MINERIA
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PROYECTO DE DECLARACION
Expediente: 1708-D-2008
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA QUE LAS EMPRESAS MINERAS QUE OPERAN EN EL PAIS QUE UTILICEN PROCESOS DE LIXIVIACION POR CIANURO, CERTIFIQUEN EL CODIGO INTERNACIONAL DE ADMINISTRACION DE CIANURO PARA LA PRODUCCION, TRANSPORTE Y UTILIZACION DEL MISMO EN LA PRODUCCION DE ORO.
Fecha: 24/04/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 31
	        Que vería  con agrado que el  
Poder Ejecutivo Nacional, a través de los organismo que corresponda, arbitre los medios 
necesarios para que las empresas mineras que operan en el país, que utilicen procesos de 
lixiviación por cianuro, certifiquen el "Código Internacional de Administración de 
Cianuro para la Producción, Transporte y Utilización de Cianuro en la producción de 
Oro".
	          
      
  
 
					FUNDAMENTOS
Señor presidente:
	        El "Código Internacional de 
Administración de Cianuro para la Producción, Transporte y Utilización de Cianuro 
en la Producción de Oro" es un programa industrial voluntario diseñado para 
contribuir a que la industria global de explotación del oro mejore su administración 
de cianuro. 
	        
	        
	        Este Código tiene como objetivo 
reducir la exposición potencial de los trabajadores y las comunidades a las 
concentraciones perjudiciales de cianuro, limitar la liberación de cianuro en el 
medio ambiente y perfeccionar las acciones de respuesta en el caso de una 
exposición o liberación.
	        
	        
	        Fue creado para mejorar la 
administración de cianuro en las minas de oro. Los derrames y otros incidentes 
relacionados con las soluciones de cianuro en las minas de oro, como el incidente 
de enero de 2000 en una mina de oro rumana, demostraron a la industria del oro, 
a los gobiernos y al público que era necesaria una mejor administración del 
cianuro, especialmente en las operaciones con experiencia limitada o en países sin 
programas reglamentarios adecuados.
	        
	        
	        El Código se desarrolló bajo los 
auspicios del Programa de Medio Ambiente de las Naciones Unidas (UNEP) y del 
Consejo Internacional de Metales y Medio Ambiente (ICME). En cuanto al uso del 
cianuro, éste permite la efectiva y eficiente extracción del oro. Aunque existen 
otros productos químicos que permiten la extracción -como el cloruro, bromuro, 
tiourea, y tiosulfato-, los mismos forman complejos menos estables con el oro y 
por lo tanto necesitan condiciones y oxidantes más agresivos para disolver el oro. 
	        
	        
	        Estos reactivos son, por lo general, 
más costosos y presentan riesgos para la salud y el medio ambiente similares o 
superiores a los que presenta el cianuro.
	        
	        
	        El porcentaje de cianuro global que se 
utilizada en la industria de la explotación del oro es aproximadamente 1,4 millón 
de toneladas de cianuro de hidrógeno producidas anualmente en todo el 
mundo.
	        
	        
	        Alrededor del 13% es utilizado para 
producir reactivos de cianuro para el procesamiento del oro. El 87% restante es 
utilizado para otras aplicaciones industriales como la producción de plásticos, 
adhesivos, pirorretardantes, cosméticos, productos farmacéuticos, procesamiento 
de alimentos y aditivos antiglutinantes para sales de mesa y sales minerales.
	        
	        
	        El principal consumidor del cianuro es 
la industria del plástico. Del universo de la producción del cianuro, no más del 13 
por ciento va con destino a la minería. 		El resto va a la industria del 
plástico, la industria química, la galvanoplastía, la agroquímica para la industria de 
las anilinas o las tinturas.
	        
	        
	        El Código de Cianuro es el nivel más 
alto que se puede lograr en términos de la seguridad operacional con el cianuro. 
En una operación minera no solamente la mina es la que tiene que cumplir con el 
código de cianuro en todos sus pasos sino que también el productor de cianuro 
tiene que acreditar su responsabilidad.
	        
