MERCOSUR
Comisión PermanenteOf. Administrativa: Piso P04 Oficina 424
Jefe LIC. REY YANINA
Miércoles 11.00hs
Of. Administrativa: (054-11) 6075-2419 Internos 2419
cmercosur@hcdn.gob.ar
PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 0103-D-2009
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE EL ESTADO DEL TRAMITE DE INGRESO AL MERCOSUR COMO MIEMBRO PLENO DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
Fecha: 02/03/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 1
Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional
que, por intermedio de los organismos que correspondan, dentro del marco de los
tratados que conforman el MERCOSUR, informe sobre:
1.- El estado del trámite de ingreso al
MERCOSUR como miembro pleno de la República Bolivariana de Venezuela.
2.- Si el Protocolo de Ushuaia,
firmado en dicha Ciudad, Provincia de Tierra del Fuego el 24 de Julio de 1998, es
parte integrante del Tratado de Asunción y de los respectivos Acuerdos de
integración celebrados entre el MERCOSUR y la República del Bolivia y el
MERCOSUR y la República de Chile.
3.- Si el Protocolo de Ushuaia,
compromiso ineludible para ingresar al MERCOSUR, ha sido firmado por la
República Bolivariana de Venezuela.
4.- Si frente a las denuncias
internacionales que realizan los partidos políticos de oposición al Sr. Presidente
Hugo Chávez Frías, como proscripción de candidatos a diferentes cargos
electorales, considera que son practicas acordes a los principios y compromisos
asumidos en el Protocolo de Ushuaia.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Este proyecto fue oportunamente
presentado bajo expediente Nº 4451-D-2008, al no habérsele dado tratamiento
parlamentario actualizamos el pedido de resolución que integra el mismo.
Nos encontramos ante la realidad que
la República Bolivariana de Venezuela hace algún tiempo ha comenzado un
proceso de incorporación al MERCOSUR. Pero mientras ese proceso de
incorporación aduanero avanza existen otras situaciones que ponen un freno a la
integración de la hermana República de Venezuela al MERCOSUR.
El Sr. Leopoldo López, joven de 37
años, Alcalde de la localidad venezolana de Chacao, presentó el día 21 de Agosto
de 2008 ante el H. Congreso de la Nación su caso. El Sr. López ha intentado
presentarse como candidato a Alcalde de la Ciudad de Caracas, pero el Presidente
Chávez, a través de la Junta Electoral Metropolitana, ha rechazado su presentación
con excusas burocráticas. Al momento de rechazar su candidatura, López contaba
con una intención de voto superior al 68%. Además de haber sido proscripto para
su candidatura al distrito más importante de Venezuela, López sufrió cinco intentos
de asesinatos. En el último de ellos, uno de sus custodios fue acribillado de doce
tiros.
La Agencia Federal de
Noticias en su pagina web informa que: "Uno de los inhabilitados es el alcalde
opositor del municipio capitalino de Chacao, Leopoldo López, quien no ha podido
inscribir su candidatura para la Alcaldía Mayor de la capital por una sanción de la
Contraloría General."
Infobae el 13 de Julio
de 2008 comunicó a la sociedad que: "Miles de personas protestaron para
oponerse a una medida dictada por la Contraloría General, la cual inhabilita
políticamente a cientos de dirigentes postularse a cargos de elección popular. Uno
de los inhabilitados más destacados es el alcalde de Chacao, Leopoldo López,
quien encabezó la marcha junto a otros dirigentes. Según las encuestas, López
podría ganar la Alcaldía Mayor de Caracas si lograra postularse."
"El Jefe de la Junta
Electoral no admitió su postulación ya que se encuentra en la lista de inhabilitados
entregada por la Contraloría General. López, tras ver denegada su inscripción, lo
ha calificado de un "atentado" y ha dicho que "se ha consumado el delito de
violación a sus derechos humanos". http://www.radiomundial.com.ve/yvke/noticia
La proscripción de
candidatos viola uno de los derechos fundamentales de la democracia.
Esta denuncia no es la
primera. El cierre del canal de televisión RCTV acaecido en mayo de 2007 es otra
alarmante situación que vivió la republica hermana.
Los principios y
objetivos del Tratado de Asunción y sus Protocolos, y de los Acuerdos de
integración celebrados entre el MERCOSUR y la República de Bolivia y entre el
MERCOSUR y la República de Chile a partir de la Declaración Presidencial de las
Leñas el 27 de junio de 1992 han sido en el sentido de la plena vigencia de las
instituciones democráticas. Los estados parte del MERCOSUR entienden que la
participación democrática es una condición indispensable para la existencia y el
desarrollo del MERCOSUR.
Todos los ingresantes
al MERCOSUR han reafirmado la cláusula democrática. Por ejemplo, Chile el 25 de
junio de 1996, suscribió en la localidad de Potrero de Los Funes, Provincia de San
Luis junto con los Presidentes de Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay la plena
vigencia de las instituciones democráticas es condición esencial para la existencia y
desarrollo del MERCOSUR, y acordaron que toda alteración del orden democrático
constituye un obstáculo inaceptable para la continuidad del proceso de integración
en curso respecto al Estado miembro afectado.
La alteración de los
valores democráticos en Venezuela parecería ser una constante que violenta los
principios democráticos afirmado por los integrantes del MERCOSUR en el
Protocolo de Ushuaia de 1998.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
OBIGLIO, JULIAN MARTIN | CIUDAD de BUENOS AIRES | PRO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
MERCOSUR (Primera Competencia) |
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
21/05/2009 | CONTINUACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |