MINERIA
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 0082-D-2016
Sumario: PROGRAMA NACIONAL DE GEMOLOGIA - PRONAGE -. CREACION.
Fecha: 01/03/2016
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 1
CREACIÓN
DEL PROGRAMA NACIONAL DE GEMOLOGIA
-
PRONAGE-
Artículo 1º.- Créase el
Programa Nacional de Gemología -PRONAGE- destinado al
desarrollo del sector minero conformado por los yacimientos
minerales con características gemológicas exclusivas.
Artículo 2º.- A los
efectos de la presente Ley, entiéndase por:
1. Yacimiento
Gemológico: al sitio de acumulación de un mineral valioso en sí
mismo o portador de algún elemento nativo que es requerido por el
mercado por su exclusividad y estética ornamental, cuya explotación
es económicamente rentable.
2. Gema:
Materiales naturales orgánicos o inorgánicos, con excepción de los
metales usados en joyería u objetos de arte.
3. Piedras
preciosas: Materiales naturales e inorgánicos que pueden ser
minerales o rocas, con excepción de los metales usados en joyería u
objetos de arte.
4. Semipreciosa:
Término utilizado antiguamente para referirse a gemas más
corrientes. En la actualidad no se usa, para evitar confusiones.
Artículo 3º.- El
Programa Nacional de Gemología, en adelante denominado con el
abreviado PRONAGE., desarrollará su actividad en el ámbito de la
Secretaría de Minería de la Nación, o el organismo que en el futuro
la reemplace.
Artículo 4º.- Son
objetivos generales del PRONAGE:
1. Promover la
investigación, el desarrollo y divulgación de la gemología en todos
los ámbitos comprendidos conforme a lo dispuesto por el Código de
Minería y las correspondientes normativas provinciales.
2. Investigar y
recabar información sobre la situación actual y las perspectivas
futuras de usufructo de las reservas gemológicas en la República
Argentina.
3.
Coordinar la creación de un Consejo Consultivo
Interinstitucional ad-hoc integrado por:
a. Un
representante del Servicio Geológico Minero Argentino - SEGEMAR,
b. Un
representante del Instituto de Tecnología Minera - INTEMIN
c. Un
representante de la Cámara Argentina de Joyería, Relojería y Afines,
y
d. Un
representante de la Cámara Argentina de Empresarios Mineros
(CAEM).
4. Impulsar la
creación de escuelas de orfebrería, en las provincias con recursos
gemológicos que aún no las posean.
5.
Propiciar el valor agregado a los productos primarios derivados
de la presente actividad minera mediante la transformación in situ
de la materia prima en productos artesanales distintivos.
6. Incorporar
conocimiento y nuevas tecnologías a los procesos y productos
derivados de la actividad con el fin de incrementar su cotización en
el mercado nacional e internacional.
7. Contribuir a la
confección, y posteriores actualizaciones, de un mapa integrado y
referencial de las zonas con recursos y yacimientos gemológicos
identificados.
8. Gestionar ante la
autoridad local correspondiente, la incorporación de la República
Argentina como país miembro de la Confederación Internacional de
la Joyería y Orfebrería de Diamantes, Perlas y Piedras
(C.I.B.J.O).
9. Aportar al
desarrollo de una minería sustentable, tanto en los procesos
productivos como en los entornos de los yacimientos gemológicos,
reduciendo el impacto ambiental en todas las etapas de la actividad
mediante el uso de tecnologías limpias y haciendo un uso eficiente
de los recursos utilizados.
Artículo 5°.- Los
presupuestos anuales de la Secretaría de Minería de la Nación,
dependiente del Ministerio de Energía y Minería o de los organismos
que lo sustituyan, incorporarán las partidas necesarias para ejecutar
el PRONAGE.
Artículo 6°.- El Poder
Ejecutivo nacional, en un plazo no mayor de NOVENTA (90) días de
sancionada la presente, deberá realizar todos los actos necesarios
para la implementación del PRONAGE.
Artículo 7°-
Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La República Argentina
cuenta con importantes recursos y yacimientos gemológicos de
calidad internacional, con más de 20 variedades de piedras que se
han detallado estimativamente en tres regiones, como figura en el
anexo I.
