Comisiones » Permanentes » Comisión Permanente de Legislación Penal » Reuniones » Versiones Taquigráficas »

LEGISLACION PENAL

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P04 Oficina 404

Secretario Administrativo DR. SAADE MARTIN OMAR

Martes 15.30hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-7493/94 Internos 2403/01

clpenal@hcdn.gob.ar

  • LEGISLACION PENAL
  • LEGISLACION GENERAL

Reunión del día 11/04/2019

- MALTRATO ANIMAL - REUNIÓN CONJUNTA CONL PENAL

- En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los once días del mes de abril de 2019, a la hora 14 y 54:
SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Damos comienzo a la reunión plenaria de las comisiones de Legislación General y de Legislación Penal para tratar los diferentes proyectos de ley de protección animal que hemos tenido en consideración y que ya los he mencionado en la reunión anterior. Hoy voy a agregar dos nuevos proyectos que se han presentado. Hay alrededor de veinte proyectos vinculados a este tema, lo cual demuestra el gran interés que hay de muchos diputados de la Nación en avanzar hacia una reforma de la ley 14.346 y mejorar la protección para nuestros queridos animales.

En primer lugar, voy a nombrar los dos proyectos nuevos que se han incorporado al temario: expediente 1120-d-2019 del señor diputado Negri, proyecto de ley por el cual se prohíbe el establecimiento de espectáculos de características circenses que ofrezcan como atractivo principal o secundario la exhibición, exposición, explotación, uso y/o participación de animales; y el expediente 1250-d-2019 de la diputada Silvia Martínez, proyecto de ley sobre protección de los animales, modificaciones a los artículos 1° y 2° de la ley 14.346.

Como ustedes saben, estas son reuniones informativas donde hemos abierto la inscripción para quien quiera participar: representantes de organizaciones, personas vinculadas con la protección de los animales, que realmente tienen vocación y hacen un trabajo importante para proteger a nuestros queridos animalitos que son nuestros otros compañeros de la vida. Hemos tenido un primer debate muy profundo hace quince días, esta es la segunda reunión y seguramente vamos a tener alguna más. Cada uno de nosotros se va llevando diferentes temas que surgen en el debate y que seguramente luego serán plasmados en la discusión de un proyecto de consenso que buscaremos entre todos los textos que tenemos hoy en tratamiento.

Reitero lo que dije en la primera reunión: no vamos a tomar un texto como base; por lo tanto, no hay un proyecto que es la base y desde allí modificar, sino que la idea de nutrirnos de lo que ustedes van trayendo en cada reunión. A partir de ahí, trataremos de redactar el mejor proyecto de ley que podamos para avanzar en mejorar la protección animal.

Por supuesto que el punto de partida es lo que ya tenemos, que es la ley 14.346. No vamos a ir para atrás en nada, todo es para avanzar en mejorar la protección, que no quede ninguna duda al respecto. La base es esa y no está en la voluntad de nadie de los que integramos esta Cámara, generar un retroceso en la protección animal.

Justamente, hemos puesto en tema en tratamiento para mejorar la protección. Somos conscientes de que tenemos una ley muy buena, que la es ley 14.346, pero es antigua. Fue pionera en su momento pero ya tiene más de 65 años, por lo tanto, requiere una actualizació y un aumento de las penas. También hay muchos otros temas que la ley no contempla y que estaría bueno que los incorporemos. Me parece que esto es lo que vamos viendo en los debates cada vez que los escuchamos a ustedes que nos traen ideas y propuestas. Ustedes son los que más saben dado que están todo el día en contacto, trabajan para eso, saben qué se necesita hacer y qué hay que cambiar. La idea de dar este debate tan profundo, justamente es para eso.

No tengan dudas de que cada uno de ustedes nos aporta algo nuevo. Cada uno tiene una visión propia, experiencias y van apareciendo cosas que al principio no estaban. Por ejemplo, hace quince días apareció la necesidad de capacitar a los funcionarios públicos, que son los que después deben aplicar la ley. No nos podemos quedar solamente en sancionar la ley, después debemos lograr que el Poder Judicial la aplique bien.

Esto sucede con la con la ley que prohíbe las carreras de galgos, que fue un hito en ese punto. Sin embargo, a pesar de haber logrado que las carreras de galgos no sean más legales y el que si alguien hoy hace una carrera está cometido un delito, todavía no hemos visto ninguna condena al respecto. Entonces, me parece que hay poner el eje, no solamente en sacar una buena ley, sino también lograr que los que la deben aplicar lo hagan bien.

Esta reunión, como les dije, es plenaria con la Comisión de Legislación Penal. La presidenta de dicha comisión, la diputada Burgos, me ha pedido que la disculpe en forma personal porque tuvo un compromiso ineludible en Jujuy, provincia por la cual es diputada. Ella estuvo en la primera reunión y seguramente va estar en las próximas, pero me pidió que la disculpe públicamente.

Un último comentario, pido a cada uno de los expositores que trate de respetar los siete minutos que tiene para desarrollar su exposición. Cuando falte un minuto les voy a advertir que resta ese tiempo.

Asimismo, no vamos a permitir alusiones personales a la posición de ningún diputado ni tampoco a los miembros de las organizaciones que estén presentes.

La idea es que cada uno realice una exposición y su aporte sirva para que los diputados nacionales, que luego van a tener que redactar la norma y votarla, tengan más insumos.

Les pido que traten ceñirse a estas reglas, que son importantes para que llevemos adelante un debate respetuoso, ya que el respeto es la base del funcionamiento en un ámbito como el Poder Legislativo de la Nación y en realidad, en la sociedad toda.

En primer lugar, tiene la palabra Leonardo Montero conductor de televisión de Canal 9. (Aplausos.)

SR. MONTERO Muchas gracias. Como soy el primer orador de esta jornada pedí si podía realizar mi exposición de pie, porque como conductor de televisión no podía decir todo lo que tengo para decir sentado en la sala.

Es imposible no emocionarse con todo lo que transmiten quienes están aquí presentes y aman a los animales. Pensé en escribir algo pero no es mi estilo, así que trataré de ir diciendo las cosas como me salen y como las digo habitualmente.

Creo que en especial esta ocasión es un lindo momento para dejar de lado las escrituras. Sé que en lo que se refiere a legislación se requiere de muchas estructuras y cuestiones técnicas pero aquí hay que poner el corazón, el sentir y nos tiene que temblar la mano, el pulso, hay que estar dispuesto a poner el corazón y la pasión porque se trata de la vida de otro.

Junto con mi mujer -a quien amo profundamente- tenemos cuatro perros rescatados, entre ellos, un galgo que se llama Simón y los otros son Luisa, Rita y Gina. Por eso siempre digo: "adopta, no compres y cuídalos". Siempre que los miro me pregunto dos palabras, que seguramente voy a reiterar mucho en estos minutos que tengo para hacer mi exposición, ¿por qué?

¿Por qué el hombre hace lo que hace con los animales? ¿Por qué nos sentimos superiores? ¿Por qué el ser humano cree que puede descargar la agresión y la frustración, aquello que sufrió o no sufrió y toda su historia en un animal?

El animal es leal, es noble, no tiene malas intenciones, no piensa como nosotros. Sin embargo, nosotros que tenemos la capacidad de razonar, analizar y pensar, lo hacemos de mal modo y castigamos -sabiendo que está mal- matamos y humillamos. Esto es así desde nuestro plato de comida y digo esto como vegano.

El hombre cree que tiene el derecho de dar vida a otro. El derecho de cada ser vivo es propio, nosotros no les dimos un derecho a los animales para que vivan, ese derecho les pertenece y cada uno de ellos al nacer tiene la posibilidad de vivir, al igual que nosotros.

En estos tiempos en los que se habla mucho de igualdad, me hice vegetariano-vegano porque no me considero superior a los animales. Los animales tienen muchas cosas superiores a nosotros como por ejemplo, la nobleza y la lealtad entre otras.

Estoy seguro que cada uno de los aquí presentes tiene contacto con un animal cuando lo mira a los ojos, y por supuesto, quienes estamos aquí -la mayoría- los queremos mucho.

Sin embargo, siento que el porqué nunca alcanza para las leyes. El porqué se los castiga y el porqué tarda tanto en llevarse adelante esta ley -que tiene 65 años, es muy buena y fue pionera en 1954 cuando fue sancionada- que establece 15 días de prisión a un año; entonces, por piedad, aquellos que maltratan no lo van a hacer. Por lo tanto, estaría bueno que hubiera condenas más ejemplares y por supuesto sin fianza.

Sé que la gente participa en carreras de galgos, que presencia maltrato de caballos, tracción a sangre, que visita un zoológico e incluso que asiste a entretenimientos con animales. Para mí, habría que suspender todo ya que en mi caso no me importan las carreras de caballos en el hipódromo ni el polo ni que ningún animal sea utilizado en favor de nuestro entretenimiento, de nuestra "sociabilidad" y tampoco para nuestro alimento. (Aplausos.)

Entonces en ese punto la ley debe ser más dura, no excarcelable y no debería haber fianza para que uno de los malos de la película dé un codazo a quién tiene a su lado y le diga: "Escúchame, a Cachito le dieron cinco años de prisión y está preso".

Entonces, contamos con la ley 27.330 -de galgos-, que nos costó un montón y, sin embargo, no hay un solo galguero preso. ¿Por qué la policía llega a destiempo? ¿Por qué no tienen los elementos? ¿Por qué no hay una patrulla nacional -como hablamos con Malu, mi mujer-, para que sea más efectivo, más rápido?

El otro día en el programa nos llegó el caso -que se viralizó- de la señora de Lanús que le pegaba a sus siete perritos porque sí, que intentó ahogar a uno y que se lo sacaron y demás. Pobre los chicos que se lo sacaron, hasta tenían el miedo de que si el allanamiento fue correcto, si la policía, si nos toman la denuncia, si lo vamos a hacer, etcétera.

¡Maestro, los malos son los otros! La gente que está a favor de los animales, el 99,9 por ciento tiene cero interés ni político ni con fines de lucro; lo que quieren es que los animales estén bien.

Entonces, propongo que hay que creerles más rápido, tiene que ser más efectivo. Los buenos tienen que poder accionar más rápido y los malos no tienen que tener tanta cobertura dentro de su maldad. Lo pongo así: bueno o malo, como en las películas como para que un niño de seis años también entienda y nosotros volvemos a tener seis años con el corazón.

Como si fuera por arte de magia, nuestro galguito Simón cada vez que pasa algo importante, no me pregunten por qué -acá, ustedes van a decir: "Leo está loco", porque ya estaba imaginando cosas-, pero cuando nos vamos de viaje, ¿qué hace el loco? Se pone en mi cama. Yo lo toqué para pedirle permiso para dormir porque más o menos es como Shaquille O'Neal -no sé si lo conocen, de la NBA, un jugador grande. Es difícil dormir con un galgo porque es muy alto, fuerte y grandote.

Cuando nos estamos por ir de viaje, se pone en mi cama a dormir. Él tiene su cama, puede subir y venir cuando quiera, pero elige los momentos claves de nuestra vida para desarrollar ese estilo de nobleza o de acompañamiento en silencio que tiene cada animal. Anoche ¿qué pasó? Se puso a dormir en la cama porque sabía que veníamos acá e íbamos hablar de parte de ellos, que son los que no tienen voz.

No les quiero robar más tiempo, lo que les quiero decir es que me parece que la ley de maltrato animal debe tener más corazón, más pasión, para que nos escuchen con el corazón todos los que están acá y que de verdad se pongan en el lugar del otro. Yo siento que los seres humanos estamos todo el tiempo hablando del lugar del otro y no nos ponemos de verdad. ¿A quién le gustaría ser castigado por un carruaje, que nos pongan frenos en el labio, que nos pongan herraduras en las piernas? ¿A quién le gustaría correr?

Me gustaría que el ser humano experimentara lo que experimentan los animales para sentir de verdad el dolor, el sufrimiento y la humillación que sienten. Aquellos que son nuestro alimento sufren mucho más de lo que nosotros vemos. Les aseguro que las vacas, los pollos, los chanchos sufren bastante más. Esto lo digo como vegano. No se sientan mal, pero si alguna fichita entra en la conciencia es parte de toda esta evolución que el mundo está sintiendo, que el mundo está cambiando. No hay necesidad ni en la comida, ni en los cosméticos, ni en los artículos de limpieza de usar animales para laboratorio.

Les agradezco mucho estar acá, les agradezco mucho la invitación, le agradezco mucho a Elba, a Lipovetzky, a todos los chicos de mi producción y del programa.

Esto ya es personal, pero tengo casi 48 años y puedo hacer un programa de televisión, de entretenimiento, de preguntas y respuestas de cultura general y de la nada -porque el canal me lo permite y es de motu proprio- me preguntaron si queremos hacer una sección, que ahora se va a transformar en programa. Les aseguro que va a ser el mejor programa de la televisión Argentina de conciencia animal de toda la historia. (Aplausos.) Se los prometo. Me llena de emoción poder hacerlo. Gracias a Canal 9, a nuestra productora Cuarzo. Lo digo porque si buscás programas de televisión que hagan entretenimiento en el mundo y de repente el conductor se para a hablar de los animales, no va. Lo pude hacer, porque me dejaron crecer, me dejaron soñar, me dejaron hacerlo.

Hoy generamos que mucha gente que está acá haya visto el programa y vengan y que todos ustedes puedan tener o sentirnos unidos en un espacio por ellos y dejar la miseria humano a un lado, dejar las críticas a un lado. Ellos no saben de las peleas de los humanos. Ellos estarán esperando ahí con su carita para que nadie les pegue más o que alguien les dé un corazón para una casa, tener un hogar y sentirse con pertenencia. Todos queremos que nos quieran. Todos queremos ser queridos. Si nos quieren nueve y uno nos quiere, nos preocupamos por el que no nos quiere. Ellos también quieren ser queridos.

Para terminar, me preguntaba si ellos pudieran hablar, ¿qué dirían? Estoy casi seguro que las dos palabras que dirían son: ¿por qué? Gracias. (Aplausos)

SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Muchísimas gracias, Leo.

Después de esta gran exposición de Leo se hace difícil seguir. Doy fe de que va ser un programa tremendo, Leo. Tuve la oportunidad de participar, voy mucho al programa a hablar de política y este fue uno de los programas más lindos en los que pude participar.

SR. MONTERO Quizás, puede sonar feo para los que no me conocen, pero no lo digo de canchero que va a ser el mejor programa. Lo digo con la alegría, el orgullo y el compromiso de que sea el mejor, de que genere conciencia, de que tengamos un espacio en la televisión abierta en nuestro país para poder defenderlos.

Aquel programa fue glorioso y fue parte de la idea de que Pocas Pulgas en un par de meses tenga su lugar en la pantalla del 9, todos los fines de semana. (Aplausos.)



SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Tiene la palabra Liz María Solari Poggio.

SRA. SOLARI POGGIO Gracias, Leo. Es importante que estemos acá todos juntos. Compartimos el profundo amor por los animales no humanos, estos seres llenos de bondad, amabilidad, inocencia, que nos enseñan cómo deberíamos ser los seres humanos; parece que nos olvidamos.

En primer lugar, quiero agradecer la invitación y la oportunidad de expresarme y de poder hablar por los que no tienen voz, en este debate histórico y crucial para la protección animal.

Soy actriz y activista por los derechos de los más vulnerables. Me dedico hace más de una década a proteger animales, de forma individual junto con protectoras y también junto con el Estado. Llevo una dieta basada en plantas, hace siete años cuando descubrí que comer animales era matarlos y no respetar su vida. Soy mamá orgullosa de dos callejeras: una argentina y otra italiana, porque la compasión no tiene fronteras. Utilizo mi tiempo, mi imagen y voz pública para concientizar a otros humanos sobre la importancia de ser inofensivos, es decir, no robarle la vida ni la paz a otros seres vivientes.

Leí atentamente los veinte proyectos presentados por diputados y a pesar de que no haber encontrado uno que logre una integración adecuada, tuve la alegría de encontrar en muchos de ellos reflejados aspectos fundamentales y distintos entre sí, que considero deben ser incluidos en la reforma de la ley nacional 14.346 y que en breve enunciaré.

La humanidad tiene una deuda con el reino animal. Los animales no están aquí para nosotros, sino con nosotros. La equivocada noción de superioridad de la raza humana nos llevó a destruir -parcialmente- el equilibrio perfecto de la Tierra y a violar la armonía de las especies con las que convivimos: calentamiento global, holocausto animal, deforestación global, todo esto es consecuencia de las acciones egoístas de los humanos. Debemos frenar de inmediato la impunidad de los actos de desprecio del ser humano a la sacralidad de la vida.

La compasión hacia todos los seres y el respeto por la vida en su totalidad es el camino para vivir en una sociedad pacífica. Nuestra evolución como raza está íntimamente conectada con el aprendizaje de convivir en armonía con la madre naturaleza y con los animales no humanos. Es nuestro deber proteger activamente a nuestros hermanos y hermanas del reino animal y a la Tierra misma.

Para esto debemos reivindicar su valor como seres inteligentes, "sintientes", conscientes y sujetos de derecho en las leyes. El maltrato animal y la violencia interpersonal es un vínculo innegable. Es necesario destacar que con el abuso de animales se da curso a un espiral de violencia sin límites.

En las últimas décadas, numerosas investigaciones han resaltado la correspondencia entre casos de abuso animal y violencia de pareja, violencia doméstica, maltrato infantil y bullying entre menores.

Propongo que en esta reforma se incluya y denomine a todos los animales no humanos como seres sintientes.

Me quiero referir a tres puntos. El primero de ellos, la educación para prever: promover la inclusión obligatoria en currícula escolar, para que se enseñe la compasión hacia todos los seres como principio y conciencia para la tenencia responsable de animales domésticos. (Aplausos.)

Quiero ofrecerme para dar charlas gratuitas en escuelas públicas a elección, con el objetivo de ser filmadas y difundidas en el ámbito de educación.

El segundo, las esterilizaciones. El gobierno debe comprometerse a comunicar un plan efectivo en un tiempo determinado, a mediano y corto plazo, para reducir significativamente hasta erradicar la población de perros y gatos que viven en las calles.

La gente de bajos recursos no puede pagar las esterilizaciones. Por lo tanto, el gobierno debe crear más hospitales veterinarios públicos y gratuitos. (Aplausos.)

Otra solución es organizar anualmente colaboraciones entre el gobierno, las protectoras y las asociaciones de veterinarios para llevar a cabo esterilizaciones masivas.

Quiero proponer que las personas que compren perros o gatos, deberían estar obligadas a esterilizarlos previo al año de edad.

Y el tercer punto, son las penas y mutas. Crear multas económicas considerablemente altas por casos de maltrato y crueldad, bajaría notablemente el índice de abuso animal. (Aplausos.)

Estas multas generan ingresos al gobierno, una gran incomodidad al abusador y es un ingreso que debería utilizarse, en parte, para el programa educación de prevención de abuso animal y para dar apoyo económico a las organizaciones de proteccionistas animales.

No cabe duda de que los proteccionistas animales están llevando a cabo gran parte del trabajo que debe realizar el Estado. Por eso considero se debería abrir un programa oficial de colaboración, ya sea en forma de asistencia práctica como económica.

Si bien ya está muy hablado, las penas se deben agravar considerablemente, hacerse efectivas y no deben ser excarcelables. Deben ser penados tanto los que ejercen la violencia como aquellos que trabajan para el Estado y no interceden correctamente en caso de denuncias de abuso animal, permitiendo que continúe la crueldad y la muerte de más animales.

Debe existir una prohibición de tenencia de por vida para las personas que ejercen crueldad animal y prolongada para los que maltratan animales. (Aplausos.)

A todos nos genera una gran impotencia, que no se haga justicia. Solo tengo que recordar el caso de Chocolate, en el que habiendo encontrando culpable al peluquero que lo despellejó vivo, esa persona nunca tuvo pena, ni multas y hoy esta libre.

- Manifestaciones en la sala.
SRA. SOLARI POGGIO A continuación, solamente voy a remarcar los delitos contra los animales que considero deben incluirse y prohibirse o penarse.

En primer término, prohibir el consumo de animales domésticos -perros y gatos. Regular y controlar el maltrato y la crueldad de animales de ganadería, ya sea en su transporte y como en su muerte en los mataderos.

Cito un ejemplo. Inglaterra, Francia, Israel y Escocia aplicaron la ley de videovigilancia obligatoria en los mataderos de animales. Las imágenes de las cámaras son accesibles a los veterinarios oficiales que trabajan para la Agencia de Normas Alimentarias, y estos detectan los casos en que los animales han sido maltratados, para que los responsables puedan perder su licencia o enfrentar un proceso judicial.

En segundo lugar, regular de forma inmediata los criaderos de perros y gatos a través de un registro obligatorio, donde paguen una licencia, cumplan con requisitos de cuidado de los animales y estén bajo control regular para ser penados y/o clausurados ante el no cumplimiento de la ley.

En este sentido, tengo en mi poder un proyecto de ley que me gustaría entregar para que sea considerado sobre la crianza de perros y gatos en la Argentina.

En tercer término, prohibir la venta de animales domésticos en los pet shops, vía pública, ferias y/o en mercados y a través de Internet. Los pet shops en su lugar pueden cumplir la tan necesaria función de ayudar a reubicar a los animales de calle salvados por los refugios.

En cuarto lugar, prohibir la venta de animales silvestres. Nueve de cada diez animales capturados mueren antes de llegar a ser comercializados; diez de cada cien de los que llegan a venderse en forma ilegal se recuperan; y solo el 5 por ciento logra regresar a su hábitat.

Además, se debería especificar el destino de las victimas de abuso, una vez que son rescatadas, y asegurarles un futuro digno.

Se debe regular de forma urgente y clausurar las perreras o centros de Zoonosis en la Argentina que abusen deliberadamente -como es el caso del Instituto de Zoonosis Luís Pasteur- los derechos de las víctimas que terminan en su espacio. (Aplausos.)

Propongo que desarrollen un programa de adopción oficial efectivo para reinsertar los animales que entran en las perreras. La gente que adopta puede dejar una pequeña donación destinada a dinero para gastos de esterilizaciones, educación y protectoras de animales.

Prohibición de experimentación en animales en cosmética, industria del tabaco, la industria de las armas y la industria química en general. Prohíbase la venta y marketing de productos que hayan sido testados en animales. Esto está muy bien delineado en el proyecto encabezado por diputado Vallone. También deberían ser prohibidos los métodos de experimentación científica para medicina que utilizan animales provocándoles dolor, angustia o sufrimiento desmedido.

Es de público conocimiento que en la Argentina condenamos anualmente la vida de 500.000 animales usándolos para experimentación, de los cuales 35.000 animales son usados solo para testeo en cosmética.

Por último, me voy a referir a la tracción a sangre. Prohíbase la explotación de caballos para trabajo forzado. (Aplausos.)

Promuévase la sustitución de los vehículos de tracción a sangre por otros de tracción motora que ofrezcan una alternativa laboral superadora. El Estado debe prever el destino de todos los caballos y comprometerse al mantenimiento y su cuidado de por vida.

Seamos conscientes de que con nuestras acciones de hoy estamos creando las bases de un futuro donde la compasión y el respeto a la vida en su totalidad serán prioridad. (Aplausos.)

SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Tiene la palabra Patricia Frugoli, integrante de la Asociación Protectora Argentina "Por los Galgos".

SRA. FRUGOLI Buenas tardes. En primer lugar, quiero agradecer la posibilidad de participar y de poder expresar todo esto que nosotros sentimos por nuestros queridos animales humanos.

Fue por medio de la sentencia dictada en la causa "Orangutana Sandra s/ Habeas Corpus", donde el Máximo Tribunal penal, con votos de los jueces Alejandro Slokar, Ángela Ledesma y Pedro David, decidieron que la Justicia de la Ciudad de Buenos Aires le dé tratamiento a una acción de hábeas corpus, presentada por la Asociación de Funcionarios y Abogados por los Derechos de los Animales.

La asociación actora sostuvo que el cautiverio de Sandra era un "confinamiento injustificado de un animal con probada capacidad cognitiva". Sin embargo, la acción fue rechazada por la Justicia en lo Criminal de Instrucción. La causa llegó a la instancia de Casación, luego de que la Sala VI de la Cámara del Crimen rechazara la apelación de la AFADA.

El Tribunal sostuvo que "a partir de una interpretación jurídica dinámica y no estática, menester es reconocerle al animal el carácter de sujeto de derechos, pues los sujetos no humanos son titulares de derechos, por lo que impone su protección en el ámbito competencial correspondiente".

La opinión del ministro de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Eugenio Raúl Zaffaroni, en sus libros "Derecho Penal, Parte General" y "La Pacha Mama y el Humano", sirvieron de estructura argumentativa para la adopción de ese temperamento.

Zaffaroni señala en la página 493 de su obra "Derecho Penal. Parte General" que "si bien es cierto que la mayor parte de la legislación penal ecológica es simbólica, no se puede negar que plantea problemas que hasta ahora se limitaban a ámbitos reducidos, como la tipificación del maltrato a animales. La cuestión básica es si el sujeto de la relación de disponibilidad solo puede ser una persona, lo que se pretendía mantener pese a los delitos de maltratamiento a animales".

El juez de la Corte explica que para justificar la tipificación de los delitos de maltrato animal se apelaba a dos argumentos:

A) Para unos, se trataba de la lesión a un sentimiento humano de piedad o análogo.

B) Para otros, era la lesión a la imagen del ser humano como administrador de la naturaleza.

Zaffaroni criticó ambas posiciones. Para él, "el primer argumento se desbarata con el ejemplo de quien practica la crueldad habiendo extremado el cuidado para que nadie se entere". En cuanto al segundo, sostuvo que "abre la puerta para que, apelando a la naturaleza y a la imagen del humano, se tipifique todo género de acciones que solo se valoran negativamente desde el plano de una moral determinada por particulares y encontrados conceptos antropológicos".

El autor del libro intenta darle solución al tema expresando que "todas estas complicaciones de la tesis personalista indican la conveniencia de rechazarla y reconocer que hay bienes jurídicos de sujetos no humanos y prepersonales".

El bien jurídico, que en la clásica doctrina del derecho penal -o dogmática penal- es aquello que el ordenamiento jurídico penal busca proteger mediante la imposición de un castigo por su ataque. Es, básicamente, el fundamento de protección a través de las normas penales. Generalmente, se grafica este concepto con el delito de robo. En este caso, el bien jurídico protegido es el de propiedad.

Para Zaffaroni, en cuanto "a los sujetos no humanos -animales-, tales bienes jurídicos serían la preservación de la existencia y la conservación de la especie, lo que facilita el entendimiento de los tipos de ciertos delitos ecológicos, además de permitir una interpretación no sofisticada del maltratamiento de animales".

Esta idea se repite en "La Pachamama y el Humano", donde Zaffaroni afirma que "el bien jurídico del delito de maltrato de animales no es otro que el derecho del propio animal a no ser objeto de la crueldad humana, para lo cual es menester reconocerle el carácter de sujeto de derechos".

Un sector de la doctrina argentina aprecia lo contrario, sosteniendo que estas leyes tienen por fin la protección del derecho del propio animal, aunque representan a la doctrina minoritaria.

Defienden esta posición entre otros, el doctor Eugenio Zaffaroni, ex juez de la Corte Suprema de Justicia, quien afirma que la razón de que los animales no puedan ejercer por sí mismos las acciones para reclamar sus derechos, no debe privarlos de ser sujetos de derechos de estas normas especiales, sino el mismo fin deberían soportar las personas carentes de capacidad de hecho como los dementes, personas por nacer, etcétera. Sin embargo, estas actúan en el mundo jurídico sin objeciones a través de representantes.

No puede dudarse de que los animales poseen capacidad de sentir dolor o placer, independientemente de si cuentan con capacidad para razonar. Por eso, por la razón de que todo lo sienten, deben ser protegidos contra padecimientos, agonías y dolores, ya que la facultad de sentir no es exclusiva del ser humano.

Sobre estas ideas, se concluye que por existir un orden moral, éste indica que no se debe hacer sufrir a los animales. Y es solo este orden el que obliga a una determinada conducta anti maltrato, ya que si bien el animal carece de cultura, la que está reservada solo a los seres humanos, lo contrario, ergo maltratar a los animales sería desvirtuar la esencia de ambas especies. (Aplausos.)

SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Tiene la palabra Marcela Loyola, miembro del colectivo Reforma Ley 14.346.

SRA. LOYOLA Buenas tardes. Nosotros, como colectivo de la reforma 14.346, presentaremos un video que preparamos entre todos.

Se proyecta un video.
SRA. LOYOLA Como verán, en nombre de Luis Pavesio, periodista ambientalista que no pudo estar presente, quien desde su programa que recorre el país ha sido testigo de reclamos y situaciones de maltrato y demás características de distintas regiones del país que ameritan un urgente tratamiento, voy a leer una carta de él: "Más de diez años recorriendo cada punto de este país me permitió apreciar la realidad y la problemática por la que atraviesan los animales, la cual no se da de igual manera en todos los puntos.

"Muchas veces prestamos atención solo a algunos por su estrecha relación con el humano pero no nos acordamos de aquellos que forman parte del todo que también son aniquilados, pescados, cazados, depredados, asesinados o extinguidos, los cuales tienen derechos no menores, sino los mismos.

"La ley 14.346 debe reformarse, de eso no tengo ninguna duda porque toda ley debe ser actualizada, ninguna ley penal puede ser útil cuando el castigo es menor al daño que provoca. Modificar las penas también implica modificar la ley, incorporar tipos de delitos que hoy son necesarios para que estén fuertemente penados por la ley, eso también implica una modificación de la ley.

"¿Por qué conservar ciertos hábitos y costumbres? Reconocer la tradición de un país no implica continuar con actividades consideradas actos de maltrato y crueldad, cuándo basta con saber parte de nuestra historia, pero que nos rehusemos es parte de nuestro presente.

"Hay hechos que forman parte de la historia negra del país que correspondieron a una época hoy repudiada por todos, sin embargo, a nadie se ocurriría revivir esos momentos.

"Por qué debemos soportar anualmente espectáculos que denigran a lo que acá queremos todos defender con el cuento de la tradición y la cultura. Simplemente debemos ponerle fin a muchos espectáculos que configuran explotación, sufrimiento, tortura y muerte de los animales para diversión del humano.

"No se puede avanzar cuando tamaños sucesos siguen dándose en nuestro país, no podemos avalar a algunos y bajar la cabeza y hacernos los distraídos ante otros.

"Desde el colectivo de la reforma de la ley 14.346 peticionamos su modificación. Solicitamos se considere en la elaboración del texto consensuado los siguientes temas: todo animal debe tener sus necesidades básicas satisfechas; ningún animal debe ser explotado para esparcimiento del ser humano; no podemos permitir más espectáculos públicos o privados que involucren la participación de animales; debemos condenar severamente la zoofilia cómo lo hacen los principales países del mundo; el abandono debe ser considerado e incorporado a la ley como un acto de maltrato; debemos terminar con toda experimentación en animales; debemos penar el sacrificio de animales como método de control poblacional; debemos terminar con los criaderos que son sólo fábricas de animales, causantes también del abandono de animales mestizos; debemos prohibir toda mutilación con fines estéticos; debemos erradicar la tracción a sangre y darles la libertad a los animales sometidos, destinándolos a lugares donde puedan terminar su vida dignamente; se debe prohibir el uso de artefactos de pirotecnia que tanto daña a humanos y animales no humanos.

"Entre tantos otros aportes que hagan las organizaciones reconocidas legalmente en nuestro país y comprometidas con la protección animal, queremos que la ley argentina los considere seres sintientes, que se eleven las penas donde se condene los actos de maltrato y crueldad con prisión efectiva, que se incorpore a la educación nacional el respeto por los animales no humanos entre otros.

"Agradezco a los señores diputados que durante estos dos años de permanente lucha atendieron nuestro reclamo iniciando el tratamiento de la reforma a la ley 14.346.

"Seguiremos luchando. Atentamente, Luis Pavesio, periodista ambientalista de C5N." (Aplausos.)

Sr. Presidente (Lipovetzky).- Muchas gracias Marcela y muchas gracias a Luis que siempre trabaja con nosotros y ha ayudado mucho a difundir la necesidad de seguir avanzando con la protección de los animales. Le envió un saludo desde aquí.

Tiene la palabra la señora Marcela Baños, conductora de televisión, de América TV.

SRA. BAÑOS Buenas tardes a todos. Esta carta que voy a leer es en representación de un grupo de gente que pertenece a los medios y que nos hemos unido para empezar a hacer ruido y que nos empiecen a dar bolilla con respecto al tema de la reforma de ley 14.346.

Estoy con Valeria Schapira que me acompaña. Lo que escribimos se lo quiero agradecer a la doctora Silvano que está aquí en la mesa y también a Elba Tiburci de Alerta Galgo, que siempre nos acompaña e hizo posible que hoy estuviéramos aquí.

Paso a leer la carta: "Argentina está en un momento clave en el que debe atender la problemática animal con carácter de urgencia.

"En 1891 nuestro país comenzó a legislar en la materia sancionando la ley 2.876 de prohibición de malos tratos contra los animales. Muchos años después, en 1954, se sanciono la ley 14.346 contra los actos de maltrato y crueldad. Esa ley, actualmente vigente, prevé de 15 días a un año de prisión, siendo la misma excarcelable. Esa ley, innovadora en su momento, ha quedado desactualizada a 65 años de su sanción. Es por ello que debe ser modificada endureciendo las penas, haciendo que existan condenas de complimiento efectivo e incorporando nuevos tipos de delitos que no fueron contemplados en su momento.

"Hace ya largo tiempo, muchísimos países en el mundo comenzaron a legislar a favor de los animales, fortaleciendo sus derechos con leyes que los consideran seres sintientes y estableciendo condenas ejemplares que van desde años de prisión efectiva, hasta importantes multas ante los actos de maltrato y crueldad.

"Estudios especializados determinan que el maltrato a los animales no humanos es un indicador de violencia interfamiliar, social, que permite detectar a una persona violenta.

"Aspectos que deberían contemplarse en la ley de protección animal: hay que comenzar por cambiar el status de los animales; los animales deben tener todas sus necesidades básicas satisfechas fundadas en derechos; no pueden ser sometidos a ningún tipo de esfuerzo, no pueden ser explotados para el trabajo, ni ser hostigados causándoles lesiones, dolor o muerte; no pueden ser sometidos a la reproducción para un fin comercial, aunque también entendemos que el tema de reproducción en los animales depende de la especie, no es lo mismo un animal en peligro de extinción que un perro doméstico; el abandono debe ser penado y considerado como maltrato; debe prohibirse la mutilación de las partes de su cuerpo con fines de mejoramiento o estéticos; la zoofilia debe ser penada; deben prohibirse los espectáculos que involucren la participación de animales; la experimentación con animales tiene que estar prohibida, así como el sacrificio de animales como control poblacional y experimentación; hay que establecer hospitales públicos veterinarios; así como el Código Civil habla del cuidado responsable en el caso de los niños, debería ser de igual manera para los animales, por eso no hablamos de tenencia, porque está ligada a la propiedad del animal y los animales no son cosas; la tracción a sangre debe prohibirse y debe buscarse un lugar adecuado para que los animales explotados vivan el resto de su vida sin maltrato."

Muchísimas gracias a los señores diputados que nos dan esta oportunidad para explicarles y contarles lo que consideramos necesario. (Aplausos.)

Nosotras vinimos en representación de Eleonora Wexler, Matilda Blanco, el "Tucu" López y Anita Martínez que hoy no pudieron venir. También se sumaron Luis Pavesio -recién leyeron su carta y nos ayudó muchísimo-, Mónica Ayos, Matilda Blanco, Fernanda Metilli, Gastón Pauls, el "Negro Molinero" -conductor de Canal 13-, Nora Portela, Tomás Dente, Valentina Godfrid y Valeria Schapira. Muchas gracias a todos. (Aplausos.)

SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Gracias Marcela y Valeria por estar aquí presentes.

A continuación, tiene la palabra Cristina Arce, proteccionista independiente de la ciudad de Córdoba.

SRA. ARCE Buenas tardes. En primer lugar, quiero agradecer a la señora diputad Brenda Austin por habernos dado la posibilidad de estar aquí.

Estoy emocionada porque lo que estamos viviendo es muy importante para nosotros y para nuestros niños, los animales: yo llamo niños a los animales porque los considero mi prójimo, mis hermanos.

Quiero solicitar que la ley 14.346 sea reformada de manera urgente, porque como proteccionista independiente puedo decir que todos estamos invadidos por tanto maltrato. Digo esto como un antes y un después de lo sucedido con nuestro querido Chocolate -de quien tengo una imagen aquí- porque salió todo Córdoba a luchar, a pelear y dijimos basta, basta con ellos.

Estos animalitos no tienen quién los proteja y mucho menos nosotros, que somos proteccionistas, que queremos salvar animales y nos han querido violar, pegar e incluso nos amenazan pero seguimos adelante. No tenemos quién nos proteja y tampoco quién proteja a los animales.

De todas formas, vamos a seguir luchando porque estamos cansados de sufrir, de llorar y de gastar lo que no tenemos para darles a ellos una vida digna. Necesitamos veterinarios que se comprometan a ayudarnos, sobre todo, con el tema de las castraciones con el que no se está haciendo nada.

Personalmente, quisiera que llegado el momento de la castración se los trate bien y no que por ser perros sin dueño se los trate como quieran. Empecemos a valorar a los animales y también a ser humanos con ellos porque con su sensibilidad nos dan ejemplos a diario.

Para venir aquí yo tuve que dejar en mi casa cincuenta y cuatro animales y todos ellos son rescatados. Trece de ellos son lactantes y con la rutina de alimentarlos, no duermo. Quien conoce de esto sabe que cada dos horas los bebés deben tomar su leche y también que se debe estimularlos para que puedan hacer sus necesidades. Cuando termino con el número trece empiezo nuevamente con el primero y hago esta tarea sola sin que el gobierno ni nadie se comprometa a ayudarnos.

Entonces, si quieren que sigamos en esta tarea, ayúdennos. Muchos proteccionistas han muerto infartados porque no damos más, estamos mal, cansados, pero tenemos que seguir en la lucha.

Entonces, por favor, comprometámonos, basta de maltrato con cualquier ser viviente porque todos ellos necesitan una vida digna.

Lo único que pido es que nos escuchen y traten de solucionar esta situación porque es un problema muy grande que venimos acarreando desde hace años, venimos luchando y lo hacemos solos pero no podemos ayudarlos más.

Todos los días aparecen perritos atropellados, despellejados, animales torturados, caballos que se desploman, hembras embarazadas que no llegan a tener sus hijos porque se mueren de debilidad; sin embargo, siguen acarreando carros y después muere ella y muere su bebé. Y cuando los queremos salvar, vienen los carreros y nos quieren violar. ¿Por qué la ley no nos ampara? ¿Qué es lo que pasa? ¡Ayúdennos!

Todavía veo la carita de Chocolate cuando lo agarraba y le decía "manitos frías, dedos frágiles" y me miraba como preguntándome ¿por qué me pasó esto, si yo lo único que quería era la teta de mamá y por eso lloraba?

Seamos un poco más concientes y tengamos más empatía con los animales, ellos están ahí, son seres sintientes, luchemos por ellos. (Aplausos.)

SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Muchas gracias, Cristina. Sí, animales y niños son sinónimos.

Tiene la palabra Carlos Baamonde, médico veterinario con 34 años de experiencia en políticas de salud.

SR. BAAMONDE La educación es la herramienta más importante para evitar actos de maltrato y crueldad hacia los animales no humanos. La educación debe ser abarcativa, inclusiva, implementada tanto a nivel preescolar como en la primaria, secundaria, y nivel terciario. Recalco sobre todo que la educación debe ser hacia los adultos.

La falta de una mejora en la ley 14.346 trae aparejado hechos aberrantes como animales abandonados en la ruta y que nunca exista una cámara de seguridad que identifique al vehículo y por ende al conductor que abandona al o a los animales. En muchos de estos casos, están presentes los menores de edad; de esta forma se están violando los derechos de la niñez. ¿Qué ejemplo da un padre que abandona un animal en presencia de sus hijos? ¿Quién es el responsable si un animal abandonado ocasiona un accidente de tránsito? ¿El animal o la persona que lo abandona?

Los animales que aparecen abandonados año tras años en la costa, ¿son por arquebiosis o por la acción del hombre? Muchos de estos animales son la consecuencia de un regalo de Navidad, de Reyes, pensando que son objetos y no un compromiso que uno tiene de por vida.

¿Cuántas veces mujeres que sufren actos de maltrato o violencia de género no abandonan sus hogares por no dejar a sus animales? Acumuladores o síndrome de Diógenes, que tienen en su casa cientos de animales en situaciones límites; ritos pseudorreligiosos, que sacrifican animales.

Quiero sintetizarlos con dos ejemplos: uno muy reciente a fines de enero de 2019. Sucedió en Mendoza. Se trata del crimen de dos turistas israelíes. El detenido mató a golpes a su mamá y a tiros, a su tía.

Paradójicamente, esta persona se considera un gato. ¿Un gato que tiene un revólver y mata a una persona? Es la primera vez que lo escucho. Esa persona se victimiza al considerarse un gato para ser inimputable. Ese femicida vivía rodeado de animales desnutridos, incluso, vivía con animales muertos.

Lamentablemente, no existen leyes que protejan los casos de violencia de especie. Jurídicamente, los animales son cosas. Si hubiera existido una ley que los proteja, posiblemente, se podría haber evitado este doble femicidio.

El segundo caso es de hace más de 30 años atrás: 22 de octubre de 1988. Un caniche, un perro que no pesa más de 6 kilos, pasa entre los barrotes de un balcón en un piso 13º y -en forma directa o indirecta- mueren tres personas. Acá está el artículo del diario: "Cayó un perro de un piso 13º y mató a una mujer. Hubo otros dos muertos: una señora fue atropellada por un colectivo cuando se acercó al lugar y un hombre sufrió un síncope".

¿Cómo se llama este tipo de delito? ¿Cuántas veces vemos caminar a un gato en la baranda de un balcón o saltar entre balcones de dos edificios? ¿Cuántas veces vemos perros que podrían pasar por los barrotes de un balcón y producir un hecho trágico? La respuesta del propietario es: "Al animal no le va a pasar".

¿Cuál es nuestra responsabilidad? Ellos tienen derechos, nosotros tenemos deberes y obligaciones. Nosotros los domesticamos. En la provincia de Buenos Aires, hay más de 5 millones de animales en situación de calle, ¿qué alternativa de vida les estamos dando?

Todos conocemos sobre la violencia de género -están en todos los medios gráficos y televisivos-, pero cuántos de nosotros conocemos la violencia de especie, que es la madre de todas las violencias. Esta violencia está naturalizada y enquistada en nuestra sociedad. Expresiones como "es una perra", "mirá qué yegua", "andá, anímate, no seas gallina", "che, burro", ¿de qué burro estamos hablando, de aquel del maestro que va a dar clases en el altiplano a un grupo de chicos y es el único elemento para poder llegar a la escuela?

Estás expresiones son predictoras de hechos de violencia a futuro, sin embargo, nunca son tratadas. Repito: los animales son universalmente inocentes. De la violencia de especie se pasa a la violencia de género. Gran parte de los femicidas han cometido actos de maltrato y crueldad animal.

Para finalizar, quiero aclarar que en la ley 14.346 no existe ningún párrafo donde se indique que no se puedan castrar animales preñados. Si queremos evitar la zoonosis es necesario castrar todos los animales que su estado de salud lo permita, hembras preñadas y no preñadas y machos.

¿Cómo puedo no castrar las hembras preñadas de un acumulador que tiene cientos de animales y las crías terminan siendo devoradas por otros animales con los que convive o por las ratas? Eso lo viví a lo largo de mis 34 años de profesión. Si en algún caso, llega a sobrevivir, mueren por falta de comida.

¿Con qué cara puedo mirar a una persona que tarda días o meses en poder acercar a un animal para castrar y decirle que no lo puedo castrar porque está preñada? ¿Con qué cara puedo mirar a esa persona que se acerca a hablar conmigo días después y me comenta que luego de un trabajo de parto agónico no solamente fallecieron los cachorros, sino también la perra o gata falleció porque el cachorro quedó enquistado en el canal del parto?

Cuando nosotros estamos castrando, estamos haciendo salud pública para evitar enfermedades de tipo zoonótica, que se multipliquen, como ser la brucelosis, leptospirosis, micosis, parasitosis, entre otras.

Por último, simplemente, quiero hacer un comentario: espero que la modificación de la ley 14.346 no sea un acto de maltrato y crueldad de los animales humanos hacia los animales no humanos. (Aplausos.)



SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Muchas gracias, Carlos.

Tiene la palabra María Elizabeth Balbi, del Centro de Zoonosis de la Municipalidad de Ayacucho y miembro de la Protectora de Animales local.

SRA. BALBI Traje unas imágenes.

En nombre del Centro Municipal de Zoonosis "Ayacucho", provincia de Buenos Aires y de la Protectora de Animales "Panda" -con 23 años de trayectoria-, agradezco la oportunidad de ser escuchados.

Quisiéramos pedir especialmente que en la reforma de esta ley se tenga en cuenta su carácter nacional en lo referente a las diferentes problemáticas regionales. La realidad que vive el interior de la provincia de Buenos Aires es muy distinta a la de la Ciudad de Buenos Aires o a la de cualquier otra ciudad, y no hablo solo por Ayacucho.

En Ayacucho, tuvimos la suerte de iniciar hace 16 años un exitoso programa municipal de castraciones masivas y gratuitas, por lo que vivimos una realidad diferente de los otros partidos. En estas casi dos décadas, hemos visitado a más de sesenta municipios a lo largo de la provincia de Buenos Aires y hemos visto diferentes situaciones muy feas que a continuación voy a compartir.

Comprendemos que esta es una ley penal y que no le corresponde el tema de las castraciones, pero sí otros temas derivados de la falta de castración, como por ejemplo, el abandono y la matanza de crías.

En la mayoría de los municipios del interior bonaerense, como en muchas localidades del país no hay programas municipales de castraciones masivas o no son eficientes. En muchas localidades, no hay siquiera veterinarios privados que hagan castraciones porque se dedican a grandes animales o ni siquiera existe un veterinario en la localidad. Entonces, la gente tiene que viajar kilómetros para encontrar un especialista en animales pequeños.

Demográficamente, las ciudades están un poco estancadas en su crecimiento poblacional humano, sin embargo, el crecimiento poblacional de perros y gatos es exponencial. Crecen las poblaciones felinas porque las hembras están sin castrar y permanentemente en celo, al igual que las caninas.

En ese contexto, ¿qué sería considerado abandono, si la gente no tiene cómo acceder al servicio público para poder controlar los nacimientos de sus animales? ¿Consideramos abandono el desborde de un hogar que ya no puede contener más animales, donde cohabitan varias generaciones con diferentes problemáticas como las peleas por una cuestión de territorio y jerarquización?

A veces la gente de campo parece dura con los animales, pero también hay que considerar que están en una posición muy desventajosa con respecto a las ciudades, no tienen acceso a ningún tipo de servicio o -repito- están a varios kilómetros.

Además, las autoridades municipales no dan ningún ejemplo de buen trato con los animales.

