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LEGISLACION DEL TRABAJO

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P04 Oficina 427

Secretario Administrativo DR. PANCELLI ANTONIO NICOLÁS

Jefe SR. AURENSANZ EMANUEL ALBERTO

Miércoles 10.00hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-2420 Internos 2420/21

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 1894-D-2014

Sumario: CONTRATO DE TRABAJO (LEY 20744, TEXTO ORDENADO 1976): INCORPORACION DEL ARTICULO 72 BIS, SOBRE REGLAMENTACIONES.

Fecha: 03/04/2014

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 20

Proyecto
Artículo 1º: Incorporase como artículo 72 bis en el Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la ley 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, , el siguiente texto:
"Artículo 72 bis. - Reglamentaciones- La autoridad de aplicación podrá dictar reglamentaciones de carácter general, por zona o actividad o rama de actividad, así como resolver casos particulares atendiendo a las modalidades y necesidades de los supuestos y consulta previa a las organizaciones profesionales de trabajadores"
Artículo 2°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto reproduce el texto del proyecto de ley de mi autoría (Expte. 1104-D-12), y que caducara en virtud de lo dispuesto por la ley 13.640 y el Reglamento de la HCD.
A continuación se reproducen los fundamentos del proyecto de ley:
Nuevamente la redacción que aquí se propone se corresponde con el texto del artículo 79 de la ley 20.744 en su redacción originaria. El art. 79 fue modificado por la ley de facto 21.297. Al dictarse el Texto Ordenado por Decreto 390/76, dicho artículo quedó numerado como 72.
La ley de facto modificó la redacción originaria sustancialmente, eliminando las facultades de reglamentación con relación a los sistemas de controles personales que podía dictar la autoridad de aplicación, ya sean de carácter general, por zona o por actividad o por rama de actividad. A su vez, y tal como surge del texto en su redacción originaria, la autoridad de aplicación también tenía facultades para resolver casos particulares atendiendo a las modalidades de la relación, siempre mediante consulta previa a las organizaciones profesionales de trabajadores.
Por lo expuesto, solicito a los señores diputados me acompañen con la aprobación de la presente iniciativa.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
RECALDE, HECTOR PEDRO BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
ROMERO, OSCAR ALBERTO BUENOS AIRES FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
BARRETO, JORGE RUBEN ENTRE RIOS FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
CONTRERA, MONICA GRACIELA CHUBUT FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
ISA, EVITA NELIDA SALTA FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
PAIS, JUAN MARIO CHUBUT FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia)
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
13/08/2014 DICTAMEN Aprobados con modificaciones unificados Dictamen de Mayoría y Dictamen de Minoría
Dictamen
21/08/2014
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 0473/2014 DICTAMEN DE MAYORIA: CON MODIFICACIONES, ACONSEJA SU SANCION, DICTAMEN DE MINORIA: ACONSEJA SU RECHAZO 21/08/2014