Varias provincias
argentinas poseen una riqueza mineral aún poco conocida. Sin
embargo son célebres las ágatas de Puente del Inca, la exclusiva
rodocrosita de Catamarca, el ónix de San Luis, la fluorita del Chubut,
las geodas de amatista y calcita junto con un cuarzo de primera
calidad en la provincia del Neuquén, y otras variedades de piedras
denominadas preciosas halladas en las provincias de Córdoba, Santa
Fe y Misiones. Además de la aragonita que se destaca por su
excelente color naranja cristalino que le da una condición de
exclusividad en el mundo, compitiendo con la rodocrosita o Piedra
del Inca.
Asimismo, en la región
central de la Patagonia argentina existe una fuente interesante de
gemas preciosas originadas por los procesos geológicos producidos
allí hace miles de años, las cuales se encuentran dentro de las
geodas superficiales, hecho que facilita su hallazgo y recolección sin
alterar el medio ambiente y posibilitando el aprovechamiento de
éstos recursos minerales de manera "artesanal" con muy bajo costo
de inversión.
Ejemplo de ello son los
minerales de sílice, tales como el cuarzo, el ópalo, la calcedonia y
sus variedades; especies muy frecuentes en algunas unidades
litológicas y de extraordinaria belleza, pudiendo ser aprovechadas
para la joyería y la confección de objetos ornamentales.
Efectivamente las
gemas del grupo de la sílice o cuarzo pueden dividirse en varios
grupos distintos. Por un lado tenemos las de cuarzo totalmente
cristalino como la amatista y el conocido cristal de roca y por otro,
las cuarcitas que proporcionan material para esculpidos de
pequeños ornamentos.
Estos recursos,
insuficientemente explotados, han dado lugar a la implementación,
desde el año 1998 en la provincia del Chubut, de un programa social
minero como generador de una nueva alternativa laboral que ha
motivado la denominación de origen de las rocas trabajadas bajo el
nombre de Gemas Patagónicas. Así, en numerosas localidades y
parajes, muchos de sus pobladores tuvieron una ocupación
artesanal con las piedras convertidas en preciosas gracias al valor
agregado dado a través de engarces u otro proceso afín.
Oportunamente, ésta
provincia patagónica acordó con el Consejo Federal de Inversiones
(CFI) un convenio para la provisión de maquinaria a sendas
localidades del interior provincial, destinada al lapidado y facetado
de las piezas con la finalidad de proveer un promisorio mercado,
sobre todo cuando vienen los cruceros turísticos.
A principios del año
2009 se inaugura en la provincia de Catamarca la Escuela Provincial
de Orfebrería financiada por el CFI, contando como asesor
pedagógico al reconocido maestro orfebre Emilio Patarca. En su
ámbito se dicta la carrera Formación Profesional en Orfebrería,
otorgando un título oficial certificado por el Ministerio de Educación
y el Instituto Nacional de Educación Tecnológica.
Los alumnos aprenden
el milenario arte de la orfebrería, fabricando las joyas que le
permiten una salida laboral, ya que este oficio era transmitido
tradicionalmente de generación en generación.
Por el contrario, a nivel
nacional, para capacitarse en cualquiera de las ramas que posee la
orfebrería se debe invertir mucho dinero, ya que las instituciones
formadoras que existen son privadas.
Lamentablemente, aún
no existe una infraestructura ni servicios adecuados que sustenten
las actividades derivadas del trabajo artesanal vinculado al
aprovechamiento de las piedras preciosas, tal como se manifiesta en
las minas de Wanda, provincia de Misiones.
No obstante ello, las
gemas argentinas reúnen las condiciones que hacen a su
exclusividad como ser: belleza, durabilidad y escasez relativa.
Una vez más,
contamos con el material humano y la riqueza de los recursos, pero
la coyuntura exige la firme decisión de implementar las medidas que
permitan buscar alternativas concretas de trabajo, a través del
PRONAGE.
Por las razones
expuestas, señor Presidente, y por considerar que la presente
iniciativa provocará cambios en las economías y sociedades
regionales que posean este recurso natural, solicito el
acompañamiento de mis pares para la aprobación del presente
proyecto de Ley.
ANEXO
Fuente: Productores
Mineros S.R.L.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
TOMASSI, NESTOR NICOLAS | CATAMARCA | JUSTICIALISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
MINERIA (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |