Comisiones » Permanentes » Comisión Permanente de Minería »

MINERIA

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P03 Oficina 334

Jefe SR. LAGO JOSE LUIS

Miércoles 9.30hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2361 Internos 2361/2365

cmineria@hcdn.gob.ar

PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 0026-D-2016

Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL MONTO RECAUDADO EN CONCEPTO DE "DERECHOS DE EXPORTACION DE MINERALES" O TAMBIEN DENOMINADOS "RETENCIONES A LAS EXPORTACIONES MINERAS", DESDE LA FECHA DE IMPOSICION DEL TRIBUTO.

Fecha: 01/03/2016

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 1

Proyecto
Solicitar al Poder Ejecutivo nacional que, a través de la autoridad correspondiente, informe:
1)- Cual es el monto total recaudado por el Estado Nacional en concepto de derechos de Exportación de minerales o también denominados Retenciones a las Exportaciones Mineras, desde la fecha de imposición del tributo.
2)- Detalle y discrimine los pagos realizados hasta la fecha, en concepto de derechos de exportación o Retenciones a las Exportaciones por cada concesionario de explotaciones mineras sujetos al gravamen y cuál es la alícuota de retención fijada para cada caso.
3)- En todos los casos anteriores detalle y discrimine el total recaudado por año desde la imposición del gravamen.
4)- Cual es el porcentaje que ha fijado como derecho de exportación o retención para la exportación de todas las clases de minerales y explique los fundamentos de las variaciones.
5)- En cuantas unidades monetarias y composición porcentual aporta el rubro de las denominadas "piedras semipreciosas" a la composición de la producción minera nacional.
6)- Detalle, respecto a lo solicitado en el ítem 5), lo aportado por la producción de Rodocrosita o Piedra del Inca, gema exclusiva de la Provincia de Catamarca.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Desde la entrada en vigencia de la Ley 24.196 de Inversiones Mineras en el año 1993, varios proyectos de ley que tienen por fin la reformulación del esquema de retenciones a las exportaciones impuesto por el Poder Ejecutivo Nacional a partir de facultades delegadas por este Congreso, fueron presentados en el ámbito legislativo nacional.
En los mismos, se planteó la necesidad de poner en revisión el tema de las retenciones a las exportaciones mineras y sus alcances sobre la producción total minera. Incuestionablemente, este debate no puede darse sino contamos con información actualizada y detallada de lo recaudado en este concepto por el Estado Nacional y la alícuota que se les cobra a cada uno de los concesionarios de explotaciones mineras según el mineral exportado.
En tal sentido, esta información que se solicita es necesaria a los fines de comparar y proyectar hacia el futuro las distintas alternativas de modificación del sistema de Retenciones a las exportaciones mineras, tal como está ocurriendo con el sistema de Retenciones a las exportaciones de productos agrícolas y agropecuarios. Lamentablemente, la información vinculada a la Minería no es de fácil acceso ya que no es publicada en registros o bases de datos de consulta permanente, salvo algún comunicado de prensa que pueda emitir voluntariamente alguna de las empresas que llevan adelante explotaciones mineras, por lo que encontrar y acceder fácilmente a información oficial es sumamente dificultoso.
Auspiciosamente, la recientemente sancionada Ley 27.111 de modificación al Código de Minería eleva los valores del canon que se cobra a la extracción de metales a 320 pesos por unidad de medida, y en el caso de arenas metalíferas y piedras preciosas a 160 pesos. Los mismos no se actualizaban desde 1994.
En el caso puntual de la explotación de Rodocrosita, se observó desde 1997 un importante incremento de capitales extranjeros para el desarrollo de proyectos Pyme en no metalíferos, entre los que convendría haber instalado el interés en la explotación de la mencionada gema por su exclusividad y belleza.
Hacia 2009 y después de que se conociera que la explotación del yacimiento Minas Capillitas, en manos de la empresa de economía mixta SOMICA-DEM, deja escasos beneficios para la Provincia de Catamarca, desde el ámbito político provincial se planteó la necesidad de avanzar en modificaciones normativas que aseguren un nuevo régimen legal para este mineral. De acuerdo a lo establecido por el marco legal, la Rodocrosita no debe aportar regalías. Consecuentemente, la totalidad del volumen extraído tiene un destino con baja tasa de contribución y menor tributación para las arcas provinciales. Tal situación lleva a la necesidad de rever el marco jurídico y tratar de hacer una propuesta concreta para valorar la piedra, no sólo por el mineral, sino por la exclusividad y representatividad que tiene para el país. Los impuestos que sí paga la explotación de este mineral son las guías de ruta, un tributo provincial en función del destino de la primera venta de la piedra; y el canon minero que rondaba en el año 2009 los 1.000 pesos semestrales.
Por tal motivo, contar con información actualizada sobre las retenciones a las exportaciones mineras, que sea de fuente oficial y que se encuentre agrupada y detallada por año y por lo que cada concesionario minero ha contribuido ante la imposición del gravamen y la alícuota de retención que se ha fijado en cada caso, es relevante para profundizar el estudio sobre el sistema actual de retenciones a las exportaciones mineras. Ello, permitirá poder avanzar con información precisa sobre el régimen de retenciones a las exportaciones mineras, permitiendo reflexionar sobre las ventajas y desventajas del sistema actual e implementar los cambios que se consensuen como convenientes, tal cual se está analizando con las modificaciones sobre las retenciones a la exportación de productos agropecuarios y su impacto sobre las economías regionales.
Por las razones expuestas, señor Presidente, solicito el acompañamiento de mis pares para la aprobación del presente pedido de informes.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
TOMASSI, NESTOR NICOLAS CATAMARCA JUSTICIALISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
MINERIA (Primera Competencia)