MINERIA
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 0487-D-2009
Sumario: MINERAS, LEY 24196: MODIFICACION DEL ARTICULO 23, SOBRE ALTERACIONES DEL MEDIO AMBIENTE; CREACION DEL PROGRAMA DE PROMOCION DEL DESARROLLO SUSTENTABLE (PRODESUS).
Fecha: 05/03/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 4
Art.1° - Modificase el artículo 23
de la ley 24.196, el que quedara redactado de la siguiente manera:
ARTICULO 23. - A los efectos
de prevenir y subsanar las alteraciones que en el medio ambiente pueda ocasionar
la actividad minera, las empresas deberán constituir una previsión especial para tal
fin. La fijación del importe anual de dicha previsión quedará a criterio de la
empresa, pero se considerará como cargo deducible en la determinación del
impuesto a las ganancias, hasta una suma equivalente al cinco por ciento (5 %) de
los costos operativos de extracción y beneficio.
Las empresas mineras, deben
presentar los proyectos de saneamiento ambiental, ante la autoridad provincial,
para que sean debatidos, estudiados y aprobados o no, ser informados a la
autoridad de aplicación de la Nación.
Dichos fondos deberán además
aplicarse al financiamiento de proyectos de promoción de desarrollo local
sustentable.
Los montos no utilizados por la
previsión establecida en el párrafo anterior deberán ser restituidos al balance
impositivo del impuesto a las ganancias al finalizar el ciclo productivo.
Art. 2° - Crease el
Programa de Promoción del Desarrollo Sustentable (Prodesus) que tendrá
por objeto:
a) La convocatoria a la
presentación de proyectos de microemprendimientos productivos cuyo
objeto esté destinado al desarrollo de actividades productivas alternativas
y/o al desarrollo de nuevas capacidades sobre actividades tradicionales
existentes.
b) La evaluación y
selección de proyectos para su financiamiento en base a los criterios
expresados en el Art. 3 y con los fondos provenientes del Artículo 23 de la
Ley 24.196.
c) El asesoramiento y
asistencia técnica a los microemprendedores a efectos del logro de los
objetivos planteados.
d) El diseño e
implementación de actividades de capacitación a efectos del logro de los
objetivos planteados.
e) La gestión
administrativa y fiscalización del Programa.
f) Otras.
Art. 3° - El Prodesus
se gestionará en base a los siguientes criterios de prioritación de
proyectos:
a) "Dar prioridad a
los proyectos orientados al aprovechamiento racional y
sustentable de los recursos."
b) "Dar prioridad a
los proyectos que tiendan a mejorar las condiciones de vida en
general."
c) "Dar prioridad a
los proyectos que tengan adecuado nivel de detalle para alcanzar
la etapa de ejecución, así como adecuada justificación económica
y posibilidades ciertas para la colocación de los productos en el
mercado".
d) "Dar prioridad a los
proyectos que apoyen la promoción y consolidación de organizaciones de
productores que tengan como objetivo mejorar su capacidad de gestión
empresarial y/o aumentar su capacidad de negociación en el
mercado."
e) "Dar prioridad a los
proyectos que promuevan la asociatividad como estrategia de mayor
competitividad y complementación de acciones individuales."
f) "Dar prioridad a
los proyectos que tiendan hacia una mayor equidad en la
distribución y uso de los recursos."
g) "Dar prioridad a
los proyectos que favorezcan la revalorización cultural del área y
el reconocimiento de quienes lo realizan."
h) "Dar prioridad a
los proyectos que tiendan a mejorar la competitividad a través de
la intensificación de los procesos de producción existentes, la
incorporación de nuevas alternativas, el incremento del valor
agregado y/o el mejoramiento de la calidad de los
productos."
i) "Dar prioridad a
los proyectos que puedan ser ejecutados por módulos o etapas, de
operación independientes entre sí, discontinuos en el tiempo. En
este caso, al primer módulo puesto en operación se le puede
asignar el papel de módulo demostrativo."
j) "Dar prioridad a
los proyectos de inversión en sectores productivos que
contribuyan a incrementar las exportaciones o sustituir
importaciones."
k) "Dar prioridad a
los proyectos de inversión que impliquen un apoyo al
mejoramiento de la estructura de la tenencia de la tierra, a fin de
superar las restricciones generadas por la situación prevaleciente
en un significativo número de áreas productivas."
l) "Dar prioridad a
los proyectos de inversión que incluyan el equipamiento para la
transformación de la producción primaria."
m) "Dar prioridad
a los proyectos que optimicen los beneficios mediante la
articulación e integración con otros programas."
Art. 4° - Será
autoridad de aplicación del Prodesus las autoridades que las Provincias
determinen en el ámbito de su jurisdicción.
Las empresas mineras y los
interesados en obtener asistencia, deben presentar los proyectos de desarrollo
sustentable, ante la autoridad provincial, para que su evaluación, selección y
financiamiento.
La autoridad de aplicación mantendrá
informada regularmente a la autoridad de aplicación de la Nación.
Art. 5° - De
forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En 1994 se sancionó la Ley de
Protección Ambiental Minera, Nº 24.585, que integra el Código de Minería y que
integra el conjunto de normativa que da un marco de promoción a la actividad.
La misma fue, la primera ley
nacional ambiental, elaborada sobre la base de consensos alcanzados por los
representantes de los estados provinciales a través del COFEMIN y en consulta
con los representantes de la actividad privada. La ley fue parte de una política
ambiental integral que contempló la elaboración de las reglamentaciones
normativas complementarias, la preparación de instructivos para su interpretación,
la realización de estudios ambientales de base en las regiones que los estados
provinciales consideraron más sensibles, la provisión de equipamiento para la
policía minera y la implementación de programas de capacitación en evaluación de
impacto ambiental.
Este conjunto de acciones
ambientales, que no tiene paralelo en ninguna otra política sectorial, parecería sin
embargo insuficiente para una parte de la población que cuestiona activamente el
desarrollo de la actividad y se corre el debe riesgo de imponer sin fundamento la
idea de que la minería no se puede desarrollar en condiciones amigables con el
ambiente.
El cuestionamiento que se
formula a la minería es extensible a otras actividades extractivas como la
explotación petrolera o la actividad agropecuaria basada en la intensificación del
cultivo de ciertas especies que, como la soja, demandan la aplicación de un
conjunto de insumos que podrían tener efectos ambientales negativos acumulativos
tales como el incremento de la erosión y pérdida de fertilidad en los suelos o la
contaminación de acuíferos subterráneos con pesticidas.
Sin embargo, sabemos que no
existen posibilidades objetivas para suspender o modificar las formas de
producción de estas actividades en el corto plazo.
Está claro que cualquier
actividad humana genera inevitablemente algún tipo de impacto ambiental. La
cuestión es cómo lograr un tipo de desarrollo que se pueda sustentar en el
tiempo.
El principal problema ambiental
es la pobreza. En la medida que los recursos que el Estado obtiene a través de la
recaudación producida por estas actividades sean dirigidos a la investigación,
desarrollo y extensión social hacia nuevas formas productivas, podremos lograr
simultáneamente una redistribución de los beneficios
generados y orientar las actividades
humanas en pos de un tipo de desarrollo integral y sustentable.
La minería, puede también dar
un paso adelante en este sentido, generando un programa que con adecuados
criterios de selección, oriente una parte de estos recursos al financiamiento de
microemprendimientos, particularmente en aquellas regiones en que se desarrollan
actividades mineras y se teme el impacto económico que podría traer aparejado el
futuro agotamiento y cierre de yacimientos minerales.
El presente proyecto tiene por objeto
la creación de un programa de desarrollo sustentable que permita aplicar recursos
al financiamiento de microemprendimientos.
También tiene por objeto
establecer claramente "criterios" que orienten la selección de los anteproyectos que
presenten los interesados, en el marco de un sistema que garantice la eficacia y
eficiencia en la asignación de recursos.
Estos criterios pueden y deben
ser acompañados por el asesoramiento de diversos organismos e instituciones que
muchas veces pueden brindar el asesoramiento técnico para la identificación de
potencialidades y de oportunidades en cada región, pero carecen de los recursos
financieros para asistir al proponente de un proyecto.
