LEGISLACION DEL TRABAJO
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 6192-D-2017
Sumario: DECLARAR LA EMERGENCIA OCUPACIONAL EN EL SECTOR PERIODISTICO REGULADO EN LA LEY 12908, POR EL TERMINO DE 180 DIAS.
Fecha: 22/11/2017
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 171
“LEY DE EMERGENCIA OCUPACIONAL EN EL GREMIO DE PRENSA"
ARTÍCULO 1.- Declárese la emergencia ocupacional en el sector periodístico regulado por la Ley 12.908, por el término de ciento ochenta (180) días en todo el territorio nacional.
ARTÍCULO 2.- Durante el periodo establecido en el artículo primero quedan prohibidos los despidos y las suspensiones de trabajadores, cualquiera sea la modalidad de contratación y la naturaleza jurídica del empleador, que realicen tareas encuadradas en la ley 12.908.
ARTÍCULO 3.- En caso de producirse despidos de trabajadores que realicen tareas encuadradas en la Ley 12.908, en contraposición a lo dispuesto por el artículo segundo de la presente ley, los trabajadores afectados tendrán la opción de accionar judicialmente a través de una acción sumarísima por la reinstalación en el puesto de trabajo más el pago de los salarios devengados no percibidos hasta su efectiva reincorporación, ordenándose cautelarmente la reinstalación hasta que recaiga sentencia definitiva; o convalidar la extinción del vínculo laboral, en cuyo caso procederá de acuerdo al art. 43 de la ley 12.908, a la que se sumara un agravante indemnizatorio que duplicara los rubros a indemnizar derivados del propio despido.
En el primer caso, los empleadores deberán efectuar los aportes y contribuciones correspondientes al periodo que medie entre el despido declarado nulo y la efectiva reincorporación del trabajador.
ARTÍCULO 4.- Se establece la renovación automática de todas las relaciones contractuales a plazo determinado en empresas privadas y organismos públicos en donde resulte de aplicación la ley 12.908 hasta la finalización del período de prohibición establecido establecido en el artículo primero de la presente.
En caso de incumplimiento, el trabajador podrá accionar en iguales términos que los establecidos en el artículo tercero.
ARTÍCULO 5.- El poder Ejecutivo Nacional a través de los organismos de la administración pública nacional, sus entes descentralizados y empresas gestionadas por el Estado, no podrán destinar publicidad oficial a aquellas empresas que, durante el tiempo de vigencia de esta ley, incumplan las disposiciones de la presente ley.
ARTÍCULO 6.- Se invita a las provincias a adherir a la presente ley.
ARTÍCULO 7.- La presente ley no afectara a las nuevas relaciones contractuales celebradas a partir de su entrada en vigencia.
ARTÍCULO 8.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Desde diciembre de 2015 a la fecha, solo en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se han perdido más de 1500 puestos de trabajo en las empresas de comunicación y a nivel nacional llegan a más de 2500 los trabajadores que han perdido su trabajo.
Al inminente y anunciado cierre de la agencia DyN S.A., que dejará 96 trabajadores de prensa en la calle, se suman el cierre de Buenos Aires Herald, el diario la Mañana de Córdoba (“La nueva mañana” en su versión autogestiva), el semanario Miradas al Sur, el portal infojus noticias, revista veintitrés, radio América, diario El Argentino, Revista Autofoco, Revista Semanario, las versiones argentinas de las revistas Cosmopolitan, Bazar, Vanidades, Muy Interesante, Ser Padres, Runners, entre otros, sin contar con los medios que fueron recuperados por sus trabajadores en formato cooperativa como Tiempo Argentino, Infonews, El Argentino Zona Norte. A esto se agregan situaciones irregulares en el pago de haberes a los empleados e incumplimientos patronales en numerosos medios como Radio del Plata (Electroingenieria), Grupo Indalo y Pagina 12, entre otros.
La situación en los medios de comunicación es de una urgencia y precaridad como nunca se vivió desde la vuelta de la democracia, lo que justifica la declaración de emergencia ocupacional que se plantea con el presente proyecto.
Es preciso alertar a todos y tomar conciencia de lo que esta ocurriendo en todo el país respecto a esta situación.
Es preciso solicitar al Ejecutivo Nacional que intervenga rápidamente para que las voces no sean acalladas.
Con lo que está aconteciendo, lo único que se produce es que se cierren los lugares de opinión, y eso lleva al avasallamiento de la democracia en nuestro país.
En muy poco tiempo se sucedieron dos casos de amedrentamiento a las opiniones:
1) Roberto Navarro: a mediados de septiembre del corriente año fue despedido del canal C5N luego de un cruce con el CEO del grupo Indalo.
2) Víctor Hugo Morales: el 17 de noviembre de 2017, en su cuenta de Twitter, replico que “Previsible. Me comunicaron que me han DESPEDIDO de @C5N…”, el mismo grupo que despidió a Navarro.
Recordemos que estas dos voces, no son las únicas, pero si las más resonantes en cuanto a las críticas hacia la gestión del actual gobierno y sobre todo a las críticas que tenían en cuanto al poder que ejercen los medios hegemónicos y monopólicos, en este caso representados de manera contundente en el Grupo Clarín.
Es necesario e imperioso que el Estado, por medio de todas las facultades, organismos y funcionarios que posee intervenga de manera urgente, no estamos hablando de números, estamos hablando de personas, familias enteras que quedan en la calle, sobre todo cuando no existe un motivo concreto para que la Agencia cierre.
El argumento de que La Nación y Clarín sufren dificultades económicas es poco creíble, sobre todo cuando siempre se han destacado por despedir a centenares de trabajadores y se han reconvertido en grupos con inversiones en otros millonarios negocios, dentro y fuera de los medios de comunicación.
No cabe duda que la situación y problemática que se está viviendo, tiene un trasfondo político y nada tiene que ver con las dificultades propias de una empresa. Es una decisión impulsada por Clarín, La Nación, y otros grandes medios que manejan el paquete accionario de la Agencia DyN.
Con la decisión de no intervenir a favor de los trabajadores, el PEN está dejando de lado 35 años de trayectoria en el periodismo argentino, y una cantidad de familias sin sustento para poder vivir.
Es necesario que se tomen cartas en el asunto desde los estamentos más importantes del Estado para salvar a esta democracia, que día a día los argentinos estamos perdiendo.
Por todo lo expuesto, solicito a mis pares, el acompañamiento al presente proyecto de Ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
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DOÑATE, CLAUDIO MARTIN | RIO NEGRO | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
MENDOZA, MAYRA SOLEDAD | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
VOLNOVICH, LUANA | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
RODRIGUEZ, RODRIGO MARTIN | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CARLOTTO, REMO GERARDO | BUENOS AIRES | PERONISMO PARA LA VICTORIA |
SEMINARA, EDUARDO JORGE | SANTA FE | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
LARROQUE, ANDRES | CIUDAD de BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CIAMPINI, JOSE ALBERTO | NEUQUEN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
SANTILLAN, WALTER MARCELO | TUCUMAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
BRITEZ, MARIA CRISTINA | MISIONES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
RAVERTA, MARIA FERNANDA | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA RAVERTA (A SUS ANTECEDENTES) |