MINERIA
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 0933-D-2013
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL CUMPLIMIENTO DE LA LEY 26639, REGIMEN DE PRESUPUESTOS MINIMOS PARA LA PRESERVACION DE LOS GLACIARES Y DEL AMBIENTE PERIGLACIAL.
Fecha: 15/03/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 11
Solicitar al Poder Ejecutivo, a
través de las dependencias pertinentes, informe en relación a los requerimien-
tos que a continuación se detallan, vinculadas al cumplimiento de la Ley
26.639, REGIMEN DE PRESUPUESTOS MINIMOS PARA LA PRESERVACION DE
LOS GLACIARES Y DEL AMBIENTE PERIGLACIAL:
- Los avances realizados a la fecha en
las tareas señaladas en el cronograma de ejecución del Inventario Nacional de Gla-
ciares, presentado por el Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Am-
bientales - IANIGLA, en octubre de 2010 para los tres niveles indicados en el mencio-
nado documento, detallando principalmente las provincias y cuencas contempladas.
- En caso de no contar aún con la in-
formación planteada de acuerdo a los plazos establecidos en el cronograma presentado,
detallar motivos del retraso y reprogramación de fechas, si es que hubiere.
- Si se ha establecido a la fecha la
localización de las zonas prioritarias señaladas en el artículo 16 de la Ley menciona-
da, qué área o repartición tiene o tendrá a su cargo esta tarea, y si se ha presentado me-
todología o plan de trabajo con plazos para su cumplimiento.
- También en referencia a lo estable-
cido en el artículo 16, si se han localizado las actividades mencionadas en el artículo 6º
(prohibidas y en ejecución al momento de sanción de la norma) que debieran someterse
a una auditoría ambiental para identificar los impactos potenciales y generados. Indi-
car qué área o repartición tiene o tendrá a su cargo esta tarea, y si se ha presentado me-
todología o plan de trabajo con plazos para su cumplimiento.
- Si se ha avanzado en la organiza-
ción de los datos del Inventario, que de acuerdo al cronograma presentado por el IA-
NIGLA será implementada a través de un sistema de manejo de bases de datos geográ-
ficos, teniendo en cuenta la enorme cantidad de información que se generarán durante
las tareas, el número importante de ejecutores, la extensa red de sitios e instituciones
involucradas, y el carácter público y de libre acceso que se pretende dar al inventario.
De no registrarse avances, o de existir demoras en los plazos, señalar los motivos.
- Si se ha cumplido con los requeri-
mientos presupuestarios solicitados por el INAIGLA en el cronograma presentado en
el 2010, de $ 3.402.900 (tres millones cuatrocientos dos mil novecientos pesos). Si hubo
modificaciones a esa cifra en los requerimientos presentados por el IANIGLA para los
años siguientes. Tenga a bien indicar cuáles han sido las partidas asignadas desde esa
fecha y si las mismas han atendido lo solicitado.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El 28 de octubre de 2010 el Insti-
tuto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (IANIGLA), Uni-
dad Ejecutora del Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas
(CONICET), presentó el cronograma de ejecución del Inventario Nacional dis-
puesto en la Ley 26.639 de Presupuestos Mínimos para la Preservación de los
Glaciares y del Ambiente Periglacial. El documento señala principalmente los
fundamentos, plan de trabajo, plazos y requisitos para su puesta en marcha.
Plantea una organización geográfi-
ca de las regiones donde se desarrollarán las tareas en cinco zonas, indicando
las cuencas y subcuencas hídricas a considerar en cada una de ellas (el detalle
al final del texto):
1. Andes Desérticos. In-
cluye todo el Noroeste Argentino y el sector norte de la Provincia de San Juan,
incorporando la cuenca del Río Jáchal.
2. Andes Centrales. In-
cluye desde la cuenca del Río San Juan en la provincia del mismo nombre, has-
ta la cuenca del Río Colorado en el norte de la Provincia de Neuquén.
3. Andes del Norte de la
Patagonia. Incluye desde la cuenca del Río Neuquén hasta las cuencas de los
Ríos Simpson, Senguerr y Chico en la Provincia de Santa Cruz.
