (…); c) La exploración y explotación minera e hidrocarburífera; d) La instalación de industrias o desarrollo de obras o actividades industriales (…)”.
Hasta la propia ley nº 24585 (Código de Minería), en su artículo 18 fija la responsabilidad de las empresas sobre los daños ambientales que produzcan, y en el artículo 19 establece sanciones por los mismos, llegando en el inciso “e) a resolver el cierre del establecimiento al 3° incidente grave”, lo que a nuestro juicio corresponde con los derrames que se hicieron públicos y que luego fueron reconocidos por la empresa.
Entendemos que este proyecto de ley debe ser una primera medida y urgente, en el camino de echar a todas las multinacionales imperialistas y depredadoras que saquean nuestros recursos naturales, bajo falsos discursos de activación económica y generación de puestos de trabajo, que no se confirmaron en San Juan después de 14 años de asentada la Barrick. Ni se concretaron las promesas de cuidado del medio ambiente y activación económica en la tercera provincia más pobre de la Argentina, según lo indican el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC). Atento a ello es que la presente ley dispone la creación de una empresa estatal que absorberá a los actuales operarios y profesionales de Barrick, a fin de que lleven adelante todos los estudios necesarios y las medidas que correspondan para remediar el daño ocasionado al pueblo sanjuanino y del resto del país, el cual, según los profesionales, puede demandar hasta 10 o 20 años.
Por otra parte, sostenemos que hay que derogar todas las leyes mineras vigentes que avalan la megaminería y prohibir esta metodología por saqueadora y contaminante.
Por todas estas consideraciones, solicito a las diputadas y diputados que acompañen este proyecto de Ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
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GIORDANO, JUAN CARLOS | BUENOS AIRES | IZQUIERDA SOCIALISTA - FRENTE DE IZQUIERDA |
LOPEZ, PABLO SEBASTIAN | SALTA | FRENTE DE IZQUIERDA Y DE LOS TRABAJADORES |
PITROLA, NESTOR ANTONIO | BUENOS AIRES | FRENTE DE IZQUIERDA Y DE LOS TRABAJADORES |
SOSA, SOLEDAD | MENDOZA | FRENTE DE IZQUIERDA Y DE LOS TRABAJADORES |
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