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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 1694-D-2012
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO NACIONAL SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL INVENTARIO NACIONAL DE GLACIARES.
Fecha: 28/03/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 19
Solicitar al Poder Ejecutivo informe el
estado de del Inventario Nacional de Glaciares según el artículo 3º de la ley Nº
26.639 y su decreto reglamentario (207/2011):
1. Estado del Inventario Nacional
de Glaciares, al 30 de marzo de 2012.
2. Detalle de las áreas donde se
desarrollan actividades prohibidas, según el Artículo 6º y 15º de la ley
a. Situación de las auditorías
ambientales, según artículo 15º de ley 26.639, al 30 de marzo de 2012.
b. Informe si se ha verificado
impacto ambiental sobre glaciares o ambiente periglacial y de qué tipo
c. Medidas que se han adoptado,
al 30 de marzo de 2012, en relación al impacto ambiental detectado
d. Medidas supletorias que se
prevén adoptar y plazos de las mismas.
3. Detalle sistema escalonado o nivel
en que se encuentra la estrategia de observación jerárquica de todos los glaciares y
crioformas del país definidos según reglamentación de los artículos 4 y 5 de la
ley.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La ley Nº 26639, de "Presupuestos
Mínimos para la Preservación de los Glaciares y del Ambiente Periglacial" fue
sancionada con fecha 30 de septiembre de 2010 y promulgada el 28 de octubre de
2010.
La ley, en el artículo 15º, estableció
los plazos para el inventario de glaciares para las zonas en las cuales se desarrollen
actividades prohibidas según el artículo 6º y el cronograma de tareas a desarrollar
para la elaboración del Inventario. Esta normativa legal es autosuficiente en su
aplicación y resulta operativa en su aplicación, sin que requiera complemento
alguno, según considerando decreto 207/2011.
El 16 de diciembre de 2010, el
IANIGLA presentó el documento base "Inventario Nacional de Glaciares y Ambiente
Periglacial: Fundamentos y Cronograma de Ejecución", en el que además de
precisar definiciones técnicas, se establecen las prioridades necesarias para la
elaboración del Inventario Nacional de Glaciares.
El 28 de febrero de 2011 el Poder
Ejecutivo suscribe un Convenio Marco con el CONICET y IANIGLA el Acta
complementaria Nº 1 , por el que se acuerda la coordinación y cooperación para la
colaboración e intercambio recíproco destinado a las tareas de investigación y
promoción del desarrollo sustentable y la elaboración del inventario
respectivo.
Desde esta Cámara de Diputados, a un
año y medio de la sanción de la ley, solicitamos al Poder Ejecutivo este informe
sobre las acciones realizadas en cuanto al Inventario Nacional de Glaciares,
identificación de áreas con actividades prohibidas, análisis de los impactos
ambientales sobre los glaciares y ambientes periglaciares y las medidas adoptadas
y a adoptar al respecto. Así mismo solicitamos información sobre el estado de
avance de la observación jerárquica de todos los glaciares y crioformas con la
aplicación de los niveles detallados en el Decreto Reglamentario.
Ante la finalización de la etapa estival
2011 - 2012, durante la cual es factible realizar estos relevamientos, y habiendo
vencido el plazo establecido por el artículo 15º de la ley 26639, es que pedimos
conocer el estado de los mismos y si no se hubieran completado, las razones que
ocasionaron esa situación.
Estamos convencidos que el
cumplimiento en la realización de este Inventario y los análisis de impacto
ambiental permitirán obtener datos fundamentales para el cuidado, manejo
responsable y conservación de estas masas de hielo que resultan imprescindibles
en la preservación de los recursos hídricos de nuestro país.
Por todo lo expresado es que solicito a
mis pares me acompañen en la aprobación del presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
ALBARRACIN, JORGE LUIS | MENDOZA | UCR |
JURI, MARIANA | MENDOZA | UCR |
VAQUIE, ENRIQUE ANDRES | MENDOZA | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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