	        
	        Este código se centra exclusivamente 
en el uso y administración de cianuro con respecto a la explotación del oro.
	        
	        
	        La adopción e implementación del 
Código es voluntaria. Las jurisdicciones políticas que carecen de reglamentaciones 
amplias con respecto a la administración del cianuro utilizado en la explotación del 
oro pueden encontrar en el Código disposiciones útiles para desarrollar sus propios 
programas reguladores. 
	        
	        
	        Las operaciones de la empresa son 
evaluadas, realizándose una auditoria por una parte independiente acreditada por 
el Código. El auditor determinará si la  operación cumple con los requisitos del 
Código y certificará el cumplimiento de este requisito.
	        
	        
	        El Instituto Internacional de 
Administración de Cianuro (el "Instituto") administra el Código. Es una asociación 
sin fines de lucro con un Directorio múltiple cuyas responsabilidades son: 1) 
alentar a las empresas a adoptar el Código y lograr que sus operaciones cumplan 
con sus Principios y Normas de Práctica; 2) promover el Código dentro de la 
industria de explotación del oro y entre otros grupos de interés; 3) desarrollar 
fuentes de financiamiento para las actividades del Instituto; y 4) trabajar con los 
gobiernos, las organizaciones no gubernamentales, grupos de intereses financieros 
y  otros sectores para fomentar la amplia adopción e implementación del 
Código.
	        
	        
	        El Código incluye aquellos temas 
relacionados con la administración del cianuro en las minas de oro que han sido 
identificadas como de riesgo más inmediato. Estos incluyen la producción de 
cianuro; su transporte desde el productor a la mina; su almacenamiento "on-site"; 
y su utilización en la recuperación del oro; cierre definitivo de las instalaciones de 
cianuro; seguro financiero; prevención de accidentes, salud y seguridad de los 
trabajadores; respuesta y capacitación en caso de emergencia; diálogo 
comunitario; informes públicos y participación de los grupos de interés.
	        
	        
	        A medida que haya más empresas 
signatarias que implementen el Código en sus operaciones, se espera que 
disminuya la frecuencia y gravedad de la exposición al cianuro y  su liberación y 
que mejore la capacidad de respuesta de las operaciones. 
	        
	        
	        Esto asegurará al público que las 
operaciones que cuenten con la respectiva certificación  limitan significativamente 
el riesgo del uso del cianuro con respecto a la salud o el medio ambiente.
	        
	        
	        Para la implementación del Código, 
las empresas acuerdan la adopción del Código transformándose en partes 
signatarias y comprometiéndose a cumplir con las disposiciones del Código en un 
plazo de tres años. El nombre de la empresa signataria y sus operaciones figurará 
en el sitio web del Código, para permitir que el público pueda seguir los avances. 
Cada operación certificada aparecerá en la página web y se proporcionará un link a 
su Informe Sumario de auditoria y, si fuera aplicable, a su Plan de Acción. El 
proceso de auditoria se repetirá como mínimo cada tres años.
	        
	        
	        El Código requiere que las 
operaciones certificadas de explotación de oro tengan un plan para el cierre 
definitivo de las instalaciones de cianuro y calculen el costo de implementación del 
plan por parte de un tercero. El cierre definitivo significa las actividades realizadas 
al momento de finalizar la producción de oro con el fin de tratar, neutralizar o 
administrar de otra manera el reactivo de cianuro  y las soluciones para el 
procesamiento que queden en las instalaciones de almacenamiento y producción 
para que no representen un riesgo para las personas, la vida silvestre o el medio 
ambiente debido a su contenido de cianuro. El cierre definitivo incluye la 
descontaminación de los equipos, la eliminación de los reactivos residuales de 
cianuro, el enjuague de la lixiviación en pila y la aplicación de las medidas 
necesarias para el control o administración del agua superficial o subterránea, 
como el bombeo y los sistemas de tratamiento que funcionarían durante el período 
de cierre de la instalación.
	        
	        
	        Las operaciones deben brindar un 
seguro financiero suficiente para cubrir su costo estimado de cierre definitivo, 
según la verificación realizada durante el procedimiento de auditoria del Código. Si 
la jurisdicción política correspondiente a la operación tiene requisitos de seguro 
financiero, el Código admite todo instrumento financiero aceptable para la 
jurisdicción mientras el monto sea igual o superior al costo actual estimado de 
cierre definitivo. Si no hubiese otro requisito aplicable de seguro financiero, el 
Código admite efectivo, títulos, letras de crédito, seguros o valores devengados. El 
Código también acepta una garantía social si en la operación se incluye una 
declaración de un auditor financiero calificado según la cual cuenta con suficiente 
respaldo financiero para implementar su plan de cierre definitivo de acuerdo con 
una metodología aceptada de evaluación financiera como las previstas en las 
reglamentaciones de disposición de residuos peligrosos y/o de minería de Estados 
Unidos y Canadá.
	        
	        
	        El Instituto de Administración del 
Cianuro cuenta con un procedimiento del debido proceso para la resolución de 
conflictos sobre Informes de auditoria y decisiones de certificación.
	        
	        
	        Asimismo, establece criterios sobre el 
nivel de pericia y experiencia necesarias con respecto a los auditores del Código y 
a los procedimientos de acreditación. Según el Código un auditor deberá ser 
miembro de una organización profesional de auditores y no deberá tener conflictos 
de interés con la compañía auditada. Los procedimientos y requisitos de 
acreditación aparecen en el sitio web del Código junto con una lista de auditores 
acreditados y sus calificaciones.
	        
	        
	        Este Instituto controla la 
implementación del Código y evaluará su eficacia cuando sea adoptado en las 
minas de oro de todo el mundo e identifica los problemas o deficiencias técnicas o 
administrativas que puedan existir en la implementación del Código y determinará 
cuándo y cómo debe ser revisado y actualizado.
	        
	        
	        A principios de abril de 2008, el 
emprendimiento Veladero,  de la minera canadiense Barrick Gold obtuvo la 
certificación del Código Internacional para el Manejo del Cianuro. Es la primera 
mina Argentina que tiene esta certificación.
	        
	        
	        Con este logro las tres minas en 
operación que Barrick tiene en Sudamérica, Pierina, Lagunas Norte, en Perú, y 
Veladero, han logrado la certificación en el Código. Las dos primeras, además, 
fueron las primeras operaciones auríferas en conseguir la certificación en toda 
América del Sur.
	        
	        
	        Para poner en marcha la 
implementación del Código, los empleados de Veladero y las empresas contratistas 
ligadas al transporte y manejo del cianuro estuvieron entrenando y capacitando a 
su personal desde hace más de un año. Esto les ha permitido lograr un mayor 
grado de competencias a la hora de poner en valor las labores que realizan en alta 
montaña. El respeto por los códigos y los controles en el tiempo es esencial para 
poder mantener este tipo de estándares de calidad.
	        
	        
	        Por ello y ante el potencial desarrollo 
minero de nuestro país, insto por este medio a que las empresas mineras que 
utilizan procesos de lixiviación por cianuro, certifiquen este Código , razón por la 
cual solicito de mis pares la aprobación del presente proyecto.
	          
      
  
 
					
  | Firmante | Distrito | Bloque | 
|---|---|---|
| ACOSTA, MARIA JULIA | CATAMARCA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ | 
Giro a comisiones en Diputados
					| Comisión | 
|---|
| MINERIA (Primera Competencia) | 
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
					| Fecha | Movimiento | Resultado | 
|---|---|---|
| 20/08/2008 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad sin modificaciones | 
Dictamen
					| Cámara | Dictamen | Texto | Fecha | 
|---|---|---|---|
| Diputados | Orden del Dia 0738/2008 | 03/09/2008 | 
 Trámite 
 
							| Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado | 
|---|---|---|---|
| Diputados | SOLICITUD DEL AUTOR DE MODIFICACION DEL PROYECTO (AFIRMATIVA) (TP 100) | ||
| Diputados | CONSIDERACION Y APROBACION | APROBADO |