Comisiones » Permanentes » Comisión Permanente de Minería »

MINERIA

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P03 Oficina 334

Jefe SR. LAGO JOSE LUIS

Miércoles 9.30hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2361 Internos 2361/2365

cmineria@hcdn.gob.ar

PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 0117-D-2017

Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE EL CARGO ASIGNADO AL DOCTOR JUAN MIGUEL BISET, EN LA SECRETARIA DE MINERIA DE LA NACION.

Fecha: 01/03/2017

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 1

Proyecto
Solicitar al Poder Ejecutivo de la Nación, a través de los organismos que correspondan, informe a esta Honorable Cámara sobre:
- El cargo asignado al Dr. Juan Miguel BISET (M.I. Nº 23.780.684), detallando las funciones y facultades del mismo;
- Sírvase informar si la Oficina Anticorrupción de la Nación fue consultada por el Ministerio en el marco de la Ley 25.188. En caso de ser afirmativo, informe sobre su dictamen

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El día 14 de enero la SECRETARÍA DE MINERÍA DE LA NACIÓN difundió un comunicado informando que la Subsecretaría de Política Minera de dicha repartición quedaba a cargo del Dr. Juan Miguel BISET (M.I. Nº 23.780.684), quien hasta ese momento se desempeñaba como Coordinador Legal y Secretario Ejecutivo del Consejo Federal de Minería (CO.FE.MIN). Por otro lado, según la Resolución 130 - E/2016 de la SECRETARÍA DE MINERÍA del MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA DE LA NACION, a partir del 26 de noviembre de 2016, esa repartición designó al Dr. Biset como miembro titular “Ad-honorem”, en la SECRETARÍA EJECUTIVA ARGENTINA de la COMISIÓN ADMINISTRADORA del TRATADO ENTRE LA REPÚBLICA ARGENTINA Y LA REPÚBLICA DE CHILE SOBRE INTEGRACIÓN Y COMPLEMENTACIÓN MINERA.
El Dr. Juan Miguel Biset es propietario junto a Rogelio Oscar y Carlos Hugo Biset de la parcela N.C. 17-90-690120, inscripta en Dominio N°99 bis, F°99 bis, T°3, Iglesia (San Juan), 1965; en la que actualmente la empresa Río Tinto Minning and Exploration Limited tiene un yacimiento, según consta en el Boletín Oficial N° 25.224 (12/07/2016) de la provincia de San Juan.
La Ley 25.188 establece claramente:
“ARTICULO 13: Es incompatible con el ejercicio de la función pública:
a) dirigir, administrar, representar, patrocinar, asesorar, o, de cualquier otra forma, prestar servicios a quien gestione o tenga una concesión o sea proveedor del Estado, o realice actividades reguladas por éste, siempre que el cargo público desempeñado tenga competencia funcional directa, respecto de la contratación, obtención, gestión o control de tales concesiones, beneficios o actividades;
b) ser proveedor por sí o por terceros de todo organismo del Estado en donde desempeñe sus funciones”
“ARTICULO 2º — Los sujetos comprendidos en esta ley se encuentran obligados a cumplir con los siguientes deberes y pautas de comportamiento ético:
"2017 — AÑO DE LAS ENERGÍAS RENOVABLES".
(…) c) Velar en todos sus actos por los intereses del Estado, orientados a la satisfacción del bienestar general, privilegiando de esa manera el interés público sobre el particular;
d) No recibir ningún beneficio personal indebido vinculado a la realización, retardo u omisión de un acto inherente a sus funciones, ni imponer condiciones especiales que deriven en ello;
f) Proteger y conservar la propiedad del Estado y sólo emplear sus bienes con los fines autorizados. Abstenerse de utilizar información adquirida en el cumplimiento de sus funciones para realizar actividades no relacionadas con sus tareas oficiales o de permitir su uso en beneficio de intereses privados;
g) Abstenerse de usar las instalaciones y servicios del Estado para su beneficio particular o para el de sus familiares, allegados o personas ajenas a la función oficial, a fin de avalar o promover algún producto, servicio o empresa”
Atendiendo los antecedentes mencionados en el caso que nos ocupa, y considerando la importancia del cumplimiento de esta norma por parte de los funcionarios a cargo de la gestión de recursos estratégicos para nuestro país, es que solicitamos nos acompañen en este pedido de informe.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
COUSINET, GRACIELA MENDOZA LIBRES DEL SUR
MASSO, FEDERICO AUGUSTO TUCUMAN LIBRES DEL SUR
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA CIUDAD de BUENOS AIRES LIBRES DEL SUR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
MINERIA (Primera Competencia)