4. Andes del Sur de la
Patagonia. Incluye las cuencas del Río Deseado y los Lagos Buenos Aires y
Pueyrredón, hasta las cuencas de los Ríos Gallegos y Chico en la Provincia de
Santa Cruz.
5. Andes de Tierra del
Fuego e islas del Atlántico Sur.
En la estrategia del monitoreo se
proponen tres sistemas escalonados de estudio o "niveles", que varían en com-
plejidad y extensión espacial pasando desde las fases sencillas de monitoreo
con relativamente poco detalle, pero abarcando la totalidad de los cuerpos de
hielo del país, hasta estudios locales focalizados en pocos glaciares y crioformas
que son analizados en gran detalle. Ellos son:
NIVEL 1: Identificación,
mapeo y caracterización de los glaciares y geoformas periglaciales que actúan
como reservas hídricas en el territorio nacional
NIVEL 2: Estudio de fluc-
tuaciones recientes (últimos años/décadas) de cuerpos de hielo selecciona-
dos
NIVEL 3: Estudio detallado
de cuerpos de hielo seleccionados en las distintas regiones del país
En el cronograma tentativo de ac-
tividades plantea plazos concretos en cada uno de los niveles para los primeros
cinco años. Pasados dos años a partir de la presentación del cronograma, es de
nuestro interés conocer los avances en las tareas realizadas y su localización
de acuerdo a las cuencas y subcuencas que se han considerado para cada una
de las provincias involucradas.
Por otro lado, y atento a lo señala-
do en el artículo 15 de Ley 26.639:
"ARTICULO 15. -
Disposición transitoria. En un plazo máximo de SESENTA (60) días a partir de la
sanción de la presente ley, el IANIGLA presentará a la autoridad nacional de
aplicación un cronograma para la ejecución del inventario, el cual deberá co-
menzar de manera inmediata por aquellas zonas en las que, por la existencia
de actividades contempladas en el artículo 6º, se consideren prioritarias. En
estas zonas se deberá realizar el inventario definido en el artículo 3° en un pla-
zo no mayor de CIENTO OCHENTA (180) días.
Al efecto, las auto-
ridades competentes deberán proveerle toda la información pertinente que el
citado instituto le requiera.
Las actividades
descritas en el artículo 6º, en ejecución al momento de la sanción de la presen-
te ley, deberán, en un plazo máximo de CIENTO OCHENTA (180) días de pro-
mulgada la presente, someterse a una auditoría ambiental en la que se identifi-
quen y cuantifiquen los impactos ambientales potenciales y generados. En caso
de verificarse impacto significativo sobre glaciares o ambiente periglacial, con-
templados en el artículo 2° las autoridades dispondrán las medidas pertinentes
para que se cumpla la presente ley, pudiendo ordenar el cese o traslado de la
actividad y las medidas de protección, limpieza y restauración que correspon-
dan".
Y considerando lo mencionado por
el IANIGLA en el cronograma presentado en 2010, respecto a las zonas priorita-
rias allí señaladas:
"Los análisis de inventa-
rio en zonas prioritarias deben ser realizados en 180 días y por lo tanto no se ajustan al
cronograma general presentado para el resto de las zonas del país. Por el momento no
se han identificado zonas prioritarias en cordillera y por lo tanto se desconoce la mag-
nitud de las tareas, la necesidad de personal, fondos, y otros pormenores que segura-
mente se definirán en un futuro cercano",
Cabe preguntar si la Secretaría de
Ambiente de la Nación como Autoridad de Aplicación de la ley, o algún otro es-
tamento por ella designado está o estará a cargo de esta tarea, en qué plazos,
con qué metodología. De igual manera solicitamos información respecto a las
auditorías ambientales señaladas en el mencionado artículo, de vital importan-
cia para el cumplimiento de la Ley.
En cuanto a la organización de la
base de datos del Inventario, el IANIGLA señala que se organizará a través de
un sistema de manejo de bases de datos geográficos utilizando tecnologías lla-
madas de "Infraestructura de Datos Espaciales" (IDE) y de "Geobases de Da-
tos", destacando la necesidad de contar con estas herramientas, dada
"la enorme canti-
dad de datos que se generarán durante las tareas de inventario, el carácter de
participación abierta del inventario a través de un número importante de ejecu-
tores, la extensa red de sitios e instituciones involucradas, y el carácter público
y de libre acceso que se pretende dar al inventario, la información generada por
el Inventario Nacional de Glaciares.
(...) Conceptual-
mente, una IDE consiste en un conjunto articulado de tecnologías, políticas,
acuerdos institucionales, recursos y procedimientos estandarizados de trabajo,
cuya meta principal es asegurar la cooperación para hacer accesible informa-
ción geográfica. En el contexto del Inventario Nacional de Glaciares, las IDE
proporcionarán una base para la búsqueda, evaluación y aprovechamiento de la
información geográfica para usuarios y generadores de todos los niveles del
personal involucrados.
La implementación
de las tecnologías propias de las IDE está ligada a dos ideas fundamentales: (a)
la necesidad de hacer disponibles y acceder, de manera fácil, cómoda, eficaz,
confiable y a bajo costo, a los datos geográficos existentes en una red de nodos
u organizaciones; y (b) la oportunidad de reutilizar la información geográfica
generada en un proyecto o etapa de éste (cuyo costo de producción es gene-
ralmente muy elevado) para otras finalidades diferentes"
Reconociendo la importancia de lo
planteado por el IANIGLA, en consonancia con lo dispuesto en el artículo 10 de
la Ley en lo que hace a la información sobre el estado de los glaciares y el am-
biente periglacial de nuestro territorio, es que solicitamos conocer el estado de
avance en este punto, y en caso de dificultades para su implementación, cono-
cer los motivos.
Por último, atendiendo la comple-
jidad de las tareas a realizar, sin precedentes en el país en la dimensión referi-
da, la afectación y disponibilidad del personal a cargo, los requerimientos en
tecnología, equipamiento e instrumental de medición necesarios, base funda-
mental para la puesta en marcha del plan de trabajo presentado, es que consi-
deramos indispensable saber si las partidas presupuestarias solicitadas se han
cumplido, a saber:
"13.5.
Presupuesto Final Primer Año Inventario Nacional de Glaciares y Crio-
formas
Y si hubo ajustes desde el momen-
to de presentación del cronograma, sus motivos y las asignaciones presupues-
tarias realizadas desde esa fecha en adelante.
Por último reconociendo la impor-
tancia de que el Poder Ejecutivo cumpla con lo establecido en la Ley, en el
mencionado ARTICULO 10, en su punto d):
"Serán funciones
de la autoridad nacional de aplicación: d) Elaborar un informe periódico sobre el
estado de los glaciares y el ambiente periglacial existentes en el territorio ar-
gentino, así como los proyectos o actividades que se realicen sobre glaciares y
el ambiente periglacial o sus zonas de influencia, el que será remitido al Con-
greso de la Nación",
Es que solicito al resto de los legis-
ladores acompañen la presente iniciativa.
Nota 1: Ver Documento
completo del cronograma en:
http://www.ambiente.gov.ar/archivos/web/SUBpolitica/file/Cronogr
amaInventarioGlaciaresIANIGLA.pdf
Nota2: Anexo 2 del cronograma pre-
sentado por el IANIGLA:
Listado de subcuencas que se utili-
zarán como base para las tareas de inventario
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA | BUENOS AIRES | LIBRES DEL SUR |
LINARES, MARIA VIRGINIA | BUENOS AIRES | GEN |
CICILIANI, ALICIA MABEL | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
PERALTA, FABIAN FRANCISCO | SANTA FE | GEN |
DUCLOS, OMAR ARNALDO | BUENOS AIRES | GEN |
DE GENNARO, VICTOR NORBERTO | BUENOS AIRES | UNIDAD POPULAR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO (Primera Competencia) |
MINERIA |
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
10/09/2013 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia con modificaciones |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO DE GENNARO (A SUS ANTECEDENTES) |