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Reunión del día 07/11/2018

- JUICIO POR JURADOS POPULARES

- En Buenos Aires, a los siete días del mes de noviembre de 2018, a la hora 14 y 33:
SRA. PRESIDENTA BURGOS Habiendo concluido la media hora de espera y no teniendo el quórum necesario, vamos a dar inicio a esta reunión de la Comisión de Legislación Penal, convocada en conjunto con las comisiones de Justicia y de Presupuesto y Hacienda. Esta tiene carácter informativo y aceptaremos aquellas sugerencias de los diputados respecto al trabajo que se viene haciendo.

Simplemente les informo que esta unificación de once proyectos se ha venido realizando desde hace dos años. En un primer momento se presentaron tres proyectos, y el año pasado se puso en tratamiento esta cuestión en la Comisión de Legislación Penal, con el acompañamiento también del señor diputado Mestre, presidente de la Comisión de Justicia, porque eran las dos comisiones destinadas a tratar la temática de fondo.

Se hizo un trabajo exhaustivo en donde, en varias reuniones de asesores e incluso reuniones informativas llevadas hasta hace dos semanas con varios invitados respecto del tema, se fueron incorporando sugerencias y posiciones diferentes, y se fueron redactando de otra manera.



Se viene trabajando mucho sobre esta temática. Se trata de una deuda que tenemos como país desde 1853. De más está decir que no solamente se afirma que todos los juicios criminales deben terminar con un juicio por jurado. Esto se establece en tres artículos donde queda más que clara y determinante la voluntad de los constitucionalistas que sancionaron la Constitución Nacional de 1853 respecto de que sea el Congreso el que dicte una ley para llevar adelante esa implementación.

En este sentido, fueron varias las oportunidades en que se intentó llevar adelante la iniciativa. Solamente basta ver los antecedentes de intentos por lograr la implementación del régimen de juicios por jurado, que fueron anteriores y posteriores al período constitucional.

Sé que como país tenemos muchas deudas. Junto con el presidente de la Comisión de Justicia, quien también es autor de uno de los proyectos en cuestión, insistimos y trabajamos fervientemente en el análisis de esta deuda.

Me parece que estamos transitando un momento en donde existe un descreimiento respecto de algunas instituciones como, por ejemplo, la institución de la Justicia y también la del Poder Judicial.

Entonces, ante el incumplimiento de la Nación y de este Congreso en cuanto a sancionar una ley para la implementación del juicio por jurado, algunas provincias ya avanzaron en la materia. La primera provincia en implementarlo fue Córdoba, después fue la provincia del Neuquén, luego la de Buenos Aires, que ya está trabajando en ese sentido.

Por ello, podemos decir que la Argentina hoy en día tiene un marco de jurisprudencia propia de juicios por jurado. Otras provincias ya sancionaron el tema en sus legislaturas, tal como es el caso de la provincia del Chaco. Hace dos o tres semanas lo hizo la provincia de Mendoza así como también la de Río Negro, y en otras provincias esta iniciativa cuenta con la sanción de una de sus Cámaras como es el caso de la provincia de Santa Fe.

Reitero que, ante el incumplimiento por parte de este Congreso de sancionar una ley que regule e implemente el juicio por jurado, estamos presenciando cómo a lo largo del país las provincias fueron avanzando con resultados altamente satisfactorios, tanto en lo referido a la agilidad de la resolución como en la intención de que la sociedad se amigue con la Justicia.

Durante estos dos años se realizaron alrededor de cinco reuniones sobre juicios por jurado con múltiples invitados a pedido de cada uno de los bloques, e inclusive contamos con la presencia de invitados extranjeros. En la última ocasión, hace dos semanas, cuando se desarrolló la reunión con invitados, contamos con la participación de una joven de Neuquén, llamada Olivia Grison, quien había sido jurado.