En la filmina que se está proyectando vemos uno de los lugares que hemos visitado, un refugio. Todas estas imágenes tienen en común que son lugares municipales, no son refugios particulares. Obsérvese en ese lugar la decadencia de la infraestructura, los animales amontonados, sin calidad de espacio ni tampoco límite de animales por espacio; así como entran se van ubicando.

Como vemos, los animales hacen cuevas para poder dormir porque sufren de hipotermia, conviven machos y hembras sin castrar y ellas tienen cría dentro de los predios. Allí podemos ver un cachorro muerto y por supuesto, su madre parió en ese espacio que es un verdadero horror. Obviamente, hubiera sido preferible castrar a esa hembra aunque hubiera estado preñada o a poco tiempo de parir.

Todos estos lugares son de muy difícil acceso, no se puede llegar fácilmente porque los caminos son muy largos y además, siempre están ubicados detrás de los basurales, en el último lugar del basural se ubica el predio municipal. Me pregunto ¿qué persona va a ir a adoptar animales a ese lugar? Es prácticamente imposible el acceso; es dificilísimo llegar hasta allí.

En la siguiente filmina vemos que conviven distintos animales, por ejemplo, esa perra que tenía un tumor de Sticker, preñada e iba a parir allí, estaba rodeada de otros perros de un porte mucho más grande y el cachorrito que ven debajo de la foto murió.

En la siguiente filmina vemos otro fenómeno que se da en lugares en los que se amontonan muchos animales; me refiero al canibalismo. Se puede observar en el recuadro siguiente la foto de un perro que fue comido por sus congéneres en predio.

Se preguntarán a qué viene todo esto. El Estado está dando este ejemplo de maltrato con los animales por no hacer lo que corresponde. Por eso se pide que haga un buen programa de castraciones masivas y gratuitas para empezar a educar a la población en cuanto al cuidado con los animales.

En el mismo sentido, no es posible el abandono, pero me pregunto: ¿cómo se puede decir a la gente que no los abandone si no se le da la posibilidad de esterilizarlos? Obviamente, se trata de un acto de maldad y crueldad, pero el Estado es el primero que lo está haciendo porque está hacinando animales en un lugar que solamente es un pasaje de ida, ya que de esos refugios escondidos detrás de los basurales no vuelven más.

Para finalizar, con todas estas imágenes -que muchos conocemos- apuntamos a que el Estado haga un buen programa de castraciones gratuitas, masivas, extendidas, tempranas y abarcadoras en todo el territorio de la República para así empezar a dar el ejemplo de buen trato con los animales. (Aplausos.)

SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Muchas gracias, Mara.

Si bien coincido con que se trata de una política local, tendremos que ver cómo nosotros, desde la ley, podemos incentivar a que los Estados locales trabajen el tema de la castración como una manera de proteger a los animales.

Tiene la palabra Edgardo Di Salvo, médico veterinario de ALUISA, Asociación Civil.

Sr. Di Salvo.- Buenas tardes a todos, les agradezco el espacio. Mi nombre es Edgardo Di Salvo, soy médico veterinario y miembro fundador de ALUISA, una asociación civil que brega por la Integridad social y el Derecho Animal en la Argentina.

Traigo a esta sala la voz de -como mínimo- 220.000 ciudadanos sensibles que se expidieron, mediante firma electrónica, en defensa de los derechos animales, acompañando la lucha que llevamos desde hace años. Una lucha plagada de abusos y asimetrías, de explotación, llevados adelante por diferentes intereses corporativos, cosificadores, oscuros, mezquinos, validados por intereses económicos y muchas veces amparados por los poderes de turno, generando por acción u omisión, sometimiento, dolor y muerte.

Desde la sociedad que me toca luchar, insto a sacudirnos el marasmo en el que estamos inmersos y canalizar acciones efectivas en defensa genuina de la animalidad.

La actual ley de protección animal 14346/54 es la "Ley Benítez", mal llamada "Ley Sarmiento". Este señor Benítez, un visionario, ha considerado desde hace 65 años que los animales son víctimas, posibilitando a la Justicia en este siglo avanzar en defensa de sus derechos naturales, logrando actualmente contar con un instrumento jurídico efectivo que salva vidas y libera esclavos.

Desde ALUISA, tal cual lo expresado oportunamente por nuestra abogada, la doctora Marina Garrido, quiero ratificar la necesidad de aumentar las penas de 4 a 6 años de cumplimiento efectivo, tal como surge de experiencias legislativas aprobadas en los países mas evolucionados en este ámbito donde sí se respeta y se considera la vida, sin derogar ningún artículo, pero abriendo la posibilidad de analizar cada tema en profundidad, agregando los ítems no tipificados aún en el Código Penal, e incluyendo la abolición con reconversión y prohibición expresa de la tracción a sangre. (Aplausos.)

Seguiremos bregando y accionando dentro de la sociedad de derecho para lograr la puesta en vigencia de la Ley No Más TAS, que hace dos años duerme en el sueño de los justos. Sabemos que con poder ciudadano podremos lograr una Argentina más justa e inclusiva.

Para finalizar, leeré un informe veterinario que muestra crudamente el flagelo de la TAS, a lo que me refiero a diario, y por el que luchamos denodadamente a diario y en todos los frentes. Este informe acompaña y valida un recurso de amparo presentado por el doctor Barnabá en la localidad de Quilmes para hacer cumplir la prohibición de la ordenanza de no tracción a sangre.

Usaré dicho informe porque hace una pintura cruda de lo que es la realidad que nos toca vivir a todos los veterinarios que nos dedicamos a esto y también, por supuesto, a todos los proteccionistas, en este caso de equinos, aunque sin dejar de lado al resto de los animales.

El informe dice: "En mi carácter de médico veterinario acreditado en Sanidad Equina, rescatista y con vasta experiencia en la problemática del sector, habiendo efectuado innumerables informes veterinarios y peritajes judiciales en el ámbito del derecho animal -caso Muñeco, General Sarmiento, Chubut; caso Destacamento de Caballería Montada, Pilar, Buenos Aires; caso Ecoparque, CABA; caso Galgos Maltratados en Alejandro Korn, Buenos Aires; por nombrar algunos destacados- he sido convocado a efectuar el presente informe sanitario ambiental relevando su real situación físico emocional de la población equina afectada a la explotación de la tracción a sangre de carro urbano y suburbano en la localidad de Quilmes, a fin de acompañar y validar de modo indubitable un formal recurso de amparo.

"Es necesario destacar que la población equina actualmente -conforme lo suscripto en julio de 2012 en la Declaración de Cambridge sobre Conciencia Animal, y proclamado previamente en 1978 por la Liga Internacional y las personas físicas asociadas a ella en la Declaración Universal de los Derechos Animales aprobada por la UNESCO y posteriormente la ONU- son considerados seres sintientes con conciencia plena.

"En el marco de lo antes mencionado, detallaré la gravísima situación sanitaria que me toca transitar a diario desde hace muchos años al asistir y rescatar caballos exhaustos y desplomados en la vía pública, con sus cascos dañados, resquebrajados, sin desvasaje y con herrajes deficitarios o faltantes, angulaciones podales que generan tendinitis, lesiones tendinosas agudas y patologías crónicas e irreversibles, laminitis e infosuras, daños óseos y osteoarticulares que afectan toda la economía del animal y desencadenan agonía y muerte.

"Lesiones musculares, úlceras, erosiones provocadas por aperos deficitarios, pelaje hirsuto y desgreñado con signología parasitaria, infecciones que se agravan con el correr de los días frente a la falta de curaciones y trato desaprensivo. Enfermedades infeccionas víricas y bacterianas, como el tétanos, que provoca un padecimiento agónico atroz y agudo con una muerte cruelmente inexorable, pudiendo evitarse con una simple vacuna anual, pero que en general ningún equino de carro está protegido.

"Animales famélicos, alimentados en basurales a cielo abierto, en la vía pública y cursos de agua, como por ejemplo el arroyo Las Piedras, entre otros, que determinan cólicos digestivos espasmódicos u obstructivos con lamentables consecuencias mortales.

"Lesiones provocadas por acciones deliberadas configurando maltrato al intentar que caminen cuando los equinos están agostados y se desploman en la vía pública, laceraciones, lesiones incisos punzantes, cortes, golpes con objetos contundentes y hasta empaladuras por vía anal y vaginal, verdaderas torturas de inusitada violencia, situaciones impunes de creciente intensidad."

Otras situaciones a tener en cuenta, y que se desprenden de la TAS, son el permanente robo y abigeato de equinos denominado cuatrerismo, que son destinados a faena clandestina y a la venta y alquiler de los mismos, alimentando un círculo vicioso ya que estos caballos terminan atados a otros carros en localidades aledañas.

Niveles altísimos de accidentología humana y animal provocadas al transitar carros inseguros, de fabricación ilegal, producto de robos e ilícitos en un sórdido mercado negro. Transgresiones sistemáticas a las normativas vigentes del registro provincial, como así también graves alteraciones del tránsito.

Otro capítulo muy importante a destacar es la situación a la que están sometidos niños y adultos explotados, revolviendo basura sin protección alguna y pasibles de contraer enfermedades gravísimas con alto grado de morbimortalidad, como lo son el hantavirus que transmiten las ratas, el síndrome urémico hemolítico al ingerir comidas de la basura, diarreas, hepatitis con posibilidades ciertas de contraer rabia, cortes punzantes, con infecciones de tétanos y HIV Sida por manipulación de residuos patogénicos y material hospitalario.

Es decir, tanto caballos como personas humanas sometidas a la barbarie libradas a su suerte, verdadero oprobio y cáncer social que dista mucho de ser un trabajo formal de reciclaje de sólidos urbanos, configurando una situación injusta de subvivencia social innecesaria, ilegal e inmerecida en el siglo XXI. Sumemos a esto el daño psicológico irreversible y el estrés traumático y postraumático que sufren personas humanas y animales no humanos en este ámbito que nos ocupa.

Puedo afirmar de modo concluyente que la tracción a sangre de carro urbano es una problemática que debe ser tomada en el marco de una política de estado, siendo vista, estudiada, reconvertida, sustituida y erradicada, con prohibición absoluta de circulación en el ejido urbano y suburbano.



Dando respuestas válidas en beneficio de todo modo perentorio e irrevocable.

Finalmente subrayo la responsabilidad profesional y ética necesaria para testimoniar claramente acerca de este flagelo al expedirme e involucrarme desde hace muchos años en pos de una movilidad social ascendente con verdadera y merecida justicia humano animal.

Por último, quiero recordar que las conclusiones del Primer Congreso Mundial de Derecho Animal, llevado adelante durante el año pasado en la ciudad de Corrientes declara claramente que la TAS es un delito penal que debe ser prohibido y abolido. (Aplausos.)

SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Tiene la palabra Cecilia Inés Domínguez, abogada y delegada de la Asociación de Funcionarios y Abogados por los Derechos de los Animales, AFADA.

SRA. DOMÍNGUEZ Buenas tardes a todos, mi nombre es Cecilia Domínguez, abogada de AFADA. Como tenemos poco tiempo prefiero leer mi exposición para ser un poco más concreta y no explayarme tanto.

Durante estos días estuve leyendo los proyectos de ley que se encuentran en pleno debate parlamentario por la reforma de la actual ley 14.346, de Protección de los Derechos de los Animales. Para mi sorpresa, o no, me encuentro con proyectos de ley que en lugar de adecuarse a la ley actual e ir más allá en pos de la protección de los derechos de los animales, de aprobarlos implicaría un grave retroceso en materia de protección de sus derechos.

La Argentina fue pionera en el año 1954 en materia derecho animal al sancionar una ley que hasta el día de hoy sirve para su protección. De ella se ha derivado un gran avance en materia judicial, habilitando, entre otras muchas cosas, que la Corte Suprema de Justicia de la Nación emita fallos que protegen a los animales, que se hayan presentado Habeas Corpus otorgándoselos a animales no humanos. Tal es el caso de la orangutana Sandra. O simplemente habiéndoselos declarados sujetos de derechos no humanos como ha ocurrido en el fallo de la chimpancé Cecilia, en el zoológico de Mendoza.

La actual ley 14.346 es una ley pionera en nuestro país donde se les da la jerarquía de sujeto de derecho a los animales no humanos.

A trasmano de todo este progreso a nivel nacional, hoy en día nos encontramos en una situación en la cual lo que se busca es modificar o incluso derogar una excelente ley. Más allá de su técnica legislativa imperfecta por la modificación del lenguaje, o la escasez de los tipos penales, sabe con su articulado brindar la protección a los animales no humanos.

Los diversos tipos de leyes que han sido presentados cuentan con demasiadas falencias tales como: tipos penales muy amplios y abiertos, algunos no prevén pena de prisión sino que simplemente aplican multas; la técnica legal no es efectiva al momento de litigar; brinda definiciones inexactas; le permite a las provincias adherir a los proyectos -por lo tanto que cada provincia tendría la posibilidad de adherirse, o no-; la técnica legislativa sigue utilizando lenguaje inadecuado tal como "propietario", "dueño", "mascotas", "mascotas domésticas"; proponen derogar la 14.346; se desliga la responsabilidad del Estado adjudicándole tareas a quienes actualmente se encuentran como proteccionistas; autoriza la compra y venta de animales no humanos cosificándolos; permite la tracción a sangre; algunos de los proyectos se encuentran enunciados como leyes civiles y no como leyes penales; no prevén qué hacer con las jineteadas, la doma, la caza de animales; hablan sobre la explotación animal regulándola; en muchos casos rebajan la dignidad que han adquirido durante todos estos años como sujetos de derechos; cosifica a los animales no humanos; habilitan las carreras de canes, algo prohibido la actualidad por la actual ley 27.330. Muchísimos de ellos poseen graves y serios errores de conceptos que son altamente visibles.

En el plenario anterior que se realizó el 26 de marzo, usted señor diputado Lipovetzky, dijo que siempre vamos para más protección no para menos y hoy lo volvió a decir. No obstante, no logró visualizar que los proyectos que se encuentran en debate logren llegar a cubrir dicha protección.

Debemos realizar una reforma de la actual ley 14.346 estableciendo a esta como un umbral mínimo de protección de los derechos de los animales no humanos. Así como en diversas ramas del derecho contamos con el principio de progresividad -ya sea en materia de derechos humanos, derecho laboral, derecho penal, derecho del consumidor-, apliquemos este mismo principio en la reforma que queremos hacer de esta ley y que siempre sea en miras de la mayor protección de los derechos de los animales.

Se deben evaluar diferentes premisas para aplicarla.

En primer lugar, la ley debe ser para todo el territorio de la República Argentina, no brindando a las provincias la posibilidad de que adhieran a ella. La ley es parte del Código Penal y como parte del mismo es materia de fondo, materia que ha sido delegada por las provincias del territorio de la República Argentina en los artículos 75, inciso 12, y en los artículos 121 y 126 de la Constitución Nacional. Resulta atípico, entonces, qué leyes que establecerán penas de prisión propongan en su redacción la posibilidad de que las provincias adhieran o no a ellas.

Hay provincias dentro del territorio de la República Argentina que sostienen que la actual ley 14.346 no rige en su territorio. Desde hace un tiempo, por ejemplo, en una de las provincias del territorio nacional se comenzó a evaluar la posibilidad de permitir de nuevo las carreras de galgos- supuestamente dicha provincia alega que no se encuentra adherida a la ley 27.330. La ley que se emita es una ley penal, y como tal debe cumplirse en todo el territorio de la República Argentina.

Debe establecerse también la obligatoriedad de que el Poder Judicial se instruya respecto de esta ley. Hay fiscales que están ocupando cargos en la actualidad que desconocen la aplicación de la actual ley actual. También es imprescindible que se comience a educar a las generaciones de niños respecto de los derechos de los animales, así el día de mañana tendremos una sociedad más empática para con ellos. Veo con gran necesidad aplicar agravantes en los casos de maltrato animal que se realicen frente a niñas, niños y adolescentes. Cuando los niños crecen naturalizando la violencia dirigida hacia los animales no humanos, se generan humanos cuyos frenos inhibitorios fueron vulnerados y por lo tanto maduran y se desarrollan siendo proclives a cometer actos de crueldad, tanto en seres humanos como en animales no humanos.

En los proyectos que he visto se habla muchísimo de animales de compañía, pero no se hace mención alguna a animales salvajes o domesticados, quitándoles toda la protección con la que cuentan en la actualidad por la ley 14.346. Hoy en día animales tales como elefantes, chimpancé, jabalíes, pumas, guanacos, cóndores, animales acuáticos y animales de distintas especies cuentan con una protección penal, la cual dejarían de tenerla si no realizamos una reforma adecuada. La protección penal debe estar dirigida hacia todos los animales no humanos, no solamente hacia algunos.

Es imperante tener presente que la naturaleza jurídica de esta ley debe ser y es la protección de los derechos de los animales no humanos como víctimas de maltrato y crueldad animal, y su ámbito de aplicación es todo el territorio de la República Argentina.

Manteniendo las premisas de realizar una reforma coherente y acorde a las necesidades actuales de ellos, dado los casos de maltrato animal que se están vislumbrando, la reforma deberá contemplar la elevación de la escala penal, ya que actualmente la misma ha quedado más que desajustada respecto de los diversos delitos penales que se encuentran esbozados en nuestro Código Penal. A su vez, fue sabia la redacción de la actual ley 14.346 al establecer, entre el listado de delitos, la diferencia entre actos de crueldad y actos de maltrato animal.

He escuchado atentamente en el plenario anterior que se hizo mención a la incorporación de nuevos tipos delictivos, entre ellos la zoofilia, el abandono, la prohibición de las castraciones a término, la prohibición de la tracción a sangre, la experimentación con animales, el bestialismo, etcétera. Veo con gran valor la aplicación del biocidio dentro del tipo penal, algo que está sucediendo con recurrencia en nuestro país, en diversos hechos que han acontecido, por ejemplo, en Mendoza.

Para finalizar, es nuestro obligación realizar una modificación de la actual ley 14.346 lejos de paradigmas antropocentristas y en miras a la protección de los derechos de ellos, que son las víctimas, los animales no humanos, los sujetos de derechos. (Aplausos.)

SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Sin duda, el proyecto debe establecer claramente que sea de aplicación en todo el territorio de la República Argentina. Vamos a trabajar en eso para que quede absolutamente claro en la redacción que no tiene que ser de adhesión el tema penal, justamente por la naturaleza penal y aumento de las penas. No va a quedar ninguna duda al respecto.

SRA. DOMÍNGUEZ ¿Me permite una interrupción señor presidente?

SR. PRESIDENTE LIPOVEZTKY No, fue solamente aclaración para que no haya dudas al respecto de la que la voluntad es que se aplique en todo el territorio del país, para eso estamos trabajando.

Tiene la palabra el señor Leopoldo Estol, especialista de bienestar animal, vicepresidente de la Red Mundial de Médicos Veterinarios Especialistas en Bienestar Animal.



Sr. Estol.- Muchas gracias, señor diputado.

Para la red es una satisfacción estar en este espacio, sobre todo, porque estamos dando visibilidad a una situación que la profesión veterinaria ofrece como un marco de referencia en el concepto de lo que son las especialidades.

Muy pocas veces se había reconocido, hasta los últimos años, que el bienestar animal era una especialidad específica en la medicina veterinaria. Cuando se aprobó en el Consejo Profesional de Médicos Veterinarios la ley de reglamentación de especialidades, estaba seguro de que este tema no iba a estar incluido y tuve que explicar a mis colegas qué era el bienestar animal, aspecto que finalmente se pudo sumar.

Dicha suma nos trajo una realidad que para muchos era confundida porque no nos la habían enseñado en la facultad. Esto es así para cualquier veterinario que haya egresado de una facultad Argentina, salvo que tenga menos de cinco o diez años de recibido.

La asignatura Bienestar Animal se empezó a dictar en una sola facultad en el país, se dictó durante quince años y esa Facultad de Veterinaria fue la primera en el mundo que tuvo la materia obligatoria, ya que en los pocos casos en que existía era una materia optativa.

El primer profesor de Bienestar Animal del mundo, el doctor Broom, de Cambridge, durante muchos años fue tomado como referencia de una materia optativa.

Cuando me ofrecieron la oportunidad de este espacio para explicar qué estábamos haciendo, es lo mismo que digo a mis colegas cuando doy una charla: "Nos tenemos que enfrentar a un cambio en la educación".

Sin embargo, cuando hablamos de ese cambio, tal como se observa en la filmina que lamentablemente no sé si podrán leer a la distancia -pido disculpas por la letra porque no salió con el tamaño adecuado y no me imaginaba que se iba a ver tan mal-, pero entre lo que yo pienso, lo que quiero decir, lo que creo decir, lo que verdaderamente digo, lo que ustedes quieren oír, lo que realmente oyen, lo que creen entender, lo que quieren entender y lo que realmente entienden, existen nueve posibilidades absolutas y reales para que no nos entendamos. Este es el primer problema con el que nos enfrentamos cuando hablamos de bienestar animal.

Existe la duda para muchos, lo planteo con mis colegas cuando hablamos del bienestar animal y del derecho a los animales, que no es una opción sino dos cosas que se complementan porque el bienestar animal es un aspecto científico.

Si observan la filmina, sobre el lado izquierdo, verán una de las mejores imágenes que he visto sobre el significado del bienestar animal y todos los temas relacionados con él.

Por otra parte, los derechos con una posición jurídica -como la que estamos escuchando aquí-, una posición social y una posición verdaderamente filosófica, ya que hay filósofos muy valiosos que hablan del bienestar animal y también de los derechos animales.

En cuanto a los derechos animales, la tauromaquia para nosotros es una de las contradicciones jurídicas que tiene la Unión Europea, ya que vemos que está prohibida en toda Europa pero se la acepta jurídicamente porque es un tema de tradiciones. En ese sentido, no tienen reparo como tampoco lo tienen con el paté de foie gras que se considera tradicional.

Personalmente, siempre me concentro en la imagen de esta mujer, Ruth Harrison, a quien le debemos el nacimiento del bienestar animal. Ella fue periodista y produjo un libro que, cuando salió a la luz, creó una tremenda crisis en la sociedad inglesa. Obviamente, en esos años no había internet, creo que la televisión todavía estaba en los albores. La salida de este libro a la prensa fue realmente un caos. La gente dijo: "No puede ser que a los animales se los traten de esta forma". Se trata de este libro: Las máquinas animales, de Ruth Harrison.

Realmente, fue una precursora de lo que serían -hoy por hoy- las denuncias. De esa denuncia salió el nacimiento del famoso informe dirigido por el profesor Brambell, que fue el primer aporte de la medicina veterinaria sobre estos temas.

De dicho informe, salieron las cinco libertades traducidas en forma literal, pero que preferimos en español hablar de las cinco necesidades, ya que la animal no tiene la libertad de no tener hambre ni sed, sino que realmente tiene la necesidad de que el hombre provea de que no tenga hambre ni sed.

Siempre aclaro que el tema de las necesidades, el tema del bienestar animal se aplica a todos los animales bajo dominio del hombre. Al respecto, recuerdo que el decano de la Facultad de Veterinaria de Cornell, allá por el año 1987, nos dijo que en el siglo XX -y estamos hablando de unos cuantos años atrás-, el bienestar animal sería el tema más importante de la medicina veterinaria.

Les puedo asegurar que eso no pasa en todo el mundo, no pasa en toda América, no pasa en toda América latina; recién está empezando a ocurrir en los últimos años -afortunadamente-, pero está empezando a ocurrir con mucha lentitud porque hay tremendas dificultades.

Esta es la realidad que yo puedo decir del bienestar animal y de los veterinarios. No hubo una preocupación de la profesión veterinaria hasta mediados de los ochenta, no interesaba dar esta materia en la Facultad. Después, los avances que surgieron en el tema de bienestar animal, no surgieron de la mano de los veterinarios, surgieron de la mano de los que serían científicos animales, que tenían un máster, un PhD, y daban el aporte de su ciencia. En el sentido de la aplicación de todo esto, recién hoy podemos decir que se empieza a trabajar pero es muy lento.

Dentro de esa lentitud, nos encontramos en muchos casos con esto. Ustedes dirán: ¿qué tiene que ver esta imagen de Goya? Tiene que ver con una de las grandes dificultades que tiene el tema animal. En el cuadro se observa este duelo a garrotazos en el cual dos personas enterradas en la arena -marco Goya-, que se estaban peleando hasta matarse porque no estaban de acuerdo en algo. Pero ese "no estar de acuerdo en algo" -según ellos- era una forma de afrontar una discusión.

El asno de Buridán, de Aristóteles, era también la mejor representación gráfica. La representación de los dos asnos que cada uno quería comer, ninguno se ponía de acuerdo y los dos acabaron quedándose muertos de hambre.

Quino fue mucho más inteligente cuando mostró el criterio de lo que para él era el asno de Buridán: el asno que está a la derecha fue el que realmente comió.

La nuestra es una Asociación de Veterinarios en el mundo, que está ofreciendo este tipo de especialidad y dentro de ella lo que nos importa son los animales. Hubo una reunión el otro día en la cual el Colegio Veterinario de la Provincia de Buenos Aires, la Federación Veterinaria Argentina, la Facultad de Veterinaria Argentina y nuestra Red se presentaron a convocación de AVEACA. Entonces, este grupo de veterinarios estamos trabajando para hacer un proyecto de ley para que la sociedad tenga el aporte de la Medicina Veterinaria.

El trabajo que dejamos nosotros es un poco largo, lo dejamos a disposición de todos ustedes, como nos habían pedido por Secretaría. Se trata de proposiciones que hacemos de los diez puntos que se podrían llegar a tratar. (Aplausos.)



SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Gracias, Leopoldo.

Por supuesto, todos los documentos que nos quieran dejar quedan en la Secretaría de la Comisión de Legislación General a disposición de cada uno de los diputados. Todos los aportes son bienvenidos, como dije al comienzo. No tenemos un texto base, por lo tanto, cualquier propuesta de redacción que nos quieran acercar será considerada argumento para elaborar luego un dictamen.

Tiene la palabra María José Domínguez Edreira, abogada, docente de la UBA.

SR. SERRA Una consulta: ¿podré empezar yo? Estoy con ella. Juan Ignacio Serra es mi nombre.

SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Sí, si está de acuerdo María José.

SR. SERRA Nosotros formamos parte de la materia de Derechos Animal de la Facultad de Derecho de la UBA. Tenemos un documento que armamos todos los docentes para entregar y nos limitaremos únicamente a decir cuáles son las observaciones que vemos en todos los proyectos presentados y cuáles son -a nuestro entender- los presupuestos mínimos que debe tener una ley de maltrato animal.

Vimos que hoy se tocaban dos temas -específicamente- que hacían referencia a la naturaleza jurídica y al ámbito de aplicación.

Me parece que ya quedó claro cómo tiene que ser aplicada una ley penal. Cuando hablamos de naturaleza jurídica, se ha discutido siempre cuál es el bien jurídico que viene a proteger la actual ley 14.346. Se ha entendido que es pluriofensivo el bien que se viene a proteger, es decir, no solo se protege un propósito superior de educación, la moral pública, la grave perturbación del orden moral, entre otros, la cultura, el medio ambiente, sino que fundamental y ponderantemente se protege el derecho del propio animal, como entienden distintos tratadistas, como Roxín, Bécker, o Zaffaroni, que ya nombraron.

Para empezar, quiero comentarles qué proponía el proyecto de Benítez en 1954. Ya todos conocen lo que salió como ley 14.346; pero ya en 1954, querían tipificar como delito tener encerrado a un animal, carente de luz y aire o expuesto al sol en verano o a la intemperie en el invierno. Querían tipificar transportar animales vivos en épocas inadecuadas, hacinados, atados o arrearlos, si están en malas condiciones. Querían tipificar exasperar y mortificar a los animales y mantenerlos atados. Querían tipificar matar animales para el consumo con métodos que no aseguren su muerte inmediata y al mínimo sufrimiento, destruir nidos, desplumar aves, utilizar animales vivos como cebo o alimento, practicar el tiro deportivo de animales, causar la muerte de animales que no sean considerados como plaga o dañinos, si no es por motivos humanitarios.

Las penas iban hasta los tres años. Es decir, en 1954, ya estas conductas, los legisladores o en este caso, el diputado Benítez las consideraba como delitos.

¿Qué observamos negativo en una ley penal, en estos proyectos para modificar la 14.346? Se busca reconocer al animal como sujeto de derecho. Y no digo que está mal y que si no, el animal tiene que ser un sujeto de derecho y tiene que reconocérselo, pero claramente una ley penal no es la forma para hacerlo. Es decir, los animales tienen que dejar de ser considerados cosas para nuestra normativa, tienen que dejar de ser algo para el ordenamiento jurídico para pasar a ser personas, alguien, como realmente lo son, sujetos de derecho.

Habla de la consideración de los animales como mascotas, los animales domésticos, o mejor dicho los animales de compañía, que los considera como mascotas. A los animales silvestres los considera como salvajes y así veo que a lo largo de todos los proyectos -al igual que en la ley 14.346- se continúa utilizando palabras que son vagas, ambiguas, que forman tipos penales abiertos. Es decir, esos tipos penales que necesitan de disposiciones legales para ser complementadas. Se continúa utilizando instrumentos que no son de simple estímulo, jornadas excesivas, innecesarios castigos, sensaciones dolorosas, estado físico adecuado, intencionalmente, sufrimiento innecesario.

Así también distintos proyectos hablan de medidas razonables, adiestramiento no severo, características que lo requieren, fines de mejoramiento, motivos de piedad. Así hacemos un listado de la cantidad de palabras que dejan un mar de dudas a la hora de que se discuta si realmente hay maltrato o no y el juez o el fiscal que esté investigando dé lugar a dudas y a que las causas se archiven.

Como dato de color, tengo una estadística -aparte del trabajo que nosotros hicimos- que muestra que en 2009 en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hubo 218 causas de denuncias por maltrato animal y cómo fueron aumentando, para llegar a 2016 con 470 casos denunciados, 2017 con 1.031 y 2018 con 1.220 casos.

Cabe señalar que la mayoría de estas causas se archiva por atipicidad. Es decir, se denuncian conductas que no son delitos que, obviamente, sí deben ser considerados maltrato pero son archivadas porque son atípicas para la ley 14.346. Se denuncian hechos sobre los que hay falta de prueba, hechos en los que no se puede reconocer específicamente cuál es la persona que comete el delito.

En este sentido, tenemos una enorme cantidad de denuncias y vemos un gran crecimiento gracias a una población cada vez más educada, y a la facilidad para que la gente pueda denunciar. Sin embargo, esto continúa y el porcentaje de causas que llegan a una sentencia o a una condena -por más que sea en suspenso- son muy pocas.

Asimismo, vemos que continúa permitiéndose la tracción a sangre, a pesar de la gran cantidad de gente que reclama. En distintas oportunidades en este recinto se mencionó que va a tratarse el tema de la tracción a sangre y, obviamente, necesitamos que se prohíba.

En cuanto a la fauna silvestre, es un tema aparte. La ley de fauna silvestre pertenece a la época de la dictadura militar de Videla y necesita urgente tratamiento, pero claramente no es materia de lo que nos compete que es la ley 14.346.

Solo a título informativo, la ley de fauna silvestre permite la caza, el comercio y la explotación. Se trata de un sistema totalmente burocrático en el que hay un mar de dudas, y deja lugar a que millones de animales de nuestra fauna mueran a diario en manos de gente que viene a divertirse desde afuera -aunque también argentinos- cazando y tildando de deportiva esta forma de matar animales. Además, permite la venta, la cría y el comercio de animales de compañía.

En este punto quiero hacer otro paréntesis porque se habló mucho de la castración y yo vengo hablar de la prohibición de venta de animales. La superpoblación que tiene nuestro país, en el que cada cuatro personas se entiende que hay un animal, se produce justamente por la venta indiscriminada a cualquier persona -lo que podríamos llamar una calentura del momento a lo que se refirió como regalos en época de festejos.

Es necesario terminar con la venta de animales que, a mi juicio y el de muchos, es la principal causa del abandono. La invitación a que las provincias adhieran y la reglamentación -a la que se hace mención en muchos proyectos- claramente no deben estar presentes en ninguna ley; tampoco debe figurar la aplicación a animales únicamente domésticos.

Considerar maltrato dar agua fresca, limpia, o cuidado, descanso adecuado, cobijo a los animales a la intemperie o entregar a personas irresponsables". Entiendo que obviamente a un animal hay que alimentarlo bien, hay que darle agua limpia pero el descanso adecuado, el cobijo y el que una persona entregue un animal a otra irresponsable son tipos penales muy complicados de controlar y sancionar.

Permite la experimentación si el animal utilizado no tuvo domesticación previa, permite la caza deportiva, permite matar por razones de salud, por seguridad pública o prevenir daños a las personas". Uno de los proyectos dice: "Cuando se realizare para prevenir grandes daños a la producción agropecuaria en general, de acuerdo a las normas vigentes y sin provocarle sufrimiento, no se entenderá aceptada la muerte de animales domésticos salvo que a criterio del juez existiere causa justificada, que el resultado fuera proporcional al daño a evitar y en ningún caso, la represalia". Realmente, estos son aspectos que no entiendo.

Por último, crea registros para distintas cosas. Además, toca temáticas procesales y nombra autoridades de aplicación, que son temas procesales que esta ley tampoco debe tener.

En líneas generales, se mantiene la consideración del animal como un instrumento de trabajo, la tracción a sangre, se permiten actividades como la doma, las jineteadas, los ritos, la vivisección y la experimentación. Es decir, se legisla sobre temas que no son de la ley de maltrato animal, como la fauna silvestre y los tipos penales abiertos.

Obviamente, tiene cosas a favor pero ya no dispongo del tiempo para enumerar. A continuación, Majo hablará sobre los presupuestos mínimos que consideramos son necesarios para una ley de maltrato animal. (Aplausos.)



SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Es interesante la introducción de la ley de fauna silvestre, algo que no había surgido en el debate y que hay que considerar por tratarse de dos tipos de normas que deben ser diferenciadas.

Tiene la palabra María José Domínguez Edreira.

SRA. DOMÍNGUEZ EDREIRA Yo hablaré sobre los presupuestos mínimos que necesita una ley de maltrato animal.

En primer lugar -y considero que esta es una de las cosas más importantes-, todos los animales deben estar incluidos, no solo los domésticos. No se debe variar su status jurídico de ser una ley penal de aplicación nacional, por tanto no necesita adhesión de ninguna provincia.

Las conductas que son consideradas y tipificadas como maltrato y crueldad en la ley 14.346 no pueden dejar de ser consideradas como tales en una reforma, lo contrario marcaría una involución y retroceso legal y social.

Las penas aplicables deben ser acordes con los demás delitos y teniendo en cuenta los antecedentes existentes. Por ejemplo, en la ley de prohibición de carreras de perros -ley 27.330- la pena prevista es de tres meses a cuatro años de prisión y una multa de 4.000 a 80.000 pesos.

El daño agravado por utilización de veneno o infecciones y contagios en aves y animales domésticos, tal y como lo tipifican los artículos 183 Y 184 del actual Código Penal prevén una pena de tres meses a cuatro años de prisión. Esta sería nuestra base; de aquí en más, para adelante.

Otro punto se refiere a que es necesario establecer una diferencia no solo conceptual entre maltrato y crueldad, sino que sea tenido en cuenta para establecer agravantes que aumenten la pena en cada tipo previsto.

La pena de multa no debe ser determinada nominalmente en pesos sino que debe usarse una unidad de medida de manera tal que esté actualizada permanentemente y no devenir en irrisoria por el transcurso del tiempo. Por ejemplo, la unidad de medida de jubilación o sueldo mínimo.

Debe considerarse el adicional de la pena de inhabilitación en el ejercicio del cargo que detenten, servicio que brindaren o profesión que ejercieren en el caso de que su actuar resulte alguno de los tipos penados como maltrato animal.

Dejar de considerar al animal como un instrumento para el trabajo. Por ejemplo, en la temática de la TAS, sabemos que existen hoy en día vehículos que pueden reemplazar al equino, teniendo en cuenta también que reemplazando el animal se jerarquiza el trabajo del humano evitando la precarbiedad que tiene el empleado que utiliza un caballo que se encuentra en condiciones insalubres, de maltrato y crueldad, sin perder de vista que se llega a fomentar el trabajo infantil. No es posible su reglamentación, de ninguna forma. (Aplausos.)

No utilizar tipos penales abiertos. Con esto me refiero al uso de palabras vagas y/o ambiguas que terminan por vulnerar el principio de máxima taxatividad y legalidad que tiene el derecho penal, siendo que, además, siempre se deberá recurrir a otras disposiciones legales para complementarlo y por ello no será autosuficiente.

Nuevas conductas a tipificar: el abandono, el abuso sexual, la mala praxis y el bestialismo. El abandono en todas sus variantes, no solo el abandono en la calle -el cual podría ser un agravante-, sino, por ejemplo, dejar a un animal en el balcón, cornisa, etcétera, de manera tal que ponga en peligro su vida o su salud, ya sea por colocarlo en situación de total desamparo o por abandonarlo a su cruel destino de padecer una larga agonía que le depara una muerte segura.

Otro punto es la necesidad de prohibir la venta de animales, algo que recién mencionó mi colega Juan Ignacio Serra. Sabemos del estado denigrante en que los criaderos mantienen y someten a las hembras, que son utilizadas para parir una y otra vez. Sabemos de las vejaciones a las cuales son sometidas a lo largo de toda su vida. Sabemos que la principal causa de la superpoblación de perros y gatos y de su abandono proviene de la libertad de venta de animales, donde cualquier persona por capricho o moda del momento adquiere animales y, cuando aparecen los problemas -crecen, rompen algo, ladran, enferman, ensucian, se tienen que ir de viaje, o lo que fuera-, lo abandonan sin ningún tipo de miramientos ni remordimiento. Esto tampoco debe ser objeto de reglamentación, sino directamente debería dictarse su prohibición.

Prohibición de la vivisección ya que es totalmente innecesaria. Si bien ya está prohibida en establecimientos educativos, no somos ajenos a que su práctica continúa. Nos hemos cansado de ver videos por Internet donde se practica.

Respecto a la prohibición de experimentación con animales no humanos, nos provoca muchos cuestionamientos. ¿Siempre es necesaria la experimentación con animales no humanos? ¿Es éticamente correcto experimentar con animales no humanos? ¿Acaso la experimentación no es una solución económica más? ¿Es justificable matar millones de animales con ese fin? ¿Ese fin ayuda realmente a solucionar algo?

Hoy sabemos que contamos con métodos alternativos que son más económicos y más directos en cuanto a que no hace falta la traspolación de resultados de animales no humanos a su aplicación a humanos, puesto que son evaluados en simuladores que reproducen exactamente las funciones de los órganos humanos, haciéndose de esta manera más rápido el hallazgo del resultado. Estas prácticas deben ser prohibidas, no solo ya por obsoletas, costosas y lentas, sino que también no debemos dejar de lado que siempre terminan siendo probadas en humanos y ello ha llevado a desastres y matanzas justificadas bajo el título de "droga en periodo de prueba".

Prohibición de uso de animales no humanos en espectáculos tales como circos, zoológicos, acuarios, medios cinematográficos o audiovisuales, jineteadas, cuadreras, cinchadas, carreras, deportes y hasta la caza, donde no solo se trata de maltrato y crueldad, sino de coartar su libertad, llegando a un sometimiento a condiciones indignas de uso y abuso y lucro legal e ilegal, llegando hasta la explotación infantil y todo lo que ello conlleva.

Prohibición de comercio de animales -básicamente, la exposición pública-. No se le dé una protección o refugio, no se lo asista con la atención médica veterinaria que necesite, no se permita que exprese el comportamiento acorde con su especie, se lo encierre, mantenga atado o se lo secuestre y coloque en un lugar que no sea su hábitat natural.

Para ir finalizando, otro punto a tener en cuenta son los agravantes determinados por las circunstancias que pueden ser de carácter subjetivo, es decir, cuando la norma se refiere a la disposición moral del culpable, a su relación con el ofendido, o a cualquier otra causa de carácter personal; o bien cuando se trate de carácter objetivo, es decir, según la forma en la que se ejecuta el hecho delictivo o los medios que se emplean para llevarlo a cabo.

Es así que hablamos de casos de ensañamiento, alevosía, veneno u otro procedimiento insidioso por placer, satisfacción, odio, o bien utilización de arma. Arrollar intencionalmente, escaldar y despellejar animales vivos. Secuestros extorsivos, abandono post experimentación animal y grávidos.

El caso de que un funcionario público dentro del ejercicio de sus funciones, un empleado o voluntario en el ámbito de su trabajo o colaboración cometa uno de estos delitos, sea en modo organizado, y la necesidad de agravantes por la cantidad de animales que hayan sido víctimas del o los hechos.

Imponer la obligación de denunciar por parte del médico veterinario que tenga conocimiento por medio de su profesión u oficio de la comisión de uno de los delitos reprimidos en la ley de maltrato y su protección frente a esa denuncia. Pues en este punto no podemos dejar de lado que el veterinario, al tomar conocimiento de estos actos de violencia repetidos en un mismo animal dentro de un mismo hogar, sabe que detrás de ese accionar violento, escondido tras esos muros, se encuentra una familia multiespecie inmersa en un círculo de violencia del cual ninguno de sus miembros puede escapar sin ayuda de aquel que puede visibilizar esa violencia interespecie.

Por último, no quiero dejar de lado la necesidad de que los delitos culposos también sean considerados y tipificados. Sabemos que hay ciertas conductas en las que no se puede hablar de intención directa de provocar un daño, pero igualmente éste se produce. Un ejemplo sería no alimentar en cantidad o calidad suficiente, pues no es lo mismo que no alimentar para que sufra el hambre y desnutrición a modo de castigo con intención maliciosa. Es decir que nos referimos a la acción u omisión no intencional que provoca un daño o lesión. (Aplausos.)

SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Tenemos muchos expositores para hacer uso de la palabra. Les pedimos por favor que se respeten los siete minutos acordados.

Tiene la palabra Claudia Favano, integrante de Rescatistas Unidos Zona Oeste.

SRA. FAVANO Buenas tardes. Quiero agradecer la invitación a este plenario. Hoy estamos tratando la reforma de una ley muy importante, tanto para nosotros como para los animales. Me refiero a la reforma de la ley 14.346.

Nosotros estuvimos hablando con mis compañeros de grupo y creemos que el artículo 2° de la ley actual no tendría que tocarse, ya que dicho artículo nos ha ayudado a todos los que hacemos rescate de animales en todo el territorio argentino a poder sacarlos de actos de crueldad y maltrato.

También durante el tiempo de debate de este asunto, escuchamos una frase que a veces no es muy entendible. Me refiero a cuando se dice que "no hay que criminalizar la pobreza". Creo que ninguno de los que estamos acá vinimos para criminalizar la pobreza, sino para hacer cumplir la ley cuando hay un delito.

Por ejemplo, si hablamos de tracción a sangre, de esos caballos que vemos todos los días en las calles, que están lastimados, hambrientos y sedientos -a veces las yeguas preñadas tienen los potrillos en la vía pública-, la mayoría de la gente que va arriba del carro no son los dueños, sino que son explotados por gente que tiene tropillas de alquiler. En este caso no estaríamos hablando de una condición social; estaríamos hablando de que realmente hay un delito.

Los "tropilleros" que tienen esos caballos no se fijan si están bien o mal, si comen, si beben; no les importa, porque si mueren son vendidos a los mataderos clandestinos que ellos llaman "el tacho". Y si quieren comprar caballos, los compran de una procedencia dudosa. Entonces, acá estamos hablando de varios delitos, sin nombrar la explotación infantil y otras cosas.

Por eso tiene que quedar claro que nosotros estamos acá en favor de que una ley se cumpla, y si hay un delito, que se castigue.

También estuvimos pensando en el tema de qué pasa con las aves cuando la sacan de los nidos. Cuando sacan las aves de los nidos, a veces agarran hasta 50 o 60, de las cuales llegan vivas, a la venta ilegal, aproximadamente menos del 20 por ciento.

Si hablamos de los espectáculos con animales, esos espectáculos a los que podemos llamar circos, podemos señalar que hace muy poco fueron secuestrados animales en La Plata -creo que en La Ciudad de los Niños- que estaban en una situación realmente vulnerable.

Lo que a veces no nombramos mucho es el problema que tienen los acuarios de la Argentina, que roban especies, cetáceos del Mar Argentino, para decir que los van a recuperar, pero nunca vuelven al mar y son explotados totalmente por ellos. (Aplausos.)

Hay algo que la gente no sabe. Me refiero a la crueldad de la venta de semen de estos cetáceos al extranjero.

Entonces, en mi grupo nosotros también pensamos si este proyecto de ley que estamos tratando está preparado para todos los animales del territorio nacional, si está preparado para los criaderos clandestinos o "las fábricas de perros". Estoy hablando de esas perras que viven en jaulas donde comen, beben, tienen a sus crías, y hay veces que nunca van a ver la luz. ¿Están preparados estos proyectos para los cotos de caza o para la caza indiscriminada?

También podemos hablar un poco de nuestra fauna urbana, tan castigada. ¿Alguien se hace cargo de los perros y gatos de la vía pública? Ni siquiera son castrados, no hay un control, y cuando hablo de control hablo de castración masiva. ¿Alguien se fija en estos animales? No los desparasitan, no los castran, no se hace cargo nadie.

También creo que estos proyectos tendrían que ser para los animales de experimentación, como escuché; esos animales que nacen y mueren y no conocen otra cosa más que sufrir.

No nos olvidemos de la pesca. Por ejemplo, nosotros tenemos la Península Valdés, Puerto Pirámides, proclamado por la Unesco como patrimonio de la humanidad. ¿Saben por qué fue proclamado por la Unesco como patrimonio la humanidad? Porque tiene la mayor cantidad de variedad de especies de aves y de peces del mundo. Cuando termina la temporada de ballenas hay una pesca indiscriminada y dentro de poco esos peces van a estar en peligro de extinción.

Entonces, nosotros preguntamos: ¿esta ley que están haciendo o reformando está preparada para todas las clases de animales que tenemos en el territorio nacional? Sí estamos de acuerdo con el aumento de penas; tiene que haber un aumento en las penas. El delito tiene que ser condenado. (Aplausos.)

SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Tiene la palabra Graciela Fayt, directora del Instituto de Derecho Animal y de la Asociación Argentina de Justicia Constitucional.

SRA. FAYT Buenas tardes a todos. Después de todo lo que se ha dicho y de la exposición de Claudia, entre otras, voy repensando lo que quería decir. Sí voy a mantener algunas de las cosas que quería trasmitir esta tarde.

Voy a leer; no es lo que hago usualmente, pero dado el poco tiempo prefiero aprovecharlo lo mejor posible.

Estaba pensando que estamos frente a la modificación de una ley que, de nuevo, puede durar cincuenta, sesenta o veinte años, pero estamos construyendo el futuro.

Entonces, ¿cómo imaginamos ese futuro en nuestra relación con los animales no humanos? ¿Lo imaginamos en una relación respetuosa? ¿Reconoceremos sus derechos, necesidades, sentimientos, sufrimiento? ¿En qué medida? ¿Amplia o restringida? ¿Habremos comprendido, siempre -esta es una pregunta, por supuesto- desde esa mirada egoísta antropocéntrica en la que todavía estamos instalados que nuestro propio destino como especie depende de la supervivencia de las otras especies? Digo esto porque por momentos tengo la sensación de que se piensan las leyes en relación al pasado y no al futuro.

Por ejemplo, cuando decimos que es mejor no prohibir las jineteadas porque son una tradición, porque la gente del interior lo resistiría y otros argumentos similares, ¿estamos mirando el pasado o el futuro? Porque, con ese criterio, aceptemos la iniciación sexual de las niñas por su padre o un adulto de la familia -cosa que todavía ocurre en el Nordeste argentino-, y no lo llamemos violación si es menor de doce años o estupro si mayor de esa edad. (Aplausos.)

No lo consideremos un delito porque es la costumbre, es una tradición en determinada regiones.

Aceptemos también criterios peligrosos como el argumento de no criminalizar la pobreza cuando se saca un caballo maltratado de un carro. Ese criterio puede extenderse peligrosamente a todo tipo de delitos.

O permitamos leyes de experimentación en animales con el hipócrita título de protección de los animales de laboratorio, cuando no hay en esos proyectos un solo artículo que los proteja. Y no nos olvidemos de que una de esas leyes tiene media sanción en esta casa, aclarando que esos pobres seres torturados no son de laboratorio, sino que están en un laboratorio por la mano del humano y están porque siempre fue así.

Podría continuar con muchos más ejemplos de lo que no debiera aceptarse si queremos vivir en una sociedad menos violenta, en un país vivible, con reglas de convivencia claras y respetuosas.

Es el momento de mostrar esa construcción de valores porque estamos en el lugar correcto. Es en el Congreso donde se construye el futuro, no solamente el nuestro, sino el de las futuras generaciones. (Aplausos)

Después de esto, que no son más que consideraciones generales frente a lo acertado de los criterios que han venido exponiendo, quiero hacer referencia a un tema que mencionaron. Volverán a preguntarse cuál es la relación entre la sobrepoblación de perros y gatos con la ley penal.

Vemos a diario el maltrato y la crueldad para con los más cercanos a nosotros. Vivimos en el paradigma del animal descartable, de los que sobran.

Podrán crearse leyes magníficas, pero no nos olvidemos nunca que la ley penal es lo que en derecho se llama la ultima ratio, es decir, el último recurso a utilizar cuando ya se consumó el hecho. La ley penal no lo evita.

No digo que la sobrepoblación de perros y gatos sea la única causa de los delitos contra los animales -los criaderos, lo que se ha mencionado y muchas otras causas culturales obviamente también-, pero sí digo que cientos de voluntarios en todo el país pueden dar testimonio -y acá tengo sentada gente a mi lado- de cómo baja el maltrato en sus comunidades cuando el municipio brinda un buen servicio de sanidad animal. Se controlan los nacimientos y se comienza a valorar y cuidar a los animales no humanos.

Me pregunto entonces qué está ocurriendo en la Argentina para que alcance con salir a la calle para ver cientos de animales allí abandonados y sueltos. Me pregunto qué está ocurriendo para que el Colegio de Veterinarios de la Provincia de Buenos Aires, en una nota publicada en el diario La Nación el 16 de enero de 2018, reconociera la existencia de 6 millones de perros y gatos en las calles de la provincia.

Esta nota que leí me llevó a buscar información respecto de temas relacionados con ella y también sobre el conocimiento que de este tema podría tener el Colegio de Veterinarios, que debe ser mucho. Y tengo que hablar de la sorpresa que me llevé con la información que encontré.

En primer lugar, encontré un dictamen de la Asesoría General del gobierno de la provincia de Buenos Aires rechazando la presentación del Colegio de Veterinarios contra el servicio público.

Posteriormente, encontré la resolución 97/17, también del Colegio Veterinario, con el siguiente curioso encabezamiento: "Visto la necesidad de establecer un marco regulatorio para la actuación de las entidades proteccionistas en campañas de castración social y permitir la cooperación entre los municipios y dichas entidades...". Es decir, un Colegio Veterinario está regulando la actuación de lo público; se trata de un colegio que no es privado totalmente pero que está dedicado a la profesión y no es parte del Estado.

Reconozco que me despierta mucha curiosidad saber si un colegio profesional puede regular la relación entre el Estado y particulares no veterinarios, y si tiene potestad para legislar sobre las funciones y deberes del Estado.

Aquí se habló de castración, de campañas de bajo costo, y fui a buscar esa información. ¿Por qué cuento todo esto? Porque a lo largo de la vida -y tengo muchos años- aprendí que a veces, aun sin mala intención, nos quedamos en la superficie de los problemas, y si no vamos a las causas reales, con toda la crudeza que puedan tener, jamás los vamos a solucionar.

En este caso, me encuentro con disposiciones y con actores asombrosos -que ya se los voy a mencionar- que me hacen empezar a comprender por qué esos 6 millones de animales están en la provincia, y debe haber 20 millones en el resto del país, ya que por lo visto esto ocurre en todos lados.

Por último -y esto va dirigido a los legisladores-, quiero entregar documentación, señor presidente, sobre resoluciones, decisiones y acciones de colegios veterinarios. Yo no quiero decirlo, y no tengo más que esto que he leído y me ha asombrado, pero de alguna manera esto dificulta el necesario control de sobrepoblación relacionado con el maltrato animal. El día que esa población esté controlada, el maltrato y la crueldad, en muchas de sus manifestaciones, seguramente van a desaparecer y no vamos a necesitar de una ley penal.

Sin embargo, nosotros no podemos averiguar qué irregularidades puede haber. Hay cosas que en este momento no hay tiempo de mencionar, pero que son extrañas; por ejemplo, inspectores honorarios del Ministerio de Asuntos Agrario que van a tratar de parar las campañas de castración; en fin, todo esto no debe ser y no puede continuar.

Entonces, señor presidente, la apelación es para que ustedes, con este material -y si quieren nos reunimos para brindarles más información-, pidan informes al Ministerio de Asuntos Agrarios para ver de qué manera interviene, por qué saca resoluciones contrarias a leyes existentes -como la 13.879 de la provincia de Buenos Aires- y de qué forma ello contribuye al maltrato y crueldad con los animales.

Voy a entregar este material con el humilde pedido para que ustedes soliciten informes a los ministerios sobre determinadas cosas que aquí se mencionan, algo que el Congreso puede hacer perfectamente. (Aplausos.)

SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Muchas gracias, Graciela.

Por supuesto, déjenos la información. Hay que determinar si son ministerios provinciales o nacionales, pero de todas maneras lo analizaremos.

Tiene la palabra Andrea Heredia de Olazábal, abogada y docente de la Universidad Nacional de Córdoba.



SRA. HEREDIA DE OLAZÁBAL En primer lugar, quiero agradecer la invitación y su compromiso -conforme hemos conversado- en relación con la defensa de los derechos de los animales.

En Córdoba existe una cátedra de Derecho Animal desde hace ocho años, aproximadamente, siendo la primera Facultad de Derecho de Latinoamérica que empezó a impartir esta materia. Por lo cual, desde Córdoba venimos trabajando asiduamente en esta problemática porque en nuestra provincia existe mucho maltrato y en todas sus formas.

Para no ser reiterativa con varios temas que se han tratado acá, solamente voy a abordar dos: por una parte, la necesidad de regular o no una ley penal en relación con la protección de los animales, con una pequeña crítica u observación a los proyectos que se han presentado; y por otra parte, cuál es el fundamento que debería tener esa ley penal.

He leído los proyectos presentados y soy muy crítica de los mismos, como acá han expresado muchos colegas, porque evidentemente estos proyectos lo único que vislumbran es la supina ignorancia de lo que es la problemática del derecho de los animales, pero también de la Constitución Nacional, que en sus artículo 41, 42 y 43 nos impone el deber de preservar la naturaleza.

Entonces, cuando yo leo estos proyectos entiendo el temor fundado de muchos proteccionistas que pretenden continuar con lo que tenemos, porque es mejor malo conocido que bueno por conocer.

Nosotros también tenemos que pensar que este es un momento histórico para los animales y no podemos tener temor cuando vamos con la verdad y la justicia. Debemos enfrentar el debate y ganarles a los maltratadores.

Hoy los maltratadores tienen un mundo hecho para ellos; por eso esta ley toca todos los intereses. Si se quieren divertir con los animales, hacen las jineteadas; si quieren ganar plata, hacen las cuadreras y las carreras de perros; si quieren subsanar un problema de pobreza por ineficiencia en las políticas de Estado, entonces le dan un caballo al carrero. (Aplausos.) Así sucesivamente entregamos la libertad y la dignidad de los seres más débiles, que tenemos el deber y el honor de proteger.

Hemos olvidado así uno de los paradigmas más importantes que hay en una Nación y en una sociedad que se precie de tal, que es proteger al débil.

Entonces, señoras y señores, esta ley que vamos a proponer y las reformas que espero que ustedes acepten implica, en primer lugar, desechar casi todos esos proyectos que están en danza y ponerse seriamente a hacer una ley, que a lo mejor no es la ideal, pero es la mejor posible.

Dentro de 65 años capaz que ya no tengamos la necesidad de discutir una ley porque podamos haber dado vuelta ese paradigma de maltrato, que asuela el suelo argentino, y no solamente con los animales, sino que esa violencia está en las relaciones con las personas, en las relaciones intrafamiliares y en las relaciones permanentes entre la sociedad, entre los diferentes estamentos. Somos un país asolado por la violencia y el derecho animal tiene mucho que decir al respecto.

Pero seamos conscientes, señores, de que todo lo que digamos acá está bárbaro porque todos pensamos igual, pero el tema es que hay que convencer a los diputados y a los senadores que no piensan como nosotros. A esa gente, que tiene todo el derecho del mundo a no querer a un animal -porque no hay obligación de quererlos- tenemos que enseñarles que tienen la obligación de respetarlos.

Los argumentos con los que tenemos que hacer las leyes no son sentimentales; no son argumentos solamente del amor al perro, al gato, al caballo o la legitimación de no matar al chancho. Los abogados hemos trabajado con esta ley 14.346, y con esta ley hice el primer amparo para cerrar el Zoológico de Córdoba, para transformarlo, y presentamos el primer amparo contra la jineteada de Jesús María. El otro día paramos la jineteada en Río Ceballos, por lo cual estoy amenazada de muerte. (Aplausos.)

Vélez Sarsfield decía que el buen juez siempre encuentra el buen derecho. Entonces, si bien esta ley tiene problemas -es escasa, es insuficiente-, debemos tener el coraje de afrontar el desafío de pelearla, de hacer un mejor proyecto y de ganarlo, y es lo que vamos a hacer, diputado Lipovetzky.

Escucho muchos argumentos en relación con cómo se justifica el maltrato en nuestra sociedad, con el tema de la tracción a sangre, a la que -gracias a Dios- todos han hecho alusión, porque muchos años fui la única que hablaba de los caballos, a los que desde hace nueve años rescato. Ya tengo más de 900 caballos sacados de las calles de Córdoba y recuperados, no solamente con el dinero nuestro, sino además en un refugio que tenemos donde los curamos día y noche. (Aplausos.) A veces somos los abogados, a falta de veterinarios, los que estamos curando a los caballos de las calles.

Quiero decirles que en este país existen argumentos para todo. La tracción de sangre es un punto en el cual se advierte la falta de criterio y de coraje político, así como la falta de empoderamiento de los hombres públicos, que pretenden solucionar la miseria entregándole un caballo a un pobre infeliz que ni siquiera puede mantener a su hijo; entonces es imposible que tenga plata para mantener a un animal. (Aplausos.)

Están condenando a la gente a la pobreza, porque esos son los votos de la ignorancia que se garantizan para ganar las elecciones. ¡Esa es la verdad! A la gente hay que darle trabajo y no caballos, y terminar con esta cuestión de la tracción a sangre. (Aplausos.)

No vamos a tener miedo porque, como decía un grande, el miedo no conquista derechos. Entonces, tenemos que enfilarnos a hacer una reforma de la ley 14.346, con todo el coraje, pero con toda la inteligencia y la argumentación.

¿Tengo un minuto más, señor presidente? Regáleme un minuto.

SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Perdón, hay muchos expositores y la verdad es que tenemos que entregar el salón. Por eso estoy tratando de que nos ajustemos a los tiempos de cada uno.

SRA. HEREDIA DE OLAZÁBAL Perfecto. Voy a tratar de decir dos palabras, nomás.

Es imposible hacer un retroceso en cuanto a la protección que hoy tienen los animales, porque al compartir los mismos principios que el derecho ambiental, existe el principio de progresividad y de no regresión.

Por lo cual, menos de lo que hoy tienen los animales, no pueden tener. No tengamos miedo porque esto es lo mínimo que ya tienen reconocido los animales.

Voy a pasar al siguiente punto, referido a un tipo penal sobre el que quería hablar para incluir dentro del proyecto. Recientemente ha salido en Rusia una ley penal increíble, por lo cual también están sancionando -yo pido que acá también se vea esta posibilidad- a los que difundan y promuevan por cualquier medio, actos de maltrato. Esa es la violencia institucional y cultural que tenemos, sea mediante las redes públicas, las redes sociales, o sea mediante la televisión, donde mucha gente se jacta de cómo maltrata a un animal. Eso es un delito también porque el hecho de la difusión ya es un delito. (Aplausos.)

SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Tiene la palabra Alejandra Gleiser, de la Asociación "Patitas en Adopción", de Marcos Paz.

SRA. GLEISER En principio, muchas gracias por la invitación y por la posibilidad de participar en este debate.

Vengo de Marcos Paz, pertenezco a un grupo de proteccionistas. "Las locas de los perros", nos dicen.

Seguramente todos los puntos sobre los que me voy a referir son reiterativos de muchos de los que hemos escuchado hoy, pero tenemos un común denominador que es la reforma de la ley 14.346. Para eso estamos. Se trata de una ley que necesita aggiornarse a los nuevos tiempos y también a los nuevos delitos.

Voy a leer para hacer más rápido.

Queremos que la indiferencia de los sectores responsables de hacer cumplir las leyes u ordenanzas, o el no accionar a ejecutarlas, también sean considerados actos de maltrato animal e incumplimiento del deber público, y sancionado como tal, porque si no hacen nada, no pasa nada.

También queremos que cada comisaría tenga un protocolo de rescate animal inmediato, con personal idóneo; un veterinario que constate el estado y atienda al animal, con transporte y elementos que hagan posible su traslado y contención; que no nos pidan los bozales a las proteccionistas.

Que cada municipio tenga un centro de control veterinario donde se pueda transitar a los animales rescatados hasta que estén recuperados, castrados, para que entonces puedan intervenir las asociaciones protectoras para conseguirles una nueva familia.

Que la pena de maltrato sea de encarcelación efectiva, inmediata, sin fianza y con multas, que si no se cumplen se embarguen sus ingresos y que sean destinados a la recuperación de los animalitos.

Que los maltratadores queden registrados como un antecedente en un registro nacional y público para que no puedan tener más animales. (Aplausos.)

Asimismo, queremos que haya un plan nacional y permanente para castraciones gratuitas, así como también la atención veterinaria de los perros que están en la calle, obligando a cada municipio a cumplirlo, y que si no es así, sean sancionados. Muchas gracias. (Aplausos.)

SRA. JARA Buenas tardes. Soy docente, profesora en escuelas secundarias, profesora de Geografía, y además, soy educadora ambiental.

Escuché en varias oportunidades hablar de la educación como una herramienta que acompaña los cambios culturales. Sin embargo, nadie habló de la educación ambiental, que es ley; nadie lo sabe.

Ustedes no tienen la culpa, pero vivimos en una sociedad en la que existe una norma que está invisibilizada y podría ayudar con los cambios que todos necesitamos.

Celebro estar participando en este espacio de ejercicio ciudadano para aportar, desde una perspectiva ambiental, una mirada en el marco del tratamiento de la reforma integral de la ley 14.346, sobre maltrato animal, y la ampliación de derechos.

Mi intervención está centrada en una autorreflexión. ¿Desde dónde hablamos cuando lo hacemos? Desde una cosmovisión que refiere a un modo de estar situado en la vida.

En el plenario del día 26 de marzo del corriente año advertí en las diversas exposiciones que había algunas palabras, conceptos y conductas como "biocidio", "abandono", "cirugías pseudo-estéticas", "prácticas de crueldad justificadas", "abuso psíquico", "zoofilia", "martirio", "bestialismo", y en este escenario -perverso y aberrante- el protagonista es el ser humano.

En este sentido, es paradójico que el hombre se autodefina como homo sapiens sapiens, cuando podríamos perfectamente recategorizarlo como homo demens, si tenemos en cuenta estas circunstancias.

Les pido disculpas pero estoy hablando desde lo que es la matriz del pensamiento ambiental. Como los ambientalistas creemos en "el nosotros", en lo comunitario y en lo integral, no podemos escindir al hombre y a su interioridad. Parecería que me voy del tema, pero estoy hablando de lo que es la naturaleza y me refiero a un paradigma que es necesario descolonizar.

Si uno quiere buscar una palabra que describa ese espíritu de conquista, de aniquilamiento de su propia naturaleza, creo que se explicaría mejor por lo que falta: ideales, sensibilidad, empatía, reciprocidad, complementariedad, solidaridad y, finalmente, conciencia de sí mismo.

Se describe entonces por lo que está ausente. Es aquí donde radica la ausencia de autoconocimiento. Por mencionar a un filósofo, podríamos afirmar que Sócrates fue el primer ambientalista de la civilización occidental. Él propagaba que sin autoconocimiento no hay vida.

Entonces, emerge el pensamiento ambiental, sustentando el paradigma de la integración e interpelando quiénes somos; somos naturaleza. Es decir, es una concepción integradora de la vida del hombre con el cosmos y del cosmos con el hombre.

Nuestra sociedad ha sido estratégicamente estructurada desde la cultura de la desvinculación. Es una lógica de la separatividad aplicada una y otra vez a nuestra cotidianeidad. Por ejemplo, si acudimos al médico por sufrir elevados niveles de cortisol producido por el estrés, el profesional nos recomienda que vayamos a la montaña, al mar, a la naturaleza... ¡Pero si la naturaleza soy yo! Esta es la matriz de la educación ambiental. La naturaleza está contaminada porque yo estoy contaminada.

Quiero citar las ideas de dos abogados a los que escuché en la última reunión, donde se refirieron a la cuestión de la fragmentación. Decían, por ejemplo, que la Convención Internacional de los Derechos Humanos no aceptaba a los animales dentro del ambiente y separaba la flora de la fauna. Es ese el paradigma que hay que desmontar. Hay que crear una conciencia de integración. Si seguimos pensando que el que está afuera está lejos de mí, lo estoy separando, no lo estoy viendo.

Por otro lado, la educación ambiental problematiza la concepción del conocimiento, que fagocita en lugar de crear y recrear nuevos horizontes. Asimismo, cuestiona los viejos paradigmas anquilosados donde no se registran las competencias, tales como el autoconocimiento, impronta de vinculaciones más sanas entre los diversos estamentos de la naturaleza.

Con respecto a este esquema acumulativo y perimido, es vital para comprender citar al pensador y filósofo argentino -los invito a que lo lean para entender un poco más nuestro pensamiento originario- Rodolfo Kusch. Él nos daba luz respecto de hasta qué punto estamos escindidos. Afirmaba que nuestra vida se desarrolla en el patio de los objetos, ahí en el afuera, fragmentándonos de nuestra propia interioridad, donde yacen nuestros valores y sentidos de vida.

La técnica se refugia en lo visible. Una ley que solo tipifique conductas, que se ajuste a la técnica jurídica y que intente encarar una reforma integral, obviando el meollo de la cuestión que reside en la concepción del hombre, en su pensamiento y en su mirada, queda entonces agotada en sí misma.

La educación ambiental es un instrumento de transformación cultural. Es ley, pero duerme su sueño eterno en las distintas jurisdicciones de los distintos Ministerios de Educación.

Quizás seamos testigos de un cambio histórico. Este desafío queda en sus manos, señores diputados. (Aplausos.)

SR. PRESIDENTE LIPOVEZTKY Tiene la palabra Gabriel de Vedia, fiscal federal del Fuero de la Seguridad Social.

SR. DE VEDIA Ante todo, muchas gracias, señores diputados y asesores, como también a todos aquellos que vienen a construir juntos una nueva expresión jurídica sobre una situación que nos preocupa a muchos.

Agradezco especialmente a la Fundación "Por los Derechos Humanos", que fueron quienes se acercaron en virtud de toda una vida mía dedicada a plantear mi opinión sobre estas cuestiones.

Leí todos los proyectos, escuché varias exposiciones y me parece que hay un tema esencial, que es desde dónde se encara la situación.

Nosotros somos personas humanas que venimos a revisar una legislación sobre animales no humanos. Allí ya hay una visión de superioridad, porque ellos no se expresan ni están en un recinto viendo cómo legislan sobre nosotros. En cambio, nosotros sí sobre ellos.

Esta situación es la historia del ser humano. Es la misma historia por la cual el liberalismo, históricamente, ha hecho estragos. Porque el poderoso hace estragos sobre el débil y lo ha hecho en toda la historia de la humanidad. Es la humanidad también vinculada con los animales, que amamos, que no son humanos, y que los adoramos por lo que son y lo que valen.

Pero, ¿por qué otra cosa los tenemos que amar? Quien me precedió en el uso de la palabra utilizó un concepto que me encantó y que venimos trabajando desde hace muchos años. Me refiero a preguntarnos qué forma de relación tenemos con los animales en general. Debemos tener una relación de unidad y de igualdad porque integramos exactamente el mismo medioambiente.

El hombre, el ser humano, no tiene por lo general una pertenencia con la naturaleza. Lo explico siempre de la misma manera: una persona está en la ciudad y se va de viaje a un lugar verde, al campo o a las montañas. Dice que allí "está en contacto con la naturaleza". Ahora, yo le planteo: ¿en la Ciudad de Buenos Aires no tenés contacto con la naturaleza? La persona me responde: "No, no hay verde". Pero, ¿y el contacto con el otro ser humano no es un contacto con la naturaleza? Nos sentimos de afuera. Históricamente el hombre se sintió de afuera, para dominar, para hacer las leyes y para usar a los animales como objetos.

Acá viene la primera calificación que nos cabe. Los animales, en general -y me refiero a todos sin distinción alguna-, deben ser reconocidos como sujetos de derecho en todo el sentido de la palabra.

Ahora bien, ¿qué significa que son sujetos de derecho? Tanto para la legislación civil como para la penal -en el Código Penal está ausente el tema de los animales no humanos- deben ser reconocidos con todo lo que implica ser sujetos de derecho. Ser sujeto de derecho implica que, en primer lugar, en relación a la igualdad con el medioambiente que tiene el hombre y la obligación que el hombre tiene con el medioambiente -instrumentos internacionales-, con la flora y fauna que con nosotros hacen un círculo de pertenencia a esa misma naturaleza, implica que los legislemos intentando ponernos en el lugar de ellos. Hablo de intentar; hagamos ese esfuerzo. En ese esfuerzo vamos a encontrar un montón de situaciones.

En primer lugar, tratemos de indagar cuál es la naturaleza jurídica de los animales no humanos. ¿Son cosas? Me refiero a todos los animales, a los domésticos, a los no domésticos -dentro de ellos, a todos los que el ser humano utiliza para subsistir- y a los selváticos, que viven en su hábitat. ¿Son cosas? No pueden ser considerados como cosas. Son sujetos de derecho; son personas.

Entonces, ¿cuál es la importancia de este concepto? Que si son cosas van a tener una relación jurídica y un paradigma de legislación distintos de si realmente los consideramos personas.

¿Qué significa que no son cosas? Significa que de la legislación civil hay que sacar a los animales del ámbito de los derechos reales, sin considerar al respecto una relación real de propiedad. Podemos ver algunas cuestiones con los animales para la subsistencia, que se puede discutir, pero no se puede considerar a los animales domésticos ni a los no domésticos que deben vivir en su hábitat especial como objeto de propiedad porque son sujetos. Esa es una de las cualidades en el campo civil.

¿Qué pasa en el campo penal? Vi los proyectos presentados y comparto las elevaciones de penas y muchos de los elementos que se proponen, pero hay algunos que tienen realidades parecidas a la trata. ¿Qué es la trata? Hace dos años el papa Francisco nos invitó a varios jueces y fiscales a un Congreso de Narcocriminalidad. Una de las cosas que se planteaba cuando charlábamos era que el tema de los animales también estaba muy vinculado con la trata. ¿Que hay en la trata? Hay un tratante -alguien que explota-, un explotado y un fin de lucro en el que explota. Pregunto, por ejemplo, en las carreras de caballos o en deportes donde se utilizan animales, ¿no hay algo muy parecido a lo que acabo de explicar sobre lo que es la trata?

Entonces, una de las cosas a que los invito es a que abramos el corazón y la cabeza y pensemos en esta figura, que si reconocemos a todos los animales como sujetos de derecho les puede caber la figura legal de la trata. Analicémoslo. También tiene que ver con los buenos sentimientos del ser humano en todo lo que atañe a los animales.

Para finalizar, quiero referirme a una de las cosas que considero que debe suceder con todas las leyes, como históricamente ocurrió en nuestro país. Cuando hay un proyecto de ley para cambiar una realidad, siempre es bueno escuchar a todos los involucrados a lo largo de todo el país. Es necesario recorrer la Argentina y escuchar a los que realmente están trabajando sobre esa realidad como, por ejemplo, a la gente que está en el campo, en el concepto de territorio. Por eso es extraordinario que los proteccionistas, que dan en su vida para salvar a nuestros perros, a nuestros gatos y a muchos de los animales que están sufriendo con dolor, den su tiempo y su dinero en esto.

También es bueno que los colegios profesionales de las provincias, que están presentes, estén trabajando en este proyecto.

Por otra parte, cuando algunos se enteraron de que yo iba a hablar, se me acercaron o me llamaron. Comento esto porque me llamó la doctora Mónica Ponce del Valle, veterinaria de Bienestar Animal, quien trabaja en el SENASA y me dijo que es la presidenta del Colegio de Veterinarios de la Nación. Me dijo que ella hizo una presentación y no la convocaron. ¿No sería bueno que convoquemos a todos los que trabajan sobre esta realidad? (Aplausos.)

SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Quiero hacer una aclaración: nosotros no convocamos; la inscripción está abierta, y el que quiere escribirse, lo hace. Estamos viendo claramente que en el día de hoy hay muchos más expositores que los que podemos escuchar por la disponibilidad de tiempo del salón. Vamos a hacer varias reuniones porque además hay mucho interés en este tema, y claramente no hay tiempo ni disponibilidad de salones para convocar a todos los que quieran exponer en la misma reunión.

Tiene la palabra María Eugenia Martínez, abogada litigante y proteccionista independiente.

SRA. MARTÍNEZ Buenas tardes, mi nombre es María Eugenia Martínez, soy abogada animalista de la provincia de Córdoba.

Primero quiero decirles que estoy muy feliz por ver tanta gente convocada y reunida con el único fin de la protección de los derechos de los animales.

Consideramos relevante que los animales no humanos tengan como principal derecho, y como un derecho básico, el acceso a las cinco libertades, y que se considere maltrato animal cuando se impida al animal no humano el acceso a estas cinco libertades. Estas cinco libertades son que estén libres de hambre, de sed, de desnutrición, de miedos, de angustias, de incomodidades físicas o térmicas, que los animales no humanos estén libres de sentir dolor, lesiones, enfermedades, y libres de poder expresar las pautas propias de su comportamiento.

También quiero recalcar que es importante distinguir el maltrato de la crueldad animal. Esta diferencia tiene que estar marcada por penas más graves dentro del proyecto de reforma de la ley 14.346.

La crueldad evidencia una estructura psicológica disocial, un peligro claro y evidente para la sociedad. No es lo mismo no proveerle de alimento a un animal por un tiempo que abusarlo sexualmente. Este tipo de conducta no solo genera un peligro al animal, sino que evidencia que esas personas pueden ser un peligro para un niño, para un adulto o para sí mismas. En conclusión, tenemos a una persona enferma que necesita ser tratada por especialistas.

Sin embargo, otras personas lo harán por un simple acto de crueldad. No debemos perder el norte: aquí lo más importante es tener al animal como víctima, algo que la vieja ley 14.346 novedosamente incorporaba allá por 1954.

Hoy queremos que no se pierda ese principio y que se siga considerando al animal no humano como víctima. De hecho, es pública la noción de que los más famosos psicópatas comenzaron con sus atrocidades experimentando con la crueldad en los animales: matar pajaritos, luego matar el gato del vecino, a un perro, y al fin, a personas. Por eso, con respecto al proyecto consideramos importante que se aplique en el ámbito de toda la República Argentina.

Dentro de la crueldad animal también debemos tener en cuenta que la experimentación debe ser considerada un acto de crueldad animal, así como el abandono, la reproducción con fines comerciales, la mutilación sin fines terapéuticos, las corridas, el abuso sexual y matar a un animal no humano.

También es importante expresar que considerarlos dentro del Código Civil como seres sintientes y no como cosas, como objetos, permitirá ampliar este conocimiento de los animales.

Como abogada animalista tengo muchos problemas con los consorcios de edificios que obligan a abandonar a los animales, a echarlos y a la gente a mudarse de esos edificios. Los animales son parte de nuestra familia, y no poder vivir en un departamento con mi mascota es como si me pidieran echar a mi hijo de mi casa. En el Código Civil hoy son considerados cosas, y es importante que eso se tenga en cuenta.

SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Tengo entendido que vas a compartir el tiempo de exposición. Aviso porque ya pasaron 3 minutos.

SRA. MARTÍNEZ Sí. Muchas gracias. (Aplausos.)

SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Tiene la palabra Macarena Caridad, quien comparte el tiempo con María Eugenia Martínez.

SRA. CARIDAD Señor presidente: en primer lugar, nosotros proponemos dar un concepto general de lo que sería maltrato animal, para tenerlo como horizonte a los fines de la elaboración de este proyecto, con tres ejes fundamentales.

Primero, vamos a hablar de animales haciendo énfasis en todos los animales. No nos olvidemos que los animales no son solamente los perros, gatos y caballos, con los cuales tenemos contacto todos los días de nuestra vida, sino también las vacas, chanchos y peces, todos ellos explotados día a día en las granjas industriales. También son animales los exóticos y autóctonos que se encuentran cautivos en los zoológicos. Nosotros tenemos un ejemplo en la ciudad de Córdoba, por eso lo aclaro también.

El segundo punto es siempre buscar el bienestar de los animales. Y bienestar no es un término nuevo, pero sí se le está dando un nuevo alcance ahora. En este sentido, no abarca tan solo la salud física del animal, sino también su salud psicológica y el desenvolvimiento de sus patrones de conducta.

Por tercer punto, debemos respetar las características de cada especie, que tiene sus hábitos y su forma de desenvolverse. Los peces, por ejemplo, pueden crear estructuras sociales y transmiten información a su descendencia, por más que no lo podamos creer.

Las vacas también tienen su personalidad, solamente que no lo podemos visualizar, justamente por estas granjas industriales que son un secreto para la mayoría de nosotros y tenemos poca información al respecto, pero la poca que hay es realmente cruel.

Proponemos como uno de los tipos de maltrato -es lo que ya dijo mi compañera- privarlos de las cinco libertades. Es curioso pensar que estas cinco libertades en un primer momento se idearon para los animales de granja justamente; y, después de casi un siglo de explotación de estos animales, su situación no cambió para mejorar, sino para empeorar.

Retomando la idea de una compañera que mostró imágenes de un refugio donde los perros practicaban el canibalismo, lo mismo ocurre en las granjas industriales. Los animales allí son encerrados, amontonados en pequeñas jaulas o recintos, en donde se les manipula la iluminación, el sueño y la alimentación que van a tener. Imagínense en estas condiciones qué harían si no tener canibalismo, golpearse o maltratarse entre ustedes.

Otro punto importante que pensamos como maltrato es suministrarles por cualquier medio sustancias o drogas sin perseguir fines terapéuticos.

SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Tu tiempo, por favor.

SRA. CARIDAD Esto abarca desde los estupefacientes hasta las drogas lícitas que se utilizan, por ejemplo, en las carreras de caballos para estimular el rendimiento.

También podríamos pensar si no entran los cócteles de antibióticos que se les dan a los animales de consumo al nacer, porque gracias a las mezclas genéticas que hemos hecho para tener cerdos y pollos más gordos, nosotros mismos les hemos eliminado su sistema inmunológico. Entonces, necesitamos suministrarles antibióticos para evitar que tengan enfermedades; o sea que no se les da con un fin terapéutico. El fin terapéutico es para sanar una enfermedad o para evitar las dolencias que esta trae aparejada. Estos animales no tienen enfermedades, pero por las dudas se les dan los antibióticos para reemplazar el sistema inmunológico que nosotros mismos les hemos eliminado.

SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Andá cerrando, por favor.

SRA. CARIDAD Por último, regularizar las granjas en la Argentina para mí sería un punto crucial, porque allí se ve mucha crueldad, y esto afecta tanto a los animales, obviamente, como a los empleados de estas granjas, quienes viven en constante visualización de la violencia y los obligan a practicar esta violencia hacia los animales.

¿Qué van a obtener ellos como resultado? Violencia en su vida, que después la replican fuera de sus lugares de trabajo. (Aplausos.)

SR. PRESIDENTE LIPOVETZSKY Tiene la palabra María Zerulo, quien compartirá con Iván Mochkofsky su tiempo de siete minutos.

Les pido, por favor, que se organicen. No podemos seguir superando los tiempos, porque debemos entregar el salón y todavía quedan muchos expositores.

SRA. ZERULO Señor presidente: agradecemos a la señora diputada Brenda Austin y a su equipo por invitarnos a colaborar en la elaboración de su proyecto de reforma.

Nos toca hablar respecto a las reformas que consideramos necesarias en cuanto a la pena que establece la ley 14.346.

Desde la Sala de Derecho Animal del Colegio de Abogados de Córdoba entendemos que la ley 14.346 fue pionera en el ámbito de la lucha contra el maltrato animal, pero la situación social y la temática animal en el mundo y en nuestro país han cambiado notoriamente, quedando esta ley sin regular ciertas conductas de maltrato y crueldad animal y con escalas penales hoy obsoletas.

Por este motivo, consideramos necesaria una escala específica según se trate de actos de maltrato o actos de crueldad respectivamente, toda vez que estos últimos revelan mayor reproche.

Quien realice un acto de maltrato tendrá una pena de prisión de tres meses a cuatro años y uno a veinticuatro días multa. Tomamos este tope de cuatro años ya que la Ley de Carreras de Perros, sancionada en 2016, establece como máximo la pena de cuatro años.

Quien realice un acto de crueldad tendrá una pena de seis meses a seis años de prisión y ocho a cuarenta y ocho días multa, lo cual no solo demuestra la mayor gravedad de los actos de crueldad, sino que además otorga al juez un mayor margen de graduación de la sanción.

Los animales no humanos hoy en día son sujetos de derecho, son seres sintientes, y socialmente hemos dejado de lado el viejo paradigma que los equipara a meras cosas muebles.

El aumento de las escalas penales permite a los jueces realizar la valoración correspondiente, de manera que la pena sea proporcional al daño provocado en el bien jurídico tutelado, el cual es la vida, la libertad y la integridad de los animales no humanos.

Cedo la palabra a mi colega. Muchas gracias. (Aplausos.)

SR. PRESIDENTE LIPOVETZSKY Tiene la palabra Iván Mochkofsky.

SR. MOCHKOFSKY Señor presidente: siguiendo la línea de lo expuesto por la doctora Zerulo, consideramos además que, tanto en los supuestos de maltrato como en los de crueldad, debe imponerse al autor del hecho, conjuntamente con estas sanciones previstas, la pena de inhabilitación especial, la que producirá la privación del empleo, cargo, profesión o derecho en los términos del artículo 20 del Código Penal de la Nación.

Asimismo, consideramos conveniente que se contemple la imposición de la pena de inhabilitación para la tenencia de animales no humanos de un mes a cinco años, como sanción facultativa que dispondrá el juez penal atendiendo a las circunstancias y gravedad de cada caso.

Por último, estimamos pertinente la inclusión de calificantes, que conlleven un aumento de las penas de prisión y de multa antes mencionadas, por los que las mismas se aumenten de la mitad a tres cuartas partes, si la conducta fuere cometida: en espacios públicos; en presencia de menores de edad o valiéndose de ellos; con la intervención de un funcionario público; por personas que por su arte, oficio o profesión tengan un deber calificado de custodia o guarda del animal no humano; y por ánimo de lucro, precio o promesa remuneratoria. Ello en función de la mayor gravedad que importan los hechos de maltrato y/o crueldad cometidos en tales circunstancias, a los fines de que la pena sea proporcional al daño provocado en el bien jurídico tutelado, el cual es la vida, la libertad y la integridad de los animales no humanos, como mencionaba mi colega.

Todo lo que he mencionado no es un endurecimiento injustificado de las penas, sino que ellas serán proporcionadas con la gravedad del delito, y mantendrán un orden acorde al Código Penal, relativo al valor de los bienes jurídicos protegidos.

Ahora, dejando un poco de lado estas cuestiones técnicas, yendo a lo concreto, al sufrimiento atroz al que tantos animales no humanos son sometidos de diferentes maneras a diario en nuestro país, desde la Sala de Derecho Animal del Colegio de Abogados de Córdoba estamos convencidos de que todos estamos moralmente obligados a hacer nuestra parte bien a todo nivel, evitando hacer daño a los demás, y que el mundo sería un lugar miles de veces mejor -y me quedo muy corto con lo de "miles"-, si cada uno hiciera su parte y la hiciera bien. Pero, dado que eso no sucede, el mundo y particularmente los animales no humanos necesitan de personas, como muchas de las aquí presentes, que se ocupen de suplir la negligencia de quienes hacen tanto daño, y una reforma de la ley 14.346 es un paso fundamental en ese sentido.

Siempre que he tenido la oportunidad, he recalcado la importancia de que todo suma, por más mínimo que parezca: adoptar, castrar, denunciar un hecho de maltrato, etcétera. Somos tantas personas las que nos involucramos en esto, y va tan en aumento nuestra cantidad, que eventualmente vamos a llegar a un punto en que muchos logros soñados se den y cada vez con mayor facilidad.

En menos de diez años, se logró, por ejemplo, la creación de materias de Derecho Animal -como bien dijo la doctora- en las facultades de Derecho y también salas de Derecho Animal en colegios de abogados de todo el país, en espacios que son muy conservadores, acompañados de miles de causas contra el maltrato animal y posteriormente condenas; se trata de cambios muy rápidos, de la mano de tantas personas que luchamos a diario por ellos.

Y acá estamos reunidos los actores sociales, en la puerta de uno de esos logros, de uno de los máximos momentos a los que aspiramos: que el Poder Legislativo de la Nación nos esté escuchando por fin.

Todos esos animales no humanos maltratados y asesinados y todas esas personas que lucharon y que luchan por ellos sintiendo que a nadie iba a importarle todo esto y que nadie iba a cambiar, están simbólicamente presentes junto a nosotros.

Hoy estamos aquí reunidos para defenderlos, porque ellos no pueden defenderse por sí mismos, y porque todos nosotros somos su voz.

A modo de cierre, quiero citar al abogado estadounidense George Angell, nacido en 1823, quien hace casi 150 años dijo lo siguiente: "A veces me preguntan: '¿Por qué inviertes todo ese tiempo y dinero hablando del respeto a los animales, cuando existe tanta crueldad hacia el hombre?' A lo que yo respondo: estoy trabajando en las raíces". (Aplausos.)

SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Tiene la palabra la señora Claudia Monserrat, abogada de la Fundación Bio Animalis, de San Francisco, provincia de Córdoba.

SRA. MONSERRAT Muchas gracias.

Además de venir en representación de la Fundación Bio Animalis, que presido, también lo hago en nombre del Instituto de Derecho Animal de San Francisco, que tengo el agrado de presidir. También soy delegada interna de AFADA.

Esto lo menciono simplemente por una cuestión de respeto a las organizaciones a las que pertenezco. Pero realmente espero que al final del camino la única representación que tengamos sea la de los animales no humanos en su conjunto.

Antes que nada, quisiera agradecer a las comisiones y a sus respectivos presidentes por el espacio que nos han otorgado. Hago un especial agradecimiento a las doctoras Susana Dascalaky y Lorena Bilicic, por todo el esfuerzo que han hecho para que hoy pueda estar acá presente.

También quiero agradecer a varios colegas por la confianza depositada en mi persona, ya que hoy vengo en representación del Colectivo de Abogados Animalistas de la República Argentina, a través del cual voy a acercarles una nota en soporte papel donde expresamos cuáles son los pilares inamovibles de la reforma de la ley 14.346. Consideramos como histórico el hecho de ver a tantos abogados del país reunidos bajo una unidad de criterio en estos aspectos, denotando sin duda alguna que algo importante tenemos para decir.

Los presupuestos mínimos que expresamos, los cuales son más que públicos, les serán entregados en mano al finalizar mi exposición en honor a los pocos minutos concedidos.

En honor a la brevedad, me voy a referir a puntos que considero cruciales, en especial al temario del plenario de hoy.

En primer lugar, es muy importante respetar el bien jurídico protegido. Cuando hablamos de animales no humanos, estamos hablando de seres vivos, conscientes y sintientes, seres con la capacidad de sufrir dolor y placer, de padecer el hambre o la sed, de tener sentido de su entorno, de la libertad, de su propia vida.

Desde la Declaración de Cambridge de 2012, ha quedado zanjada la cuestión de su conciencia. Hoy sabemos que la tienen y que esa cualidad nos hermana.

Jurídicamente, debemos hablar de personas no humanas, de sujetos de derechos, de víctimas del delito. Por ello, hay que reafirmar que el único bien jurídico protegido de la ley debe ser la vida e integridad psicofísica del animal no humano. Dentro de esta última hablamos de respetar su zona de confort de acuerdo con la especie, su libertad, su integración a un hábitat acorde y con semejantes. Esa es la forma de realzar y dignificar la personalidad jurídica del animal no humano, darle el reconocimiento como tal, abandonando de una vez la concepción cartesiana de ver al animal como un objeto.

Su naturaleza o personalidad jurídica debe ser tenida en cuenta a la hora de implementar políticas públicas y ser receptada en las normas.

En la jurisprudencia nacional ya está dado el cambio hacia la nueva concepción del bien jurídico protegido, considerando a los animales como seres sintientes y sujetos de derechos. Ese es definitivamente el camino a seguir.

Me parece adecuado mencionar aquí, brevemente, un extracto de la Declaración de Toulon, proclamada oficialmente el 29 de marzo de 2019 durante la solemne reunión del Simposio sobre la Personalidad Jurídica del Animal celebrada en la Facultad de Derecho de la Universidad de Toulon, Francia. Esta declaración fue concebida como una respuesta de académicos jurídicos a la Declaración de Cambridge del 7 de julio de 2012, que dice lo siguiente: "Considerando finalmente que la actual incoherencia de los sistemas legales nacionales e internacionales no puede resistir la inacción, y que es importante iniciar cambios para tener en cuenta la sensibilidad y la inteligencia de los animales no humanos, se declara:

"Que los que los animales deben ser considerados como personas físicas no humanas.

"Que los derechos de las personas físicas no humanas serán diferentes de los derechos de los individuos humanos.

"Que el reconocimiento de la personalidad jurídica al animal se presenta como un paso esencial para la coherencia de los sistemas del derecho.

"Que esta dinámica es parte de una lógica jurídica tanto nacional como internacional.

"Que solo el camino de la personificación jurídica es capaz de aportar soluciones satisfactorias y favorables para todos".

Otro punto que me parece importante destacar es el que plantea no sacar del texto legal penal la palabra "víctima". Se trata de una cuestión no menor, ya que de dicha manera se respeta la verdadera naturaleza de los seres sintientes y conscientes.

Esta simple palabra nos ha permitido a los abogados animalistas realizar construcciones teóricas de enorme trascendencia, y a los abogados litigantes, abrir caminos impensables en el ámbito tribunalicio. Tocar esta palabra sería el peor error que se puede cometer. (Aplausos.)

Con respecto al ámbito de aplicación, que también es un tema del plenario de hoy, yo me voy a referir al personal y espacial de validez. Es decir que hablamos del "dónde" y del "sobre quién" se aplicará la ley.

Con respecto al ámbito personal, dicha ley penal debe proteger como víctimas a todos los animales no humanos, cualquiera sea su categorización: domésticos, domesticados, silvestres, autóctonos o exóticos, sin distinción alguna, dependiendo lógicamente del supuesto fáctico o conducta que recepte el tipo penal.

Con respecto al espacial, las leyes penales tienen aplicación sobre el territorio y espacio que comprende la soberanía del Estado que la dicta. Si bien parece una obviedad, muchas veces no es tan así. No se les debe cambiar el carácter de ley penal bajo ningún aspecto. Intentar darle otra categoría sería un grosero error ya zanjado en 1954.

Esto ha dicho Enrique Bacigalupo en su libro Lineamientos de la teoría del delito: "La ley 14.346 ha elevado a la categoría de delito, hechos por su especial lesividad (...)". Por su parte, Marc García Solé, en El delito de maltrato a los animales, sostiene: "Es de reclamo que sea el Derecho Penal el instrumento que intervenga cuando aquellos seres que forman parte del medio natural que todos compartimos sean maltratados".

Al referirse a los antecedentes nacionales y a la legislación comparada, el diputado por la provincia de Córdoba Bustos Fierro, miembro informante de la comisión redactora de la ley 14.346, sostuvo: "El proyecto de ley cuya sanción aconsejamos imputa en categoría de delito a los malos tratos y actos de crueldad de que se haga víctima a los animales".

Entonces, no toquemos lo que no se debe.

SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Su tiempo, por favor. Trate de acortar su intervención a un minuto, así no se demora tanto la reunión.

SRA. MONSERRAT Ya voy cerrando.

Para finalizar, solo quiero agregar que somos conscientes de la gran responsabilidad que ustedes tienen como legisladores. En este caso especial están legislando para animales no humanos de diferentes especies, y no para su misma especie, que es lo que se acostumbra. Como ya dije, se trata de una cuestión no menor que trae aparejada una mayor complejidad y una estructuración diferente.

Por lo tanto, considero que para sancionar una ley adecuada para y en nombre de los animales no humanos se debe crear una comisión especial integrada por abogados animalistas litigantes, abogados teóricos del derecho animal, abogados dogmáticos del derecho penal y especialistas en técnica legislativa, de manera que se pueda respetar el espíritu teórico de la ley y su correcta aplicación posterior. Gracias. (Aplausos.)

SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Vuelvo a insistir en que respetemos los siete minutos de exposición, porque hay muchos oradores inscriptos y un tiempo limitado en el salón. Si queremos respetar a los demás, y que todos puedan exponer, ya que están esperando desde hace muchas horas, por favor, ajustémonos a los siete minutos.

Tiene la palabra Marta Wagner, directora institucional del Hospital Público Veterinario de la ciudad de Dolores, provincia de Buenos Aires.

SRA. WAGNER Buena tardes a todos. Por mi trabajo estoy en contacto con la pobreza día a día.

Primero quiero manifestarme en contra de la reforma de esta ley porque no están dadas las condiciones y porque todos los proyectos tienen falencias importantes. Por ejemplo, se contempla la penalización de los profesionales por la castración de hembras preñadas, ya que se prevé penas de hasta ocho años de prisión para los veterinarios que nos ayudan diariamente, que dejan lo mejor de sí y que muchas veces se encuentran con estos casos, porque la perra preñada no se ve. En una jornada de castración en una villa miseria, en donde no hay un ecógrafo, no hay ningún tipo de aparatología como para comprobar el estado del animal, llegan perras famélicas que, cuando las abren, se dan cuenta de que tienen quince cachorros dentro, los que no van a sobrevivir porque esa perra ya fue sometida a la droga para la operación. Son quince cacharros que, por más que cierren a la perra y los dejen adentro, ponen en peligro hasta la vida de la madre. Hay que confiar en el criterio del profesional porque si no estamos denigrando la tarea del profesional que tenemos de aliado y que nos está ayudando.

Quiero aclarar que las castraciones son gratuitas para la gente, pero no para los profesionales. Nosotros hacemos locaciones de servicios, contratos perfectamente legales que tributamos incluso a la AFIP, donde a los profesionales se les paga los honorarios, es decir, las proteccionistas pagamos. Hablo de los proteccionistas porque el Estado municipal está totalmente ausente.

Entonces quiero hablar del destrato que hay del Estado hacia la gente más humilde y hacia los animales, porque no olvidemos que detrás de un animal pobre hay un ser humano pobre, que no tiene recursos para concurrir a la consulta privada. Una madre de siete hijos que tiene una pensión graciable, no puede de ninguna manera pagar una cirugía de una fractura de su perro que en el sector privado cuesta 8.000 pesos.

Soy directora del Hospital Público Veterinario y en estos años, cuando fuimos quemados por dos bombas arrojadas por los galgueros, fuimos declarados de interés legislativo, y era tan grande la desesperación de la gente al ver que había perdido su hospital veterinario que nos instó a reconstruirlo. Lo hicimos en menos de un año con la colaboración de la comunidad, no del municipio, a pesar de que el municipio nos habilitó y, por supuesto, fue a cortar las cintas.

Esto es muy importante decirlo. Más allá de que no estoy de acuerdo con la reforma de la ley 14.346 en estas condiciones -y quiero pedir en forma urgente algo que ya lo trabajamos en la provincia de Buenos Aires con la diputada Valeria Amendolara-, necesitamos un proyecto para la creación de hospitales públicos veterinarios y la reconversión de los centros de zoonosis en hospitales públicos veterinarios, que fue cajoneado. Fue cajoneado porque no hay recursos del Estado para esto. Pero no nos estamos dando cuenta de que la salud animal está íntimamente ligada a la salud pública. No se trata el tema de la salud animal como un tema de salud pública. Esto es lo que quiero a pedir, más allá de todo lo que se ha estado hablando.

Nosotros también recibimos caballos accidentados de las rutas porque tenemos un refugio multiespecies. Tenemos 96 perros, 8 caballos, algunos de ellos discapacitados, y también cerdos rescatados del maltrato, que cuando llegan a la protectora de animales son salvajes porque tienen terror de ser asesinados, y cuando se dan cuenta de que tienen solamente cariño, cambian su actitud. Es decir que el animal es un ser totalmente sintiente y es absolutamente permeable al cariño del humano como también a la violencia.

Necesitamos en forma urgente una ley de creación de hospitales públicos veterinarios. Lo hablé con el ministro en su momento; le pregunté por qué no había presupuesto y me dijo que había que sancionar una ley nueva porque el presupuesto de Salud bajaba directamente a los intendentes y ellos lo distribuían como querían, y justamente ese "como querían" no incluye a los animales.

Entonces, no puede ser que en uno de estos proyectos, por ejemplo, se esté tratando de penalizar con ocho años de cárcel a los profesionales, que se supone que son profesionales y saben lo que están haciendo, y a los proteccionistas que estamos dejando la vida para rescatar animales y para controlar la superpoblación animal de cualquier forma, porque no tenemos otra forma de hacerlo que poniendo nuestro esfuerzo y nuestro dinero.

Quiero aclarar que el Hospital Público Veterinario es privado, son capitales privados, no hay capital del Estado. Es más, tenemos ecógrafo y no tenemos para pagarle el sueldo a un ecografista; tenemos electrocardiógrafo y en este momento yo estoy haciendo el curso de electrocardiografía de humanos porque de veterinarios no nos permiten hacerlo -no sé cómo podemos hacer el curso para humanos y no el veterinario-, porque no tenemos para pagar sueldos.

Entonces, tenemos equipamiento, tenemos una estructura de primer nivel que hemos logrado con muchísimo esfuerzo, pero no tenemos el apoyo del Estado.

Necesitamos en forma urgente un hospital público veterinario para cada pueblo de la provincia y para cada pueblo de la Nación. (Aplausos.) Y los centros de zoonosis, que solo se limitan a castrar y que se niegan a atender animales con patologías, tienen que entender que es un tema de salud pública y ser reconvertidos en hospitales públicos veterinarios. ¡Tienen todos los recursos para eso! ¡Utilícenlos en eso! (Aplausos.)

SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Quiero hacer una aclaración. Nosotros estamos debatiendo la reforma de la ley 14.346, de maltrato animal o de protección animal. Tratemos de acotar las exposiciones a las competencias que tiene el Congreso de la Nación porque claramente hay muchas cuestiones que son competencias locales o provinciales y que difícilmente las podamos resolver desde aquí. Seguramente son temas que deben resolver los municipios o las legislaturas provinciales. Tiene la palabra Ignacio Kinbaum, abogado y docente de la UBA.

SR. KINBAUM Buenas tardes. Muchas gracias, señor diputado, gente de la Cámara, público presente.

Voy a pedir que, si me acelero un poco o hablo fuera de tono, me perdonen. Segundo, voy a aclarar que no vengo a robarles el corazón, como dijo el famoso autor William Shakespeare.

Vamos por partes. Estamos acá, como bien dijo el diputado, porque tenemos la posibilidad de hablar de una ley penal. Una ley penal necesita tipos donde se describan conductas, sean culposas o dolosas, agravadas o atenuadas, y a estas se les otorgue una pena para desvalorizar tales conductas. Tratemos de centrarnos en esto. Por otro lado, es necesario dejar de pensar que una ley penal va a ser una varita mágica que va a cambiar la realidad.

Me gustó mucho el tema de los delitos culposos. Vamos a hablar un poco del tema, porque mucha gente plantea que con la inclusión del delito culposo, aquel que se tropiece y patee un nido va a ir preso. No es así. Culposo no significa que hay un actuar o un accidente. Culposo significa que para que haya delito tiene que haber un incumplimiento a lo que el derecho determina que debe ser la conducta.

Entonces, si yo manejo alcoholizado y a 180 kilómetros por hora por la Panamericana, claramente no es un accidente, es una negligencia o una imprudencia. Cuando hablamos de la ley 14.346 tenemos que tener en cuenta que culposo significa negligencia o imprudencia, no un accidente. No es quien se tropieza y cae sobre un perrito o quien patea la pelota con un poco más de fuerza y le pega a un nido, sino es quien actúa con negligencia e imprudencia y violando el normal comportamiento que exige la sociedad.

Pasando al siguiente tema, vamos a desnudar el elefante blanco que hay en el salón o la vaca blanca que hay en los platos. Estamos acá para proteger a los animales. Tenemos que dejar en claro que esto no busca ser una persecución para las personas. Si buscamos agredir o atacar a quienes piensan diferente, realmente entonces estaríamos agrediendo a animales humanos, por lo cual habría una gran contradicción.

La ley 14.346 o su reforma deben tratar a todos los tipos de animales. Ahora, tengamos en cuenta que tenemos un amplio Código Penal y que, aun así, hoy en día las leyes penales o los delitos siguen existiendo. Entonces, no esperemos que una ley cambie la realidad de un día para el otro. La idea sería hacer y dar pequeños pasos en la defensa de los animales. Pero esto no significa hacer una discriminación por especie, sino entender que este es el primer paso hacia una sociedad que no discrimine a los animales por su especie, no se aproveche de ellos ni les cauce ningún tipo de maltrato y sufrimiento.

Volviendo al tema, no se trata de atacar a quien realiza una conducta. Una base del cristianismo que me gusta tomar es no es atacar a quien comete el acto en sí, sino buscar desvalorizar el acto. Con la ley penal lo único que podemos hacer es desvalorizar actos. La ley penal no puede evitar que estos se cometan. El derecho penal -como los bomberos- llega tarde, cuando el hecho ya fue consumado.

Por lo tanto, centrémonos en la mejor reforma a la ley que tenemos, con pisos mínimos, sin dar un paso atrás, elevando el techo y tratando de incluir la mayor cantidad de seres vivos sintientes, entendiendo que ninguna ley nos va a satisfacer a todos y dejando de lado los egos. Muchas gracias a todos. (Aplausos).

SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Muchas gracias, Ignacio Kinbaum.

Tiene la palabra la señora Marisa Morales, psicóloga y directora del Área de Graduados de la Universidad Nacional de Córdoba.

SRA. MORALES Señor presidente: en principio, agradezco a la señora diputada Brenda Austin por la invitación y a su equipo por la escucha respetuosa y atenta en el trabajo que interdisciplinariamente construimos.

Además de ser psicóloga, soy proteccionista activa desde hace más de dos décadas, integro el grupo de fortalecimiento de los equipos que trabajan con problemáticas de violencia de la Facultad de Psicología de la Universidad Nacional de Córdoba y soy parte del equipo de coordinación de la Especialización en Psicología Jurídica.

Muchos de los que estamos acá, que somos proteccionistas y que somos sensibles respecto de lo que encontramos como realidades animales, nos hemos encontrado con diversas situaciones de maltrato. Hoy han sido extensamente descriptas.

Frente a eso me he preguntado por qué. Me he preguntado por qué ocurren, cómo es que ocurren, cómo es que hay gente que hace esas cosas y cómo es que nadie ve. Creo que esa es una pregunta que nos atraviesa a todos. Tampoco es una pregunta tan original.

En la búsqueda de respuestas y problematizando esas preguntas recurrí a las investigaciones. Curiosamente, en la Argentina, casi no existen investigaciones que vinculen maltrato animal con violencia interpersonal. Ninguna investigación relaciona maltrato animal con alguna investigación en reclusos carcelarios. Casi ninguna investigación hace el recorrido del maltrato animal y la violencia doméstica. Todas estas investigaciones se encuentran en otros países del mundo.

Desde hace más de sesenta años que se investiga en el mundo sobre la vinculación entre el maltrato cruel animal y algunos indicadores de trastorno disocial de la conducta o los trastornos antisociales de la conducta. Estos están descriptos en los manuales psicopatológicos que se utilizan en cualquier ámbito de salud mental de cualquier lugar del mundo.

En estos dos manuales se define y se tipifica: el maltrato cruel animal es como un indicador psicopatológico grave, de pronóstico grave. Esto quiere decir que si encontramos un niño que tiene conductas agresivas, crueles y sádicas respecto de un animal, es muy probable que nos encontremos con una persona que después de los 18 o 20 años desarrolle un trastorno antisocial de la conducta.

Yo he escrito algunas cuestiones y mi intención era leerlas porque, por lo acotado del tiempo, se me hace difícil exponerlas. Entonces, voy a tomar algunas de las cosas que escribí.

El trastorno antisocial de la conducta, conjuntamente con el trastorno disocial de la conducta, comparten como características la falta de empatía; la falta de remordimiento; la escasa preocupación por los demás; la interpretación hostil de los sentimientos, los deseos o las intenciones de los otros; la insensibilidad; la nula capacidad de remordimiento; la baja tolerancia a la frustración, y la sistemática violación de las normas sociales y/o legales.

Casi todas las personas que tienen como antecedente el maltrato animal, además, tienen violación de las leyes y de los parámetros que consideramos culturalmente como aceptables, lo socialmente aceptado.

La violencia contra los animales es un indicador muy fuerte de que habrá otras modalidades de violencia y que ésta seguirá de una manera escalada por parte del sujeto que la comete.

En las investigaciones que existen en poblaciones carcelarias, en delincuentes que han cometido delitos graves de violencia interpersonal o asesinato, se ha demostrado la vinculación entre el maltrato cruel animal, primero como una práctica y luego como un pasaje.

Los sujetos que han maltratado cruelmente animales incluso utilizan las mismas técnicas para torturar cruelmente a sus víctimas. Todos los asesinos seriales del mundo, en todas las épocas de la historia -desde la época romana y de los griegos hasta nuestros días-, en cualquier lugar del mundo, tienen como antecedente grave el maltrato cruel a animales.

Uno de los teóricos que más ha trabajado sobre esto y el primero que definió el maltrato animal fue Frank Ascione. Todos acá seguramente lo conocen. Él dice que el maltrato animal es una conducta socialmente inaceptable, que provoca dolor, que provoca daño, que provoca estrés o que puede provocar incluso la muerte del animal.

La parte de "socialmente inaceptable" es lo que hemos ido construyendo en los últimos años. Creo que la sociedad argentina en esto ha ido avanzando y ha ido creciendo en la conciencia social respecto de que el maltrato está mal, que la crueldad está mal.

Sin dudas, a muchos de nosotros nos escandaliza ver todos los días un animal atropellado que se convierte en un tatuaje urbano en el pavimento, pura sangre, pura piel, y a nadie le importa, como si fuera una escena medieval. Eso a los que vemos nos duele, pero nos preguntamos muchas veces cómo es que nadie más lo ve y qué se puede hacer al respecto.

Yo me he preguntado sobre esto y me he preguntado sobre las razones, porque quiero entender cómo prevenirlo. Alguien anteriormente habló sobre que estamos construyendo valores y que estamos pensando en cómo vamos a tener una sociedad futura. Diego mencionó antes lo de Angell, con la construcción de una sociedad que desde las bases sea menos violenta.

Alguien que ya se retiró también mencionó la vinculación posible entre trata y maltrato. Lo que caracteriza a la trata de personas es la captación, el traslado, el sometimiento y la explotación.

SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Le queda un minuto.

SRA. MORALES Sin dudas que eso está vinculado, porque todas son acciones que se cometen contra los animales.

Para cerrar, voy a hacer una serie de propuestas al margen de las que nosotros ya incluimos en el trabajo conjunto. Me parece imprescindible que, más allá del proyecto de modificación de esta ley, trabajemos en un sistema de protección de derecho animal. Este sistema, que sería posterior a este debate, debería contemplar medidas sanitarias como las que muchos ya han mencionado hoy: hospitales veterinarios gratuitos, castraciones, un programa educativo que nos permita trabajar con las escuelas, que el tema sea parte del contenido curricular de la enseñanza primaria y secundaria, entre otras medidas legislativas.

En algunos países el maltrato cruel animal es un indicador de violencia doméstica. En muchos países la policía es capacitada para que, cuando se encuentra con una situación de maltrato animal, aplique un protocolo que indaga sobre la violencia doméstica, de género e infantil. Tenemos que capacitar a las fuerzas de seguridad. Es imprescindible. No solo tienen que dar acompañamiento al esfuerzo que hoy hacemos los proteccionistas, sino que además nos tienen que ayudar a dar protección. El 75 por ciento del cuidado de un animal en el hogar está dado por una mujer, que es quien establece el vínculo. El 65 por ciento de esos hogares tienen niños menores de seis años, y quien detecta la situación de maltrato en el mejor de los casos es el veterinario, que hoy no tiene obligación de denunciar. Sería deseable que estuviera obligado. (Aplausos.)

SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Sería interesante que después nos acerque la información de qué países tienen el maltrato animal como indicador de violencia familiar.

Acá me acotan que uno de ellos es Estados Unidos. ¿Qué otros más?

SRA. MORALES Canadá, Australia, y algunos países de Europa. Luego puedo acercarle esa información sin ningún problema.

SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Muchas gracias.

A continuación va a hacer uso de la palabra la doctora Celeste Rinaldoni, abogada y docente de la Universidad Nacional de Córdoba. También es especialista en derecho penal.

SRA. RINALDONI Buenas tardes a todos.

Primeramente, quiero agradecer al doctor Lipovetzky por la invitación, así como a la diputada Brenda Austin.

Muchas de las consideraciones que pensaba realizar ya han sido expuestas por los colegas que me han precedido en el uso de la palabra. Incluso se encuentran volcadas en un libro mío en coautoría con el doctor Pedro Eugenio Despouy, que acerqué gentilmente al diputado Lipovetzky. Ahí tienen una visión nuestra a título de aporte. Esperamos que sea de utilidad a la causa que nos agrupa.

En orden a los distintos proyectos que hay sobre el tema que nos convoca, adelanto mi opinión en el sentido de mantener la naturaleza de la ley 14.346, que es la naturaleza penal de la que tanto se ha hablado hoy, así como también la importancia de trabajar sobre el texto vigente para actualizarlo y mejorar su técnica, sin que ello implique una derogación absoluta.

En efecto, cuando esta ley se sancionó en 1954, el legislador entendió que los hechos allí descriptos, por su especial lesividad, configuraban una grave perturbación del orden social, lo que habilitaba la intervención del Estado a través del derecho penal.

Desde entonces, a pesar de algunas lagunas normativas, axiológicas o producto de los defectos de su técnica legislativa, la ley 14.346 viene siendo aplicada e interpretada razonablemente por los distintos tribunales del país, dando lugar a importantes precedentes en la materia. Estos precedentes han marcado el camino que actualmente transitamos, orientado al nuevo paradigma del animal como ser sintiente.

Téngase en cuenta que al tiempo de la sanción de la ley mencionada, los animales eran -son aún- considerados cosas muebles semovientes por la legislación civil. El legislador quiso entonces ser coherente con el Código Civil de Vélez Sarsfield y con la propia sistemática del Código Penal, que en su artículo 183 habla del delito de daño sobre un animal, pero dentro en el Título VI, sobre "Delitos contra la propiedad", estableciendo así la misma escala punitiva en la ley 14.346.

Actualmente, hay una creciente sensibilidad social que permite considerar a los animales como seres sintientes. En esta línea se ha expedido la jurisprudencia nacional que, indudablemente, viene avanzando con mayor celeridad que el legislador. Ello impone la necesidad de que el estatus jurídico de "cosa" que aún tiene el animal no humano en nuestra legislación sea modificado en una próxima reforma al Código Civil.

Precisamente, es este nuevo paradigma el que da sustento al merecimiento y necesidad de establecer para los casos de maltrato y crueldad animal una pena que sea acorde con la gravedad de los hechos previstos en las leyes 14.346 y 27.330, los cuales ya no tienen como objeto de la acción punible cosas muebles, sino seres sintientes capaces de experimentar angustia, ansiedad, sufrimiento, dolor, etcétera.

Por ello, en mi opinión, la actual escala penal de quince días a un año de prisión de la ley 14.346 debe ser actualizada aumentando su mínimo y máximo, conforme al nuevo paradigma y al bien jurídico pluriofensivo que se intenta proteger. No se trata sólo de endurecer las penas, sino de que ellas sean proporcionadas a la gravedad del delito cometido, respetándose los principios de proporcionalidad y culpabilidad, que son rectores en materia penal. Ello sin perder de vista que la nueva escala que se establezca debe guardar coherencia con el resto de los delitos de nuestro sistema penal, según la entidad de cada bien jurídico tutelado.

En este orden de cosas, de concretarse la modificación de la ley 14.346, a mi modo de ver deberían considerarse las siguientes cuestiones:

1. Legislar los delitos contra los animales dentro del articulado del Código Penal junto con el resto de los delitos y no en una ley complementaria. Esto contribuye a la armonía y completitud del sistema penal, e incluso jerarquiza estos delitos.

2. Diferenciar la escala penal aplicable a los actos de maltrato respecto de los actos de crueldad. Esto se debe a que en la actualidad ambos grupos de delitos tienen la misma sanción penal -quince días a un año de prisión-, lo que constituye una laguna axiológica siendo que los actos de crueldad tienen, objetivamente, un contenido de ilicitud mayor que los de maltrato.

3. Armonizar las penas previstas en la ley 27.330 -prisión de tres meses a cuatro años y multa- con la de la ley 14.346. Esto, por cuanto la primera contempla delitos de peligro y de mera actividad -organizar, promover, facilitar o realizar una carrera de perros-, sin que ello suponga un resultado lesivo a la integridad física del animal, mientras que otras conductas previstas en la ley que hoy nos convoca, aun tratándose de delitos de resultado y de mayor gravedad -por ejemplo, despellejar un perro-, tienen una pena muy inferior, de quince días a un año de prisión.

Una alternativa sería considerar los tipos penales de la ley 27.330 dentro de los conocidos "actos de maltrato" de la 14.346, reservando para los "actos de crueldad" las sanciones penales más severas.

4. Corregir aquellos tipos penales que presentan una gran apertura y elementos subjetivos de difícil comprobación e interpretación, como por ejemplo el actual artículo 3º, inciso 7), de la ley 14.346, que en su última parte refiere a la conducta de "matar por solo espíritu de perversidad", constituyendo un elemento subjetivo distinto del dolo, que es de difícil comprobación empírica e interpretación.

5. Añadir como actos de crueldad las prácticas vinculadas a la zoofilia y el abandono de animales, que ya han sido contemplados en el derecho comparado.

6. Utilizar, tras la descripción de las conductas típicas del artículo 3º, inciso 7), una expresión que permita completar el tipo penal acudiendo a una analogía intratípica. Se sugiere la frase: "...o cualquier otro acto que implique infligir injustificadamente sufrimiento físico o psíquico al animal...". Este tipo de analogía, similar a la que utiliza el artículo 172 del Código Penal, se encuentra permitida y sería de utilidad para abarcar supuestos de hechos no descritos específicamente en la ley.

7. Incorporar como agravantes para estos delitos los supuestos en los que el infractor revista la calidad de funcionario público, cuando el hecho sea cometido valiéndose o en presencia de menores de edad, con ensañamiento, con fines de lucro, precio o promesa remuneratoria.

8. Incorporar la pena de inhabilitación especial para ejercer toda profesión, oficio o comercio relacionado con los animales, en caso de ser cometido el hecho por funcionarios públicos, veterinarios, encargados de guarderías, pet-shops, etcétera, tal como prevé el Código Penal de España en su artículo 337. En efecto, quien ejecuta actos de maltrato o crueldad revela un ejercicio delictuoso y abusivo que justifica esta sanción de carácter impeditivo.

9. Incorporar la pena de inhabilitación especial para la tenencia de animales, al menos en los casos de crueldad, para que el autor del delito preventivamente no tenga contacto con animales, siendo este el fin cautelar de dicha pena.

Por último, sería desaconsejable la inclusión de los tipos culposos en el texto de la ley 14.346, entre otros motivos, por resultar incompatible con los conceptos de maltrato y crueldad animal ínsitos en el título de la ley. Además, como han recordado otros colegas, debemos tener presente que la legislación penal es de ultima ratio; por lo tanto, para aquellos resultados culposos tenemos todavía normas extrapenales, que las podemos encontrar en normas de carácter administrativo e incluso en el derecho civil.

Por lo tanto, considero que debemos evitar la máxima expansión del derecho penal y reservar estos delitos para los casos de las infracciones cometidas a título de dolo, ya sea directo o eventual. Muchas gracias. (Aplausos.)

SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Tiene la palabra Silvia Sastre, presidenta de la Mesa de Proteccionistas de Animales de Córdoba.

SRA. SASTRE Buenas tardes. Gracias por el espacio que nos brindan. Voy a tratar de ser breve porque hay algunas de las consideraciones que ya ha expresado gente del grupo.

Arthur Schopenhauer, un filósofo alemán del siglo XIX, entre otras frases memorables, expresó: "El hombre ha hecho de la Tierra un infierno para los animales". Y nada ha cambiado; hemos ampliado a través del tiempo el contexto desde el cual la utilización de los animales para diversos fines ha terminado siendo aceptada como natural. Y así escuchamos, repetimos y afirmamos que hay animales para o de consumo, trabajo, divertimento, experimentación, vestimenta, etcétera, negándoles de esa manera identidad, individualidad, dignidad, derechos, y facilitando su utilización según nuestra conveniencia como si naciera con la etiqueta que determina su destino.

Nuestro Código Civil sigue teniendo a los animales en una calificación de objeto, dificultando la visión que desde la ciencia del derecho y desde la ciencia de la investigación conductual impulsan a que sean considerados como sujetos de derechos dotados de conciencia, calificación que se contrapone con la ley 14.346, que es la que nos convoca, la que los sitúa como víctimas de acciones humanas.

A nivel mundial, como ya lo ha dicho la licenciada Morales, los animales han sido perjudicados por las conductas humanas y ha llegado por caso y ejemplo a que el FBI buscara y encontrara un nexo común con los asesinos seriales como inicio y predictor de comportamientos delictivos, y ese nexo fue la violencia ejercida contra los animales no humanos que los llevó en el año 2016 a calificarla como delito grave y dentro de la misma categoría que los incendios intencionales, robos, asaltos y homicidios.

Bajo el reporte de incidentes las agencias norteamericanas comenzaron a recopilar datos detallados sobre actos de crueldad contra animales que incluyen negligencia grave, tortura, abuso organizado y abuso sexual. El sentimiento de empatía y compasión por las situaciones a las que son expuestos los animales ha llevado a considerar a las distintas especies como individuos vulnerables a proteger.

En nuestro país la corriente del proteccionismo animal tiene tres siglos de vigencia y nació a impulsos de constatar y desear detener la brutalidad ejercida hacia los caballos utilizados por carreros en la ciudad de Buenos Aires. Varias personalidades se unieran tras ese interés y entre ellas podemos nombrar a Guido Spano, a Domingo Faustino Sarmiento, agregándose más tarde Ignacio Albarracín y Bartolomé Mitre. La impronta con que Sarmiento y Albarracín marcaron el trabajo de la protección animal en nuestro país dio fruto a la concreción de la 2.786, del año 1891, conocida como "Ley Sarmiento". Sesenta y tres años después Antonio Benítez, abogado y político argentino, autor del proyecto de ley 14.346 impulsado por el entonces presidente Perón, logró la sanción por la Cámara de Diputados en septiembre de 1954.

Desde entonces y hasta nuestros días esta ley nos ha permitido ejercer y reclamar a la Justicia la persecución de los diversos delitos que podemos constatar. No obstante, las penas exiguas y la falta de tipificación de otras conductas delictivas llevan a entender que es necesaria una modificación que amplíe las primeras e incluya las otras figuras que se han tornado habituales.

Desde el ámbito del proteccionismo entendemos que los cambios sociales que deben llevar a considerar como semejantes a los individuos de otras especies animales que comparten la Tierra con nosotros solo se logran desde la educación. Por eso seguimos apostando a educar en todos los ámbitos en que nos desempeñamos. En el sentido de considerar lo que ya se ha expresado en el trabajo, en las raíces, el impulso y el acompañamiento del derecho animal y de la ciencia en general da razón a la pasión que guía nuestro objetivo.

Para finalizar quisiera dejar la conclusión de la Declaración de Cambridge -sobre la cual también se ha hablado- sobre la conciencia. Es un manifiesto muy reciente, firmado en 2012, sobre la conciencia de los animales humanos y no humanos como resultado de investigaciones de un prestigioso grupo internacional de científicos que reevaluaron los sustratos neurobiológicos de la experiencia consciente y los comportamientos relacionados con ésta, tanto en animales humanos como no humanos, concluyendo que los animales no humanos poseen conciencia porque tienen los sustratos neurológicos para sentir y poseen la capacidad de mostrar comportamientos intencionales.

En conclusión, los animales en general sienten las mismas emociones que nos animan y ya no podemos seguir ignorando esta realidad.

Por ese motivo es que me permito sugerir a los señores diputados que, junto con la racionalidad que guiará la concreción de una optimización respetuosa de esta ley, dejen abierta la posibilidad de encararla acompañados por la compasión que significa en definitiva ponerse en la piel de otro, en este caso, de los animales. Muchas gracias. (Aplausos.)

SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Tiene la palabra Leonardo Barnabà, de la Asociación Civil Caballos de Quilmes.

SR. BARNABÀ Muchas gracias, señor presidente. Es mi intención dar una exposición lo más útil posible, y sobre todo, ajustada la realidad.

Soy un abogado litigante en temas de derecho animal, de esos que todos los días se dedican a encarar la Mesa de Entrada de los Tribunales, a subir y bajar las escaleras y que ven cuáles son los obstáculos que en la realidad ocurren en el derecho animal.

Vengo particularmente de un distrito muy difícil en cuanto al maltrato animal, tristemente muy difícil, como es el distrito de Quilmes, donde en los últimos seis meses hemos encontrado y rescatado caballos maltratados por la tracción a sangre, a razón de dos por semana.

Quilmes es un distrito que tiene una ordenanza municipal que prohíbe la tracción a sangre y, como bien señaló mi colega Edgardo Di Salvo, presentamos un recurso de amparo por el cual el intendente va a tener que responder por qué nunca la aplicó.

En definitiva, proteger y sancionar son dos aspectos que una ley respecto del derecho animal debe tener; claro que una ley penal va a sancionar, y que proteger en términos procesales escapa a lo que estamos hablando hoy. Pero más allá de que tengamos que hablarlo en un futuro, lo cierto es que muchas veces los fines de una norma penal caen frente a las contingencias del proceso penal.

Lo tengo que decir tomando un caso que ocurrió justamente en Quilmes, tristemente llamada -sin ánimos de competir con otras ciudades- la capital provincial del maltrato equino, donde el año pasado se secuestraron 27 animales en un allanamiento.

El expositor exhibe unas fotografías.
SR. BARNABÀ Los animales estaban en este estado. Esto es Quilmes y esto es de hace menos de un año.

Después de que los caballos fueron secuestrados y después de que las pseudoorganizaciones sociales se presentaron para que se les devuelvan esos animales a los mismos maltratadores, se los saque del lugar donde estaban, un fiscal no tuvo mejor idea que efectivamente querer devolvérselos a esos 27 maltratadores.

Gracias al universo que hay abogados -que lo que hicimos fue ponernos al frente de esto- y asociaciones como Caballos de Quilmes, que lograron que esta medida se suspendiese y que los animales hoy sigan a resguardo. (Aplausos.)

Es por este tipo de contingencias de operadores jurídicos que son poco prudentes y que conocen poco de derecho animal que necesitamos protegerlos más, que necesitamos avanzar en cuanto a inhabilitación, a resguardo, a secuestro, en cuanto a quién le devolvemos los caballos cuando ya los secuestramos y en cuanto a tipos culposos, cuestiones que yo dejaré por escrito por un tema de tiempo.

Ahora, tristemente también he visto que todavía seguimos discutiendo si los animales son o no sujetos de derecho; una discusión triste porque a mi parecer, por lo menos, ya nos es ajena. Lo dicen la Constitución, la naturaleza, la lógica humana y el derecho internacional. Debemos cuidar la naturaleza, y los animales merecen ser cuidados; por eso son sujetos de derecho y por eso deben ser considerados como víctimas en estos casos. Nadie que mira a los ojos a un animal puede decir que es una cosa. No hay manera de sostener eso, nunca. Por eso es que esa discusión ya nos es ajena, porque no podemos volver sobre ese aspecto.

Claro que si estamos volviendo sobre eso para saltearnos otras discusiones, entonces veo el porqué. Porque, fíjense, hay una actividad que se asienta, que tiene sus cimientos propios en la esclavitud de los animales, en su trabajo absolutamente involuntario, sin consideración alguna de su estado de salud, a través de la cual los animales son condenados a una agonía más que silenciosa y constante. Me estoy refiriendo sin la menor duda a la tracción a sangre, a la utilización de animales para carga cuando no estamos autorizados de ninguna manera a hacer eso.

Además, déjenme decirles que, por más que uno haga el intento -no soy yo el que lo hace-, no hay tracción a sangre sin sufrimiento para los animales, no hay tracción a sangre sin agonía y sin angustia para los caballos. Al respecto, quiero dejar esto asentado: nunca podemos diferenciar maltrato de tracción a sangre; la tracción a sangre es maltrato. Y cuando nos dicen que la tracción a sangre no es delito están absolutamente equivocados, porque la tracción a sangre engendra en sí mismo un maltrato.

Ahora bien, no solo debemos mencionar la tracción a sangre, sino también los circos con animales y la experimentación indiscriminada en los animales, como si nosotros tuviéramos el derecho a hacer lo que queremos con los animales.

En definitiva, hay una cuestión absolutamente falaz que también tristemente se suele decir y nos han culpado a nosotros de esto, es decir, que prohibir la tracción a sangre es criminalizar la pobreza. Triste manera de sacarse de encima un problema, ¿no? Triste manera de no discutir un problema que tenemos y que existe.

Ya les digo, en Quilmes, son rescatados dos caballos por semana, más o menos, y gracias que existe Caballos de Quilmes para ocuparse de ellos porque si no quedarían sobre el asfalto de nuestras ciudades y nadie haría nada.

En definitiva, no se puede evitar señalar que la tracción a sangre mata, pero la realidad es que no ocuparse de esta cuestión y dejar que las mafias que viven del robo de los equinos sigan alquilándolos a quienes tienen que trabajar con ellos, o dejar que las mafias después se los compren a esas mismas personas para venderlos a los frigoríficos, mientras que los únicos que tienen consecuencias penales y que son legítimamente perseguidos penalmente son los propios carreros, es no hacerse cargo de un tema tremendo.

SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Resta un minuto de su tiempo.

SR. BARNABÀ ¡Eso es criminalizar la pobreza! (Aplausos.)

No hacerse cargo de esta situación, que ya es innegable que existe, es -como les decía- criminalizar la pobreza. Eso es lo que peor hace a una sociedad: decir que cuidar a los animales es, en definitiva, lo que hace que los pobres sigan siendo pobres, como si el proteccionismo o los abogados que defendemos a los proteccionistas y a los animales fuésemos los culpables de algo de lo que el Estado tiene que hacerse cargo y que no sabemos por qué todavía se niega a hacerlo. (Aplausos.)

SR. PRESIDENTE LIPOVETSKY Tiene la palabra Raquel Viglione, la anteúltima expositora del día de hoy. Es abogada y antropóloga, y pertenece a la ONG Vida por la Vida, de la ciudad de Moreno.

SRA. VIGLIONE Señor presidente: mi agradecimiento a los señores diputados y muy en especial a la señora diputada Alicia Soraire por esta convocatoria.

A continuación, la expositora muestra en pantalla una serie de fotografías.
SRA. VIGLIONE Me permití en esta oportunidad reflejar un dibujo de mi autoría, de la triste realidad de los canes en CABA y, en Moreno, muy en particular.

La imagen que vemos es elocuente, por lo menos a partir de la creación artística, de la situación que se vive en muchos lugares en donde los animales son maltratados, en estas situaciones angustiosas de hambre.

Conjuntamente con mi hermana Renata, durante muchos años hemos sido adoptantes de animales que salen de criaderos; especialmente, son animales de raza.

Este perro de criadero, de nombre Vincent, vivió solamente un año con nosotros por un problema muy grave que tenía en la sangre. Al mes de estar en un hogar podemos ver este cambio significativo.

Los animales de criadero muchas veces -por lo menos en los casos de los que nosotros hemos adoptado- vienen con las cuerdas vocales cortadas, faltos de peso y con problemas sumamente graves en los dientes. Por lo general, sus patas traseras se encuentran atrofiadas por el encierro; realmente no saben caminar ni ubicarse en el espacio.

En cuanto a la conducta puedo decir que ninguno de ellos movía la cola en señal de alegría; muchos nunca lo hicieron. Además, tenían un apego ansioso al nuevo propietario, timidez extrema y miedo.

Después de ver esta realidad, a continuación vamos a considerar la naturaleza jurídica de los animales. El vocablo animal designa a un ser viviente que se mueve, dotado de aliento vital o ánima.

Pero vamos a ver que desde el derecho civil tradicional los animales nunca fueron sujetos de derecho sino meramente objetos, desde que los códigos decimonónicos los ubicaron entre las cosas. En nuestro ordenamiento jurídico, en el Código de Vélez, los animales no humanos ostentaron la categoría jurídica de cosa.

El actual ordenamiento jurídico tipifica en el artículo 227 a las cosas muebles y dice: "Son cosas muebles las que pueden desplazarse por sí mismas o por una fuerza externa." Resulta evidente que se hace referencia a los animales -semovientes-, por lo que la categoría jurídica de estos en el nuevo ordenamiento no cambió en lo más mínimo respecto del anterior.

Sin embargo, todavía tenemos luces de esperanza. ¿Por qué? Porque en base a precedentes de jurisprudencia podemos notar algunos atisbos de cambio.

En 2012, en la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo de Primera Nominación de Río Cuarto se trató un caso sobre restitución de bienes muebles, entre los que figuraba un can. Es decir, el actor pedía la restitución de una mesa, una heladera, una cama, pero también de un can de raza basset, de nombre Bauti.

Con acierto, el juez a quo -y posteriormente confirmado por la Cámara- estableció -esto lo cito textualmente-: "Cabría preguntarse entonces quién es el verdadero dueño de Bauti, el que lo compró o quien ha vivido y cuidado de él durante diez años". "Para concluir, desde esta perspectiva..." -dicen los sentenciantes- "...no creemos que los perros sean simplemente una cosa en el sentido del Código Civil."

Pero hemos de considerar que desde el derecho penal percibimos las más auspiciosas perspectivas de cambio. Todos ya conocemos el "caso Sandra", de 2015, del Juzgado Contencioso Administrativo y Tributario N° 4 de la Ciudad de Buenos Aires, a cargo de la doctora Liberatori, quien resolvió hacer lugar a la acción de amparo promovida a favor de la orangután Sandra, en los siguientes términos: "Reconocer a la orangután Sandra como un sujeto de derecho, conforme a lo dispuesto por la ley 14.346 y el Código Civil y Comercial de la Nación Argentina en cuanto al ejercicio no abusivo de los derechos por parte de sus responsables".

Al año siguiente, en 2016, el Tercer Juzgado de Garantías del Poder Judicial de Mendoza hizo lugar a la acción de habeas corpus presentada por la Asociación y declaró a la chimpancé Cecilia, de treinta años de edad, como sujeto de derecho no humano, disponiendo su traslado a un santuario ubicado en la República de Brasil.

Otro caso muy reciente y alentador fue el del Tribunal Oral de La Pampa, donde el Juez Daniel Alfredo Sáez Zamora, a cargo del Juzgado de Instrucción y Correccional de Santa Rosa, resolvió condenar a una persona que había abusado de un can, estableciendo que un grupo de personas que no se conocían entre sí y en forma espontánea pudieron agruparse para dar testimonio de lo sucedido por un animal sin dueño y sin aparente valor. Lo único que tenía, nada más y nada menos, era su vida.

Otro fallo importante ocurrió en la Ciudad de Buenos Aires, que estableció lo siguiente: "Los animales, desde la ciencia y desde el sentido común, claramente no son cosas", así como "si los ordenamientos solo protegen por su valor intrínseco, independientemente del interés de terceros, a las personas o sujetos de derechos, los animales no humanos deberían tener el mismo estatus".

Otras disciplinas, como por ejemplo la zoología, nos hablan de que los animales sienten dolor.

También desde la filosofía se nos dice que los animales tienen una vida, una dignidad propia. En Suiza se contempla el concepto de dignidad de las criaturas a través de la concepción proveniente del teólogo Karl Barth de "dignidad propia".

Desearía entonces que en la nueva ley se pueda incluir la denominación de "animales no humanos", se establezca que el valor fundamental del animal no humano es justamente su vida, y se propicie que los cambios en la categoría jurídica de objeto a sujeto de derecho no humano sean conforme a la jurisprudencia más novedosa del país. En este sentido, cabe mencionar algo muy puntual, que es la utilización de anestesia en todos los casos en los que se intervenga a un animal no humano. (Aplausos.)

SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY A continuación va a hacer uso de la palabra la última oradora del día de hoy, la señora Claudia Sarkisian, proteccionista.

SRA. SARKISIAN Buenas noches.

En primer lugar, quisiera agradecer el espacio que me han dado para esta acá.

Yo solamente voy a tocar cinco puntos. Además de tener más de veinticinco años de experiencia como proteccionista de animales domésticos -ya sea caninos, felinos y equinos-, tengo un programa radial donde hago concientización sobre la salud de los derechos de los animales.

La idea es tocar cinco puntos importantes para modificar la ley 14.346. Estoy de acuerdo con lo que dijo el señor Juan Ignacio, que habló esta tarde, respecto de las palabras que se utilizan para hacer las leyes. Voy a nombrar una sola ley, que es la que modificó la ley 14.107, donde a los animales se los tiene como "perros potencialmente peligrosos". Sería bueno que esto se modifique, porque creo que no hay perros peligrosos. Lo peligroso es la raza humana, que enseña, educa o despierta ese instinto en animales de caracteres fuertes como el pitbull, el rottweiler y el doberman.

Ese es uno de los ítems que no tendrían que dejarse de lado en caso de modificarse la ley 14.346.

Otro de los puntos importantes es la adaptación con tenencia responsable, que no la hay. Uno de ellos sería también prohibir. A veces uno le da tránsito a los animales en situación de calle. Para eso se les paga a las personas un importe de entre 300 o 400 pesos, hasta que haya una adoptante.

Esa es una forma de lucro, y me parece que estaría bueno que mediante una ordenanza se prohíba.

Cuando uno habla de adopción con tenencia responsable se está refiriendo a que aquella persona que adopta de un refugio debe asumir un compromiso. No es que hoy adopto un perro porque me sensibilizo un poco, pero luego tengo niños, me mudo a un departamento más chico y no tengo donde dejar al animal o me voy de vacaciones, y lo abandono. Todavía vemos muchos casos de perros que son empujados a las rutas desde los vehículos, y el perro va corriendo detrás.

Al firmar una tenencia responsable se tiene un compromiso de cuidado, mantenimiento y abandono.

Ese sería uno de los puntos. El segundo tiene que ver con un control de población animal. ¿Cómo hacerlo? Mediante un censo. Muchos tal vez recuerden que años atrás había censos humanos donde nos preguntaban sobre la tenencia de electrodomésticos, así como de animales, qué animales y cuántos. Nunca se hizo nada al respecto.

Sería bueno que haya un censo pero también tener una idea de cuántos animales tiene cada persona. Luego vemos los abandonos.

Tengamos en cuenta que cuando hay abandono, de una perra por ejemplo, sabemos que ésta tiene dos celos al año, o sea, catorce cachorros. Así, tendríamos catorce cachorros abandonados anualmente por cada perra. ¿Eso qué significa? Que cada día vamos a estar aumentando la población animal, sobre todo en lugares como Quilmes, Florencia Varela o Berazategui, que es donde yo vivo. Estas son localidades donde no se hace nada al respecto.

El censo también serviría como control de sanidad, que es uno de los ítems que deberían ser obligatorios por la ley 14.346. Hablamos de castraciones. A veces hay móviles que se dirigen a distintos sectores de la ciudad. Pero se comete un error. Yo creo que la castración debe ser gratis, y debe contemplarse también la esterilización a machos. ¿Qué diferencia tendríamos al esterilizar a los machos? Se evitarían enfermedades de transmisión de los machos, por estar con distintas hembras.

Hablamos de un tema de zoonosis. ¿Qué significa? Enfermedades que se transmiten de un animal a un ser humano, y viceversa. Con nuestra propuesta eso se evitaría.

Pero, reitero, considero que la gratuidad debería ser obligatoria. Cuando hablamos de realizar castraciones, estamos planteando que no solo deberían ser para la gente que tiene a su perro en el domicilio. Muchas veces he visto que la gente lleva a castrar a los perros de su casa, donde abundan los de raza. Este tipo de gente a lo mejor está en condiciones de abonar una castración hecha por un veterinario. Por el contrario, yo creo que la castración debe ser exigida para los animales callejeros, porque si seguimos castrando animales de propietarios que están dentro de su casa, no vamos a evitar el aumento de la población animal.

Segundo, la experimentación con animales cuando hablamos de productos testeados, donde el 99 por ciento no son seguros para el ser humano, porque convengamos que a veces se utilizan a los animales en laboratorios para vacunas o para determinados productos como maquillajes, donde esos animales luego son descartados, quemados, y hasta incluso mueren abandonados en los mismos laboratorios. Y después se descubre que para el ser humano no sirve porque el 99,9 por ciento es inútil en vacunas, ya que una cosa es el animal y, otra, el humano. Entonces, a veces esos testeos que realizan para vacunas en el humano no dan respuesta.

Por otro lado, también está bueno que se hable sobre los consorcios de propietarios de edificios. Me ha tocado estar en un café de abogados en Buenos Aires donde se trataba este tema. A veces en los contratos de alquiler se prohíben niños y animales por ruidos molestos, pero realmente el ladrido de un perro no se mide por una densidad, o sea que no es un ruido molesto para que eso suceda.

Para terminar, quiero hacer una sugerencia. La ley 14.346 habla de sanciones. El artículo 1º dice: "Será reprimido con prisión de 15 días a un año el que infligiere malos tratos o hiciere víctima de acto de crueldad a los animales." Acá se habla de una multa de 50 pesos, pero creo que tendría que ser más elevada. Quizás me equivoque, pero me parece que la prisión no sirve. Creo que lo que sirve es una multa muy elevada porque considero que tocar los bolsillos es lo que genera la concientización; o, viceversa, concientizamos tocando el bolsillo.

Hoy vemos que cuando uno va a una comisaría a realizar una denuncia lo primero que dicen es que las cárceles están colmadas, y por eso a veces no quedan presos; ¡cuánto más por violencia o maltrato hacia un animal! Entonces, creo que quizás la ley tendría que contemplar eso, y no que sea una pena de prisión sino una multa.

Por lo tanto, reitero, considero que tocar el bolsillo es lo que realmente concientiza a la gente. (Aplausos.)

SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Hemos terminado por el día de hoy. Hemos tenido una jornada muy extensa.

Quiero agradecer a todos los expositores por sus aportes a este debate. Seguramente vamos a tener próximas reuniones, para las cuales fijaremos la fecha de acuerdo a la disponibilidad de las salas y a las actividades de las dos comisiones que intervienen en este plenario. Nos llevamos mucha información en el día de hoy.

Como conclusión final, recordemos -se los reitero- que estamos acá discutiendo un proyecto de reforma de la ley 14.346, que tiene naturaleza penal, y por lo tanto nos acotamos a las competencias que tienen que ver con las competencias federales o nacionales. Hay muchas cuestiones que aquí se mezclan con competencias locales. La ley podrá fijar algunas pautas de política pública pero serán los gobiernos locales quienes deben aplicarla.

Es importante que sepamos esto porque lo más probable es que cuando vean el dictamen se encuentren con que muchas cuestiones que surgieron acá no van a estar incluidas porque el Congreso no tiene competencia para imponerlas; sí, por supuesto, lo que tiene que ver con las penas y muchas cuestiones que surgieron aquí y que vamos a incluir en el texto final que empezaremos a trabajar en las próximas semanas, una vez que terminemos con este debate.

Quiero agradecer nuevamente a todos los invitados, a los diputados presentes y a los que nos siguieron por Internet. Esta reunión ha sido transmitida por los medios de comunicación digital de la Cámara de Diputados, por lo que mucha gente la pudo seguir por Internet. Muchos diputados que no estuvieron aquí siguieron esta reunión a través de las redes, y varios me escribieron agradeciendo el debate que dimos hoy. De manera que, en mi nombre y en el de todos los diputados, les agradezco nuevamente. (Aplausos.)

Damos por finalizada la reunión.

Es la hora 19 y 4.