Esto a su vez permitirá la
identificación de las necesidades de capacitación tanto para los emprendedores
como para los agentes de las instituciones que deben asistir en el desarrollo e
implementación de los proyectos, así como su seguimiento y evaluación.
A continuación vamos a
comentar los criterios propuestos:
a) "Dar prioridad a los
proyectos orientados al aprovechamiento racional y sustentable de los
recursos."
La compatibilización de la
producción con el aprovechamiento sustentable supone el reemplazo de un
criterio de maximización de la producción por uno de optimización.
Optimizar significa producir
en función de la demanda efectiva del mercado, atendiendo además las
demandas reales de los sujetos sociales no incorporados al sistema
productivo y de consumo y las demandas previsibles de la población
futura.
b) "Dar prioridad a los
proyectos que tiendan a mejorar las condiciones de vida en general."
El mejoramiento de
las condiciones de vida incluye, entre otros lo relacionado a la salud, la
educación, la vivienda, el esparcimiento y la calidad de los servicios (como
el acceso al agua de consumo humano, energía, comunicaciones y obras
de saneamiento en general).
c) "Dar prioridad a los
proyectos que tengan adecuado nivel de detalle para alcanzar la etapa de
ejecución, así como adecuada justificación económica y posibilidades
ciertas para la colocación de los productos en el mercado".
Se requiere de suficiente
información de base para el diseño de un proyecto ejecutivo. También se
requiere para acompañar el proyecto con una justificación económica
suficiente.
Muchos proyectos resultan
difícilmente evaluables por no contener explicitaciones necesarias a tal fin.
La factibilidad económica y social integran plenamente la evaluación de un
proyecto.
Estudios mal hechos
pueden condicionar seriamente la viabilidad de un proyecto conduciendo al
fracaso de las inversiones.
d) "Dar prioridad a
los proyectos que apoyen la promoción y consolidación de
organizaciones de productores que tengan como objetivo mejorar
su capacidad de gestión empresarial y/o aumentar su capacidad
de negociación en el mercado."
La organización de los
productores puede facilitar el logro de una escala productiva y de
comercialización más competitiva.
e) "Dar prioridad a
los proyectos que promuevan la asociatividad como estrategia de
mayor competitividad y complementación de acciones
individuales."
El asociativismo es
un mecanismo de cooperación en donde cada uno mantiene su
individualidad y decide voluntariamente participar en un esfuerzo
conjunto con otros para el logro de un objetivo común.
f) "Dar prioridad a los
proyectos que tiendan hacia una mayor equidad en la distribución y uso de
los recursos."
Este criterio asume la
necesidad de promover acciones para lograr una distribución equilibrada,
en función no solo de la superficie, sino también del tipo de suelo y de las
necesidades de los cultivos.
Para la aplicación plena de
este criterio puede ser necesario la revisión de situaciones existentes
condicionantes como la estructura de tenencia de la tierra y las limitaciones
que se imponen para la incorporación de nuevas tecnologías.
g) "Dar prioridad a los
proyectos que favorezcan la revalorización cultural del área y el
reconocimiento de quienes lo realizan."
La industria artesanal
generalmente se nutre de elementos folklóricos y tradicionales del lugar
promoviendo la difusión de sus valores, transformando a estos en un valor
agregado que trasciende lo económico.
h) "Dar prioridad a los
proyectos que tiendan a mejorar la competitividad a través de la
intensificación de los procesos de producción existentes, la incorporación
de nuevas alternativas, el incremento del valor agregado y/o el
mejoramiento de la calidad de los productos."
La mejora en la
competitividad estará orientada a obtener mayores excedentes
económicos, reduciendo costos y/o accediendo a demandas
diferenciadas que permitan lograr mayores precios de los
productos.
i) "Dar prioridad a los
proyectos que puedan ser ejecutados por módulos o etapas, de operación
independientes entre sí, discontinuos en el tiempo. En este caso, al primer
módulo puesto en operación se le puede asignar el papel de módulo
demostrativo."