Más allá de la rica experiencia que nos transmitió, hizo hincapié en cómo cambió su visión hacia la Justicia y cómo hoy se siente comprometida por haber dado el gran paso de ser una simple habitante a ser una ciudadana ejerciendo derechos e involucrándose en todo este sistema.

Sabemos y somos conscientes de que tenemos muchas deudas pero ¿por qué no ir zanjando aquellas que están en nuestro poder y a nuestro alcance? Ojalá la semana próxima logremos emitir dictamen sobre este asunto. Creo que será muy bien visto por parte de la sociedad que empecemos a involucrarnos en estos aspectos que -a mi modo de ver- también son importantes, más allá de dar cumplimiento al mandato constitucional, con todo lo que eso significa.

Quiero decir también que el tema de los juicios por jurado no es exclusivo de un bloque. Por el contrario, es transversal a la mayoría de los bloques que integran este Congreso, que durante años fueron representando distintos proyectos; basta con ver los antecedentes. Este proyecto de ley se unificó en base a todas esas iniciativas.

Queda abierta la reunión para las sugerencias de los señores diputados respecto del último borrador que se envió en el día de hoy. Dicho borrador se trabajó en base al trabajo realizado en la reunión con asesores llevada a cabo el día de ayer, en donde concluyeron o se terminaron de incorporar algunas sugerencias. No obstante, quedamos abiertos a nuevas propuestas.

Ojalá podamos llegar a tener un consenso para la semana que viene y, por qué no, dictaminar y llevar este tema al recinto en la próxima sesión.

Tiene la palabra el señor diputado Tonelli.

SR. TONELLI Señora presidenta: coincido íntegramente con lo que usted ha expresado. Hace muchos años que este tema está en tratamiento y en discusión en el Congreso. Es más, creo que participé de una primera reunión por este asunto en 2006, hace doce años. A pesar de que ha habido varias reuniones posteriores, todavía sigue pendiente la ley y creo que tenemos que decidirnos a aprobarla. Esto le hará bien a la Justicia y le dará la posibilidad a la población de involucrarse de manera directa en su funcionamiento, lo que me parece un objetivo muy loable.

Tengo algunas observaciones menores respecto al proyecto, pero no vale la pena discutirlas ahora. Sí quiero transmitir una preocupación que me parece central. Me refiero a cuáles delitos podrían ser juzgados mediante el sistema de juicios por jurado en caso de aprobarse este proyecto.

Estoy muy de acuerdo con la regla general que determina que se juzgue mediante juicios por jurado todos aquellos delitos que tienen prevista una pena mínima de ocho años. Si bien esto implica que estemos hablando de delitos graves, el último párrafo del artículo 2° dice que también podrán ser juzgados por el sistema de juicios por jurado todos aquellos delitos en los cuales el procesado solicite ser juzgado de dicha manera.

Esto me parece altamente inconveniente porque podría implicar que en la práctica todos los imputados por robo simple, por hurto simple, o por cualquier delito menor, pidan ser juzgados a través del sistema de juicios por jurado, algo que haría colapsar el sistema.

Además, el sistema de juicios por jurado es un procedimiento caro, tanto en dinero como en esfuerzo, así como también por la infraestructura que requiere. No es fácil reunir doce jurados aptos e idóneos. Tampoco es fácil hacerlos sesionar, ya que implica para ellos perder días de trabajo, y para la Justicia implica hacer un esfuerzo organizacional bastante importante.

Podría abundar sobre este asunto, pero me parece que la idea queda clara. No estoy de acuerdo con que cualquier imputado por cualquier delito pueda pedir, y haya que acceder, a que sea juzgado por el sistema de juicios por jurado. Basta con que se pongan de acuerdo cuatro o cinco abogados que representan a ladronzuelos habituales para hacer colapsar el sistema. Creo que sería una picardía que el sistema colapsara a poco de ser puesto en práctica.

Por lo tanto, considero que solamente hay que dejar el procedimiento de juicios por jurado para delitos graves. Me parece que el mínimo de ocho años establecido en el primer inciso es correcto.

Respecto del último inciso no tengo ninguna duda de que hay que eliminarlo, pero tengo dudas respecto de los incisos b y c porque allí también hay previstos algunos delitos con penas muy leves, y otros de cierta complejidad en la prueba que no sé si son los más adecuados para ser sometidos a este particular sistema de juzgamiento.

También hay que analizar el tema de los delitos contra la administración pública, que son los que típicamente cometen los funcionarios públicos, porque en esos casos estamos hablando de presuntos delitos respecto de los cuales las repercusiones mediáticas suelen ser importantes. Por lo tanto, no sé hasta qué punto ese tipo repercusiones mediáticas puedan llegar a influir indebidamente en el criterio de los jurados. De todos modos, esto es para pensarlo un poco mejor.

De lo que estoy seguro es que mantendría ese mínimo de ocho años. O sea, que cualquier delito que tenga prevista una pena mínima menor a los ocho años no pueda ser juzgado en un juicio por jurados. Insisto en que el sistema es demasiado caro, complejo, involucra a demasiadas personas y genera demasiados trastornos, como para que de un día para el otro, nos veamos ante la necesidad de hacer cien juicios por jurado porque hay cien hurtos simples cuyos presuntos autores han pedido ser juzgados por este sistema. No quiero abundar en el debate porque tal vez lo podamos tener la semana próxima a la hora de emitir dictamen pero dejo planteado el tema porque me preocupa sustancialmente.

Quiero hacer una última aclaración respecto de un artículo que establece que el sorteo de los padrones de los jurados lo tiene que hacer la Lotería Nacional. El tema es que la Lotería Nacional no existe más, desapareció. Se convirtió en la Lotería de la Ciudad de Buenos Aires y tiene características muy diferentes a las que tenía la Lotería Nacional. Creo que lo correcto es que ese sorteo lo haga la Cámara Nacional Electoral, que está mencionada en el proyecto y es la que confecciona el padrón.

Cuando existía la Lotería Nacional igualmente no tenía nada que ver con el padrón, en todo caso sabía cómo hacer los sorteos, pero nada sabía del padrón. Dado que la Cámara Nacional Electoral es la que actualiza el padrón periódicamente por imperio de diversas leyes que así lo imponen, debería ser esta la que haga el sorteo. Luego hay que eliminar toda referencia a la Lotería Nacional dado que no existe más.

SRA. PRESIDENTA BURGOS Tiene la palabra la señora diputada Donda Pérez.

SRA. DONDA PÉREZ Señora presidenta: primero quiero aclarar algo respecto de la intervención del señor diputado Tonelli. O yo tengo mal el proyecto o el diputado está hablando de una versión anterior.

SR. MESTRE La señora presidenta iba a aclarar luego de su intervención que algunas de las propuestas que hiciera el señor diputado preopinante ya fueron incluidas en el último texto del proyecto consensuado.

SRA. DONDA PÉREZ Respecto de la última versión del proyecto, quiero manifestar que acompañaremos el dictamen porque nos parece una buena iniciativa. Creemos que es una forma en que la sociedad se involucre más en el proceso de justicia y poder construir un puente para contrarrestar, de alguna manera, esa opacidad que vemos muchas veces en el proceso judicial.

Vamos a acompañar el proyecto y tenemos una propuesta de modificación referida a hacer una excepción en los casos de delitos de lesa humanidad para que no puedan ser juzgados por el sistema de juicios por jurado.

SRA. MESTRE Creo que ya está incorporada esa excepción en el artículo 12, inciso d.

SRA. DONDA PÉREZ No, en el artículo 12, inciso d se refiere a que no pueden ser jurado los condenados por delitos de lesa humanidad.

Lo que nosotros planteamos es que estos delitos no puedan ser juzgados en juicio oral. Esa es la excepción que planteamos porque consideramos que la opinión pública puede tener incidencia y hay que respetar los estándares que alcanzamos en esta materia. Por cómo viene el proceso, nos parece que sería enrarecerlo más, y en todo caso lo que hay que hacer es arbitrar los mecanismos para que estos juicios terminen juzgando a todos los responsables.



Así que, con esa salvedad, esta es la propuesta que hacemos.

El resto nos parece que corresponde, incluso los delitos contra la administración pública. En este sentido, creemos que hay que modificar algunos de los artículos que los regulan. De hecho, tenemos algunos proyectos que van en dirección a modificarlos; pero creo que es muy importante que estos delitos estén contenidos.

SRA. PRESIDENTA BURGOS Partimos de la base de que si se llegara a aprobar este proyecto, sería para delitos que se susciten con posterioridad y no con anterioridad.

Por otro lado, sí queremos mantener la prohibición de ser jurado a quienes estén en esas condiciones.

Por otra parte, respecto a lo que dijo el señor diputado Tonelli -quizás no le llegó la última versión del proyecto-, por sugerencia habíamos sacado justamente la posibilidad de decisión del imputado para elegir el jurado en el caso de los delitos menores; quedan los delitos mayores. Por sugerencias y pedidos de muchos autores de proyectos se han incorporado los delitos contra la administración pública, que son los delitos de corrupción. O sea, los incisos a) y b) del artículo 2° quedarían, pero lo demás se había quitado.

SR. TONELLI Agradezco la aclaración, señora presidenta.

Que quede claro que no estoy proponiendo excluir a todos los delitos contra la administración pública sino a aquellos que tengan penas de menos de ocho años. Hay algunos que tienen penas muy bajas y muy leves, respecto de los cuales me parece que no se justifica el procedimiento de juicio por jurados, ya que -reitero- tiene su costo y sus dificultades.

SRA. PRESIDENTA BURGOS Tiene la palabra la señora diputada Donda Pérez.

SRA. DONDA PÉREZ Al ser una norma procesal no corre esto de solo la ley más beneficiosa, que son las normas penales aplicables. Hay doctrina sentada en ese terreno. Por lo cual, me parece que sería positivo aclarar que ese tipo de delitos quedan exentos del juicio por jurados.

SRA. PRESIDENTA BURGOS Tiene la palabra la señora diputada Campagnoli.

SRA. CAMPAGNOLI Señora presidenta: al artículo 2º, inciso b), que habla de los delitos cometidos contra la administración pública establecidos en el libro II, título XI, capítulos VI, VII, IX y IX bis y en inciso 5 del artículo 174 del Código Penal, agregaría: "Y los que sean incorporados al Código Penal o por leyes especiales en virtud del cumplimiento de la Convención Interamericana contra la Corrupción." De esta manera no habrá que estar modificándolo siempre. Es decir, propongo dejarlo abierto para que las posibles actualizaciones queden incorporadas.

SRA. PRESIDENTA BURGOS Si en este momento no hay otras propuestas, las comisiones quedan abiertas para cualquier tipo de agregado o sugerencias que se quieran hacer al respecto.

Seguiremos trabajando como lo venimos haciendo, con la Comisión de Justicia, con el diputado Mestre, para ver si logramos los acuerdos necesarios para que la próxima semana podamos tratarlo ya con la mayoría y el quórum que se necesitan.

Reitero que ojalá podamos emitir un dictamen en donde todas las fuerzas políticas -teniendo en cuenta que todas presentaron proyectos- podamos seguir avanzando.

Para terminar, esto es una forma de corroborar las garantías establecidas en nuestra Constitución Nacional, en donde aquellos imputados por estos delitos puedan ser juzgados por sus pares, porque esa fue la intención que tuvieron los constituyentes. Además, más que nada promueve involucrarse, esa capacidad de ejercer la ciudadanía en pleno que necesitamos los argentinos.

Estaremos en contacto y muchas gracias por haber venido. Damos por finalizada la reunión.

Es la hora 14 y 54.