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MINERIA

Comisión Permanente

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Jefe SR. LAGO JOSE LUIS

Miércoles 9.30hs

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PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 2773-D-2008

Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LAS EXPORTACIONES DE MINERALES Y DERIVADOS QUE SE REALIZAN A TRAVES DEL PUERTO DE SAN LORENZO, PROVINCIA DE SANTA FE.

Fecha: 30/05/2008

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 56

Proyecto
Solicitar al Poder Ejecutivo que informe sobre las exportaciones de minerales y sus derivados que se realizan por el puerto de San Lorenzo de la Provincia de Santa Fé, lo siguiente:
1) Exportaciones diferenciadas por tipo de mineral y derivado, en términos de volúmenes, valores FOB y empresa productora/exportadora para el periodo 2004 - 2008
2) Países de destino de las exportaciones, diferenciadas por tipo de mineral, derivados y empresas
3) Cuáles son los mecanismos de control que implementa la Aduana con asiento en San Lorenzo, para efectivizar el control de carga exportada
4) Si se establecen precios de referencia para aplicar el régimen tributario de exportación. En caso afirmativo, en función de qué parámetros se fijaron los mismos.
5) Si a la fecha se registró algún tipo de discrepancias con relación a la facturación de las exportaciones. En caso afirmativo informe cuáles y a qué tipo de productos correspondió.
5) Si a la fecha se detectaron algún tipo de irregularidades en el control del volumen de minerales exportados desde la citada Terminal aduanera.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto tiene como antecedente inmediato la investigación llevada a cabo por el Dr. Antonio Gustavo Gómez, fiscal general en el ámbito de la Justicia federal de la Jurisdicción 15 (Tucumán, Catamarca y Santiago del Estero), en donde se imputa a minera La Alumbrera la exportación de minerales no declarados.
Los controles a las empresas mineras son, sin lugar a dudas, deficitarios desde todo punto de vista. Se alientan las inversiones y las exportaciones, pero muy poco se hace para controlar los impactos ambientales que la actividad genera, así como para fiscalizar la comercialización de los minerales que constituyen la base imponible sobre la que las empresas tributan.
Un caso paradigmático de lo expuesto lo constituye minera La Alumbrera. Esta empresa extrae los minerales en la provincia de Catamarca, los transporta a través de un mineraloducto hasta la provincia de Tucumán, y desde allí son enviados en tren hasta la localidad de San Lorenzo (Provincia de Santa Fe), desde donde son exportados a distintos países. Este procedimiento varía cuando se trata de la exportación de lingotes de oro, que se hace vía aérea.
En el marco de la investigación del fiscal Gómez, Gendarmería procedió al secuestro, y posterior análisis, de parte de los materiales que se transportaban en tren desde Tucumán hasta San Lorenzo. En dicho procedimiento se constató la presencia de minerales valiosísimos que minera La Alumbrera ni siquiera menciona. En virtud de lo expuesto, el fiscal puso en conocimiento de la situación al Procurador general de la Nación (Dr. Esteban Righi), quien anotició al fiscal general de Rosario (Jurisdicción nº 12) abriéndose una causa por contrabando.
Lo antedicho no hace más que dejar en evidencia que en el marco de la actividad minera la falta de mecanismos de control es alarmante, mas aún, si ahondamos en la investigación del fiscal, de donde se desprende, también, que los permisos de embarque, algo básico de cualquier aduana, son cumplimentados (tipo de materiales y cantidades despachadas de cada material) por quien recibe la carga en destino (Canadá y Holanda, entre otros países), impidiendo el cotejo con aquello que efectivamente fue exportado.
Lo antes descripto implica, como se mencionó, que lo que tributan en el país las empresas mineras, esta fijado directa e indirectamente por los destinarlos de dichas exportaciones, lo que evidentemente causa un grave perjuicio a las provincias y a la Nación toda.
Pero la casi inexistente fiscalización que lo expresado demuestra, se materializa en gran medida por el marco legal en el que se desarrolla la actividad minera. El permiso para la existencia de puertos privados y un régimen de aduana domiciliaria son el resultado jurídico del descontrol fiscal con el que se benefician las empresas del sector.
Es dable destacar que la falta de controles que evidencia la investigación llevada a cabo por el fiscal actuante, se contrapone al estricto control al que Gendarmería, en virtud de una denuncia penal de minera La Alumbrera, está sometiendo a los habitantes de Tinogasta (Catamarca) por el sencillo motivo de que estos se encuentran ejerciciendo el derecho constitucional a manifestarse libremente.
Es por las razones expuestas que solicito a las/os señoras/es diputadas/os que me acompañen en este proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
REYES, MARIA FERNANDA CIUDAD de BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
ALCUAZ, HORACIO ALBERTO BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
LINARES, MARIA VIRGINIA BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
GIL LOZANO, CLAUDIA FERNANDA CIUDAD de BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
CARCA, ELISA BEATRIZ BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
MINERIA (Primera Competencia)