La ejecución de proyectos
por módulos de operación independiente entre sí posibilita el adecuado
aprovechamiento de las inversiones. Además permite realizar un mayor
control y ajuste para la eficiencia de operación, mediante la introducción de
modificaciones oportunas.
Además, puede redundar en
el logro de mejores servicios, la contratación de servicios técnicos
comunes, el abaratamiento del costo individual de los servicios y el
mejoramiento de la calidad de vida en general.
j) "Dar prioridad a los
proyectos de inversión en sectores productivos que contribuyan a
incrementar las exportaciones o sustituir importaciones."
Este criterio se vincula al
endeudamiento externo público y privado que exigen el mejoramiento de la
balanza de pagos.
k) "Dar prioridad a los
proyectos de inversión que impliquen un apoyo al mejoramiento de la
estructura de la tenencia de la tierra, a fin de superar las restricciones
generadas por la situación prevaleciente en un significativo número de
áreas productivas."
Este criterio parte del
supuesto que es necesario garantizar una adecuada distribución del
recurso tierra, de manera que el tamaño de las unidades productivas del
área del proyecto no constituya una limitación para el éxito social del
mismo.
El minifundio es
señalado en muchos casos, como el mayor problema para el manejo
eficiente del riego y como causa del estancamiento económico y
social.
l) "Dar prioridad a los
proyectos de inversión que incluyan el equipamiento para la transformación
de la producción primaria."
Se orienta a facilitar la
incorporación de estándares que faciliten la comercialización como al logro
de valor agregado para los productos.
m) "Dar prioridad a los
proyectos que optimicen los beneficios mediante la articulación e
integración con otros programas."
Existen
oportunidades de combinar y así potenciar el apoyo que se brinda a través
del programa mediante el aprovechamiento de los beneficios que se
ofrecen a través de otros programas existentes, por ejemplo, el
asesoramiento técnico del INTA o de las Universidades.
Estos criterios han sido
desarrollados con la colaboración de Demosvida, (Asociación Ambientalista
de Investigación y Desarrollo), en base a la experiencia adquirida por
profesionales especializados en desarrollo local y que orientaran ya planes
exitosos de financiamiento tanto en programas nacionales como
provinciales
El presente proyecto, propone
también una modificación incorporando el segundo párrafo al Artículo 23,
motivado en la inquietud de la Cámara de Senadores de la Provincia de Catamarca,
particularmente la del Senador Jorge Edgardo Agüero, que solicitó en el presente
año a los Legisladores Nacionales por la Provincia, se modifique el Articulo 23 de
la Ley 24.196 y por ende se determine su nueva reglamentación, en el sentido de
que la previsión especial, en vez de ser, como su nombre lo indica, una previsión,
sea efectiva y real inversión en programas y trabajos concretos de reconversión
productiva y saneamiento ambiental, con una injerencia directa de la Provincia
donde se explota el recurso minero.
Este proyecto surge en atención
a que la Ley 24.196 y en especial su Articulo 23 y la reglamentación respectiva,
le asigna a las Provincias mineras involucradas, un carácter secundario, obviando
su participación directa y su autoridad, ante un tema tan sensible y tan delicado
como es la preservación del ambiente.
También a través de este
proyecto se busca que las Empresas Mineras deban obligatoriamente presentar ante
las autoridades provinciales, los proyectos ambientales, para que los mismos sean
analizados y puestos a consideración tanto de la Provincia respectiva, como del
Estado Nacional en su carácter de órgano de aplicación. Asimismo, a efectivizar,
en acciones concretas, la previsión especial que actualmente las Empresas están
obligadas a efectuar solo en forma contable.
Por lo expuesto Señor
Presidente, se solicita el pronto despacho y aprobación del presente
proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
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COLLANTES, GENARO AURELIO | CATAMARCA | FRENTE CIVICO Y SOCIAL DE CATAMARCA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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MINERIA (Primera Competencia) |
RECURSOS NATURALES Y CONSERVACION DEL AMBIENTE HUMANO |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
08/09/2010 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |