LEGISLACION PENAL
Comisión PermanenteOf. Administrativa: Piso P04 Oficina 404
Secretario Administrativo DR. SAADE MARTIN OMAR
Martes 15.30hs
Of. Administrativa: (054-11) 6075-7493/94 Internos 2403/01
clpenal@hcdn.gob.ar
- LEGISLACION GENERAL
- ACCION SOCIAL Y SALUD PUBLICA
- FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
- LEGISLACION PENAL
Reunión del día 10/05/2018
- IVE (CONJUNTA - MAÑANA)
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los diez días del mes de mayo de 2018, a la hora 10 y 15:
SRA. PRESIDENTA POLLEDO Me acaban de informar que el señor diputado Lipovetzky se ha demorado unos minutos -ya está llegando-, así que en honor a la puntualidad daremos inicio a la reunión.
Agradezco la presencia de todos los expositores y de las señoras y señores diputados por acompañarnos.
Damos comienzo a la novena reunión de este plenario. Cada visitante cuenta con siete minutos para exponer, yo les voy a avisar cuando estén en el minuto seis para que puedan redondear la exposición.
Sepan que esta reunión está siendo transmitida, de manera tal que hay muchos legisladores y legisladoras, además de la ciudadanía, que la siguen por los distintos medios.
Les pido, por favor, que no hagan referencia puntual a ninguno de los colegas diputados y diputadas.
Los vamos a ir llamando para que se acerquen al atril. Aquél que tenga algún Power Point o algún tipo de soporte digital, avísennos así lo vamos preparando y no atrasamos la reunión.
Muchísimas gracias y espero no haberme olvidado de nada.
Tiene la palabra Carmen Fontán, profesora titular de Derecho Constitucional de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Tucumán.
Agradezco la presencia de todos los expositores y de las señoras y señores diputados por acompañarnos.
Damos comienzo a la novena reunión de este plenario. Cada visitante cuenta con siete minutos para exponer, yo les voy a avisar cuando estén en el minuto seis para que puedan redondear la exposición.
Sepan que esta reunión está siendo transmitida, de manera tal que hay muchos legisladores y legisladoras, además de la ciudadanía, que la siguen por los distintos medios.
Les pido, por favor, que no hagan referencia puntual a ninguno de los colegas diputados y diputadas.
Los vamos a ir llamando para que se acerquen al atril. Aquél que tenga algún Power Point o algún tipo de soporte digital, avísennos así lo vamos preparando y no atrasamos la reunión.
Muchísimas gracias y espero no haberme olvidado de nada.
Tiene la palabra Carmen Fontán, profesora titular de Derecho Constitucional de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales de la Universidad Nacional de Tucumán.
SRA. FONTÁN Agradezco a la Cámara de Diputados que nos haya permitido participar de este diálogo entre quienes pensamos de distinta manera, porque tenemos que respetar lo que cada uno piensa.
Cuando se trata el tema del aborto suele hablarse en una cuestión en términos absolutos: se cree que existe vida desde el seno materno o no se cree en eso, lo que nos dispara posiciones muy dispares o absolutas. Yo no voy a hablar en términos morales ni religiosos ni científicos. Soy profesora de Derecho Constitucional y les voy a hablar desde el Derecho, desde lo que dicen las normas objetivas, lo que dice la Constitución, lo que dice el Derecho Internacional sobre los Derechos Humanos, lo que dice el Derecho Público provincial, que nos interpela y tiene mucho que decir porque nosotros somos del interior y también queremos que se sepa qué dicen nuestras normas.
Ustedes saben que en el trasfondo del aborto también se mueven ingentes cantidades de dinero; se estima que anualmente en Estados Unidos se mueven más de 1.000 millones de dólares a través del aborto.
La otra cara, la falta de políticas consistentes que se implementen para educar y para acompañar a las mujeres que no quieren embarazos no deseados.
La Constitución originaria de los argentinos no tenía una norma expresa, pero el artículo 29 rezaba -y es muy rico- que la vida de ningún argentino está a merced de gobierno o persona alguna.
No me voy a detener en la evolución de las distintas doctrinas sobre la consagración del derecho natural a la vida que la Corte ha reconocido como preexistente y como un derecho natural y fundamental para el ejercicio de los demás derechos.
Las constituciones provinciales -también desde el año 1986- han incorporado dentro de sus textos en su normativa una expresa consagración del derecho a la vida desde la concepción.
El derecho internacional de los derechos humanos es rico, variado, con jerarquía constitucional y a la Argentina la ha posicionado en un lugar claro en cuanto al respeto irrestricto del derecho a la vida desde la concepción.
Pueden interpretarse o verse los proyectos de distinta manera pero el bloque de constitucionalidad federal argentino es muy claro.
Recuerdo cuando un 19 de agosto, cuando en el seno de la Convención Constituyente del 94 se discutía la cláusula del artículo 75, inciso 23), sobre la protección del derecho a la vida. Simplemente, para recordarles a ustedes o porque quizás no lo han leído, voy a leer algunas palabras que los convencionales dijeron en el seno de la Convención Constituyente: "El desarrollo celular comienza después de la fecundación, a los 18 días inician las contracciones del corazón, a los 19 días comienza el desarrollo de los ojos, a los 20 aparece la base completa del sistema nervioso, a los 20 días late rítmicamente el corazón, y así sucesivamente. Ahí está la concepción, el ser, la persona, son hechos irrefutables".
Al respecto, la convencional Servini de García agregó: "Hablar de aborto como interrupción del embarazo es tan ridículo como definir al homicidio como el cese de la respiración." Cuando se refirió a la incorporación de este artículo, el miembro informante de la comisión, el doctor Rodolfo Barra, dijo: "En el artículo 75, inciso 23) podemos advertir que se establece clara y fuertemente la protección de la vida del niño desde su mismo comienzo, es decir, desde el momento de la concepción, y la protección de la mujer en estado de gravidez y luego en el parto, a través de diversas medidas no discriminatorias y asistenciales. Analizó los distintos tratados, sobre todo la Convención de los Derechos del Niño y la declaración interpretativa que la Argentina le hizo al artículo 1º de la Convención de los Derechos del Niño, diciendo que para la Argentina, niño es desde la concepción hasta los 18 años. Declaración interpretativa que fue aceptada y que se le dio jerarquía constitucional y que más allá de cualquier interpretación que se haga del artículo 1º, compromete la responsabilidad internacional del Estado argentino porque esa cláusula tiene jerarquía constitucional.
Nos preguntamos rápidamente qué pasa con la figura del hombre en los distintos proyectos que hay, sobre todo el que ha logrado consensuar más cantidad de firmas, que ronda en las 71 o 72.
Ustedes saben que el Código Civil, en el artículo 19, reconoce la vida desde la concepción, sin hacer diferencia entre vida uterina y extrauterina y el Código Civil tiene una serie de normas que aseguran los derechos del padre. El padre lo puede reconocer al hijo durante el embarazo, quedará condicionado a que nazca vivo. La madre embaraza le puede reclamar alimentos al padre, la responsabilidad parental desde el momento de la procreación es de ambos padres.
Tenemos jurisprudencia en Tucumán, sobre filiación, reconocimiento de filiación tardía donde al padre se le dio responsabilidad por el daño moral por no reconocer al hijo desde el momento de la procreación y se lo hizo responsable.
Tucumán tiene tres normas de defensa de la vida desde la concepción y un artículo, el 146, que es amplísimo en el reconocimiento y en cuáles son las obligaciones del Estado. Les digo algo, la Constitución puede diseñar los derechos que quiera y los debemos respetar pero por el principio pro homine. Desde el derecho público provincial podemos ampliar. Tucumán tiene el ejercicio de poder de policía de la Salud y en eso va a ser una defensa irrestricta del derecho a la vida. (Aplausos.)
Cuando se trata el tema del aborto suele hablarse en una cuestión en términos absolutos: se cree que existe vida desde el seno materno o no se cree en eso, lo que nos dispara posiciones muy dispares o absolutas. Yo no voy a hablar en términos morales ni religiosos ni científicos. Soy profesora de Derecho Constitucional y les voy a hablar desde el Derecho, desde lo que dicen las normas objetivas, lo que dice la Constitución, lo que dice el Derecho Internacional sobre los Derechos Humanos, lo que dice el Derecho Público provincial, que nos interpela y tiene mucho que decir porque nosotros somos del interior y también queremos que se sepa qué dicen nuestras normas.
Ustedes saben que en el trasfondo del aborto también se mueven ingentes cantidades de dinero; se estima que anualmente en Estados Unidos se mueven más de 1.000 millones de dólares a través del aborto.
La otra cara, la falta de políticas consistentes que se implementen para educar y para acompañar a las mujeres que no quieren embarazos no deseados.
La Constitución originaria de los argentinos no tenía una norma expresa, pero el artículo 29 rezaba -y es muy rico- que la vida de ningún argentino está a merced de gobierno o persona alguna.
No me voy a detener en la evolución de las distintas doctrinas sobre la consagración del derecho natural a la vida que la Corte ha reconocido como preexistente y como un derecho natural y fundamental para el ejercicio de los demás derechos.
Las constituciones provinciales -también desde el año 1986- han incorporado dentro de sus textos en su normativa una expresa consagración del derecho a la vida desde la concepción.
El derecho internacional de los derechos humanos es rico, variado, con jerarquía constitucional y a la Argentina la ha posicionado en un lugar claro en cuanto al respeto irrestricto del derecho a la vida desde la concepción.
Pueden interpretarse o verse los proyectos de distinta manera pero el bloque de constitucionalidad federal argentino es muy claro.
Recuerdo cuando un 19 de agosto, cuando en el seno de la Convención Constituyente del 94 se discutía la cláusula del artículo 75, inciso 23), sobre la protección del derecho a la vida. Simplemente, para recordarles a ustedes o porque quizás no lo han leído, voy a leer algunas palabras que los convencionales dijeron en el seno de la Convención Constituyente: "El desarrollo celular comienza después de la fecundación, a los 18 días inician las contracciones del corazón, a los 19 días comienza el desarrollo de los ojos, a los 20 aparece la base completa del sistema nervioso, a los 20 días late rítmicamente el corazón, y así sucesivamente. Ahí está la concepción, el ser, la persona, son hechos irrefutables".
Al respecto, la convencional Servini de García agregó: "Hablar de aborto como interrupción del embarazo es tan ridículo como definir al homicidio como el cese de la respiración." Cuando se refirió a la incorporación de este artículo, el miembro informante de la comisión, el doctor Rodolfo Barra, dijo: "En el artículo 75, inciso 23) podemos advertir que se establece clara y fuertemente la protección de la vida del niño desde su mismo comienzo, es decir, desde el momento de la concepción, y la protección de la mujer en estado de gravidez y luego en el parto, a través de diversas medidas no discriminatorias y asistenciales. Analizó los distintos tratados, sobre todo la Convención de los Derechos del Niño y la declaración interpretativa que la Argentina le hizo al artículo 1º de la Convención de los Derechos del Niño, diciendo que para la Argentina, niño es desde la concepción hasta los 18 años. Declaración interpretativa que fue aceptada y que se le dio jerarquía constitucional y que más allá de cualquier interpretación que se haga del artículo 1º, compromete la responsabilidad internacional del Estado argentino porque esa cláusula tiene jerarquía constitucional.
Nos preguntamos rápidamente qué pasa con la figura del hombre en los distintos proyectos que hay, sobre todo el que ha logrado consensuar más cantidad de firmas, que ronda en las 71 o 72.
Ustedes saben que el Código Civil, en el artículo 19, reconoce la vida desde la concepción, sin hacer diferencia entre vida uterina y extrauterina y el Código Civil tiene una serie de normas que aseguran los derechos del padre. El padre lo puede reconocer al hijo durante el embarazo, quedará condicionado a que nazca vivo. La madre embaraza le puede reclamar alimentos al padre, la responsabilidad parental desde el momento de la procreación es de ambos padres.
Tenemos jurisprudencia en Tucumán, sobre filiación, reconocimiento de filiación tardía donde al padre se le dio responsabilidad por el daño moral por no reconocer al hijo desde el momento de la procreación y se lo hizo responsable.
Tucumán tiene tres normas de defensa de la vida desde la concepción y un artículo, el 146, que es amplísimo en el reconocimiento y en cuáles son las obligaciones del Estado. Les digo algo, la Constitución puede diseñar los derechos que quiera y los debemos respetar pero por el principio pro homine. Desde el derecho público provincial podemos ampliar. Tucumán tiene el ejercicio de poder de policía de la Salud y en eso va a ser una defensa irrestricta del derecho a la vida. (Aplausos.)
SRA. PRESIDENTA POLLEDO Tiene la palabra el señor Oscar Cabrera, director Ejecutivo del Instituto O´Neill de la Universidad de Georgetown.
SR. CABRERA En primer lugar, quiero agradecer por la invitación a participar.
En segundo lugar, voy a explicar el trabajo que hace el Instituto y por qué estamos aquí. Nuestro Instituto es de investigación de la Escuela de Derecho de la Universidad de Georgetown, que se enfoca específicamente en la intersección entre salud y derecho. Todo es una perspectiva de derecho internacional y derecho comparado.
Trabajamos muchos temas de salud y salud sexual y reproductiva es uno de los principales en los que trabajamos.
También quiero resaltar que nuestro trabajo se enfoca específicamente en analizar evidencia de salud pública y estándares de derecho internacional de una manera objetiva, tratamos de hacer un análisis objetivo del derecho respetando la coherencia académica e intelectual.
Prometo hacer mi exposición lo más corta posible y enfocarme en tres puntos específicos. El primero, es el del aborto inseguro como un problema de salud pública; en segundo lugar, quiero hablar de los estándares de derecho internacional de los derechos humanos y, finalmente, hablar un poco de derecho internacional público y de algunos de los temas que se han venido discutiendo estas semanas de derecho internacional.
En cuanto al aborto inseguro, no voy a hablar de datos específicos en la Argentina, porque creo que otras organizaciones están mucho mejor preparadas y han hecho trabajos que se han presentado aquí. Ya se ha discutido sobre la vida específica en la Argentina, pero la OMS define el aborto inseguro como el procedimiento para terminar un embarazo no deseado llevado a cabo por personas carentes de las habilidades necesarias o en ambientes que no conforman los estándares médicos mínimos.
Lo que sabemos es que hay evidencias claras de que la penalización del aborto no es una medida que logre el fin que se persigue; no es una medida eficiente. En vez de prevenir la incidencia de abortos lo que hace es disminuir el acceso al aborto seguro. En este contexto hay evidencia clara de que cuando se despenaliza el aborto hay una reducción significativa de la mortalidad materna. Esta evidencia existe y es bastante clara.
La penalización convierte al aborto en un servicio médico ilegal, incrementa los índices de aborto inseguro y mortalidad materna de las mujeres que se encuentran forzadas a recurrir a abortos inseguros.
Es particularmente relevante esto para personas de estatus socioeconómico afectado o grupos que son marginados tradicionalmente. Esto es algo importante desde una perspectiva de derechos humanos y debemos enfocar esto como un tema de justicia social. Esto ocurre en la mayoría de los países. Tenemos evidencia de El Salvador, que es uno de los países en los que más se criminaliza el aborto. Ahí las más afectadas por la criminalización son las mujeres de estatus socioeconómico bajo.
Ahora, pasando un poco a las obligaciones en términos de derechos humanos, el derecho internacional de derechos humanos en años recientes ha establecido claramente que hay una incompatibilidad -esto es claro en los pronunciamientos de órganos internacionales y regionales de derechos humanos- entre la penalización del aborto y una serie de derechos humanos: derecho a la vida, a la salud, a la integridad personal, a la igualdad, a la no discriminación, a la privacidad, a la autonomía. De esto tenemos bastantes instrumentos normativos que han desarrollado estos estándares.
Aquí voy a hacer mención particularmente al derecho a la salud, que es el derecho en el que más trabajamos, y no solo cómo se lo garantiza constitucionalmente, sino cómo llegamos a lograr un goce efectivo de ese derecho.
Hay varias dimensiones del derecho a la salud. Una dimensión prestacional y una dimensión de crear condiciones sociales para que las personas puedan ser saludables. En el contexto de la dimensión prestacional para asegurar una plena efectividad del derecho a la salud se deben crear condiciones para que toda la ciudadanía tenga acceso a una asistencia médica real y el deber del Estado es garantizar ese acceso. No es nada más decir que tenemos el derecho constitucional a la salud o que hay una serie de causales incluidas, es hacer que esto sea un goce efectivo del derecho, que es traduzca en realidad y ahí muchas veces, los países latinoamericanos viven esta dicotomía de tener una realidad legal y después en la práctica no necesariamente se lleva a cabo.
Aquí es importante que las diferentes entidades o instituciones del sector salud puedan garantizar efectivamente la prestación del servicio de interrupción voluntaria del embarazo, inclusive en los marcos legales existentes, que a veces también se convierten en un problema.
Finalmente, aquí termino con la parte de derecho internacional público. Estaba viendo en los videos con los que trato de seguir el debate que ha habido y siempre se escucha -y seguro escucharemos hoy- que la Convención Americana de Derechos Humanos en su artículo 4.1 protege la vida desde el momento de la concepción, por ende no se puede despenalizar el aborto.
Al respecto, me parece que tenemos que ser intelectualmente coherentes. Desde 1981 la Comisión Interamericana dijo que no había conflicto, que ese conflicto no existía, que cuando se incluyó el término en general en los trabajos preparatorios era para darle flexibilidad a los países que quisieran avanzar en la despenalización. Seguir repitiendo y usar los mismos argumentos -desde mi perspectiva- es bastante poco honesto intelectualmente. No solo tuvimos el caso Baby boy contra Estados Unidos, en 1981, porque en 2012 la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en el caso Artavia Murillo contra Costa Rica, también aclaró la exención del 4.1 de la Convención. Así que me parece importante que tengamos eso en mente.
Para ir concluyendo quiero reforzar un par de ideas. Una de ellas es la importancia de que seamos coherentes en cómo usamos el derecho internacional y cómo interpretamos la normativa de derecho internacional.
Como decía antes, nuestro trabajo está basado en análisis objetivo de la evidencia, en análisis objetivo de los estándares legales y son bastante claras las conclusiones a las que se llega en este contexto.
Yo no podría, no sabría cómo estructurar una conclusión que me llevara a pensar que el derecho internacional de los derechos humanos limita la capacidad de un Estado de legislar en interrupción voluntaria del embarazo. Más bien sería todo lo contrario.
Para lograr un goce efectivo de los derechos para nosotros -todos los órganos, tanto del sistema universal como de un sistema interamericano- pasa por una despenalización del acceso a los servicios. Y esto no es distinto de lo que escuchamos en todos los debates. En Chile, cuando se debatió el proyecto legislativo el año pasado, también en el Tribunal Constitucional se argumentaba lo mismo, el artículo 4.1 de la Convención Interamericana, Convención de los Derechos del niño. En El Salvador es el argumento que se usa -que no tiene seriamente una coherencia legal, como decía antes- y también fue el argumento que utilizó Tabaré Vázquez para vetar la ley de salud reproductiva en Uruguay.
En ese momento tuvimos oportunidad de hacer un análisis detallado y escribir un artículo que criticaba los argumentos que usaba Tabaré Vázquez para justificar el veto a la ley de salud sexual y reproductiva en Uruguay. La conclusión era clara: no había bases jurídicas para justificarlo. Ese artículo lo escribimos con varios colegas, incluyendo a Martín Hevia, que es un profesor argentino, decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Torcuato di Tella, y lo ponemos a disposición si puede ser útil.
Finalmente, también quiero poner a disposición el trabajo y la capacidad del instituto de la Universidad de hacer investigación para apoyar este proceso legislativo si en algún momento podemos ser de ayuda en ese contexto y nos ponemos a su disposición.
Ahora también quiero resaltar la oportunidad histórica que tiene el Congreso Argentino y, cómo se pueden crear estas condiciones para que haya un goce efectivo de derechos, para que las mujeres y las personas con capacidad de gestar puedan tener acceso no solo legal sino real a los servicios de salud reproductiva. (Aplausos.)
En segundo lugar, voy a explicar el trabajo que hace el Instituto y por qué estamos aquí. Nuestro Instituto es de investigación de la Escuela de Derecho de la Universidad de Georgetown, que se enfoca específicamente en la intersección entre salud y derecho. Todo es una perspectiva de derecho internacional y derecho comparado.
Trabajamos muchos temas de salud y salud sexual y reproductiva es uno de los principales en los que trabajamos.
También quiero resaltar que nuestro trabajo se enfoca específicamente en analizar evidencia de salud pública y estándares de derecho internacional de una manera objetiva, tratamos de hacer un análisis objetivo del derecho respetando la coherencia académica e intelectual.
Prometo hacer mi exposición lo más corta posible y enfocarme en tres puntos específicos. El primero, es el del aborto inseguro como un problema de salud pública; en segundo lugar, quiero hablar de los estándares de derecho internacional de los derechos humanos y, finalmente, hablar un poco de derecho internacional público y de algunos de los temas que se han venido discutiendo estas semanas de derecho internacional.
En cuanto al aborto inseguro, no voy a hablar de datos específicos en la Argentina, porque creo que otras organizaciones están mucho mejor preparadas y han hecho trabajos que se han presentado aquí. Ya se ha discutido sobre la vida específica en la Argentina, pero la OMS define el aborto inseguro como el procedimiento para terminar un embarazo no deseado llevado a cabo por personas carentes de las habilidades necesarias o en ambientes que no conforman los estándares médicos mínimos.
Lo que sabemos es que hay evidencias claras de que la penalización del aborto no es una medida que logre el fin que se persigue; no es una medida eficiente. En vez de prevenir la incidencia de abortos lo que hace es disminuir el acceso al aborto seguro. En este contexto hay evidencia clara de que cuando se despenaliza el aborto hay una reducción significativa de la mortalidad materna. Esta evidencia existe y es bastante clara.
La penalización convierte al aborto en un servicio médico ilegal, incrementa los índices de aborto inseguro y mortalidad materna de las mujeres que se encuentran forzadas a recurrir a abortos inseguros.
Es particularmente relevante esto para personas de estatus socioeconómico afectado o grupos que son marginados tradicionalmente. Esto es algo importante desde una perspectiva de derechos humanos y debemos enfocar esto como un tema de justicia social. Esto ocurre en la mayoría de los países. Tenemos evidencia de El Salvador, que es uno de los países en los que más se criminaliza el aborto. Ahí las más afectadas por la criminalización son las mujeres de estatus socioeconómico bajo.
Ahora, pasando un poco a las obligaciones en términos de derechos humanos, el derecho internacional de derechos humanos en años recientes ha establecido claramente que hay una incompatibilidad -esto es claro en los pronunciamientos de órganos internacionales y regionales de derechos humanos- entre la penalización del aborto y una serie de derechos humanos: derecho a la vida, a la salud, a la integridad personal, a la igualdad, a la no discriminación, a la privacidad, a la autonomía. De esto tenemos bastantes instrumentos normativos que han desarrollado estos estándares.
Aquí voy a hacer mención particularmente al derecho a la salud, que es el derecho en el que más trabajamos, y no solo cómo se lo garantiza constitucionalmente, sino cómo llegamos a lograr un goce efectivo de ese derecho.
Hay varias dimensiones del derecho a la salud. Una dimensión prestacional y una dimensión de crear condiciones sociales para que las personas puedan ser saludables. En el contexto de la dimensión prestacional para asegurar una plena efectividad del derecho a la salud se deben crear condiciones para que toda la ciudadanía tenga acceso a una asistencia médica real y el deber del Estado es garantizar ese acceso. No es nada más decir que tenemos el derecho constitucional a la salud o que hay una serie de causales incluidas, es hacer que esto sea un goce efectivo del derecho, que es traduzca en realidad y ahí muchas veces, los países latinoamericanos viven esta dicotomía de tener una realidad legal y después en la práctica no necesariamente se lleva a cabo.
Aquí es importante que las diferentes entidades o instituciones del sector salud puedan garantizar efectivamente la prestación del servicio de interrupción voluntaria del embarazo, inclusive en los marcos legales existentes, que a veces también se convierten en un problema.
Finalmente, aquí termino con la parte de derecho internacional público. Estaba viendo en los videos con los que trato de seguir el debate que ha habido y siempre se escucha -y seguro escucharemos hoy- que la Convención Americana de Derechos Humanos en su artículo 4.1 protege la vida desde el momento de la concepción, por ende no se puede despenalizar el aborto.
Al respecto, me parece que tenemos que ser intelectualmente coherentes. Desde 1981 la Comisión Interamericana dijo que no había conflicto, que ese conflicto no existía, que cuando se incluyó el término en general en los trabajos preparatorios era para darle flexibilidad a los países que quisieran avanzar en la despenalización. Seguir repitiendo y usar los mismos argumentos -desde mi perspectiva- es bastante poco honesto intelectualmente. No solo tuvimos el caso Baby boy contra Estados Unidos, en 1981, porque en 2012 la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en el caso Artavia Murillo contra Costa Rica, también aclaró la exención del 4.1 de la Convención. Así que me parece importante que tengamos eso en mente.
Para ir concluyendo quiero reforzar un par de ideas. Una de ellas es la importancia de que seamos coherentes en cómo usamos el derecho internacional y cómo interpretamos la normativa de derecho internacional.
Como decía antes, nuestro trabajo está basado en análisis objetivo de la evidencia, en análisis objetivo de los estándares legales y son bastante claras las conclusiones a las que se llega en este contexto.
Yo no podría, no sabría cómo estructurar una conclusión que me llevara a pensar que el derecho internacional de los derechos humanos limita la capacidad de un Estado de legislar en interrupción voluntaria del embarazo. Más bien sería todo lo contrario.
Para lograr un goce efectivo de los derechos para nosotros -todos los órganos, tanto del sistema universal como de un sistema interamericano- pasa por una despenalización del acceso a los servicios. Y esto no es distinto de lo que escuchamos en todos los debates. En Chile, cuando se debatió el proyecto legislativo el año pasado, también en el Tribunal Constitucional se argumentaba lo mismo, el artículo 4.1 de la Convención Interamericana, Convención de los Derechos del niño. En El Salvador es el argumento que se usa -que no tiene seriamente una coherencia legal, como decía antes- y también fue el argumento que utilizó Tabaré Vázquez para vetar la ley de salud reproductiva en Uruguay.
En ese momento tuvimos oportunidad de hacer un análisis detallado y escribir un artículo que criticaba los argumentos que usaba Tabaré Vázquez para justificar el veto a la ley de salud sexual y reproductiva en Uruguay. La conclusión era clara: no había bases jurídicas para justificarlo. Ese artículo lo escribimos con varios colegas, incluyendo a Martín Hevia, que es un profesor argentino, decano de la Facultad de Derecho de la Universidad Torcuato di Tella, y lo ponemos a disposición si puede ser útil.
Finalmente, también quiero poner a disposición el trabajo y la capacidad del instituto de la Universidad de hacer investigación para apoyar este proceso legislativo si en algún momento podemos ser de ayuda en ese contexto y nos ponemos a su disposición.
Ahora también quiero resaltar la oportunidad histórica que tiene el Congreso Argentino y, cómo se pueden crear estas condiciones para que haya un goce efectivo de derechos, para que las mujeres y las personas con capacidad de gestar puedan tener acceso no solo legal sino real a los servicios de salud reproductiva. (Aplausos.)
SRA. PRESIDENTA POLLEDO Omití decir que este plenario está constituido por cuatro comisiones, que son las de Legislación General, de Legislación Penal, de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia -cuya presidenta, la diputada Alejandra Martínez, me acompaña- y la de Acción Social y Salud Pública.
Mi nombre es Carmen Polledo, soy presidenta de la Comisión de Acción Social y Salud Pública, y están llegando la diputada Gabriela Burgos, que es la presidenta de la Comisión de Legislación Penal, y el diputado Daniel Lipovetzky, que es el presidente de la Comisión de Legislación General.
También quiero decirles que como se trata de una reunión informativa, no hace falta reunir quórum especial, con lo cual con que cualquiera de nosotros esté presente podemos seguir adelante la jornada.
Invitamos ahora a Stella Maris Sendin, integrante de la Fundación Elige Sonreír.
Mi nombre es Carmen Polledo, soy presidenta de la Comisión de Acción Social y Salud Pública, y están llegando la diputada Gabriela Burgos, que es la presidenta de la Comisión de Legislación Penal, y el diputado Daniel Lipovetzky, que es el presidente de la Comisión de Legislación General.
También quiero decirles que como se trata de una reunión informativa, no hace falta reunir quórum especial, con lo cual con que cualquiera de nosotros esté presente podemos seguir adelante la jornada.
Invitamos ahora a Stella Maris Sendin, integrante de la Fundación Elige Sonreír.
SRA. SENDIN Señora presidenta: gracias por permitirme contarles en esta mañana un pequeño testimonio de vida.
En 1988, frente a una enfermedad que junto a mi esposo nos impedía ser padres, comenzamos un largo y tedioso camino hacia la adopción. Largo porque sabemos cuántos niños quedan en hogares esperando que llegue una familia que los adopte y tedioso por la cantidad de trámites que hay que hacer, que hace que muchas veces se bajen los brazos.
Estábamos anotados en varios juzgados a punto de poder viajar al interior del país a buscar un grupo de hermanitos, pero -retomando la historia- en junio 1990 nació Pablo. Su mamá optó por salvar su vida. Ella era una mujer muy pobre de muy bajos recursos y decidió guardar su embarazo porque su propia mamá -la abuela- quería que ella abortara.
Ella no podía volver a su casa con ese hijo. A pesar de toda la oposición que rodeó a esta mujer, ella salvaguardó su embarazo en todo momento, a tal punto que llega a internarse a un hospital por una causa ajena al embarazo y en ese momento nace el bebé.
Cuando se acercaron las enfermeras y el médico, le preguntaron: "¿Por qué no declaraste que estabas embarazada?", y ella dijo: "Porque si yo decía que mi embarazo avanzaba, mi propia madre me iba a hacer abortar, y yo quiero que este hijo nazca, que tenga una familia de bien que lo pueda criar y que sea una persona de bien."
Cuando nos enteramos de la situación de esta mujer, me acerqué a ella y le hablé para que tuviera a su bebé y lo críe. Pero volvió a plantearme lo mismo. A pesar de mi deseo de ser mamá, yo le pedí que fuera ella quien lo criara porque, ¿qué mejor para el niño que estar con su mamá biológica? Pero ella me dijo: "No puedo volver a mi casa con mi hijo, porque ahora sí mi mamá me lo va a hacer desaparecer. Yo quiero que lo críen ustedes." Entonces así comenzó el camino de guarda y de adopción de mi hijo.
A los tres días de haber nacido, él fue dado de alta junto con su mamá, y ella me lo dio sin pedirme nada a cambio. A partir de allí comenzamos todo trámite de adopción. Hoy Pablo lleva ese nombre porque su mamá biológica así lo quiso, y nosotros lo respetamos. Hoy Pablo tiene 27 años, conoce su historia y su realidad, y también sabe que él podría encontrarse con ella y decirle: "Gracias por haber guardado mi vida".
Él es hoy un defensor de la vida, trabaja en hogares y cumple un rol social con chicos que están pasando por situaciones de abandono. Por eso aquí, humildemente como familia, cada día agradecemos porque esta mujer optó por la vida y pudimos criar a nuestro hijo del corazón.
Desde mi lugar de mamá adoptiva me sumo a decir sí a la vida, tanto de la persona que se está gestando como la de aquellas mujeres que llevan adelante esos embarazos.
De la misma manera, desde mi lugar de ciudadana quiero parafrasear lo que dice el Preámbulo de la Constitución Nacional, pidiendo se invoque a "Dios, fuente de toda razón y justicia", para ordenar y establecer lo mejor para las dos vidas. (Aplausos.)
En 1988, frente a una enfermedad que junto a mi esposo nos impedía ser padres, comenzamos un largo y tedioso camino hacia la adopción. Largo porque sabemos cuántos niños quedan en hogares esperando que llegue una familia que los adopte y tedioso por la cantidad de trámites que hay que hacer, que hace que muchas veces se bajen los brazos.
Estábamos anotados en varios juzgados a punto de poder viajar al interior del país a buscar un grupo de hermanitos, pero -retomando la historia- en junio 1990 nació Pablo. Su mamá optó por salvar su vida. Ella era una mujer muy pobre de muy bajos recursos y decidió guardar su embarazo porque su propia mamá -la abuela- quería que ella abortara.
Ella no podía volver a su casa con ese hijo. A pesar de toda la oposición que rodeó a esta mujer, ella salvaguardó su embarazo en todo momento, a tal punto que llega a internarse a un hospital por una causa ajena al embarazo y en ese momento nace el bebé.
Cuando se acercaron las enfermeras y el médico, le preguntaron: "¿Por qué no declaraste que estabas embarazada?", y ella dijo: "Porque si yo decía que mi embarazo avanzaba, mi propia madre me iba a hacer abortar, y yo quiero que este hijo nazca, que tenga una familia de bien que lo pueda criar y que sea una persona de bien."
Cuando nos enteramos de la situación de esta mujer, me acerqué a ella y le hablé para que tuviera a su bebé y lo críe. Pero volvió a plantearme lo mismo. A pesar de mi deseo de ser mamá, yo le pedí que fuera ella quien lo criara porque, ¿qué mejor para el niño que estar con su mamá biológica? Pero ella me dijo: "No puedo volver a mi casa con mi hijo, porque ahora sí mi mamá me lo va a hacer desaparecer. Yo quiero que lo críen ustedes." Entonces así comenzó el camino de guarda y de adopción de mi hijo.
A los tres días de haber nacido, él fue dado de alta junto con su mamá, y ella me lo dio sin pedirme nada a cambio. A partir de allí comenzamos todo trámite de adopción. Hoy Pablo lleva ese nombre porque su mamá biológica así lo quiso, y nosotros lo respetamos. Hoy Pablo tiene 27 años, conoce su historia y su realidad, y también sabe que él podría encontrarse con ella y decirle: "Gracias por haber guardado mi vida".
Él es hoy un defensor de la vida, trabaja en hogares y cumple un rol social con chicos que están pasando por situaciones de abandono. Por eso aquí, humildemente como familia, cada día agradecemos porque esta mujer optó por la vida y pudimos criar a nuestro hijo del corazón.
Desde mi lugar de mamá adoptiva me sumo a decir sí a la vida, tanto de la persona que se está gestando como la de aquellas mujeres que llevan adelante esos embarazos.
De la misma manera, desde mi lugar de ciudadana quiero parafrasear lo que dice el Preámbulo de la Constitución Nacional, pidiendo se invoque a "Dios, fuente de toda razón y justicia", para ordenar y establecer lo mejor para las dos vidas. (Aplausos.)
SRA. PRESIDENTA POLLEDO Tiene la palabra la señora Analía de Simón, licenciada en Obstetricia.
SRA. DE SIMÓN Buenos días. Soy licenciada en Obstetricia y trabajo en el Primer Nivel de Atención en el conurbano sur. Mi tarea me permite vivir a diario la realidad de las mujeres de esos barrios y asentamientos.
Al sistema de atención primaria de la salud habitualmente se acercan mujeres, muchas de ellas muy jóvenes, que afrontan embarazos no planificados o peligrosos para su salud. En muchos casos esos embarazos se dan en contextos de conflictos familiares, violencia, problemas de adicciones, dificultades habitacionales o falta de recursos para la crianza.
Quisiera decir que tengo una postura definida en relación con este tema: las mujeres tenemos derecho a decidir sobre nuestros cuerpos, nuestras vidas y nuestros proyectos de vida. La interrupción voluntaria del embarazo es una decisión extrema en la que no debería mezclarse el derecho penal.
El Estado debería acompañamos más y mejor, porque se trata de un tema de salud pública que también está ligado a la convivencia familiar y a las condiciones en que viven muchas familias en nuestros barrios.
Sé que ninguna mujer se embaraza para abortar. Sin embargo, creo que corremos el riesgo de que el debate se frivolice y se convierta en una guerra que nos impida advertir la magnitud del problema que atravesamos.
Las mujeres que mueren por complicaciones del aborto o por abortos inseguros -que son las más perjudicadas-, son las de menores recursos. No suele haber muerte ni persecución penal hacia aquellas que tienen recursos, respaldo familiar y formación mínima para afrontar un aborto. Para ellas no habrá objetores de conciencia, ni cárcel, ni condiciones de alto riesgo sanitario, ni estigmatización.
Una muchacha pobre del conurbano que toma la decisión de abortar se expone al riesgo de peregrinar por diferentes lugares clandestinos, inseguros, juntando con desesperación el dinero, que en la mayoría de los casos sólo alcanza para poner en riesgo su vida. A ellas, las que siguen abortando en estas condiciones, está dirigida la prohibición existente por parte de quienes dicen defender la vida y extreman sus argumentos.
Al sistema de atención primaria de la salud habitualmente se acercan mujeres, muchas de ellas muy jóvenes, que afrontan embarazos no planificados o peligrosos para su salud. En muchos casos esos embarazos se dan en contextos de conflictos familiares, violencia, problemas de adicciones, dificultades habitacionales o falta de recursos para la crianza.
Quisiera decir que tengo una postura definida en relación con este tema: las mujeres tenemos derecho a decidir sobre nuestros cuerpos, nuestras vidas y nuestros proyectos de vida. La interrupción voluntaria del embarazo es una decisión extrema en la que no debería mezclarse el derecho penal.
El Estado debería acompañamos más y mejor, porque se trata de un tema de salud pública que también está ligado a la convivencia familiar y a las condiciones en que viven muchas familias en nuestros barrios.
Sé que ninguna mujer se embaraza para abortar. Sin embargo, creo que corremos el riesgo de que el debate se frivolice y se convierta en una guerra que nos impida advertir la magnitud del problema que atravesamos.
Las mujeres que mueren por complicaciones del aborto o por abortos inseguros -que son las más perjudicadas-, son las de menores recursos. No suele haber muerte ni persecución penal hacia aquellas que tienen recursos, respaldo familiar y formación mínima para afrontar un aborto. Para ellas no habrá objetores de conciencia, ni cárcel, ni condiciones de alto riesgo sanitario, ni estigmatización.
Una muchacha pobre del conurbano que toma la decisión de abortar se expone al riesgo de peregrinar por diferentes lugares clandestinos, inseguros, juntando con desesperación el dinero, que en la mayoría de los casos sólo alcanza para poner en riesgo su vida. A ellas, las que siguen abortando en estas condiciones, está dirigida la prohibición existente por parte de quienes dicen defender la vida y extreman sus argumentos.
Ocupa la presidencia el señor presidente de la Comisión de Legislación General, señor diputado Lipovetzky.
SRA. DE SIMÓN En este sentido, con mis colegas conocemos y compartimos con dolor infinidad de historias.
Una promotora de salud me contaba hace poco sobre la hija de una vecina que, para conseguirlo más barato, fue a comprar misoprostol a la feria del barrio. Otras recurren a sitios como Mercado Libre o a grupos de Facebook, sin tener la certeza de la calidad de lo que adquieren.
Así, a esta joven la llevaron a la casa de una mujer que le suministró las pastillas, y como parecían no tener efecto, le puso una sonda. Cuando llegó a su casa empezó a perder muchísima sangre y terminó internada por su madre en el hospital.
Otra mujer que se acercó a consultarnos sacó un papelito con dos pastillas envueltas, y me dijo: "Me dieron éstas". "¿Dónde las conseguiste?", le pregunté. "En el fondo de la feria", fue su respuesta.
Comprometernos con esa mujer no solamente implica explicarle que adquirir las pastillas de esa manera constituye un riesgo terrible para su salud, sino también acompañarla en su decisión con respeto, confidencialidad y con información clara y oportuna.
Es necesario que los equipos de salud nos organicemos desde las consejerías. Sin embargo, para la legislación vigente están entrando en una zona de imputabilidad, porque nuestras leyes prefieren que miremos para otro lado y que la mujer que se presenta con esta situación se muera.
Tengo una colega, cuyo nombre es Patricia Alba, quien además de trabajar en el sistema de salud pública se desempeñó durante diez años en una clínica privada haciendo guardias como obstétrica. Su testimonio es el siguiente: "En esa clínica privada nunca vi que llegara a la guardia una mujer por complicaciones de un aborto. Pero también trabajo hace quince años en un hospital público y he visto mujeres con úteros perforados, infecciones generalizadas con riesgo de vida, e incluso he visto morir mujeres ante mis ojos sin que pudiéramos salvarles la vida".
Con limitaciones presupuestarias y cada vez menos insumos, desde los municipios del conurbano bonaerense los trabajadores conformamos equipos interdisciplinarios a fin de reducir riesgos y daños con consejerías, como también sucede en otros lugares del país, tales como CABA y Rosario. Asesoramos y respetamos a las mujeres, y no promovemos el aborto ni las estigmatizamos por su decisión.
Quiero decir a los legisladores que aprobar la ley es apenas un primer paso para terminar con un sistema hipócrita e ineficiente que, lejos de defender la vida, mata. No teman a animarse al cambio.
Si antes otras personas no se hubieran animado, seguiríamos en una tierra plana, tratando a las mujeres como esclavas o quemándolas por brujas. Ustedes están ante el desafío de dar el primer paso para empezar a detener una tragedia.
La sanción de esta norma no será una solución mágica. Habrá que comprender que la atención primaria de la salud y la educación deben convertirse en prioridades en serio, con salarios justos y una asignación de recursos que demuestre que quienes conducen nuestra Nación de verdad valoran la vida. (Aplausos.)
Una promotora de salud me contaba hace poco sobre la hija de una vecina que, para conseguirlo más barato, fue a comprar misoprostol a la feria del barrio. Otras recurren a sitios como Mercado Libre o a grupos de Facebook, sin tener la certeza de la calidad de lo que adquieren.
Así, a esta joven la llevaron a la casa de una mujer que le suministró las pastillas, y como parecían no tener efecto, le puso una sonda. Cuando llegó a su casa empezó a perder muchísima sangre y terminó internada por su madre en el hospital.
Otra mujer que se acercó a consultarnos sacó un papelito con dos pastillas envueltas, y me dijo: "Me dieron éstas". "¿Dónde las conseguiste?", le pregunté. "En el fondo de la feria", fue su respuesta.
Comprometernos con esa mujer no solamente implica explicarle que adquirir las pastillas de esa manera constituye un riesgo terrible para su salud, sino también acompañarla en su decisión con respeto, confidencialidad y con información clara y oportuna.
Es necesario que los equipos de salud nos organicemos desde las consejerías. Sin embargo, para la legislación vigente están entrando en una zona de imputabilidad, porque nuestras leyes prefieren que miremos para otro lado y que la mujer que se presenta con esta situación se muera.
Tengo una colega, cuyo nombre es Patricia Alba, quien además de trabajar en el sistema de salud pública se desempeñó durante diez años en una clínica privada haciendo guardias como obstétrica. Su testimonio es el siguiente: "En esa clínica privada nunca vi que llegara a la guardia una mujer por complicaciones de un aborto. Pero también trabajo hace quince años en un hospital público y he visto mujeres con úteros perforados, infecciones generalizadas con riesgo de vida, e incluso he visto morir mujeres ante mis ojos sin que pudiéramos salvarles la vida".
Con limitaciones presupuestarias y cada vez menos insumos, desde los municipios del conurbano bonaerense los trabajadores conformamos equipos interdisciplinarios a fin de reducir riesgos y daños con consejerías, como también sucede en otros lugares del país, tales como CABA y Rosario. Asesoramos y respetamos a las mujeres, y no promovemos el aborto ni las estigmatizamos por su decisión.
Quiero decir a los legisladores que aprobar la ley es apenas un primer paso para terminar con un sistema hipócrita e ineficiente que, lejos de defender la vida, mata. No teman a animarse al cambio.
Si antes otras personas no se hubieran animado, seguiríamos en una tierra plana, tratando a las mujeres como esclavas o quemándolas por brujas. Ustedes están ante el desafío de dar el primer paso para empezar a detener una tragedia.
La sanción de esta norma no será una solución mágica. Habrá que comprender que la atención primaria de la salud y la educación deben convertirse en prioridades en serio, con salarios justos y una asignación de recursos que demuestre que quienes conducen nuestra Nación de verdad valoran la vida. (Aplausos.)
SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Tiene la palabra el señor Aníbal Bachir Bakir, presidente del Centro Islámico de la República Argentina.
SR. BACHIR BAKIR En primer lugar, saludo con el saludo del Islam: La paz y bendiciones de Dios sea con todos ustedes.
Muchas gracias a los diputados y diputadas de nuestra Nación Argentina por darnos este espacio para brindar la opinión del Islam sobre un tema tan importante no solo para la sociedad argentina, sino para todas las sociedades del mundo.
Ante todo quiero decir que la jurisprudencia islámica se basa en la palabra de Dios, en el Corán y en la tradición profética, tanto la parte de dichos como de actos, y la tercer parte es el esfuerzo de los sabios islámicos que se va adaptando y evolucionando según cada lugar y tiempo.
Principios jurídicos de la bioética en el derecho islámico. En lo que a la bioética se refiere, los objetivos principales a proteger son los derechos naturales y los derechos individuales del ser humano: la filiación y la herencia. En todo caso, la interpretación de una norma jurídica, o sea, la determinación de su verdadero sentido, es una interpretación evolutiva, en el sentido de adaptar el contenido de la misma a exigencias surgidas en el lugar y en el tiempo, pero siempre es una interpretación moderada, prudente y estrechamente relacionada con las circunstancias del caso en particular.
Antes de centrarnos en el núcleo del tema, es conveniente exponer algunos principios jurídicos islámicos relacionados con la bioética.
Evitar un daño se antepone a salvar un bien; no es reprobable evitar un daño menor para evitar otro mayor. Si hay que consentir forzosamente uno de dos perjuicios, se escoge el menos dañino. La necesidad apremiante y la fuerza mayor despenalizan los actos vedados. El derecho y el interés del ser viviente prevalecen sobre el derecho del potencialmente vivo, el que está por nacer, y sobre el del difunto. El derecho islámico antepone el interés y el derecho del vivo al del muerto e incluso al del potencialmente vivo, como es el caso del embrión o feto.
De esta base jurídica, derivan las normas legales desarrolladas por los juristas islámicos sobre la bioética médica. Pero a su vez, cabe mencionar que lo más importante en la jurisprudencia islámica es conocer a fondo el por qué y el fin.
Dicho esto sobre el principio que antepone el derecho del vivo al del potencialmente vivo, se establece un límite y es que el fin que se persigue al ejercer ese derecho sea noble, es decir, que no se pretenda perjudicar ni agredir los derechos naturales del ser humano, entendiendo a la vida como el derecho natural por excelencia de la humanidad.
¿A partir de qué edad se considera al nasciturus un ser humano? Los juristas musulmanes afirman -unánimemente- que el embrión, aunque es un ser vivo inanimado, no es un ser humano antes de los 120 días, contados a partir de la fecha de concepción. Esta edad coincide con el fin del proceso de formación de órganos y tejidos. A partir de este momento, el feto continúa con un período de crecimiento que se prolonga hasta el momento del parto.
Desde el punto de vista jurisprudencial, hasta los 120 días de gestación el nasciturus es una criatura, organismo o ser vivo en inanimado, pero con todos los derechos a ser cuidado y protegido, conforme a los imperativos de la jurisprudencia islámica.
A partir de los 120 días y hasta el momento del parto, ya es un ser humano, un alma viviente con todos los derechos propios regulados por el estatuto jurídico. Desde el momento del parto, el recién nacido ya es una persona con personalidad civil. Dentro del Islam se cree que el feto recibe el alma a partir de los 120 días.
Planificación familiar y regulación de la natalidad. Con respecto a la planificación familiar, la jurisprudencia islámica no pone ninguna objeción siempre y cuando el móvil no sea puramente económico. Quedan así fuera de toda posibilidad la interrupción del embarazo por motivo meramente económico o en otras palabras, por el temor a la pobreza. Por cierto, en el generoso Corán dice: "No matéis a vuestros futuros hijos por miedo a empobreceros. Somos nosotros quienes le proveemos". Cuando dice "nosotros", se refiere a Dios. Por lo tanto, matarlos es un gran pecado.
Así entonces son lícitos en el Islam los anticonceptivos orales o mecánicos, siempre que se reúnen dos condiciones: un expreso acuerdo de ambos cónyuges y un informe médico fidedigno a favor.
Por otra parte, el Sheij Mahmud Shaltud, de la Universidad del Al-Azhar, afirma que el derecho es islámico permite a las autoridades competentes vedar el embarazo al matrimonio que padece de alguna enfermedad, que pueda afectar seriamente a la vida del nasciturus; pero admite la posibilidad de fecundación extrauterina, tal como la fecundación in vitro.
Sobre el aborto provocado. El interés de la gestante, en primer término, y no agredir el derecho del feto a la vida, en segundo lugar, son los criterios base para dar por lícita o no la interrupción voluntaria de un embarazo. No obstante, el feto es un ser potencialmente viviente y, por ende, la interrupción de su desarrollo dentro del vientre materno debe realizarse siempre que sea a favor del interés vital de la madre.
Cabe destacar que este interés debe ser vital, en tanto lo que debe estar en juego para anteponer la vida de la gestante ante la del niño por nacer, es la vida.
De los principios mencionados al comienzo de esta exposición, se desprenden la siguiente regulación islámica respecto al aborto provocado. Hasta los cuatro meses de embarazo, el aborto es lícito en los siguientes casos: si la continuación de la gestación afecta a la salud de la madre aún de manera presumible; si el feto padece de una malformación congénita importante e incurable; o si el embarazo es producto de una violación. Desde los 4 meses hasta el momento del parto, abortar solo será lícito si la continuación del embarazo afecta gravemente la salud de la madre. En todo caso, la decisión de provocar el aborto estará en manos del cuerpo médico y de ambos padres conjuntamente y la sentencia contra quién cometa aborto ilícito será responsabilidad y competencia de las autoridades judiciales del lugar. (Aplausos.)
Muchas gracias a los diputados y diputadas de nuestra Nación Argentina por darnos este espacio para brindar la opinión del Islam sobre un tema tan importante no solo para la sociedad argentina, sino para todas las sociedades del mundo.
Ante todo quiero decir que la jurisprudencia islámica se basa en la palabra de Dios, en el Corán y en la tradición profética, tanto la parte de dichos como de actos, y la tercer parte es el esfuerzo de los sabios islámicos que se va adaptando y evolucionando según cada lugar y tiempo.
Principios jurídicos de la bioética en el derecho islámico. En lo que a la bioética se refiere, los objetivos principales a proteger son los derechos naturales y los derechos individuales del ser humano: la filiación y la herencia. En todo caso, la interpretación de una norma jurídica, o sea, la determinación de su verdadero sentido, es una interpretación evolutiva, en el sentido de adaptar el contenido de la misma a exigencias surgidas en el lugar y en el tiempo, pero siempre es una interpretación moderada, prudente y estrechamente relacionada con las circunstancias del caso en particular.
Antes de centrarnos en el núcleo del tema, es conveniente exponer algunos principios jurídicos islámicos relacionados con la bioética.
Evitar un daño se antepone a salvar un bien; no es reprobable evitar un daño menor para evitar otro mayor. Si hay que consentir forzosamente uno de dos perjuicios, se escoge el menos dañino. La necesidad apremiante y la fuerza mayor despenalizan los actos vedados. El derecho y el interés del ser viviente prevalecen sobre el derecho del potencialmente vivo, el que está por nacer, y sobre el del difunto. El derecho islámico antepone el interés y el derecho del vivo al del muerto e incluso al del potencialmente vivo, como es el caso del embrión o feto.
De esta base jurídica, derivan las normas legales desarrolladas por los juristas islámicos sobre la bioética médica. Pero a su vez, cabe mencionar que lo más importante en la jurisprudencia islámica es conocer a fondo el por qué y el fin.
Dicho esto sobre el principio que antepone el derecho del vivo al del potencialmente vivo, se establece un límite y es que el fin que se persigue al ejercer ese derecho sea noble, es decir, que no se pretenda perjudicar ni agredir los derechos naturales del ser humano, entendiendo a la vida como el derecho natural por excelencia de la humanidad.
¿A partir de qué edad se considera al nasciturus un ser humano? Los juristas musulmanes afirman -unánimemente- que el embrión, aunque es un ser vivo inanimado, no es un ser humano antes de los 120 días, contados a partir de la fecha de concepción. Esta edad coincide con el fin del proceso de formación de órganos y tejidos. A partir de este momento, el feto continúa con un período de crecimiento que se prolonga hasta el momento del parto.
Desde el punto de vista jurisprudencial, hasta los 120 días de gestación el nasciturus es una criatura, organismo o ser vivo en inanimado, pero con todos los derechos a ser cuidado y protegido, conforme a los imperativos de la jurisprudencia islámica.
A partir de los 120 días y hasta el momento del parto, ya es un ser humano, un alma viviente con todos los derechos propios regulados por el estatuto jurídico. Desde el momento del parto, el recién nacido ya es una persona con personalidad civil. Dentro del Islam se cree que el feto recibe el alma a partir de los 120 días.
Planificación familiar y regulación de la natalidad. Con respecto a la planificación familiar, la jurisprudencia islámica no pone ninguna objeción siempre y cuando el móvil no sea puramente económico. Quedan así fuera de toda posibilidad la interrupción del embarazo por motivo meramente económico o en otras palabras, por el temor a la pobreza. Por cierto, en el generoso Corán dice: "No matéis a vuestros futuros hijos por miedo a empobreceros. Somos nosotros quienes le proveemos". Cuando dice "nosotros", se refiere a Dios. Por lo tanto, matarlos es un gran pecado.
Así entonces son lícitos en el Islam los anticonceptivos orales o mecánicos, siempre que se reúnen dos condiciones: un expreso acuerdo de ambos cónyuges y un informe médico fidedigno a favor.
Por otra parte, el Sheij Mahmud Shaltud, de la Universidad del Al-Azhar, afirma que el derecho es islámico permite a las autoridades competentes vedar el embarazo al matrimonio que padece de alguna enfermedad, que pueda afectar seriamente a la vida del nasciturus; pero admite la posibilidad de fecundación extrauterina, tal como la fecundación in vitro.
Sobre el aborto provocado. El interés de la gestante, en primer término, y no agredir el derecho del feto a la vida, en segundo lugar, son los criterios base para dar por lícita o no la interrupción voluntaria de un embarazo. No obstante, el feto es un ser potencialmente viviente y, por ende, la interrupción de su desarrollo dentro del vientre materno debe realizarse siempre que sea a favor del interés vital de la madre.
Cabe destacar que este interés debe ser vital, en tanto lo que debe estar en juego para anteponer la vida de la gestante ante la del niño por nacer, es la vida.
De los principios mencionados al comienzo de esta exposición, se desprenden la siguiente regulación islámica respecto al aborto provocado. Hasta los cuatro meses de embarazo, el aborto es lícito en los siguientes casos: si la continuación de la gestación afecta a la salud de la madre aún de manera presumible; si el feto padece de una malformación congénita importante e incurable; o si el embarazo es producto de una violación. Desde los 4 meses hasta el momento del parto, abortar solo será lícito si la continuación del embarazo afecta gravemente la salud de la madre. En todo caso, la decisión de provocar el aborto estará en manos del cuerpo médico y de ambos padres conjuntamente y la sentencia contra quién cometa aborto ilícito será responsabilidad y competencia de las autoridades judiciales del lugar. (Aplausos.)
SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Tiene la palabra la doctora Marta Palma, médica rural y especialista en Administración de Salud, en representación de la Asociación Civil Renacer.
SRA. PALMA Muchísimas gracias por este espacio.
Soy una médica rural trasplantada a la ciudad, pero de los 43 años de médica, más de la mitad fueron como médica rural y como médica de atención primaria de salud en zonas carenciadas.
Como especialista de Administración de Salud coordiné el componente Salud del subproyecto PROMÍN de Concordia y en este momento estoy aquí en defensa de la vida del niño y de la madre.
Para hablar de aborto, no hablaría tanto de aborto provocado como de aborto inducido. Aborto inducido por presiones sociales, por prejuicios, por mandatos familiares, sociales y también el desamparo, el temor, la angustia de muchas mujeres embarazadas que no encuentran en la sociedad ni en las instituciones el apoyo y la contención necesarias para que esa vida pueda seguir adelante.
Debemos considerar varios aspectos, entre ellos, el médico, el epidemiológico, el biológico y el ético.
En cuanto al aspecto biológico, lo han expresado muy bien otros profesionales, la vida comienza en el momento de la concepción y esto está refrendado y lo pueden ver en cualquier libro de embriología o de genética. Embriología es una de las primeras materias de la carrera de medicina.
Desde el aspecto psicológico y psiquiátrico, sabemos las secuelas que produce el aborto con el síndrome posaborto, que es compatible con el síndrome del estrés postraumático y que además se mantiene en el tiempo y aun afecta a las generaciones siguientes.
En el aspecto ético, me gustaría explayarme aquí diciendo que la bioética es rama de la ética dedicada a proveer los principios para la conducta más apropiada del ser humano con respecto a la vida humana como del resto de los seres vivos, así como del ambiente en el que puedan darse condiciones aceptables a la misma.
Recordemos a los señores profesionales de la salud, especialmente a mis colegas médicos, el juramento hipocrático que habla de no aplicar pesarios abortivos. También tenemos uno más reciente, que es el juramento de la Convención de Ginebra, que también habla en defensa de la vida. También recuerdo de cuando cursé Medicina Legal hace ya 45 años dos expresiones que me quedaron grabadas, que dicen que lo legal no siempre es legítimo y matar nunca puede ser un derecho. Y también no salirnos del código de ética para no caer en el Código Penal.
Podríamos encuadrar el aborto inducido en el concepto de malicia sanitaria, que está definida como las actividades preventivas, diagnóstica, terapéutica o rehabilitadora de dudosa utilidad para el individuo o la sociedad, pero que beneficia a quienes la promueven o promocionan. También podríamos incluir ahí a los "productos milagro", que son sustancias, actividades o servicios con aparente finalidad sanitaria, pero que realmente suponen un riesgo para la salud de los consumidores o usuarios. El aborto no es una solución, señores; el aborto es una maldición.
¿Cómo se protege al individuo y a la sociedad? Mediante la deontología, que habla de deberes, y la ética médica, la prevención cuaternaria, la declaración de intereses y la presentación de bibliografía científica. Es muy importante poder apoyarnos en bibliografía científica, confiable y veraz cuando vamos a expresarnos.
El artículo 1° de la Confederación Médica de la República Argentina -COMRA- establece claramente los deberes, derechos y responsabilidades de los médicos en su código de ética médica y habla de que la deontología médica es el conjunto de principios y reglas éticas que han de inspirar y guiar la conducta profesional del médico y son deberes que impone este Código y que obligan a todos los médicos en el ejercicio de su profesión, cualquiera sea la modalidad en que la practiquen. Y ya los médicos asumen como uno de sus objetivos primordiales la promoción y desarrollo de la deontología profesional.
Los artículos 117 a 129 se refieren precisamente al aborto. El artículo 117 dice: el médico debe respetar siempre la vida humana desde el momento de la concepción. El artículo 118 pueden leerlo después en los anexos del material presentado.
Para ir redondeando, puedo decir que la vida no es una construcción filosófica ni social; es un hecho real, palpable y comprobable científicamente y comienza en el mismo momento de la concepción, que es un ser con sus nuevos genes ajenos a los maternos y a los paternos.
Jean Rostand, biólogo francés en su libro "Humanamente posible", dice "Por mi parte, creo que no hay ninguna vida tan degradada, deteriorada o empobrecida que no merezca respeto y no valga la pena ser defendida con celo y convicción... Por encima de todo. Creo que se establecería un precedente terrible y conviniéramos en permitir el fin de una vida sencillamente porque no vale la pena preservarla y pienso esto porque el concepto del valor biológico de una vida, aun estando cuidadosamente delimitado en un principio, muy pronto se convertiría en una noción proco precisa, se empezaría eliminando lo que ya no fuese humano. Luego, el próximo paso, eliminar lo que no fuese suficientemente humano, y finalmente solo escaparía de la muerte lo que encajara con un concepto idealista de humanidad."
Debería ser obvio que cuando uno pone en tela de juicio el valor de la vida humana no hay realmente nada que impida considerarse con el derecho de matar a determinadas personas en determinadas circunstancias. Hay un solo paso entre el aborto, que es matar un nonato en el vientre materno, y matar a los minusválidos, a los retrasados mentales, los ancianos y así podríamos seguir.
La mujer embarazada se encuentra asustada, sola deprimida, debería poder recurrir a personas que la traten con compasión y comprensión. Debe tener la esperanza y la seguridad...
Soy una médica rural trasplantada a la ciudad, pero de los 43 años de médica, más de la mitad fueron como médica rural y como médica de atención primaria de salud en zonas carenciadas.
Como especialista de Administración de Salud coordiné el componente Salud del subproyecto PROMÍN de Concordia y en este momento estoy aquí en defensa de la vida del niño y de la madre.
Para hablar de aborto, no hablaría tanto de aborto provocado como de aborto inducido. Aborto inducido por presiones sociales, por prejuicios, por mandatos familiares, sociales y también el desamparo, el temor, la angustia de muchas mujeres embarazadas que no encuentran en la sociedad ni en las instituciones el apoyo y la contención necesarias para que esa vida pueda seguir adelante.
Debemos considerar varios aspectos, entre ellos, el médico, el epidemiológico, el biológico y el ético.
En cuanto al aspecto biológico, lo han expresado muy bien otros profesionales, la vida comienza en el momento de la concepción y esto está refrendado y lo pueden ver en cualquier libro de embriología o de genética. Embriología es una de las primeras materias de la carrera de medicina.
Desde el aspecto psicológico y psiquiátrico, sabemos las secuelas que produce el aborto con el síndrome posaborto, que es compatible con el síndrome del estrés postraumático y que además se mantiene en el tiempo y aun afecta a las generaciones siguientes.
En el aspecto ético, me gustaría explayarme aquí diciendo que la bioética es rama de la ética dedicada a proveer los principios para la conducta más apropiada del ser humano con respecto a la vida humana como del resto de los seres vivos, así como del ambiente en el que puedan darse condiciones aceptables a la misma.
Recordemos a los señores profesionales de la salud, especialmente a mis colegas médicos, el juramento hipocrático que habla de no aplicar pesarios abortivos. También tenemos uno más reciente, que es el juramento de la Convención de Ginebra, que también habla en defensa de la vida. También recuerdo de cuando cursé Medicina Legal hace ya 45 años dos expresiones que me quedaron grabadas, que dicen que lo legal no siempre es legítimo y matar nunca puede ser un derecho. Y también no salirnos del código de ética para no caer en el Código Penal.
Podríamos encuadrar el aborto inducido en el concepto de malicia sanitaria, que está definida como las actividades preventivas, diagnóstica, terapéutica o rehabilitadora de dudosa utilidad para el individuo o la sociedad, pero que beneficia a quienes la promueven o promocionan. También podríamos incluir ahí a los "productos milagro", que son sustancias, actividades o servicios con aparente finalidad sanitaria, pero que realmente suponen un riesgo para la salud de los consumidores o usuarios. El aborto no es una solución, señores; el aborto es una maldición.
¿Cómo se protege al individuo y a la sociedad? Mediante la deontología, que habla de deberes, y la ética médica, la prevención cuaternaria, la declaración de intereses y la presentación de bibliografía científica. Es muy importante poder apoyarnos en bibliografía científica, confiable y veraz cuando vamos a expresarnos.
El artículo 1° de la Confederación Médica de la República Argentina -COMRA- establece claramente los deberes, derechos y responsabilidades de los médicos en su código de ética médica y habla de que la deontología médica es el conjunto de principios y reglas éticas que han de inspirar y guiar la conducta profesional del médico y son deberes que impone este Código y que obligan a todos los médicos en el ejercicio de su profesión, cualquiera sea la modalidad en que la practiquen. Y ya los médicos asumen como uno de sus objetivos primordiales la promoción y desarrollo de la deontología profesional.
Los artículos 117 a 129 se refieren precisamente al aborto. El artículo 117 dice: el médico debe respetar siempre la vida humana desde el momento de la concepción. El artículo 118 pueden leerlo después en los anexos del material presentado.
Para ir redondeando, puedo decir que la vida no es una construcción filosófica ni social; es un hecho real, palpable y comprobable científicamente y comienza en el mismo momento de la concepción, que es un ser con sus nuevos genes ajenos a los maternos y a los paternos.
Jean Rostand, biólogo francés en su libro "Humanamente posible", dice "Por mi parte, creo que no hay ninguna vida tan degradada, deteriorada o empobrecida que no merezca respeto y no valga la pena ser defendida con celo y convicción... Por encima de todo. Creo que se establecería un precedente terrible y conviniéramos en permitir el fin de una vida sencillamente porque no vale la pena preservarla y pienso esto porque el concepto del valor biológico de una vida, aun estando cuidadosamente delimitado en un principio, muy pronto se convertiría en una noción proco precisa, se empezaría eliminando lo que ya no fuese humano. Luego, el próximo paso, eliminar lo que no fuese suficientemente humano, y finalmente solo escaparía de la muerte lo que encajara con un concepto idealista de humanidad."
Debería ser obvio que cuando uno pone en tela de juicio el valor de la vida humana no hay realmente nada que impida considerarse con el derecho de matar a determinadas personas en determinadas circunstancias. Hay un solo paso entre el aborto, que es matar un nonato en el vientre materno, y matar a los minusválidos, a los retrasados mentales, los ancianos y así podríamos seguir.
La mujer embarazada se encuentra asustada, sola deprimida, debería poder recurrir a personas que la traten con compasión y comprensión. Debe tener la esperanza y la seguridad...
SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Vaya cerrando, por favor.
SRA. PALMA Ya redondeo. Simplemente, señores legisladores, en ustedes está decidir por la vida y la vida de las dos personas.
No manchemos nuestra Nación con sangre de inocentes. (Aplausos.)
No manchemos nuestra Nación con sangre de inocentes. (Aplausos.)
SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Tiene la palabra el doctor Germán Enrique Ferrer Giménez, miembro de la Cámara de Apelaciones de Familia del Poder Judicial de Mendoza.
SR. FERRER GIMÉNEZ Señor presidente: muchas gracias por la invitación a los señores diputados.
A los fines de abordar el tema de la despenalización del aborto y su regulación con una ley civil no debemos caer en el error de discutir si estamos a favor o en contra del aborto desde una perspectiva dogmática y conceptualista, porque aquí nos enfrentamos a un problema social que requiere de una solución política de carácter jurídico, más allá de la posición personal que cada uno de nosotros tenga sobre el aborto en sí mismo.
En los dos casos en que como juez de familia tuve que intervenir en sendos pedidos de autorización para abortar, no los resolví desde mis convicciones personales sino que, cumpliendo con mi rol de juez de familia, lo hice aplicando el artículo 86 del Código Penal por ser la ley vigente que rige la materia.
No tengo dudas de que la gran mayoría de los seres humanos valoramos y defendemos la vida. Tampoco tiene sentido, a estos efectos, discutir que la vida humana comienza desde la concepción y es una vida humana en formación.
Ahora bien, el ordenamiento jurídico no le dispensa a todas las formas de vida la misma valoración y protección. La pena prevista para el aborto consentido por la mujer es bastante menor -de 1 a 4 años- a la del homicidio simple -de 8 a 25 años- y a sus agravantes -reclusión o prisión perpetua-.
La del concebido es una vida en germen; la del nacido es una vida humana independiente, hecha realidad fuera del cuerpo de la mujer gestante y, por ende, socialmente requiere mayor trascendencia a tal punto que en el propio artículo 86 del Código Penal establece que si la salud de la madre o su vida corren peligro que no pueda ser evitado por otros medios, se sacrifica la vida del nonato. Lo mismo ocurre con el derecho a la libertad sexual de la mujer que, si queda embarazada a causa de una violación, tiene derecho a abortar.
Es decir, en nuestro ordenamiento jurídico ningún derecho es absoluto y puede limitarse o sacrificarse cuando entran en colisión con otros derechos amparados constitucionalmente que en determinadas circunstancias se consideren más valiosos.
Es que cuando una mujer entra en crisis con su maternidad al punto de no desear proseguir con el embarazo, los derechos que entran en conflicto son el derecho a la vida del feto versus el derecho a la vida, a la salud y a los derechos sexuales y reproductivos de la mujer.
Por ello, no es correcto invocar para estos fines -quizás sí para otros- como argumento permisivo del aborto el derecho de la mujer sobre su propio cuerpo, lo que abre un sinnúmero de cuestionamientos de tipo científico, filosófico, jurídico y ético, al no considerar al producto de la concepción como entidad ontológica, desviándonos de lo que debe ser el eje de este debate. Todos esos son derechos humanos amparados por convenciones internacionales incorporadas al bloque de constitucionalidad a través del inciso 22 del artículo 75 de nuestra Constitución Nacional.
Pero el derecho y la política como ciencias sociales no pueden disociarse de la realidad que pretenden regular o modificar a riesgo de resultar inoperantes, y es esto lo que ha pasado con la tipificación del aborto como delito.
En efecto, hay una realidad lacerante que nos atraviesa como sociedad, ya que cientos y miles de mujeres en Argentina abortan anualmente -aproximadamente unas 500.000- y casi ninguna es procesada, y mucho menos condenada penalmente.
Al hecho de que nadie denuncia y de que no hay voluntad jurisdiccional de persecución penal porque se duda de si es delito, se suma la realidad de que cuando la mujer acude a la guardia de un nosocomio público o privado por las complicaciones producidas por el aborto clandestino, los profesionales de la salud que la atienden están obligados a guardar secreto, bajo pena de declarar nulo cualquier procedimiento policial y/o penal que se instruya a partir de las denuncias realizadas. De manera que se prioriza el valor vida de la mujer por sobre el derecho del Estado de perseguir los delitos.
El problema que verdaderamente nos interpela es que la inclusión del aborto como delito ha impedido que las mujeres -y sobre todo las más humildes- puedan acudir a un efector de salud para realizarse un aborto seguro. En consecuencia, tampoco se evita que aproximadamente 500.000 concebidos y aún no nacidos dejen de existir anualmente. Ello, con el agravante de que estas mujeres se ven obligadas a caer en manos de inexpertos e inescrupulosos -la gran mayoría sin título médico habilitante-, y a someterse a prácticas y tratamientos absolutamente inadecuados y cruentos con riesgos para su vida y su salud, en lugares inapropiados y sin ningún tipo de asepsia. A tal punto, que esta es una de las primeras causas de internaciones de urgencia de mujeres en los hospitales públicos.
Entonces, pregunto: ¿no sería mejor despenalizar el aborto, si al fin y al cabo las vidas que pretendemos proteger con su tipificación penal igualmente se pierden? ¿No sería mejor discutir una ley civil que regule los casos en que los efectores públicos y privados puedan acceder al pedido de abortar por parte de una mujer? Ello podría hacerse estableciendo las condiciones para su ejercicio, generando un programa de atención y orientación de la mujer en crisis con su embarazo a través de equipos de profesionales multi e interdisciplinarios, coordinándolo con los programas previstos a partir de las leyes de educación sexual y salud reproductiva, a fin de lograr un abordaje integral de toda esta problemática.
Quizás de esta forma, con el tiempo, logremos que muchas menos mujeres -sobre todo las adolescentes en sus primeras experiencias sexuales- no queden embarazadas cuando no lo desean y con ello evitemos muchas menos interrupciones de embarazos, salvaguardando con mayor eficacia la vida de los concebidos y las de las mujeres gestantes que, estoy seguro, es lo que todos queremos. (Aplausos.)
A los fines de abordar el tema de la despenalización del aborto y su regulación con una ley civil no debemos caer en el error de discutir si estamos a favor o en contra del aborto desde una perspectiva dogmática y conceptualista, porque aquí nos enfrentamos a un problema social que requiere de una solución política de carácter jurídico, más allá de la posición personal que cada uno de nosotros tenga sobre el aborto en sí mismo.
En los dos casos en que como juez de familia tuve que intervenir en sendos pedidos de autorización para abortar, no los resolví desde mis convicciones personales sino que, cumpliendo con mi rol de juez de familia, lo hice aplicando el artículo 86 del Código Penal por ser la ley vigente que rige la materia.
No tengo dudas de que la gran mayoría de los seres humanos valoramos y defendemos la vida. Tampoco tiene sentido, a estos efectos, discutir que la vida humana comienza desde la concepción y es una vida humana en formación.
Ahora bien, el ordenamiento jurídico no le dispensa a todas las formas de vida la misma valoración y protección. La pena prevista para el aborto consentido por la mujer es bastante menor -de 1 a 4 años- a la del homicidio simple -de 8 a 25 años- y a sus agravantes -reclusión o prisión perpetua-.
La del concebido es una vida en germen; la del nacido es una vida humana independiente, hecha realidad fuera del cuerpo de la mujer gestante y, por ende, socialmente requiere mayor trascendencia a tal punto que en el propio artículo 86 del Código Penal establece que si la salud de la madre o su vida corren peligro que no pueda ser evitado por otros medios, se sacrifica la vida del nonato. Lo mismo ocurre con el derecho a la libertad sexual de la mujer que, si queda embarazada a causa de una violación, tiene derecho a abortar.
Es decir, en nuestro ordenamiento jurídico ningún derecho es absoluto y puede limitarse o sacrificarse cuando entran en colisión con otros derechos amparados constitucionalmente que en determinadas circunstancias se consideren más valiosos.
Es que cuando una mujer entra en crisis con su maternidad al punto de no desear proseguir con el embarazo, los derechos que entran en conflicto son el derecho a la vida del feto versus el derecho a la vida, a la salud y a los derechos sexuales y reproductivos de la mujer.
Por ello, no es correcto invocar para estos fines -quizás sí para otros- como argumento permisivo del aborto el derecho de la mujer sobre su propio cuerpo, lo que abre un sinnúmero de cuestionamientos de tipo científico, filosófico, jurídico y ético, al no considerar al producto de la concepción como entidad ontológica, desviándonos de lo que debe ser el eje de este debate. Todos esos son derechos humanos amparados por convenciones internacionales incorporadas al bloque de constitucionalidad a través del inciso 22 del artículo 75 de nuestra Constitución Nacional.
Pero el derecho y la política como ciencias sociales no pueden disociarse de la realidad que pretenden regular o modificar a riesgo de resultar inoperantes, y es esto lo que ha pasado con la tipificación del aborto como delito.
En efecto, hay una realidad lacerante que nos atraviesa como sociedad, ya que cientos y miles de mujeres en Argentina abortan anualmente -aproximadamente unas 500.000- y casi ninguna es procesada, y mucho menos condenada penalmente.
Al hecho de que nadie denuncia y de que no hay voluntad jurisdiccional de persecución penal porque se duda de si es delito, se suma la realidad de que cuando la mujer acude a la guardia de un nosocomio público o privado por las complicaciones producidas por el aborto clandestino, los profesionales de la salud que la atienden están obligados a guardar secreto, bajo pena de declarar nulo cualquier procedimiento policial y/o penal que se instruya a partir de las denuncias realizadas. De manera que se prioriza el valor vida de la mujer por sobre el derecho del Estado de perseguir los delitos.
El problema que verdaderamente nos interpela es que la inclusión del aborto como delito ha impedido que las mujeres -y sobre todo las más humildes- puedan acudir a un efector de salud para realizarse un aborto seguro. En consecuencia, tampoco se evita que aproximadamente 500.000 concebidos y aún no nacidos dejen de existir anualmente. Ello, con el agravante de que estas mujeres se ven obligadas a caer en manos de inexpertos e inescrupulosos -la gran mayoría sin título médico habilitante-, y a someterse a prácticas y tratamientos absolutamente inadecuados y cruentos con riesgos para su vida y su salud, en lugares inapropiados y sin ningún tipo de asepsia. A tal punto, que esta es una de las primeras causas de internaciones de urgencia de mujeres en los hospitales públicos.
Entonces, pregunto: ¿no sería mejor despenalizar el aborto, si al fin y al cabo las vidas que pretendemos proteger con su tipificación penal igualmente se pierden? ¿No sería mejor discutir una ley civil que regule los casos en que los efectores públicos y privados puedan acceder al pedido de abortar por parte de una mujer? Ello podría hacerse estableciendo las condiciones para su ejercicio, generando un programa de atención y orientación de la mujer en crisis con su embarazo a través de equipos de profesionales multi e interdisciplinarios, coordinándolo con los programas previstos a partir de las leyes de educación sexual y salud reproductiva, a fin de lograr un abordaje integral de toda esta problemática.
Quizás de esta forma, con el tiempo, logremos que muchas menos mujeres -sobre todo las adolescentes en sus primeras experiencias sexuales- no queden embarazadas cuando no lo desean y con ello evitemos muchas menos interrupciones de embarazos, salvaguardando con mayor eficacia la vida de los concebidos y las de las mujeres gestantes que, estoy seguro, es lo que todos queremos. (Aplausos.)
SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Tiene la palabra el señor Norberto Saracco, pastor, tutor en Filosofía y Teología y copresidente del Consejo de Pastores.
SR. SARACCO Señores legisladores y legisladoras: bienvenido sea este debate que nos permite como sociedad madura expresarnos libre y ampliamente.
Se ha dicho con toda razón que este no es un lugar para discusiones metafísicas sino políticas, y que la norma que se pretende aprobar debe encuadrarse entonces en lo estrictamente jurídico. Sin embargo, tenemos que aclarar y reconocer que cualquier acción jurídica necesita -y por supuesto se da- en el marco de valores y de principios éticos, sea cual fuere. Las leyes no se dan en el vacío en una sociedad, y en los acuerdos a los que llegamos para determinadas leyes entran nuestros valores personales, nuestras concesiones éticas y también las religiosas, que hacen al todo de la persona.
Si escuchamos con atención los argumentos que se esgrimen y los números que se manejan, lo que vemos es una utilización del sufrimiento humano para imponer una agenda de desprecio de la vida.
Se habla de cifras de entre 370.000 y 530.000 abortos. Solamente al leer estos números vemos el dislate de un universo de 500.000 personas, con un error de cálculo de 300.000.
Se dice que el aborto es la principal causa de muerte ligada al embarazo, lo cual no es cierto. En 2016 murieron 43 mujeres por abortos; en 2017, hubo 31 muertes. Pero déjenme decirles que de todos modos una sola muerte ya es importante. Lo que trato de señalar es el manejo inescrupuloso de números y datos que no resisten el menor argumento.
¿Significa esto entonces que el problema no existe? De ninguna manera. Claro que existe. Claro que hay mujeres que viven el drama de sentirse impulsadas a abortar. Muchas de ellas por situaciones de opresión, marginalidad, abuso, educación, presiones sociales y múltiples factores más ven en el aborto una solución, o al menos un alivio a una situación. ¿Cómo no tomar en cuenta esto? Ellas deben ser el centro de nuestra atención y preocupación, pero no es matando al hijo que se lleva en el vientre como se recupera la soberanía sobre el cuerpo.
Es cierto que la mujer como tal ha soportado siglos, milenios, de machismo y patriarcado opresor. Bienvenido sea todo esfuerzo por recuperar dignidad y valor, y ejercer la más amplia libertad aun sobre su cuerpo. Pero eso no da derecho a condenar a muerte al ser que lleva en su vientre.
El hecho de que el ser humano se geste en el vientre de una mujer no es decisión de un Congreso machista ni de un sínodo de religiosos: es un regalo de Dios para quienes tenemos fe; o un capricho de la naturaleza, para quienes no la tienen. Pero de ninguna manera eso da a la madre la potestad sobre esa vida.
El aborto no es algo natural. El aborto nunca es una solución. Usar al débil y frágil como excusa es algo muy cruel.
No son las mujeres pobres las que buscan abortar. Es más, en los estratos sociales más desposeídos -entre los cuales trabajo desde hace 55 años-, muchas veces la posibilidad de tener un niño o una niña es la razón de existir para quienes no poseen nada más.
Por otra parte, detrás de una supuesta defensa de la vida de la mujer se esconde una cultura de muerte y descarte.
El afirmar que hay vida desde el momento de la concepción no es una cuestión ni religiosa ni metafísica, a menos que la Academia Nacional de Medicina sea una nueva secta que desconocíamos. Lo que se intenta es negar el hecho humano para luego consentir en su muerte. Negar como primer paso la condición humana a lo humano para luego eliminarlo sin culpa ni remordimiento. Esto no es nada nuevo en la civilización: pasó con los esclavos, con los gitanos, con los judíos, con los homosexuales y tantos otros. Para algunos a esto se lo llama "una sociedad más justa".
Se ha dicho con toda razón que este no es un lugar para discusiones metafísicas sino políticas, y que la norma que se pretende aprobar debe encuadrarse entonces en lo estrictamente jurídico. Sin embargo, tenemos que aclarar y reconocer que cualquier acción jurídica necesita -y por supuesto se da- en el marco de valores y de principios éticos, sea cual fuere. Las leyes no se dan en el vacío en una sociedad, y en los acuerdos a los que llegamos para determinadas leyes entran nuestros valores personales, nuestras concesiones éticas y también las religiosas, que hacen al todo de la persona.
Si escuchamos con atención los argumentos que se esgrimen y los números que se manejan, lo que vemos es una utilización del sufrimiento humano para imponer una agenda de desprecio de la vida.
Se habla de cifras de entre 370.000 y 530.000 abortos. Solamente al leer estos números vemos el dislate de un universo de 500.000 personas, con un error de cálculo de 300.000.
Se dice que el aborto es la principal causa de muerte ligada al embarazo, lo cual no es cierto. En 2016 murieron 43 mujeres por abortos; en 2017, hubo 31 muertes. Pero déjenme decirles que de todos modos una sola muerte ya es importante. Lo que trato de señalar es el manejo inescrupuloso de números y datos que no resisten el menor argumento.
¿Significa esto entonces que el problema no existe? De ninguna manera. Claro que existe. Claro que hay mujeres que viven el drama de sentirse impulsadas a abortar. Muchas de ellas por situaciones de opresión, marginalidad, abuso, educación, presiones sociales y múltiples factores más ven en el aborto una solución, o al menos un alivio a una situación. ¿Cómo no tomar en cuenta esto? Ellas deben ser el centro de nuestra atención y preocupación, pero no es matando al hijo que se lleva en el vientre como se recupera la soberanía sobre el cuerpo.
Es cierto que la mujer como tal ha soportado siglos, milenios, de machismo y patriarcado opresor. Bienvenido sea todo esfuerzo por recuperar dignidad y valor, y ejercer la más amplia libertad aun sobre su cuerpo. Pero eso no da derecho a condenar a muerte al ser que lleva en su vientre.
El hecho de que el ser humano se geste en el vientre de una mujer no es decisión de un Congreso machista ni de un sínodo de religiosos: es un regalo de Dios para quienes tenemos fe; o un capricho de la naturaleza, para quienes no la tienen. Pero de ninguna manera eso da a la madre la potestad sobre esa vida.
El aborto no es algo natural. El aborto nunca es una solución. Usar al débil y frágil como excusa es algo muy cruel.
No son las mujeres pobres las que buscan abortar. Es más, en los estratos sociales más desposeídos -entre los cuales trabajo desde hace 55 años-, muchas veces la posibilidad de tener un niño o una niña es la razón de existir para quienes no poseen nada más.
Por otra parte, detrás de una supuesta defensa de la vida de la mujer se esconde una cultura de muerte y descarte.
El afirmar que hay vida desde el momento de la concepción no es una cuestión ni religiosa ni metafísica, a menos que la Academia Nacional de Medicina sea una nueva secta que desconocíamos. Lo que se intenta es negar el hecho humano para luego consentir en su muerte. Negar como primer paso la condición humana a lo humano para luego eliminarlo sin culpa ni remordimiento. Esto no es nada nuevo en la civilización: pasó con los esclavos, con los gitanos, con los judíos, con los homosexuales y tantos otros. Para algunos a esto se lo llama "una sociedad más justa".
Ocupa la Presidencia, la señora diputada Carmen Polledo, presidenta de la Comisión de Acción Social y Salud Pública.
SR. SARACCO Creo que deberíamos aprender lo que ha sucedido y sucede en estas denominadas sociedades más justas y modernas: la banalización de la vida; la muerte del niño por nacer y el descarte de los ancianos. ¿Es eso lo que queremos? ¿Quizás anhelamos una sociedad que mate al diferente y al enfermo y lleguemos como en Islandia a tener cero por ciento de población con Síndrome de Down porque los abortan o a disminuir drásticamente su número como en España? Esto no es ideología; son números.
¿Significa esto que podemos ignorar el dolor de miles de mujeres que viven embarazos no deseados, por las razones que fueren? Claro que no.
Esta discusión que se ha abierto es una excelente oportunidad para que ustedes, diputados y diputadas, legislen para la vida, tanto de la mujer como del niño por nacer. Por supuesto que la decisión de abortar es algo personal y nadie ha abortado ni abortará en contra de su voluntad, pero el Estado debe invertir sus recursos en políticas de prevención, de acompañamiento y de restauración física y emocional.
Aquellos de ustedes que creen en Dios, les recuerdo que Dios es el Dios de la vida. A ustedes que son ateos o agnósticos, les recuerdo que no hay valor más supremo que el de la vida. Cuando legislen, no traicionen su fe y no traicionen sus valores. (Aplausos.)
¿Significa esto que podemos ignorar el dolor de miles de mujeres que viven embarazos no deseados, por las razones que fueren? Claro que no.
Esta discusión que se ha abierto es una excelente oportunidad para que ustedes, diputados y diputadas, legislen para la vida, tanto de la mujer como del niño por nacer. Por supuesto que la decisión de abortar es algo personal y nadie ha abortado ni abortará en contra de su voluntad, pero el Estado debe invertir sus recursos en políticas de prevención, de acompañamiento y de restauración física y emocional.
Aquellos de ustedes que creen en Dios, les recuerdo que Dios es el Dios de la vida. A ustedes que son ateos o agnósticos, les recuerdo que no hay valor más supremo que el de la vida. Cuando legislen, no traicionen su fe y no traicionen sus valores. (Aplausos.)
SRA. PRESIDENTA POLLEDO Tiene la palabra el doctor Juan Domingo Guzmán, médico cirujano, especialista en pediatría y neonatología, sexólogo clínico, educador sexual y terapeuta de familias. Posee un título honorífico de miembro emérito del Hospital Guillermo C. Paterson por aporte a la ley de maternidad y paternidad responsable.
SR. GUZMÁN Quiero agradecer esta oportunidad a la diputada Moisés de estar con ustedes, compatriotas. Vengo de San Pedro de Jujuy a contarles experiencias positivas.
En el año 1990, formamos el Consultorio de Adolescencia y Familia, dedicado a salud sexual y reproductiva en una población en donde los últimos cuatro meses previos a la apertura del consultorio se produjeron 92 abortos provocados que llegaron a la guardia del Hospital de los cuales murieron tres mujeres adolescentes, pobres. ¿Qué se hizo? El señor director Guillermo Agüero autorizó la apertura del consultorio. La doctora Olga Sánchez de Pericone, ginecóloga radical; la doctora Teresa Hormiga, era psiquiatra y el doctor Juan Domingo Guzmán, mi nombre ya lo dice todo, médico pediatra. Juntos armamos el consultorio y comenzamos la entrega a bajo costo de anticonceptivos y a impartir educación sexual integral y sistemática, yendo desde Jardín hasta el último curso del terciario.
A través de la invalorable ayuda que hemos tenido de los medios masivos de comunicación locales -la televisión y la radio- hemos ido dando conocimiento de salud y de salud sexual y reproductiva. De esta forma, hacíamos que los padres tengan el mismo conocimiento que sus hijos para que sus padres se transformen en los primeros educadores sexuales de sus hijos, con sus valores y creencias. La idea era llegar a la procreación responsable, no traer hijos al mundo para que vengan a sufrir.
En el año 1990, formamos el Consultorio de Adolescencia y Familia, dedicado a salud sexual y reproductiva en una población en donde los últimos cuatro meses previos a la apertura del consultorio se produjeron 92 abortos provocados que llegaron a la guardia del Hospital de los cuales murieron tres mujeres adolescentes, pobres. ¿Qué se hizo? El señor director Guillermo Agüero autorizó la apertura del consultorio. La doctora Olga Sánchez de Pericone, ginecóloga radical; la doctora Teresa Hormiga, era psiquiatra y el doctor Juan Domingo Guzmán, mi nombre ya lo dice todo, médico pediatra. Juntos armamos el consultorio y comenzamos la entrega a bajo costo de anticonceptivos y a impartir educación sexual integral y sistemática, yendo desde Jardín hasta el último curso del terciario.
A través de la invalorable ayuda que hemos tenido de los medios masivos de comunicación locales -la televisión y la radio- hemos ido dando conocimiento de salud y de salud sexual y reproductiva. De esta forma, hacíamos que los padres tengan el mismo conocimiento que sus hijos para que sus padres se transformen en los primeros educadores sexuales de sus hijos, con sus valores y creencias. La idea era llegar a la procreación responsable, no traer hijos al mundo para que vengan a sufrir.
Ocupa la Presidencia, el señor presidente de la Comisión de Legislación General, diputado Daniel Lipovetzky.
SR. GUZMÁN ¿Qué hemos conseguido con este consultorio? Primero, elaboramos la ley de salud sexual y reproductiva de la provincia de Jujuy, que la presentamos en el año 1995. Tenía dos vertientes: una asistencial y otra educativa. La tarea de educación sexual en el resto de la provincia no se aplicó nunca, a pesar de haber sido aprobada; les estoy hablando de hace 27 años.
En la República Argentina muchas voces se alzaron en contra de la educación sexual, integral y sistemática, por distintos motivos y se está pagando el precio con las muertes por aborto de las mujeres que menos recursos tienen.
¿Qué más hicimos en ese consultorio? Se hacía terapia a las familias disfuncionales por la violencia de género; terapia a las parejas que tenían problemas con su sexualidad, terapias sexuales; terapias ambulatorias cognitivas, conductista -tipo Minnesota-, a los consumidores de sustancia. Este consultorio puede mostrar después de 13 años de funcionamiento, cómo hoy, año 2018 y desde hace varios años, mortalidad cero por aborto. Bajaron los abortos estrepitosamente. Pero también tenemos en los vaivenes políticos que tiene nuestro país que hay meses que tenemos anticonceptivos y meses en los que no hay.
La discusión estaría en qué hacer con aquellas mujeres que -por no tener conocimiento- toman la decisión equivocada de ir al aborto y que van a morir. No solo muere la madre, muere el bebé que está en su vientre y pone en total vulnerabilidad a los hijos que quedan.
Atención, compatriotas, van a tener un problema más grande. El problema más grande es el de los abortos adolescentes, porque hay un componente nuevo que entró en esta sociedad para quedarse muchos años, que son las adicciones.
En los años 2013, 2014 y 2015 la provincia me pide que haga atención integral del adolescente y con la misma metodología: educativa y asistencial. Fui a las escuelas desde 6º grado hasta los 18 años, en la secundaria, haciendo no solamente educación sexual, sino también prevención de deserción escolar y de consumo de sustancia.
En educación sexual, señores padres, colegas, para sus hijos y para sus nietos. Tienen que saber que a los 10 años el cerebro se modifica: aparece el deseo sexual, el enamoramiento, el desamor. ¿Cómo va a manejar un chico, un adulto el deseo sexual? Esto hay que explicarlo. De esta forma evitaríamos los femicidios, los abusos sexuales y todo lo demás.
¿Qué les decimos a las jóvenes? En una sociedad machista, una chica adolescente que queda embarazada, queda marcada para el resto de su vida y si va al aborto, termina muerta en la flor de su vida.
¿Todo esto se puede evitar? Sí, señores, con educación sexual, integral, sistemática pero hecha en serio y también es importantísimo el acceso a la anticoncepción. De esta forma, les repito, con la ayuda de los medios masivos de comunicación -radio y televisión- y la presencia permanente en las escuelas, hemos conseguido bajar los abortos y llagar a mortalidad cero por aborto.
¿Qué más les digo a los chicos en el secundario o cuando voy a las escuelas? Les dejo tres pautas importantísimas, que son las llaves que abren el futuro de cualquier persona. El tema se llama la propuesta para alcanzar los sueños, las tres letras "R": respeto a sí mismo, respeto a los demás y responsabilidad, hacer las cosas bien sin que nadie nos mire.
De esta manera, les pido por favor a los legisladores que no les tiemble la mano para poner la educación sexual, integral y sistemática, que no vengan con un montón de excusas.
Para aquellos que son creyentes -que cada uno tiene una imagen de Dios-, Dios nos regaló el sexo, no es solamente reproductivo, es recreativo también para unir a la pareja. Es importantísimo tener en claro esto. En su bondad infinita nos puso el sexo, ¡qué bueno es saber cómo funciona el sexo en las personas! No tenemos que sentirnos marcados por prejuicios y pruritos porque después tenemos la separación, la violencia de género, las violaciones. Porque no tienen en claro cómo es su sexualidad.
Entonces, ¿qué vamos a hacer con las mujeres pobres que toman la decisión de hacerse un aborto? Es una decisión personal, es dramática, es la peor decisión, pero el Estado tiene una evidencia y tendrá que hacer algo para que esto no siga ocurriendo, porque hasta que la educación funcione van a pasar diez años. (Aplausos.)
En la República Argentina muchas voces se alzaron en contra de la educación sexual, integral y sistemática, por distintos motivos y se está pagando el precio con las muertes por aborto de las mujeres que menos recursos tienen.
¿Qué más hicimos en ese consultorio? Se hacía terapia a las familias disfuncionales por la violencia de género; terapia a las parejas que tenían problemas con su sexualidad, terapias sexuales; terapias ambulatorias cognitivas, conductista -tipo Minnesota-, a los consumidores de sustancia. Este consultorio puede mostrar después de 13 años de funcionamiento, cómo hoy, año 2018 y desde hace varios años, mortalidad cero por aborto. Bajaron los abortos estrepitosamente. Pero también tenemos en los vaivenes políticos que tiene nuestro país que hay meses que tenemos anticonceptivos y meses en los que no hay.
La discusión estaría en qué hacer con aquellas mujeres que -por no tener conocimiento- toman la decisión equivocada de ir al aborto y que van a morir. No solo muere la madre, muere el bebé que está en su vientre y pone en total vulnerabilidad a los hijos que quedan.
Atención, compatriotas, van a tener un problema más grande. El problema más grande es el de los abortos adolescentes, porque hay un componente nuevo que entró en esta sociedad para quedarse muchos años, que son las adicciones.
En los años 2013, 2014 y 2015 la provincia me pide que haga atención integral del adolescente y con la misma metodología: educativa y asistencial. Fui a las escuelas desde 6º grado hasta los 18 años, en la secundaria, haciendo no solamente educación sexual, sino también prevención de deserción escolar y de consumo de sustancia.
En educación sexual, señores padres, colegas, para sus hijos y para sus nietos. Tienen que saber que a los 10 años el cerebro se modifica: aparece el deseo sexual, el enamoramiento, el desamor. ¿Cómo va a manejar un chico, un adulto el deseo sexual? Esto hay que explicarlo. De esta forma evitaríamos los femicidios, los abusos sexuales y todo lo demás.
¿Qué les decimos a las jóvenes? En una sociedad machista, una chica adolescente que queda embarazada, queda marcada para el resto de su vida y si va al aborto, termina muerta en la flor de su vida.
¿Todo esto se puede evitar? Sí, señores, con educación sexual, integral, sistemática pero hecha en serio y también es importantísimo el acceso a la anticoncepción. De esta forma, les repito, con la ayuda de los medios masivos de comunicación -radio y televisión- y la presencia permanente en las escuelas, hemos conseguido bajar los abortos y llagar a mortalidad cero por aborto.
¿Qué más les digo a los chicos en el secundario o cuando voy a las escuelas? Les dejo tres pautas importantísimas, que son las llaves que abren el futuro de cualquier persona. El tema se llama la propuesta para alcanzar los sueños, las tres letras "R": respeto a sí mismo, respeto a los demás y responsabilidad, hacer las cosas bien sin que nadie nos mire.
De esta manera, les pido por favor a los legisladores que no les tiemble la mano para poner la educación sexual, integral y sistemática, que no vengan con un montón de excusas.
Para aquellos que son creyentes -que cada uno tiene una imagen de Dios-, Dios nos regaló el sexo, no es solamente reproductivo, es recreativo también para unir a la pareja. Es importantísimo tener en claro esto. En su bondad infinita nos puso el sexo, ¡qué bueno es saber cómo funciona el sexo en las personas! No tenemos que sentirnos marcados por prejuicios y pruritos porque después tenemos la separación, la violencia de género, las violaciones. Porque no tienen en claro cómo es su sexualidad.
Entonces, ¿qué vamos a hacer con las mujeres pobres que toman la decisión de hacerse un aborto? Es una decisión personal, es dramática, es la peor decisión, pero el Estado tiene una evidencia y tendrá que hacer algo para que esto no siga ocurriendo, porque hasta que la educación funcione van a pasar diez años. (Aplausos.)
SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Tiene la palabra la doctora María Magdalena Galli Fiant, abogada especialista en derecho de familia de la Universidad Nacional del Litoral.
SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Tiene la palabra la señora Yamile Socolovsky, referente sindical, integrante de la Mesa Nacional de CTA de los Trabajadores y de la Mesa Nacional de CONADU.
SRA. SOCOLOVSKY Buenos días, muchas gracias.
Vengo a expresar por parte de las organizaciones sindicales de las que formo parte -la CTA de los trabajadores y las trabajadoras y la Federación Nacional de Docentes Universitario, CONADU-, el apoyo al proyecto de ley de interrupción voluntaria del embarazo impulsado por la Campaña Nacional por el Aborto Legal, Seguro y Gratuito.
Asimismo, como docente universitaria, quiero subrayar el pronunciamiento favorable a este proyecto de un importante número de universidades públicas, y la creación de cátedras en las que se aborda el tema del aborto como una cuestión de salud pública, lo cual reafirma la determinación de incorporar este tema en el proceso de formación profesional y de ciudadanía.
Nuestras organizaciones sindicales, al igual que nuestras universidades, han comprendido que tienen la responsabilidad de debatir este tema y de pronunciarse al respecto. Digo esto porque las estudiantes, las docentes y las trabajadoras universitarias abortamos. Las trabajadoras abortamos; las mujeres decidimos y abortamos. Eso es un hecho. Lo que ahora les toca a ustedes decidir es si el aborto va a ser legal o va a seguir siendo clandestino, injustamente inseguro, fuente de nuevas violencias y signo de la desigualdad social.
Lo que está en juego en esta instancia es la posibilidad de dar un paso relevante en la construcción de nuestra democracia, por eso hemos llegado hasta aquí: desde la calle hasta el Palacio del Congreso. La instalación de este debate, del mismo modo que la progresiva toma de posición en él por parte de instituciones y organizaciones plurales y complejas como los son las universidades y los sindicatos, ha sido resultado de un gran esfuerzo militante y un responsable trabajo político del movimiento de mujeres, que ha logrado que el tratamiento de este proyecto resulte ya ineludible, en tanto expresa una legítima pero también extendida demanda en relación con una cuestión que requiere de manera impostergable una respuesta del Estado.
No solo celebramos que como resultado de una justa lucha democrática este debate comience a desarrollarse y que nuestra palabra sea escuchada en este ámbito, sino que esperamos y seguimos reclamando que el proyecto llegue al recinto legislativo, sea finalmente aprobado y que una política pública adecuada garantice todos los aspectos de su implementación.
La legalización del aborto es una exigencia de justicia social, de democratización del acceso a la salud, de respeto a los derechos fundamentales y de reconocimiento de la dignidad de las personas, lo cual requiere limitar la pretensión normativa del Estado sobre la autonomía de las mujeres. Exige, al mismo tiempo, establecer claramente la responsabilidad estatal en la provisión de información, formación y recursos para garantizar el ejercicio de una autonomía que siempre está condicionada por determinantes sociales que nos afectan de manera desigual a las mujeres, particularmente a las más pobres.
La clandestinidad nos afecta a todas, pero golpea mucho más duramente aún a las mujeres que carecen de los recursos necesarios para que esta decisión no las exponga a padecimientos que muchas veces culminan en la muerte.
La enorme desigualdad en las condiciones y perspectivas que conlleva un aborto implica que se trata aquí de un problema de justicia social y de democratización del acceso a la salud, que sólo podría ser resuelto a través de la política pública.
Por eso no hablamos solamente de la legalización del aborto, sino de que esta práctica sea accesible en el sistema público de salud, sin que ello comporte padecimientos evitables, violencia institucional o avasallamiento de la dignidad de las mujeres.
La desigualdad tiene como efecto la negación fáctica de los derechos, por eso la ley que consagra un derecho también tiene que proveer las condiciones para su efectivo ejercicio, comprometiendo al Estado a cumplir su rol de protección y reparación.
También es responsabilidad del Estado desarrollar las políticas necesarias para asegurar condiciones materiales y culturales que nos permitan a las mujeres fortalecer, no nuestra capacidad de decidir -que no está en discusión-, sino nuestras posibilidades de ejercer, sin restricciones ni extorsiones, esa capacidad.
La provisión de métodos anticonceptivos en el sistema público de salud es, sin dudas, una base material elemental para el ejercicio pleno del derecho a decidir. Y la educación sexual integral, mucho más que una forma "curricularizada" de acceso al conocimiento necesario para una decisión informada, es un componente fundamental para avanzar en la transformación democrática de las relaciones interpersonales y de las representaciones colectivas que condicionan cotidianamente nuestras vidas y que reproducen, de no mediar una acción crítica y deconstructiva de los roles establecidos en la sociedad patriarcal, la posición subalternizada de nuestro género.
Defender la vida es comprometerse en la lucha para poner fin a la cadena de innumerables maltratos que se ejercen contra nosotras todo el tiempo y en todas partes, y esa es una responsabilidad indelegable del Estado porque se trata de poner fin a la violencia.
La criminalización del aborto, incluso la penalización parcial -que en principio reconoce causales para permitirlo-, continúa sometiendo a las mujeres -y siempre a las más pobres- a sufrimientos infligidos por la burocracia judicial, el intervencionismo eclesiástico o el ejercicio autoritario y lucrativo del poder médico.
Basta con prestar atención a las situaciones que atraviesan las mujeres que tendrían que poder abortar porque deben someterse a tratamientos de salud ineludibles sin riesgo para su vida. También debe tenerse en cuenta la situación mucho menos advertida de aquellas mujeres que abortan como consecuencia de embarazos interrumpidos por causas ajenas a su voluntad y que se ven también empujadas al borde de la clandestinidad y la sospecha.
En esta sala se ha escuchado -y ojalá se haya oído bien- el caso de Ana Acevedo, que dice todo sobre la violencia extrema que se puede desatar sobre una mujer cuando la ley deja abierta la puerta para que otros decidan por ella. En la democracia que queremos no podemos permitir que eso siga pasando.
Además, en este debate está en juego el reconocimiento de que un aspecto fundamental de la dignidad de las personas reside en la posibilidad de determinar el propio proyecto de vida, y en ese marco es preciso reconocer a las mujeres el derecho a no ser obligadas a ser gestantes.
La maternidad debe ser una elección. Es una realidad que muy frecuentemente la decisión de abortar es una última y dolorosa opción. También es preciso decir, saber y reconocer que las mujeres a veces abortamos porque entendemos que la maternidad debe darse como producto de una decisión.
Una mujer no tiene que demostrar que se ha visto obligada a abortar por causas externas a su determinación. Tampoco debe disculparse por su decisión circunstancial o permanente de no ser madre ante una sociedad que insiste en mantenerla en su condición de gestante. Esto es así porque las mujeres somos violentadas en nuestra autonomía cuando tenemos que justificar una decisión que solo atañe a nuestro fuero íntimo.
En el Estado democrático el poder público no puede sin autoritarismo imponer sobre sus ciudadanas una concepción del bien fundada en creencias que excedan el deber republicano de asegurar colectivamente las condiciones que impidan la opresión.
Las mujeres debemos tener la posibilidad de decidir sobre nuestros cuerpos porque tenemos derecho a decidir sobre nuestras vidas. Poner fin a la injusticia y a las violencias que la clandestinidad del aborto imponen sobre las mujeres con capacidad gestante es ya un imperativo de nuestra construcción de democracia. Así lo dicen en las calles; falta que ahora eso se reconozca en este Palacio. (Aplausos.)
Vengo a expresar por parte de las organizaciones sindicales de las que formo parte -la CTA de los trabajadores y las trabajadoras y la Federación Nacional de Docentes Universitario, CONADU-, el apoyo al proyecto de ley de interrupción voluntaria del embarazo impulsado por la Campaña Nacional por el Aborto Legal, Seguro y Gratuito.
Asimismo, como docente universitaria, quiero subrayar el pronunciamiento favorable a este proyecto de un importante número de universidades públicas, y la creación de cátedras en las que se aborda el tema del aborto como una cuestión de salud pública, lo cual reafirma la determinación de incorporar este tema en el proceso de formación profesional y de ciudadanía.
Nuestras organizaciones sindicales, al igual que nuestras universidades, han comprendido que tienen la responsabilidad de debatir este tema y de pronunciarse al respecto. Digo esto porque las estudiantes, las docentes y las trabajadoras universitarias abortamos. Las trabajadoras abortamos; las mujeres decidimos y abortamos. Eso es un hecho. Lo que ahora les toca a ustedes decidir es si el aborto va a ser legal o va a seguir siendo clandestino, injustamente inseguro, fuente de nuevas violencias y signo de la desigualdad social.
Lo que está en juego en esta instancia es la posibilidad de dar un paso relevante en la construcción de nuestra democracia, por eso hemos llegado hasta aquí: desde la calle hasta el Palacio del Congreso. La instalación de este debate, del mismo modo que la progresiva toma de posición en él por parte de instituciones y organizaciones plurales y complejas como los son las universidades y los sindicatos, ha sido resultado de un gran esfuerzo militante y un responsable trabajo político del movimiento de mujeres, que ha logrado que el tratamiento de este proyecto resulte ya ineludible, en tanto expresa una legítima pero también extendida demanda en relación con una cuestión que requiere de manera impostergable una respuesta del Estado.
No solo celebramos que como resultado de una justa lucha democrática este debate comience a desarrollarse y que nuestra palabra sea escuchada en este ámbito, sino que esperamos y seguimos reclamando que el proyecto llegue al recinto legislativo, sea finalmente aprobado y que una política pública adecuada garantice todos los aspectos de su implementación.
La legalización del aborto es una exigencia de justicia social, de democratización del acceso a la salud, de respeto a los derechos fundamentales y de reconocimiento de la dignidad de las personas, lo cual requiere limitar la pretensión normativa del Estado sobre la autonomía de las mujeres. Exige, al mismo tiempo, establecer claramente la responsabilidad estatal en la provisión de información, formación y recursos para garantizar el ejercicio de una autonomía que siempre está condicionada por determinantes sociales que nos afectan de manera desigual a las mujeres, particularmente a las más pobres.
La clandestinidad nos afecta a todas, pero golpea mucho más duramente aún a las mujeres que carecen de los recursos necesarios para que esta decisión no las exponga a padecimientos que muchas veces culminan en la muerte.
La enorme desigualdad en las condiciones y perspectivas que conlleva un aborto implica que se trata aquí de un problema de justicia social y de democratización del acceso a la salud, que sólo podría ser resuelto a través de la política pública.
Por eso no hablamos solamente de la legalización del aborto, sino de que esta práctica sea accesible en el sistema público de salud, sin que ello comporte padecimientos evitables, violencia institucional o avasallamiento de la dignidad de las mujeres.
La desigualdad tiene como efecto la negación fáctica de los derechos, por eso la ley que consagra un derecho también tiene que proveer las condiciones para su efectivo ejercicio, comprometiendo al Estado a cumplir su rol de protección y reparación.
También es responsabilidad del Estado desarrollar las políticas necesarias para asegurar condiciones materiales y culturales que nos permitan a las mujeres fortalecer, no nuestra capacidad de decidir -que no está en discusión-, sino nuestras posibilidades de ejercer, sin restricciones ni extorsiones, esa capacidad.
La provisión de métodos anticonceptivos en el sistema público de salud es, sin dudas, una base material elemental para el ejercicio pleno del derecho a decidir. Y la educación sexual integral, mucho más que una forma "curricularizada" de acceso al conocimiento necesario para una decisión informada, es un componente fundamental para avanzar en la transformación democrática de las relaciones interpersonales y de las representaciones colectivas que condicionan cotidianamente nuestras vidas y que reproducen, de no mediar una acción crítica y deconstructiva de los roles establecidos en la sociedad patriarcal, la posición subalternizada de nuestro género.
Defender la vida es comprometerse en la lucha para poner fin a la cadena de innumerables maltratos que se ejercen contra nosotras todo el tiempo y en todas partes, y esa es una responsabilidad indelegable del Estado porque se trata de poner fin a la violencia.
La criminalización del aborto, incluso la penalización parcial -que en principio reconoce causales para permitirlo-, continúa sometiendo a las mujeres -y siempre a las más pobres- a sufrimientos infligidos por la burocracia judicial, el intervencionismo eclesiástico o el ejercicio autoritario y lucrativo del poder médico.
Basta con prestar atención a las situaciones que atraviesan las mujeres que tendrían que poder abortar porque deben someterse a tratamientos de salud ineludibles sin riesgo para su vida. También debe tenerse en cuenta la situación mucho menos advertida de aquellas mujeres que abortan como consecuencia de embarazos interrumpidos por causas ajenas a su voluntad y que se ven también empujadas al borde de la clandestinidad y la sospecha.
En esta sala se ha escuchado -y ojalá se haya oído bien- el caso de Ana Acevedo, que dice todo sobre la violencia extrema que se puede desatar sobre una mujer cuando la ley deja abierta la puerta para que otros decidan por ella. En la democracia que queremos no podemos permitir que eso siga pasando.
Además, en este debate está en juego el reconocimiento de que un aspecto fundamental de la dignidad de las personas reside en la posibilidad de determinar el propio proyecto de vida, y en ese marco es preciso reconocer a las mujeres el derecho a no ser obligadas a ser gestantes.
La maternidad debe ser una elección. Es una realidad que muy frecuentemente la decisión de abortar es una última y dolorosa opción. También es preciso decir, saber y reconocer que las mujeres a veces abortamos porque entendemos que la maternidad debe darse como producto de una decisión.
Una mujer no tiene que demostrar que se ha visto obligada a abortar por causas externas a su determinación. Tampoco debe disculparse por su decisión circunstancial o permanente de no ser madre ante una sociedad que insiste en mantenerla en su condición de gestante. Esto es así porque las mujeres somos violentadas en nuestra autonomía cuando tenemos que justificar una decisión que solo atañe a nuestro fuero íntimo.
En el Estado democrático el poder público no puede sin autoritarismo imponer sobre sus ciudadanas una concepción del bien fundada en creencias que excedan el deber republicano de asegurar colectivamente las condiciones que impidan la opresión.
Las mujeres debemos tener la posibilidad de decidir sobre nuestros cuerpos porque tenemos derecho a decidir sobre nuestras vidas. Poner fin a la injusticia y a las violencias que la clandestinidad del aborto imponen sobre las mujeres con capacidad gestante es ya un imperativo de nuestra construcción de democracia. Así lo dicen en las calles; falta que ahora eso se reconozca en este Palacio. (Aplausos.)
SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Tiene la palabra la doctora Dolores Ramos Mejía, médica ginecóloga y obstetra.
SRA. RAMOS MEJÍA Buenos días. Soy médica. Hice la residencia en Ginecología y Obstetricia, y después me dediqué a la ecografía gineco-obstétrica. Hago ecografías a mujeres, embarazadas o no. Cuento con experiencia en el ámbito público y privado. Amo lo que hago, y también amo la posibilidad que me da el diagnóstico prenatal de poder cuidar, junto al obstetra, a la madre y al feto.
Comienzo por lo que es un hecho científico: la vida como tal empieza en la concepción -unión del ovocito maduro con el espermatozoide con formación del huevo o cigoto-, y allí se inicia una cadena de eventos que, si no es interrumpida natural o artificialmente, finaliza con el nacimiento de un bebé, un ser humano.
Muchas veces se escucha decir que al principio todo es una bolsa de células o un coágulo. También ocurre que los médicos usamos ciertos términos que llevan a confusión. Los utilizamos sin una adecuada explicación abandonando al paciente a su libre interpretación. Esto no es adecuado porque crea en el paciente conceptos erróneos, limitando su conocimiento y viciando su consentimiento.
Un ejemplo de esto es cuando le decimos a una paciente que su embarazo se detuvo, ya que solo se observa el saco pero no el embrión, llamándolo huevo muerto y retenido o embarazo anembrionado.
Hablar de saco o de embarazo anembrionado puede llevar a pensar que no hay y que no hubo embrión alguno, cuando en realidad existió fecundación e implantación y comenzó a crecer el embrión, pero en algún momento su desarrollo se detuvo de manera natural. Sólo se observa el saco porque la ecografía como técnica es limitada para poder observar y documentar los inicios de la gestación.
Para aclarar el concepto. El saco gestacional es una denominación ultrasonográfica, que no corresponde a una estructura embriológica determinada, comprende el embrión, el saco vitelino, el corion y el amnios. No es posible individualizar estas estructuras porque son demasiado pequeñas, no porque no estén. Hablamos de antes de las semanas 5 o 6, desde la amenorrea -o desde la fecha de última menstruación- o 3 o 4 semanas desde la concepción.
¿Cómo pretendemos que no se crea popularmente que al comienzo todo es una bolsa de células? Traje algunas fotos para poder explicarles. Esta es una ecografía transvaginal, en donde se puede observar el endometrio o decidua materna y en su espesor una imagen anecoica o negra que es un saco gestacional de unas 4 semanas aproximadamente. Dentro de este saco ya está el embrión, aunque aún no lo podemos ver.
El segundo evento ultrasonográfico que se puede apreciar es la aparición del saco vitelino, es una estructura que transporta nutrientes y oxígeno al embrión. El embrión es de entre 1 o 2 milímetros a partir de las 5 o 6 semanas. No es que no esté; es que se empieza a ver. También podemos observar el latido cardíaco y según el equipo lo podemos objetivar. Como les digo a mis pacientes: "Es puro corazón. En ese momento expresa la vida y que está vivo con todo su ser".
El embrión va creciendo 1 milímetro por día. Este es un embrión de 7 semanas. Se lo puede ver separado de su saco vitelino; esto es lo que van a ser las membranas.
El siguiente es un embrión de 22 milímetros, sería de 9 semanas. Podemos ver las estructuras neurológicas que se están desarrollando: diencéfalo, mesencéfalo y rombencéfalo y, al desplazarse hacia los costados, se identifican los hemisferios cerebrales o telencéfalo, al igual que los miembros.
Esta es una ecografía 3D de un embarazo de 8 semanas y 6 días, en donde vemos bien los miembros superiores e inferiores, el cordón umbilical que lo une con la placenta. Ya se ve bastante nítida la forma humana.
En este video quiero mostrar la embriosonografía o estudio de la anatomía del embrión. Lo medimos, es un embrión de 23 milímetros, o sea de 9 semanas. Se ven las aurículas y los ventrículos con un buen equipo, se puede objetivar la frecuencia cardíaca.
Ahí estoy mostrando los miembros inferiores y superiores. Esta es la mano, donde se ven los tres segmentos. Se ven las estructuras cerebrales, que les contaba en la otra figura. Esta es la manito derecha.
En el dorso del embrión las dos líneas psicogénicas o blanquitas es la columna, que se empieza o osificar en la octava semana.
Aquí vemos con más detalle el miembro inferior: pie, pierna, muslo.
A partir de la semana 8, el embrión se mueve espontáneamente; ahora lo vamos a ver.
Creo que nadie que vea esto puede pensar que es una bolsa de células. Que las pacientes lo crean o se lo hagan creer, ayuda a que la mujer no sea consciente de la dimensión de sus actos. Pero que la ley lo permita es grave porque no puede haber desconocimiento o desinformación al legislar.
No entiendo cómo un proyecto de ley puede permitir matar a una persona, sea cual fuere la etapa del desarrollo en la que se encuentre. En la etapa embrionaria, que comienza con la fecundación y finaliza entre las 9 y 10 semanas de gestación, cerca del 90 por ciento de las estructuras presentes en el adulto han aparecido. Para alcanzar las 14 semanas, ese feto pasó por un proceso de crecimiento y maduración que no va a volver a experimentar nunca más en su vida.
Hoy contamos con una rama de la medicina especializada en mantener la salud del feto como paciente, la Medicina Fetal. O sea, que hay médicos especializados en diagnosticar y tratar a los fetos en desarrollo. Hay tratamientos intrauterinos que buscan salvar la vida a los fetos que nacerían con alguna discapacidad o no llegarían a nacer. Es muy contradictorio ver cómo se intenta desesperadamente ayudar y salvar a algunos fetos y observar con qué indiferencia, si se aprobase esta ley, se permitiría terminar con la vida de otros.
Cada vez que hago una ecografía me maravillo lo que es la vida humana, cómo se ve la vida. Invitaría a todos y cada uno de ustedes a que vean lo que yo veo en un día. Creo que bastaría para votar en contra de lo que pretende ser una ley que protege a las mujeres.
Me pregunto cómo una ley puede permitir que un ser humano mate a otro o que mate al más indefenso por el motivo que fuere.
Eso no es una política sanitaria. No se puede legislar sobre matar a otro ser humano.
Cuidar al binomio madre-hijo desde la concepción. Esa es mi premisa. Para eso estudié y me formé. Esto juré un 22 de Mayo de 2009.(Aplausos.)
Comienzo por lo que es un hecho científico: la vida como tal empieza en la concepción -unión del ovocito maduro con el espermatozoide con formación del huevo o cigoto-, y allí se inicia una cadena de eventos que, si no es interrumpida natural o artificialmente, finaliza con el nacimiento de un bebé, un ser humano.
Muchas veces se escucha decir que al principio todo es una bolsa de células o un coágulo. También ocurre que los médicos usamos ciertos términos que llevan a confusión. Los utilizamos sin una adecuada explicación abandonando al paciente a su libre interpretación. Esto no es adecuado porque crea en el paciente conceptos erróneos, limitando su conocimiento y viciando su consentimiento.
Un ejemplo de esto es cuando le decimos a una paciente que su embarazo se detuvo, ya que solo se observa el saco pero no el embrión, llamándolo huevo muerto y retenido o embarazo anembrionado.
Hablar de saco o de embarazo anembrionado puede llevar a pensar que no hay y que no hubo embrión alguno, cuando en realidad existió fecundación e implantación y comenzó a crecer el embrión, pero en algún momento su desarrollo se detuvo de manera natural. Sólo se observa el saco porque la ecografía como técnica es limitada para poder observar y documentar los inicios de la gestación.
Para aclarar el concepto. El saco gestacional es una denominación ultrasonográfica, que no corresponde a una estructura embriológica determinada, comprende el embrión, el saco vitelino, el corion y el amnios. No es posible individualizar estas estructuras porque son demasiado pequeñas, no porque no estén. Hablamos de antes de las semanas 5 o 6, desde la amenorrea -o desde la fecha de última menstruación- o 3 o 4 semanas desde la concepción.
¿Cómo pretendemos que no se crea popularmente que al comienzo todo es una bolsa de células? Traje algunas fotos para poder explicarles. Esta es una ecografía transvaginal, en donde se puede observar el endometrio o decidua materna y en su espesor una imagen anecoica o negra que es un saco gestacional de unas 4 semanas aproximadamente. Dentro de este saco ya está el embrión, aunque aún no lo podemos ver.
El segundo evento ultrasonográfico que se puede apreciar es la aparición del saco vitelino, es una estructura que transporta nutrientes y oxígeno al embrión. El embrión es de entre 1 o 2 milímetros a partir de las 5 o 6 semanas. No es que no esté; es que se empieza a ver. También podemos observar el latido cardíaco y según el equipo lo podemos objetivar. Como les digo a mis pacientes: "Es puro corazón. En ese momento expresa la vida y que está vivo con todo su ser".
El embrión va creciendo 1 milímetro por día. Este es un embrión de 7 semanas. Se lo puede ver separado de su saco vitelino; esto es lo que van a ser las membranas.
El siguiente es un embrión de 22 milímetros, sería de 9 semanas. Podemos ver las estructuras neurológicas que se están desarrollando: diencéfalo, mesencéfalo y rombencéfalo y, al desplazarse hacia los costados, se identifican los hemisferios cerebrales o telencéfalo, al igual que los miembros.
Esta es una ecografía 3D de un embarazo de 8 semanas y 6 días, en donde vemos bien los miembros superiores e inferiores, el cordón umbilical que lo une con la placenta. Ya se ve bastante nítida la forma humana.
En este video quiero mostrar la embriosonografía o estudio de la anatomía del embrión. Lo medimos, es un embrión de 23 milímetros, o sea de 9 semanas. Se ven las aurículas y los ventrículos con un buen equipo, se puede objetivar la frecuencia cardíaca.
Ahí estoy mostrando los miembros inferiores y superiores. Esta es la mano, donde se ven los tres segmentos. Se ven las estructuras cerebrales, que les contaba en la otra figura. Esta es la manito derecha.
En el dorso del embrión las dos líneas psicogénicas o blanquitas es la columna, que se empieza o osificar en la octava semana.
Aquí vemos con más detalle el miembro inferior: pie, pierna, muslo.
A partir de la semana 8, el embrión se mueve espontáneamente; ahora lo vamos a ver.
Creo que nadie que vea esto puede pensar que es una bolsa de células. Que las pacientes lo crean o se lo hagan creer, ayuda a que la mujer no sea consciente de la dimensión de sus actos. Pero que la ley lo permita es grave porque no puede haber desconocimiento o desinformación al legislar.
No entiendo cómo un proyecto de ley puede permitir matar a una persona, sea cual fuere la etapa del desarrollo en la que se encuentre. En la etapa embrionaria, que comienza con la fecundación y finaliza entre las 9 y 10 semanas de gestación, cerca del 90 por ciento de las estructuras presentes en el adulto han aparecido. Para alcanzar las 14 semanas, ese feto pasó por un proceso de crecimiento y maduración que no va a volver a experimentar nunca más en su vida.
Hoy contamos con una rama de la medicina especializada en mantener la salud del feto como paciente, la Medicina Fetal. O sea, que hay médicos especializados en diagnosticar y tratar a los fetos en desarrollo. Hay tratamientos intrauterinos que buscan salvar la vida a los fetos que nacerían con alguna discapacidad o no llegarían a nacer. Es muy contradictorio ver cómo se intenta desesperadamente ayudar y salvar a algunos fetos y observar con qué indiferencia, si se aprobase esta ley, se permitiría terminar con la vida de otros.
Cada vez que hago una ecografía me maravillo lo que es la vida humana, cómo se ve la vida. Invitaría a todos y cada uno de ustedes a que vean lo que yo veo en un día. Creo que bastaría para votar en contra de lo que pretende ser una ley que protege a las mujeres.
Me pregunto cómo una ley puede permitir que un ser humano mate a otro o que mate al más indefenso por el motivo que fuere.
Eso no es una política sanitaria. No se puede legislar sobre matar a otro ser humano.
Cuidar al binomio madre-hijo desde la concepción. Esa es mi premisa. Para eso estudié y me formé. Esto juré un 22 de Mayo de 2009.(Aplausos.)
SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Tiene la palabra Susana Yappert, licenciada en comunicación, especialista en derechos humanos.
SRA. YAPPERT Señor presidente: agradezco estar aquí al Movimiento de Mujeres que desde hace décadas, como ríos profundos, lucha por nuestros derechos, en especial a la Campaña por el derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito, que no solamente presentó una y siete veces el proyecto que nos convoca, sino que permitió formarnos, acercarnos para tejer lazos solidarios, amorosos y federales. Agradezco también a las compañeras de organizaciones como la Corriente La Colectiva, la Red Par, que trasformaron nuestras prácticas políticas; a socorristas; a médicas, especialmente a la doctora Rosana González; a trabajadores de hospitales de mi provincia, Río Negro, que respetan el derecho de la libertad de cada mujer; al Centro de Estudios Patagonia y al diputado Martín Doñate, que me invitó a estar aquí.
"Hombre, ¿eres capaz de ser justo? Una mujer te hace esta pregunta;" así se expresaba en 1791 Olympia de Gouges, en su Declaración de los Derechos de la Mujer y la Ciudadana, documento que denunciaba que la revolución francesa había excluido a las mujeres.
Los principios rectores de los derechos humanos son igualdad y no discriminación. Cualquier persona que indague sobre el tema que nos ocupa llegará fácilmente a la conclusión de que el Estado no garantiza nuestros derechos porque no hay tal cosa como igualdad y prevalece la discriminación.
El Derecho, lamentablemente, ve a las personas como abstracciones; no ve las dificultades que cada una de las mujeres tienen para acceder a los derechos.
Sabemos que son las mujeres pobres las que mueren por abortos inseguros; sabemos -como sociedad- de esa específica forma de injusticia. No somos iguales a la hora de gozar de derechos. Ni cuando somos del interior, ni mujer originaria, pobre, niña, mujer con discapacidad, campesina o migrante.
El aborto clandestino mata selectivamente. En cambio, la despenalización del aborto iguala, porque no obliga a nadie a practicarse un aborto y lograría que ninguna de nosotras sea castigada por ejercer su libertad o pague con cárcel, con su cuerpo mutilado o con la muerte.
Organizaciones de mujeres de mi provincia denunciamos que en las escuelas no hay igualdad a la hora de recibir educación sexual integral, porque ella no llega a todos los establecimientos y porque el Estado decidió no garantizarla. No hay capacitaciones desde 2015 y no hay quién controle que en las escuelas se imparta ni quién evalúe sus resultados.
Al desfinanciar esta ley se viola más de un derecho. En el último presupuesto provincial, el área de Políticas Transversales, que contiene este programa, ejecutó solo el 1,65 por ciento de su partida. Es correcto señalar, tal como lo hizo el Frente por la ESI de Viedma, que se trata de una ley fundamental para la "prevención de la violencia de género, abusos sexuales, la discriminación por orientación sexual, embarazos en la adolescencia", y, agrego, para prevenir el aborto.
No somos iguales. Tampoco somos iguales si somos mujeres mapuches, ellas también debaten sobre la interrupción voluntaria del embarazo, conscientes de que fueron colonizadas en relación a sus cuerpos y a sus libertades. Hace unos años, un aborto se le negó a una joven mapuche en el hospital de El Bolsón, el caso se judicializó con consecuencias en la vida de la joven y del juez que autorizó la práctica. El pueblo mapuche también debate sobre este tema. Sería importante que legisladores inviten a sus representantes a este recinto, que las escuchen, porque el pueblo mapuche existe y lucha por sus derechos.
Tampoco somos iguales en Río Negro en el acceso a anticoncepción. Personal del Hospital Zonal de Bariloche informó que cuando cambió el gobierno en 2015, disminuyó drásticamente la oferta de anticonceptivos, incluso estuvieron durante meses sin ellos. Desde entonces, la provisión es irregular y hay demoras en la entrega. Llega poco y se administra la escasez. Faltan anticonceptivos orales, que son los que más se demandan; faltan inyectables e implantes. De los 1.700 implantes subdérmicos remitidos al área Programa de Río Negro en 2017, se colocaron menos de 1.000. ¿Por qué? El 14 por ciento fue colocado en mayores de 24 años.
El 20 por ciento de esos anticonceptivos fue destinado a pacientes con cobertura social, a pesar de que se había determinado que se priorizaría a las jóvenes sin cobertura.
En Río Negro las cifras de embarazos en adolescentes son alarmantes; son las más altas de la Patagonia, y el gobierno provincial no desconoce este dato. Aun así, decidió no intervenir con políticas públicas focalizadas a bajar estos indicadores.
Según UNICEF, el embarazo en la adolescencia en mi provincia promediaba en 2015 el 14 por ciento, pero señala que hay zonas en la Línea Sur, como en Ñorquincó, donde la cifra trepa a 43 por ciento.
En el Hospital Zonal de Bariloche, según cifras oficiales más recientes, ese número asciende al 23 por ciento. Además, en barrios de El Alto de la mencionada ciudad -se trata de la zona más postergada de la localidad más grande de la provincia-, el embarazo en adolescencia trepa al 60 por ciento.
Es decir que allí falta la anticoncepción y no hay políticas específicas para jóvenes, incluidas personas con discapacidad. Además, hay dificultades en el acceso a los servicios de salud; ausencia absoluta de campañas masivas de difusión; problemas a la hora de otorgar turnos para ligaduras tubarias; aumentos de casos de sífilis y de VIH; graves deficiencias estadísticas; atención de complicaciones por abortos y falta de misoprostol. Todo ello engrosa la lista de violaciones de derechos por parte del Estado.
Recién en 2016, con la demorada promulgación de la ley, se pudo avanzar en el territorio -aunque en forma desigual- en la implementación del Protocolo ILE.
Los datos de salud pública registran 130 abortos legales en 2017. También existe un subregistro o un mal registro del que también debemos dar cuenta: Bariloche fue una de las pocas áreas que entregó información mensual al ministerio y que por su parte reporta 150 interrupciones legales del embarazo en 2017. Además, Socorristas en Red Zona Andina informa que son muchos más los abortos realizados, puesto que en 2017 registramos por lo menos un 30 por ciento más al total que informó la provincia.
Desde julio a diciembre fueron enviadas 316 cajas de misoprostol al 50 por ciento de los hospitales. ¿Qué sucedió con los restantes? Parece que el interior del interior tampoco está en igualdad de condiciones.
Es importante destacar que en el sector privado la práctica ni siquiera está nomenclada, ya que se cobra 20.000 pesos para practicar un aborto, mientras que la droga utilizada para realizarlo puede conseguirse por 350 pesos en las redes de socorristas.
Nos preguntamos también por qué el Programa Zonal de Medicamentos -PROZOME- no fabrica esta droga y quiebra el monopolio de producción de este fármaco.
Este panorama confirma que los derechos sexuales y reproductivos en Río Negro son sistemáticamente vulnerados. Estamos frente a un claro retroceso en materia de derechos. En este sentido, debe tenerse en consideración el principio de no regresividad de la norma y el deber del Estado de respetar, proteger y hacer efectivos nuestros derechos.
Si el Estado los viola, entonces no es posible insistir en la criminalización de las mujeres cuyos derechos han sido previamente vulnerados por el propio Estado, y como consecuencia de ello han tenido que recurrir a abortos ilegales.
Recordemos que los derechos son universales, integrales, indivisibles, interdependientes, intransferibles. No podemos renunciar a nuestros derechos de humanas que ya están garantizados, y ustedes lo saben. Tenemos derecho a la igualdad, a la no discriminación, a la autodeterminación reproductiva, a vivir relaciones sexuales placenteras, a una vida libre de violencia. Tenemos derecho a la vida.
Recientemente, por iniciativa de la concejala del Frente para la Victoria de San Carlos de Bariloche, Ana Marks, el Concejo Municipal de dicha ciudad aprobó una comunicación por medio de la cual se pronuncia mayoritariamente en favor de la despenalización del aborto. Encuestas actuales advierten que la mayoría de la población también acompaña esa postura. Esperemos que esto se refleje en el voto de nuestros representantes.
El movimiento de mujeres colocó en la agenda política y pública esta problemática, con un sostenido trabajo de defensa y reclamo de derechos. A esa racionalidad se adosó una referencia emocional profunda, donde la empatía y la solidaridad no solo permitieron salvar las vidas de miles de mujeres, sino que también permitieron construir ciudadanía.
Hay millones de mujeres en las calles de la Argentina que decimos que el momento de nuestra emancipación es ahora. Por eso les preguntamos a nuestros representantes en el Congreso: ¿son capaces de ser justos? Tienen una histórica oportunidad de demostrarlo. (Aplausos.)
"Hombre, ¿eres capaz de ser justo? Una mujer te hace esta pregunta;" así se expresaba en 1791 Olympia de Gouges, en su Declaración de los Derechos de la Mujer y la Ciudadana, documento que denunciaba que la revolución francesa había excluido a las mujeres.
Los principios rectores de los derechos humanos son igualdad y no discriminación. Cualquier persona que indague sobre el tema que nos ocupa llegará fácilmente a la conclusión de que el Estado no garantiza nuestros derechos porque no hay tal cosa como igualdad y prevalece la discriminación.
El Derecho, lamentablemente, ve a las personas como abstracciones; no ve las dificultades que cada una de las mujeres tienen para acceder a los derechos.
Sabemos que son las mujeres pobres las que mueren por abortos inseguros; sabemos -como sociedad- de esa específica forma de injusticia. No somos iguales a la hora de gozar de derechos. Ni cuando somos del interior, ni mujer originaria, pobre, niña, mujer con discapacidad, campesina o migrante.
El aborto clandestino mata selectivamente. En cambio, la despenalización del aborto iguala, porque no obliga a nadie a practicarse un aborto y lograría que ninguna de nosotras sea castigada por ejercer su libertad o pague con cárcel, con su cuerpo mutilado o con la muerte.
Organizaciones de mujeres de mi provincia denunciamos que en las escuelas no hay igualdad a la hora de recibir educación sexual integral, porque ella no llega a todos los establecimientos y porque el Estado decidió no garantizarla. No hay capacitaciones desde 2015 y no hay quién controle que en las escuelas se imparta ni quién evalúe sus resultados.
Al desfinanciar esta ley se viola más de un derecho. En el último presupuesto provincial, el área de Políticas Transversales, que contiene este programa, ejecutó solo el 1,65 por ciento de su partida. Es correcto señalar, tal como lo hizo el Frente por la ESI de Viedma, que se trata de una ley fundamental para la "prevención de la violencia de género, abusos sexuales, la discriminación por orientación sexual, embarazos en la adolescencia", y, agrego, para prevenir el aborto.
No somos iguales. Tampoco somos iguales si somos mujeres mapuches, ellas también debaten sobre la interrupción voluntaria del embarazo, conscientes de que fueron colonizadas en relación a sus cuerpos y a sus libertades. Hace unos años, un aborto se le negó a una joven mapuche en el hospital de El Bolsón, el caso se judicializó con consecuencias en la vida de la joven y del juez que autorizó la práctica. El pueblo mapuche también debate sobre este tema. Sería importante que legisladores inviten a sus representantes a este recinto, que las escuchen, porque el pueblo mapuche existe y lucha por sus derechos.
Tampoco somos iguales en Río Negro en el acceso a anticoncepción. Personal del Hospital Zonal de Bariloche informó que cuando cambió el gobierno en 2015, disminuyó drásticamente la oferta de anticonceptivos, incluso estuvieron durante meses sin ellos. Desde entonces, la provisión es irregular y hay demoras en la entrega. Llega poco y se administra la escasez. Faltan anticonceptivos orales, que son los que más se demandan; faltan inyectables e implantes. De los 1.700 implantes subdérmicos remitidos al área Programa de Río Negro en 2017, se colocaron menos de 1.000. ¿Por qué? El 14 por ciento fue colocado en mayores de 24 años.
El 20 por ciento de esos anticonceptivos fue destinado a pacientes con cobertura social, a pesar de que se había determinado que se priorizaría a las jóvenes sin cobertura.
En Río Negro las cifras de embarazos en adolescentes son alarmantes; son las más altas de la Patagonia, y el gobierno provincial no desconoce este dato. Aun así, decidió no intervenir con políticas públicas focalizadas a bajar estos indicadores.
Según UNICEF, el embarazo en la adolescencia en mi provincia promediaba en 2015 el 14 por ciento, pero señala que hay zonas en la Línea Sur, como en Ñorquincó, donde la cifra trepa a 43 por ciento.
En el Hospital Zonal de Bariloche, según cifras oficiales más recientes, ese número asciende al 23 por ciento. Además, en barrios de El Alto de la mencionada ciudad -se trata de la zona más postergada de la localidad más grande de la provincia-, el embarazo en adolescencia trepa al 60 por ciento.
Es decir que allí falta la anticoncepción y no hay políticas específicas para jóvenes, incluidas personas con discapacidad. Además, hay dificultades en el acceso a los servicios de salud; ausencia absoluta de campañas masivas de difusión; problemas a la hora de otorgar turnos para ligaduras tubarias; aumentos de casos de sífilis y de VIH; graves deficiencias estadísticas; atención de complicaciones por abortos y falta de misoprostol. Todo ello engrosa la lista de violaciones de derechos por parte del Estado.
Recién en 2016, con la demorada promulgación de la ley, se pudo avanzar en el territorio -aunque en forma desigual- en la implementación del Protocolo ILE.
Los datos de salud pública registran 130 abortos legales en 2017. También existe un subregistro o un mal registro del que también debemos dar cuenta: Bariloche fue una de las pocas áreas que entregó información mensual al ministerio y que por su parte reporta 150 interrupciones legales del embarazo en 2017. Además, Socorristas en Red Zona Andina informa que son muchos más los abortos realizados, puesto que en 2017 registramos por lo menos un 30 por ciento más al total que informó la provincia.
Desde julio a diciembre fueron enviadas 316 cajas de misoprostol al 50 por ciento de los hospitales. ¿Qué sucedió con los restantes? Parece que el interior del interior tampoco está en igualdad de condiciones.
Es importante destacar que en el sector privado la práctica ni siquiera está nomenclada, ya que se cobra 20.000 pesos para practicar un aborto, mientras que la droga utilizada para realizarlo puede conseguirse por 350 pesos en las redes de socorristas.
Nos preguntamos también por qué el Programa Zonal de Medicamentos -PROZOME- no fabrica esta droga y quiebra el monopolio de producción de este fármaco.
Este panorama confirma que los derechos sexuales y reproductivos en Río Negro son sistemáticamente vulnerados. Estamos frente a un claro retroceso en materia de derechos. En este sentido, debe tenerse en consideración el principio de no regresividad de la norma y el deber del Estado de respetar, proteger y hacer efectivos nuestros derechos.
Si el Estado los viola, entonces no es posible insistir en la criminalización de las mujeres cuyos derechos han sido previamente vulnerados por el propio Estado, y como consecuencia de ello han tenido que recurrir a abortos ilegales.
Recordemos que los derechos son universales, integrales, indivisibles, interdependientes, intransferibles. No podemos renunciar a nuestros derechos de humanas que ya están garantizados, y ustedes lo saben. Tenemos derecho a la igualdad, a la no discriminación, a la autodeterminación reproductiva, a vivir relaciones sexuales placenteras, a una vida libre de violencia. Tenemos derecho a la vida.
Recientemente, por iniciativa de la concejala del Frente para la Victoria de San Carlos de Bariloche, Ana Marks, el Concejo Municipal de dicha ciudad aprobó una comunicación por medio de la cual se pronuncia mayoritariamente en favor de la despenalización del aborto. Encuestas actuales advierten que la mayoría de la población también acompaña esa postura. Esperemos que esto se refleje en el voto de nuestros representantes.
El movimiento de mujeres colocó en la agenda política y pública esta problemática, con un sostenido trabajo de defensa y reclamo de derechos. A esa racionalidad se adosó una referencia emocional profunda, donde la empatía y la solidaridad no solo permitieron salvar las vidas de miles de mujeres, sino que también permitieron construir ciudadanía.
Hay millones de mujeres en las calles de la Argentina que decimos que el momento de nuestra emancipación es ahora. Por eso les preguntamos a nuestros representantes en el Congreso: ¿son capaces de ser justos? Tienen una histórica oportunidad de demostrarlo. (Aplausos.)
SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Tiene la palabra la doctora Laura María Vargas Roig, investigadora independiente del Centro Científico Tecnológico de CONICET, Mendoza, y del Instituto de Medicina y Biología Experimental de Cuyo, IMBECU.
-Se exhibe un Power Point.
SRA. VARGAS ROIG Buenos días, señores diputados. Agradezco la oportunidad para aportar con esta ponencia fundamentos científicos, que como tales siempre deben tener demostración experimental, sobre el inicio de la vida de cada ser humano.
Voy a hablar como doctora en Medicina, investigadora del Conicet y profesora de Embriología de la Facultad de Ciencias Médicas de la Universidad Nacional de Cuyo en la provincia de Mendoza.
El compromiso de los científicos es acercarnos a la verdad y la verdad es la realidad. Los argumentos científicos dependen de la observación meticulosa de lo que ocurre en la realidad y se deben basar en hechos y no en creencias. Por lo tanto, los profesionales que nos dedicamos al estudio de la embriología humana tenemos la obligación de aportar información basada en la evidencia para que en esta ocasión ustedes, los legisladores, puedan reflexionar sobre realidades y no sobre fantasías, utopías o ideologías.
Con frecuencia en los debates sobre el estatuto del embrión humano se han utilizado engañosamente hipótesis no demostradas y datos imprecisos no contrastados para intentar negar la existencia de un nuevo ser humano desde el momento de la fecundación.
Mi exposición se limitará a aportar datos científicos que permiten afirmar lo siguiente: en primer lugar, que en el proceso de la fecundación se origina un ser viviente de la especie Homo sapiens; en segundo término, que el embrión humano es un organismo y no solamente un conjunto de células; y, por último, que el término concepción biológicamente corresponde al proceso de fecundación.
Con el advenimiento de la fertilización humana in vitro se hizo visible y evidente lo que por extrapolación entre especies se afirmaba en Embriología sobre el inicio de la existencia del ser humano. En la actualidad disponemos de información abundante y precisa sobre los aspectos morfológicos y moleculares de la fecundación humana, que está disponible en los libros de Embriología que utilizamos en nuestras universidades.
A partir del proceso de fecundación, el nuevo ser adquiere su identidad biológica como individuo concreto porque posee no solamente un genoma propio, que es mucho más que la suma del genoma materno y paterno, sino que también -y aquí está la clave- posee la capacidad de expresar dicho genoma. A partir de la fecundación estamos en presencia de un organismo individual, lo cual no ha podido ser rebatido por algunos modelos propuestos, por ejemplo, el de gemelación monocigótica.
El embrión es un organismo y no solamente un conjunto de células. En las últimas décadas los avances de la embriología celular y molecular han aportado información para afirmar que el embrión humano no es solamente una masa de células iguales entre sí y totipotentes. El grupo de investigación de la doctora Zernicka Goetz ha demostrado la auto organización asimétrica del embrión en un estadio muy temprano del desarrollo, como es el de dos blastómeras que estamos observando en la imagen en pantalla.
Es importante marcar la diferencia entre un organismo -inclusive unicelular como es el cigoto- y un conjunto de células. En la imagen de la izquierda de la pantalla observamos un embrión humano de cuatro días de vida en estadio de mórula y en la imagen de la derecha observamos un conjunto de células mamarias humanas.
El embrión es un organismo con capacidad de autorregulación, es decir que las células que lo conforman actúan de forma interdependiente y coordinada en función del todo. En cambio, las células que se observan en la otra imagen no establecen relaciones interdependientes y, por lo tanto, no forman una unidad integrada, que es lo que ocurre en un organismo vivo. Si evaluamos lo que ocurre en un caso y en el otro en función del tiempo, observaremos que las células siguen siendo células mientras que el embrión es un organismo que sigue desarrollándose conforme al genoma que posee.
Finalmente, el inicio de la existencia de un individuo de la especie humana se produce en la concepción, que biológicamente corresponde al proceso de fecundación. Devaluar biológicamente la fecundación ha sido el paso previo y necesario para intentar vaciar de contenido ético esta palabra en cuanto al inicio de la existencia del ser humano.
Para persuadir a juristas y a legisladores de dicho error, se han empleado a veces recursos retóricos. Un ejemplo de ello es la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Artavia Murillo y otros versus Costa Rica, en la que se introdujo el error biológico totalmente infundado desde el aspecto científico, de que la concepción se inicia en el momento de la implantación. La Corte Interamericana de Derechos Humanos intentó redefinir el término biológico de concepción sin utilizar argumentos científicos, asumiendo que mientras no se diagnostica un embarazo éste no existe.
Es importante mencionar que la dependencia de la madre -que todos la comprobamos a partir de la segunda semana de gestación- no anula la autonomía biológica del embrión humano como individuo.
Por lo tanto, fijar el inicio de la existencia del ser humano en un momento de su desarrollo distinto de la fecundación responde a un juicio subjetivo y arbitrario sin fundamento científico, aunque lo diga la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Espero que ustedes, señores diputados, consideren más importante los hechos biológicos y no la habilidad dialéctica de algunas personas que proponen desbiologizar el derecho, porque lamentablemente se estarían alejando de la verdad científica y de la realidad. Muchas gracias. (Aplausos.)
Voy a hablar como doctora en Medicina, investigadora del Conicet y profesora de Embriología de la Facultad de Ciencias Médicas de la Universidad Nacional de Cuyo en la provincia de Mendoza.
El compromiso de los científicos es acercarnos a la verdad y la verdad es la realidad. Los argumentos científicos dependen de la observación meticulosa de lo que ocurre en la realidad y se deben basar en hechos y no en creencias. Por lo tanto, los profesionales que nos dedicamos al estudio de la embriología humana tenemos la obligación de aportar información basada en la evidencia para que en esta ocasión ustedes, los legisladores, puedan reflexionar sobre realidades y no sobre fantasías, utopías o ideologías.
Con frecuencia en los debates sobre el estatuto del embrión humano se han utilizado engañosamente hipótesis no demostradas y datos imprecisos no contrastados para intentar negar la existencia de un nuevo ser humano desde el momento de la fecundación.
Mi exposición se limitará a aportar datos científicos que permiten afirmar lo siguiente: en primer lugar, que en el proceso de la fecundación se origina un ser viviente de la especie Homo sapiens; en segundo término, que el embrión humano es un organismo y no solamente un conjunto de células; y, por último, que el término concepción biológicamente corresponde al proceso de fecundación.
Con el advenimiento de la fertilización humana in vitro se hizo visible y evidente lo que por extrapolación entre especies se afirmaba en Embriología sobre el inicio de la existencia del ser humano. En la actualidad disponemos de información abundante y precisa sobre los aspectos morfológicos y moleculares de la fecundación humana, que está disponible en los libros de Embriología que utilizamos en nuestras universidades.
A partir del proceso de fecundación, el nuevo ser adquiere su identidad biológica como individuo concreto porque posee no solamente un genoma propio, que es mucho más que la suma del genoma materno y paterno, sino que también -y aquí está la clave- posee la capacidad de expresar dicho genoma. A partir de la fecundación estamos en presencia de un organismo individual, lo cual no ha podido ser rebatido por algunos modelos propuestos, por ejemplo, el de gemelación monocigótica.
El embrión es un organismo y no solamente un conjunto de células. En las últimas décadas los avances de la embriología celular y molecular han aportado información para afirmar que el embrión humano no es solamente una masa de células iguales entre sí y totipotentes. El grupo de investigación de la doctora Zernicka Goetz ha demostrado la auto organización asimétrica del embrión en un estadio muy temprano del desarrollo, como es el de dos blastómeras que estamos observando en la imagen en pantalla.
Es importante marcar la diferencia entre un organismo -inclusive unicelular como es el cigoto- y un conjunto de células. En la imagen de la izquierda de la pantalla observamos un embrión humano de cuatro días de vida en estadio de mórula y en la imagen de la derecha observamos un conjunto de células mamarias humanas.
El embrión es un organismo con capacidad de autorregulación, es decir que las células que lo conforman actúan de forma interdependiente y coordinada en función del todo. En cambio, las células que se observan en la otra imagen no establecen relaciones interdependientes y, por lo tanto, no forman una unidad integrada, que es lo que ocurre en un organismo vivo. Si evaluamos lo que ocurre en un caso y en el otro en función del tiempo, observaremos que las células siguen siendo células mientras que el embrión es un organismo que sigue desarrollándose conforme al genoma que posee.
Finalmente, el inicio de la existencia de un individuo de la especie humana se produce en la concepción, que biológicamente corresponde al proceso de fecundación. Devaluar biológicamente la fecundación ha sido el paso previo y necesario para intentar vaciar de contenido ético esta palabra en cuanto al inicio de la existencia del ser humano.
Para persuadir a juristas y a legisladores de dicho error, se han empleado a veces recursos retóricos. Un ejemplo de ello es la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Artavia Murillo y otros versus Costa Rica, en la que se introdujo el error biológico totalmente infundado desde el aspecto científico, de que la concepción se inicia en el momento de la implantación. La Corte Interamericana de Derechos Humanos intentó redefinir el término biológico de concepción sin utilizar argumentos científicos, asumiendo que mientras no se diagnostica un embarazo éste no existe.
Es importante mencionar que la dependencia de la madre -que todos la comprobamos a partir de la segunda semana de gestación- no anula la autonomía biológica del embrión humano como individuo.
Por lo tanto, fijar el inicio de la existencia del ser humano en un momento de su desarrollo distinto de la fecundación responde a un juicio subjetivo y arbitrario sin fundamento científico, aunque lo diga la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Espero que ustedes, señores diputados, consideren más importante los hechos biológicos y no la habilidad dialéctica de algunas personas que proponen desbiologizar el derecho, porque lamentablemente se estarían alejando de la verdad científica y de la realidad. Muchas gracias. (Aplausos.)
SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Le pediría doctor, si tiene los antecedentes sobre la presentación ante la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia, que por favor los ponga a disposición de los diputados, sería importante para nosotros. Gracias.
Tiene la palabra la licenciada Fabiana Alliaud, traductora pública y literaria, madre de seis hijos y miembro de la Sociedad de Socorro.
Tiene la palabra la licenciada Fabiana Alliaud, traductora pública y literaria, madre de seis hijos y miembro de la Sociedad de Socorro.
SRA. ALLIAUD Quiero expresar mi gratitud a los señores diputados por esta oportunidad de exponer todas nuestras creencias. Sabiendo que en este crisol multicolor de opiniones que se han presentado, y todavía se presentarán, todos seremos escuchados y considerados.
Yo soy miembro de la Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos días y como tal, integro la Sociedad de Socorro, que es la organización internacional de mujeres más grande en el mundo.
Nosotros creemos en la familia como la base de nuestra sociedad, y de hecho, creemos que es fundamental en el plan que Dios tiene para nosotros, cada uno de sus hijos. Creemos también que el matrimonio es una institución divina y que todos los hijos tienen el derecho de nacer y ser criados en un hogar donde se los respete, se los cuide, se les enseñe y se los ame.
Creemos que cuando un individuo es concebido dentro de una relación inestable, y que no tiene posibilidades de llegar a serlo, la mejor opción es la adopción. Considero firmemente que el aborto no es la solución a la cuestión de qué hacer frente a un embarazo no deseado ni la solución al tema de fondo: la elección y responsabilidad de cada uno, la educación y la lucha contra la pobreza.
Tratar de evitar las consecuencias naturales de nuestras propias decisiones no nos educa ni nos protege. Sin embargo, creo que sí fomenta la irresponsabilidad. Nadie en su sano juicio se podría sentir bien poniendo fin a una vida.
Por otro lado, no tiene sentido que habiendo tantas parejas deseosas de adoptar se le niegue a tantos niños el derecho a vivir, recurriendo a un aborto inducido. Las únicas circunstancias excepcionales que justificarían un aborto serían los casos de violación, incesto, riesgo de vida de la madre, o también cuando ya está probado por profesionales que la vida del niño no es compatible más allá del parto. Entonces, aun en estos casos creemos que necesitamos pensar, considerar muy profunda y seriamente esta decisión antes de tomarla, incluso consultando a Dios.
Nosotros también creemos que la decisión de cuántos hijos tener y cuándo, es una decisión de los padres, es privativa de la pareja. Creemos que el mandamiento de Dios de traer hijos al mundo sigue vigente. Por experiencia propia sé que criar hijos nos brinda un gozo incomparable, aun bajo circunstancias adversas o con dificultades de distintos tipos.
Sin embargo, las relaciones sexuales dentro del matrimonio no solo tienen el propósito de procrear sino que también hacen al vínculo y a las expresiones fundamentales para unir emocional y espiritualmente a la pareja.
Entonces, tenemos la responsabilidad y el derecho de decidir la manera en que queremos hacer el control de la natalidad, pero jamás va a ser el aborto uno de estos métodos. Nosotros planificamos nuestras familias.
Yo tengo gran reverencia por la vida, la vida nunca fue un accidente. Esto no es una mera decisión sobre los derechos de unos y otros, derechos individuales de una persona o de otra.
Estamos todo frente a un debate sobre la vida y la muerte.
Como cristiana, siento y tengo el compromiso de defender a los más débiles e indefensos, de amarnos y cuidarnos todos, particularmente a los más indefensos. Los que tomamos decisiones debemos dejar de lado nuestros intereses egoístas y considerar a los que no tienen voz como lo que realmente son: seres individuales únicos e irrepetibles que están en el proceso de nacer. Dar fin a una vida realmente compromete e involucra a la madre con su cuerpo y al bebé con el suyo; son dos los cerebros, dos los corazones, dos separados. Cuando se unen las células de ambos progenitores para formar una sola, ya esa vida cuenta con miles de genes que definen sus características humanas básicas. Sería un grave error tratar de determinar legislativamente cuándo esa vida tiene valor.
Las leyes por las que nos regimos nos afectan profundamente. Nos protegen, nos organizan, nos guían y aun nos forman. Para mí tienen un valor superlativo. Es así entonces que me parece vital que proporcionen oportunidades y mecanismos para educar y acompañar también a los que cuentan con menos recursos, en este caso reforzar y mejorar los cuidados que una mujer necesita durante el embarazo no deseado, acompañarla y asistirla apropiadamente hasta todo el proceso hasta que pueda dar esa preciada vida en adopción para que unos padres adoptivos puedan amarlo como merece. Necesitamos leyes que faciliten y agilicen la adopción para que todas las partes involucradas puedan satisfacer sus necesidades.
Entonces, el dar un niño en adopción se convertiría en un acto abnegado que bendice la vida del niño, de sus padres de sangre y de los padres adoptivos.
Estar obligados a elegir la muerte de un niño para salvar la vida de la madre es en efecto una falsa opción. Parafraseando al apóstol Pablo: "Todos deberíamos llegar a comprender que hay un camino más excelente." Muchas gracias. (Aplausos.)
Yo soy miembro de la Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos días y como tal, integro la Sociedad de Socorro, que es la organización internacional de mujeres más grande en el mundo.
Nosotros creemos en la familia como la base de nuestra sociedad, y de hecho, creemos que es fundamental en el plan que Dios tiene para nosotros, cada uno de sus hijos. Creemos también que el matrimonio es una institución divina y que todos los hijos tienen el derecho de nacer y ser criados en un hogar donde se los respete, se los cuide, se les enseñe y se los ame.
Creemos que cuando un individuo es concebido dentro de una relación inestable, y que no tiene posibilidades de llegar a serlo, la mejor opción es la adopción. Considero firmemente que el aborto no es la solución a la cuestión de qué hacer frente a un embarazo no deseado ni la solución al tema de fondo: la elección y responsabilidad de cada uno, la educación y la lucha contra la pobreza.
Tratar de evitar las consecuencias naturales de nuestras propias decisiones no nos educa ni nos protege. Sin embargo, creo que sí fomenta la irresponsabilidad. Nadie en su sano juicio se podría sentir bien poniendo fin a una vida.
Por otro lado, no tiene sentido que habiendo tantas parejas deseosas de adoptar se le niegue a tantos niños el derecho a vivir, recurriendo a un aborto inducido. Las únicas circunstancias excepcionales que justificarían un aborto serían los casos de violación, incesto, riesgo de vida de la madre, o también cuando ya está probado por profesionales que la vida del niño no es compatible más allá del parto. Entonces, aun en estos casos creemos que necesitamos pensar, considerar muy profunda y seriamente esta decisión antes de tomarla, incluso consultando a Dios.
Nosotros también creemos que la decisión de cuántos hijos tener y cuándo, es una decisión de los padres, es privativa de la pareja. Creemos que el mandamiento de Dios de traer hijos al mundo sigue vigente. Por experiencia propia sé que criar hijos nos brinda un gozo incomparable, aun bajo circunstancias adversas o con dificultades de distintos tipos.
Sin embargo, las relaciones sexuales dentro del matrimonio no solo tienen el propósito de procrear sino que también hacen al vínculo y a las expresiones fundamentales para unir emocional y espiritualmente a la pareja.
Entonces, tenemos la responsabilidad y el derecho de decidir la manera en que queremos hacer el control de la natalidad, pero jamás va a ser el aborto uno de estos métodos. Nosotros planificamos nuestras familias.
Yo tengo gran reverencia por la vida, la vida nunca fue un accidente. Esto no es una mera decisión sobre los derechos de unos y otros, derechos individuales de una persona o de otra.
Estamos todo frente a un debate sobre la vida y la muerte.
Como cristiana, siento y tengo el compromiso de defender a los más débiles e indefensos, de amarnos y cuidarnos todos, particularmente a los más indefensos. Los que tomamos decisiones debemos dejar de lado nuestros intereses egoístas y considerar a los que no tienen voz como lo que realmente son: seres individuales únicos e irrepetibles que están en el proceso de nacer. Dar fin a una vida realmente compromete e involucra a la madre con su cuerpo y al bebé con el suyo; son dos los cerebros, dos los corazones, dos separados. Cuando se unen las células de ambos progenitores para formar una sola, ya esa vida cuenta con miles de genes que definen sus características humanas básicas. Sería un grave error tratar de determinar legislativamente cuándo esa vida tiene valor.
Las leyes por las que nos regimos nos afectan profundamente. Nos protegen, nos organizan, nos guían y aun nos forman. Para mí tienen un valor superlativo. Es así entonces que me parece vital que proporcionen oportunidades y mecanismos para educar y acompañar también a los que cuentan con menos recursos, en este caso reforzar y mejorar los cuidados que una mujer necesita durante el embarazo no deseado, acompañarla y asistirla apropiadamente hasta todo el proceso hasta que pueda dar esa preciada vida en adopción para que unos padres adoptivos puedan amarlo como merece. Necesitamos leyes que faciliten y agilicen la adopción para que todas las partes involucradas puedan satisfacer sus necesidades.
Entonces, el dar un niño en adopción se convertiría en un acto abnegado que bendice la vida del niño, de sus padres de sangre y de los padres adoptivos.
Estar obligados a elegir la muerte de un niño para salvar la vida de la madre es en efecto una falsa opción. Parafraseando al apóstol Pablo: "Todos deberíamos llegar a comprender que hay un camino más excelente." Muchas gracias. (Aplausos.)
SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Tiene la palabra Gabriela Borelli, locutora de radio y periodista.
SRA. BORELLI Muy buenos días. Gracias por esta posibilidad de compartir algunos pensamientos en relación con la ley de interrupción voluntaria del embarazo. Vengo aquí como comunicadora y como feminista que se ha formado con otras feministas y que ha aprendido de ellas. También me he formado en el aprendizaje de la práctica política feminista que arma otros modos de vínculos políticos y sociales.
Vengo a dar cuenta del cambio enorme que las mujeres, las lesbianas, los trans, las trans y los cuerpos gestantes hemos provocado en la sociedad abriendo para siempre el clóset del aborto. La sociedad ya ha dicho "yo aborto", "mi abuela abortó", "mi vecina abortó", "ayudé a mi amiga a abortar" y "yo aborté". ¿Saben qué? Por suerte, de eso no volvemos, y tampoco volvemos al silencio de lo que sucede en nuestros cuerpos.
Hace más de veinte años que trabajo en radio. En mis comienzos era impensado que una mujer dijera en los medios de comunicación que había abortado. Pero hoy más de 400 actrices, 300 periodistas y miles y miles de mujeres que trabajan activamente en los medios de comunicación no solo lo dicen sino que se organizan y escriben cartas de intención a ustedes, los legisladores, apoyando este proyecto. Ya no se puede tapar el sol con una mano. Durante larguísimo tiempo se ha escuchado la palabra aborto ligada a la hipocresía. Se decía que es un tema delicado, que la sociedad es hipócrita, que se merece un debate más profundo. Pues bien, hemos salido de esa hipocresía. Lo decimos a los cuatro vientos: las mujeres, los cuerpos gestantes, abortamos en el pasado, abortamos en el presente y vamos a seguir abortando en el futuro.
Pues bien, esta sociedad ya no se mantiene hipócrita y sea cual sea la naturaleza de las creencias que se profesa, nadie puede esconder el hecho que la interrupción voluntaria del embarazo es legal, no solo en los casos en que es necesaria sino también en los que rige la voluntad y el dinero, y solo permanece prohibido a la voluntad de aquellas que no pueden acceder a la medicina privada.
Hemos vencido a la hipocresía. Las mujeres y los cuerpos gestantes muchas veces hemos escuchado a lo largo de este debate que se conmina a los diputados a hacerse cargo de este momento histórico. ¿Por qué se nombra la historia? Justamente, porque cada derecho que hemos logrado por la libertad y la soberanía de nuestros cuerpos ha encontrado un momento histórico. Nuestros reclamos son viejos. Nos han pedido debatir y debatimos; nos han pedido dejar la hipocresía y la hemos abandonado. Llamamos a miles de mujeres que están en la calle con el pañuelo verde a abandonar esta hipocresía.
Ya que es un momento histórico, veamos dos casos de la historia. El primero, el reclamo por el voto femenino, que comenzó en nuestro país cerca de 1910 con varias experiencias, como por ejemplo el sufragio femenino en San Juan de 1917, y mediante la creación del Partido Feminista Nacional, que casualmente lo formaron las dos primeras médicas del país. Se aprobó recién en la década del 50, tras medio siglo de pedido incesante de la mitad del pueblo argentino, las mujeres.
El otro ejemplo es el del divorcio. En 1954 se estableció el divorcio, en algunos casos y con pruebas. Pero no fue hasta la década del 80 que uno pudo divorciarse sin causa y con la posibilidad de volver a contraer matrimonio. Hubo que esperar cuarenta años para conseguir ese derecho.
El reclamo por la ley de interrupción voluntaria del embarazo es nuestro grito silencioso y silenciado del siglo pasado, un grito múltiple y colectivo que traemos hasta acá para que ustedes legislen desde el amor de esta lucha, porque esta es una oportunidad de aprobar una ley vital y hermosa, porque esta lucha es particularmente hermosa.
Ustedes lo pueden ver cuando salen de acá; cuando cruzan la avenida Rivadavia, pueden ver esa energía colectiva y sorora. Les vengo a contar también de esta militancia hermosa. Este es un derecho de las mujeres, que lo usamos clandestinamente, y lo pedimos para aquellas que no lo pueden usar. ¿Hay algo más bello que eso? Es de lo más humano y vital, un reclamo por el cuerpo propio, personal, pero que en la lucha se vuelve un cuerpo social. Es el cuerpo de mujeres, de varones trans, de madres gestantes y de aquellas que decidimos no serlo, el que se vuelve un solo cuerpo: un cuerpo social. ¿Existe más prueba de la legitimidad humana y social de este reclamo? ¿Hay algo más bello que votar una ley con este espíritu? ¿Hay algo más vivo y más vital que mirar al otro, querer para el otro lo mismo que una tiene y ejercer esa solidaridad? ¿Hay algo más humano que pensar que la otra debe vivir y no sobrevivir a un aborto clandestino, a las calles, a un cónyuge? Eso es lo que sucede en las calles los martes y los jueves; ustedes lo pueden ver afuera mientras damos este debate aquí.
Por último, quiero contar una anécdota. En Italia la ley de interrupción voluntaria del embarazo es legal desde 1970, pero rige fuertemente la objeción de conciencia. Una mujer de mi edad lo solicitó en muchos hospitales, y le fue sistemáticamente negado apelando a la objeción de conciencia. Pero como la voluntad de una mujer que decide abortar es muy grande, lo realizó clandestinamente y murió. Esa mujer se llamaba como yo, Gabriela Borrelli, aunque se podía llamar Ana, María, Carolina o Juliana, mujeres que han perdido su vida a causa de un aborto clandestino.
Dice un poeta que "si alguien me piensa, estoy a salvo". Nosotras nos pensamos y venimos a exigirles que nos mantengan a salvo de la clandestinidad de nuestra voluntad, que hagan honor al gran movimiento humano y amoroso que milita y exige esta ley. Muchas gracias. (Aplausos.)
Vengo a dar cuenta del cambio enorme que las mujeres, las lesbianas, los trans, las trans y los cuerpos gestantes hemos provocado en la sociedad abriendo para siempre el clóset del aborto. La sociedad ya ha dicho "yo aborto", "mi abuela abortó", "mi vecina abortó", "ayudé a mi amiga a abortar" y "yo aborté". ¿Saben qué? Por suerte, de eso no volvemos, y tampoco volvemos al silencio de lo que sucede en nuestros cuerpos.
Hace más de veinte años que trabajo en radio. En mis comienzos era impensado que una mujer dijera en los medios de comunicación que había abortado. Pero hoy más de 400 actrices, 300 periodistas y miles y miles de mujeres que trabajan activamente en los medios de comunicación no solo lo dicen sino que se organizan y escriben cartas de intención a ustedes, los legisladores, apoyando este proyecto. Ya no se puede tapar el sol con una mano. Durante larguísimo tiempo se ha escuchado la palabra aborto ligada a la hipocresía. Se decía que es un tema delicado, que la sociedad es hipócrita, que se merece un debate más profundo. Pues bien, hemos salido de esa hipocresía. Lo decimos a los cuatro vientos: las mujeres, los cuerpos gestantes, abortamos en el pasado, abortamos en el presente y vamos a seguir abortando en el futuro.
Pues bien, esta sociedad ya no se mantiene hipócrita y sea cual sea la naturaleza de las creencias que se profesa, nadie puede esconder el hecho que la interrupción voluntaria del embarazo es legal, no solo en los casos en que es necesaria sino también en los que rige la voluntad y el dinero, y solo permanece prohibido a la voluntad de aquellas que no pueden acceder a la medicina privada.
Hemos vencido a la hipocresía. Las mujeres y los cuerpos gestantes muchas veces hemos escuchado a lo largo de este debate que se conmina a los diputados a hacerse cargo de este momento histórico. ¿Por qué se nombra la historia? Justamente, porque cada derecho que hemos logrado por la libertad y la soberanía de nuestros cuerpos ha encontrado un momento histórico. Nuestros reclamos son viejos. Nos han pedido debatir y debatimos; nos han pedido dejar la hipocresía y la hemos abandonado. Llamamos a miles de mujeres que están en la calle con el pañuelo verde a abandonar esta hipocresía.
Ya que es un momento histórico, veamos dos casos de la historia. El primero, el reclamo por el voto femenino, que comenzó en nuestro país cerca de 1910 con varias experiencias, como por ejemplo el sufragio femenino en San Juan de 1917, y mediante la creación del Partido Feminista Nacional, que casualmente lo formaron las dos primeras médicas del país. Se aprobó recién en la década del 50, tras medio siglo de pedido incesante de la mitad del pueblo argentino, las mujeres.
El otro ejemplo es el del divorcio. En 1954 se estableció el divorcio, en algunos casos y con pruebas. Pero no fue hasta la década del 80 que uno pudo divorciarse sin causa y con la posibilidad de volver a contraer matrimonio. Hubo que esperar cuarenta años para conseguir ese derecho.
El reclamo por la ley de interrupción voluntaria del embarazo es nuestro grito silencioso y silenciado del siglo pasado, un grito múltiple y colectivo que traemos hasta acá para que ustedes legislen desde el amor de esta lucha, porque esta es una oportunidad de aprobar una ley vital y hermosa, porque esta lucha es particularmente hermosa.
Ustedes lo pueden ver cuando salen de acá; cuando cruzan la avenida Rivadavia, pueden ver esa energía colectiva y sorora. Les vengo a contar también de esta militancia hermosa. Este es un derecho de las mujeres, que lo usamos clandestinamente, y lo pedimos para aquellas que no lo pueden usar. ¿Hay algo más bello que eso? Es de lo más humano y vital, un reclamo por el cuerpo propio, personal, pero que en la lucha se vuelve un cuerpo social. Es el cuerpo de mujeres, de varones trans, de madres gestantes y de aquellas que decidimos no serlo, el que se vuelve un solo cuerpo: un cuerpo social. ¿Existe más prueba de la legitimidad humana y social de este reclamo? ¿Hay algo más bello que votar una ley con este espíritu? ¿Hay algo más vivo y más vital que mirar al otro, querer para el otro lo mismo que una tiene y ejercer esa solidaridad? ¿Hay algo más humano que pensar que la otra debe vivir y no sobrevivir a un aborto clandestino, a las calles, a un cónyuge? Eso es lo que sucede en las calles los martes y los jueves; ustedes lo pueden ver afuera mientras damos este debate aquí.
Por último, quiero contar una anécdota. En Italia la ley de interrupción voluntaria del embarazo es legal desde 1970, pero rige fuertemente la objeción de conciencia. Una mujer de mi edad lo solicitó en muchos hospitales, y le fue sistemáticamente negado apelando a la objeción de conciencia. Pero como la voluntad de una mujer que decide abortar es muy grande, lo realizó clandestinamente y murió. Esa mujer se llamaba como yo, Gabriela Borrelli, aunque se podía llamar Ana, María, Carolina o Juliana, mujeres que han perdido su vida a causa de un aborto clandestino.
Dice un poeta que "si alguien me piensa, estoy a salvo". Nosotras nos pensamos y venimos a exigirles que nos mantengan a salvo de la clandestinidad de nuestra voluntad, que hagan honor al gran movimiento humano y amoroso que milita y exige esta ley. Muchas gracias. (Aplausos.)
SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Tiene la palabra la doctora Raquel Marcela Viglione, abogada y antropóloga.
SRA. VIGLIONE Muy buenos días. Ante todo, muchas gracias por este espacio de participación. Nos proponemos considerar en esta mañana la primacía del derecho a la vida y de invocar el principio a favor al más débil.
Es decir, en beneficio de la persona por nacer.
La humanidad en su conjunto se interesó -y lo hace actualmente- en salvaguardar el principio fundamental del derecho a la vida de todos los seres humanos; derecho éste nacido conjuntamente con los hombres y mujeres en tanto tales. Todos, en algún momento, nos hemos expresado a favor de la vida.
Ese más alto bien a proteger -la vida humana- sobreentendido como primario, está incorporado expresa o implícitamente en toda Carta Fundamental, incluyendo declaraciones y garantías así como códigos, leyes, tratados y normas internacionales.
Así vemos que el proceso de reconocimiento de los derechos humanos en el mundo tiene marcados sucesos que determinan las etapas históricas de su desenvolvimiento.
Por ejemplo, la Declaración de Derechos de Virginia, Estados Unidos, de 1776 fue instancia inspiradora del pensamiento de los revolucionarios franceses. La corriente unánime de la época era la necesidad del reconocimiento de los derechos fundamentales de todo individuo.
Luego llega otro hito: la Declaración del Derecho del Hombre y del Ciudadano proclamada por la Asamblea Nacional francesa en 1789. De ésta solo voy a extraer una frase ilustrativa: "...la libertad consiste en hacer todo lo que no daña a otro." El ejercicio de los derechos naturales de cada persona no tiene más límites que aquellos que aseguren a los demás miembros de la sociedad el goce de los mismos derechos.
Sabemos que el derecho a la vida se encuentra consagrado en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, norma que defiende la dignidad humana en su conjunto. En su artículo 3º establece textualmente: "Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona." Consideramos que esta afirmación no excluye a la persona por nacer.
La Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre reconoce en su primer artículo que "todo ser humano tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona."
La Convención Americana sobre Derechos Humanos sostiene en su artículo 4º, referido al derecho a la vida: "Toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción. Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente..."
El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos también establece en su artículo 6º: "El derecho a la vida es inherente a la persona humana. Este derecho estará protegido por la ley. Nadie podrá ser privado de la vida arbitrariamente."
En lo referido a la Convención sobre los Derechos del Niño, nuestro país dice: "Con relación al artículo 1º de la Convención sobre los Derechos del Niño, la República Argentina declara que el mismo debe interpretarse en el sentido que se entiende por niño todo ser humano desde el momento de su concepción y hasta los 18 años de edad."
En nuestra Carta Magna, los tratados mencionados tienen jerarquía constitucional conforme al artículo 75, inciso 22.
El derecho a la vida es entonces la base principal del sistema de promoción y protección de los derechos sobre el que se funda el resto de los derechos, pues son un derivado necesario de la vida. Por lo que sin el aseguramiento del derecho a la vida, me pregunto ¿de qué sirve la protección de la libertad, del honor y de la dignidad, entre otros derechos, si no tenemos el fundamental que es la vida?
El Código Civil y Comercial de la Nación recientemente sancionado en nuestro país regula en su artículo 19 el comienzo de la existencia humana y dice textualmente: "La existencia de la persona humana comienza con la concepción." Se define así el momento desde el cual se considera que se es persona humana, como centro de imputación de efectos jurídicos en el ámbito civil. El Código nos señala con extrema claridad que el comienzo de la existencia de la persona humana acontece desde la concepción.
De los fundamentos del mencionado texto legal destaco la parte en la que se expresa lo siguiente: "El Libro Primero se abre con la regulación de la persona humana; ella es, conforme a la doctrina judicial de la Corte Federal, la figura central del derecho."
Hemos hecho referencia hasta aquí a la vida; ahora nos toca referirnos a su interrupción, es decir, al aborto. Este debate nos plantea derechos en conflicto: el derecho de la mujer a elegir interrumpir su embarazo y el derecho del niño a nacer y a gozar de su derecho a la vida.
Ante estos derechos en conflicto, creo que es necesario considerar -con especial atención en su relación- a la parte que se encuentra situada en inferioridad de condiciones, que en este caso es la persona por nacer. Parafraseando a Finnis: "Los sujetos débiles han de ser protegidos de su debilidad."
Las personas por nacer son naturalmente débiles y, por lo tanto, vulnerables. Es por ello que tienen, hasta el momento, derechos específicos que las protegen. Con la práctica del aborto, entiendo, se los desprotegería absolutamente, pues la decisión de privarlos de lo único que poseen -es decir, de su vida- proviene de quienes naturalmente deben protegerlos en primer lugar.
Para finalizar, expreso ¡sí a las dos vidas! Muchas gracias por su atención. (Aplausos.)
Es decir, en beneficio de la persona por nacer.
La humanidad en su conjunto se interesó -y lo hace actualmente- en salvaguardar el principio fundamental del derecho a la vida de todos los seres humanos; derecho éste nacido conjuntamente con los hombres y mujeres en tanto tales. Todos, en algún momento, nos hemos expresado a favor de la vida.
Ese más alto bien a proteger -la vida humana- sobreentendido como primario, está incorporado expresa o implícitamente en toda Carta Fundamental, incluyendo declaraciones y garantías así como códigos, leyes, tratados y normas internacionales.
Así vemos que el proceso de reconocimiento de los derechos humanos en el mundo tiene marcados sucesos que determinan las etapas históricas de su desenvolvimiento.
Por ejemplo, la Declaración de Derechos de Virginia, Estados Unidos, de 1776 fue instancia inspiradora del pensamiento de los revolucionarios franceses. La corriente unánime de la época era la necesidad del reconocimiento de los derechos fundamentales de todo individuo.
Luego llega otro hito: la Declaración del Derecho del Hombre y del Ciudadano proclamada por la Asamblea Nacional francesa en 1789. De ésta solo voy a extraer una frase ilustrativa: "...la libertad consiste en hacer todo lo que no daña a otro." El ejercicio de los derechos naturales de cada persona no tiene más límites que aquellos que aseguren a los demás miembros de la sociedad el goce de los mismos derechos.
Sabemos que el derecho a la vida se encuentra consagrado en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, norma que defiende la dignidad humana en su conjunto. En su artículo 3º establece textualmente: "Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona." Consideramos que esta afirmación no excluye a la persona por nacer.
La Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre reconoce en su primer artículo que "todo ser humano tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona."
La Convención Americana sobre Derechos Humanos sostiene en su artículo 4º, referido al derecho a la vida: "Toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción. Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente..."
El Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos también establece en su artículo 6º: "El derecho a la vida es inherente a la persona humana. Este derecho estará protegido por la ley. Nadie podrá ser privado de la vida arbitrariamente."
En lo referido a la Convención sobre los Derechos del Niño, nuestro país dice: "Con relación al artículo 1º de la Convención sobre los Derechos del Niño, la República Argentina declara que el mismo debe interpretarse en el sentido que se entiende por niño todo ser humano desde el momento de su concepción y hasta los 18 años de edad."
En nuestra Carta Magna, los tratados mencionados tienen jerarquía constitucional conforme al artículo 75, inciso 22.
El derecho a la vida es entonces la base principal del sistema de promoción y protección de los derechos sobre el que se funda el resto de los derechos, pues son un derivado necesario de la vida. Por lo que sin el aseguramiento del derecho a la vida, me pregunto ¿de qué sirve la protección de la libertad, del honor y de la dignidad, entre otros derechos, si no tenemos el fundamental que es la vida?
El Código Civil y Comercial de la Nación recientemente sancionado en nuestro país regula en su artículo 19 el comienzo de la existencia humana y dice textualmente: "La existencia de la persona humana comienza con la concepción." Se define así el momento desde el cual se considera que se es persona humana, como centro de imputación de efectos jurídicos en el ámbito civil. El Código nos señala con extrema claridad que el comienzo de la existencia de la persona humana acontece desde la concepción.
De los fundamentos del mencionado texto legal destaco la parte en la que se expresa lo siguiente: "El Libro Primero se abre con la regulación de la persona humana; ella es, conforme a la doctrina judicial de la Corte Federal, la figura central del derecho."
Hemos hecho referencia hasta aquí a la vida; ahora nos toca referirnos a su interrupción, es decir, al aborto. Este debate nos plantea derechos en conflicto: el derecho de la mujer a elegir interrumpir su embarazo y el derecho del niño a nacer y a gozar de su derecho a la vida.
Ante estos derechos en conflicto, creo que es necesario considerar -con especial atención en su relación- a la parte que se encuentra situada en inferioridad de condiciones, que en este caso es la persona por nacer. Parafraseando a Finnis: "Los sujetos débiles han de ser protegidos de su debilidad."
Las personas por nacer son naturalmente débiles y, por lo tanto, vulnerables. Es por ello que tienen, hasta el momento, derechos específicos que las protegen. Con la práctica del aborto, entiendo, se los desprotegería absolutamente, pues la decisión de privarlos de lo único que poseen -es decir, de su vida- proviene de quienes naturalmente deben protegerlos en primer lugar.
Para finalizar, expreso ¡sí a las dos vidas! Muchas gracias por su atención. (Aplausos.)
SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Tiene la palabra el doctor Martín Centurión, de profesión abogado.
SR. CENTURIÓN Buenos días a todos. Me siento honrado de poder estar en este lugar. Para comenzar, y a fin de evitar confusión en la sociedad, considero indispensable formular dos aclaraciones.
En primer lugar, este debate no es sobre la despenalización del aborto. Utilizar ese término es encubrir la verdadera naturaleza de lo que se está exigiendo. Este debate es sobre el derecho a abortar; más específicamente sobre un derecho libre e irrestricto a abortar.
Esto surge del proyecto de ley que cuenta con mayor número de adhesiones. En el artículo 1º de su texto expresa: "...toda mujer tiene derecho a decidir voluntariamente la interrupción de su embarazo durante las primeras catorce semanas..." En su artículo 2º dice: "Toda mujer tiene derecho a acceder a la realización de la práctica del aborto en los servicios del sistema de salud..." y en el artículo 3º: "Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo primero, y más allá del plazo establecido, toda mujer tiene derecho a interrumpir su embarazo en los siguientes casos..."
Como puede verse, en ningún lado hace mención a una reforma del Código Penal ni habla de la despenalización del acto de abortar sino que siempre se refiere al derecho a abortar.
Aclaro que no estoy en contra de los derechos de la mujer, al contrario; sin embargo, hacer esta distinción resulta fundamental ya que no es lo mismo quitarle la sanción penal a un acto que otorgarle legitimación jurídica para que luego se pueda exigir la realización de ese acto y comprometer al Estado a la tutela de ese derecho.
En segundo lugar, siguiendo con las aclaraciones, quiero decir que tampoco estamos hablando del derecho a interrumpir voluntariamente un embarazo.
La palabra interrupción supone la suspensión temporal de un proceso que luego puede reanudarse, en algunas ocasiones desde la última instancia en que quedó y en otras ocasiones desde su inicio, pero siempre se trata del mismo proceso. Esto no sucede aquí.
El aborto, lisa y llanamente, pone fin a la vida, y aquí no hay posibilidad de reanudar absolutamente nada. Entre tantas cosas que escuché decir en este lugar, una de las que más llamó mi atención fue la afirmación categórica "El derecho internacional de los Derechos Humanos no es un obstáculo para la despenalización del aborto que propone el proyecto de ley".
Aclaro que estoy haciendo alusión a una ponencia que respeto muchísimo y fue muy buena. Pero más allá de eso, en esta primera expresión encuentro la primera discrepancia en cuanto a mi postura, ya que el proyecto de ley, como dije, no propone "la despenalización del aborto" sino el otorgamiento de un derecho libre e irrestricto, lo que es diametralmente diferente.
Se ha dicho en este recinto que, a la luz del caso "Baby Boy", se ha hecho una interpretación sesgada del artículo 4.1 de la Convención Americana de los Derechos Humanos por parte de quienes defendemos la vida desde la concepción, por cuanto se ha omitido hablar de la salvedad que expresa que el derecho a la vida estará protegido por la ley. Aquí viene la salvedad que dice, entre comillas: "en general, desde la concepción". Lo cual abriría el juego a distintas interpretaciones al respecto.
Sin embargo, dicho análisis ha sido tan sesgado como la interpretación que critica, ya que ha omitido aclarar que, del análisis del mismo caso, estas distintas interpretaciones encuentran su límite inmediatamente cuando dice que: "Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente". Con lo cual, un aborto practicado sin una causa sustancial, sería incompatible con el citado artículo. Por lo tanto, estoy seguro que este proyecto de ley de aborto libre e irrestricto es anti jurídico e inconstitucional.
Quiero decir que los artículos 10 h) y 12.1 de la CEDAW no otorgan abiertamente -como se ha dado a entender- un derecho a la mujer a decidir el número de hijos. Mucho menos refieren a que la vía para ello fuera el aborto sino que hablan de la planificación familiar a través de un medio muy distinto que no es el aborto sino la información y el derecho de acceder a esa información.
Quiero también expresar que los artículos 11.2 de la Convención Americana de Derechos Humanos y 17 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos no resguardan un derecho exclusivo de la mujer a la privacidad, sino de todas las personas. Por lo tanto, no se infiere de dichos artículos, citados en otras ponencias, que el aborto sea un acto privado de la mujer.
Definitivamente, nuestro ordenamiento jurídico -a lo largo y a lo ancho de toda una normativa vigente que en estos días se ha repetido vez tras vez en este recinto- prescribe que la existencia de la persona comienza con la concepción. Y bajo esta prescripción, la eliminación de una persona nacida, o no nacida, jamás puede dejar de ser una cuestión de orden público. Y por lo tanto, jamás puede pertenecer a la esfera de la vida privada de una persona, sea hombre o mujer.
Apoyo el avance de la igualdad entre hombres y mujeres. Las mujeres tienen que ser respetadas y poseen los mismos derechos que cualquier hombre. Sin embargo, en un Estado de derecho y democrático, los avances de los derechos y libertades de unos no pueden ser jamás en detrimento y en sacrificio de los derechos y libertades de otros.
No me digan que a las catorce semanas -con un corazón que late, un cerebro que funciona, capacidad sensorial de dolor, extremidades formadas y desarrolladas, e incluso movilidad- no es una persona. Es una persona y para nuestro ordenamiento jurídico es sujeto de derechos, con las mismas garantías que todos nosotros los aquí presentes.
Qué paradoja cuando hablan de aborto como medida de salud, toda vez que abortar conlleva la exposición a un procedimiento invasivo y riesgoso, con un tremendo trauma post aborto al que se expone la mujer. Si todo esto trata de evitar un sistema de violencia contra la mujer, no cabe duda que las mujeres están siendo dirigidas a un nuevo sistema de violencia. Violencia camuflada de derechos humanos y libertades, la violencia de género del siglo XXI.
La problemática del embarazo existe y es real, pero el aborto no es la solución. Antes que aborto legal, libre y gratuito, propongo educación eficaz y eficiente, adopción simple, rápida y segura. Una Nación que ilumine al mundo, paz, amor y sabiduría.
Cierro invocando en este lugar el nombre y protección de Dios, fuente de toda razón y justicia, para que guíe la mente y el espíritu de todos ustedes, nuestros queridos legisladores. (Aplausos.)
Sr. Presidente (Lipovetzky).- Tiene la palabra Ricardo Rizzi, doctor en Medicina y Cirugía.
En primer lugar, este debate no es sobre la despenalización del aborto. Utilizar ese término es encubrir la verdadera naturaleza de lo que se está exigiendo. Este debate es sobre el derecho a abortar; más específicamente sobre un derecho libre e irrestricto a abortar.
Esto surge del proyecto de ley que cuenta con mayor número de adhesiones. En el artículo 1º de su texto expresa: "...toda mujer tiene derecho a decidir voluntariamente la interrupción de su embarazo durante las primeras catorce semanas..." En su artículo 2º dice: "Toda mujer tiene derecho a acceder a la realización de la práctica del aborto en los servicios del sistema de salud..." y en el artículo 3º: "Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo primero, y más allá del plazo establecido, toda mujer tiene derecho a interrumpir su embarazo en los siguientes casos..."
Como puede verse, en ningún lado hace mención a una reforma del Código Penal ni habla de la despenalización del acto de abortar sino que siempre se refiere al derecho a abortar.
Aclaro que no estoy en contra de los derechos de la mujer, al contrario; sin embargo, hacer esta distinción resulta fundamental ya que no es lo mismo quitarle la sanción penal a un acto que otorgarle legitimación jurídica para que luego se pueda exigir la realización de ese acto y comprometer al Estado a la tutela de ese derecho.
En segundo lugar, siguiendo con las aclaraciones, quiero decir que tampoco estamos hablando del derecho a interrumpir voluntariamente un embarazo.
La palabra interrupción supone la suspensión temporal de un proceso que luego puede reanudarse, en algunas ocasiones desde la última instancia en que quedó y en otras ocasiones desde su inicio, pero siempre se trata del mismo proceso. Esto no sucede aquí.
El aborto, lisa y llanamente, pone fin a la vida, y aquí no hay posibilidad de reanudar absolutamente nada. Entre tantas cosas que escuché decir en este lugar, una de las que más llamó mi atención fue la afirmación categórica "El derecho internacional de los Derechos Humanos no es un obstáculo para la despenalización del aborto que propone el proyecto de ley".
Aclaro que estoy haciendo alusión a una ponencia que respeto muchísimo y fue muy buena. Pero más allá de eso, en esta primera expresión encuentro la primera discrepancia en cuanto a mi postura, ya que el proyecto de ley, como dije, no propone "la despenalización del aborto" sino el otorgamiento de un derecho libre e irrestricto, lo que es diametralmente diferente.
Se ha dicho en este recinto que, a la luz del caso "Baby Boy", se ha hecho una interpretación sesgada del artículo 4.1 de la Convención Americana de los Derechos Humanos por parte de quienes defendemos la vida desde la concepción, por cuanto se ha omitido hablar de la salvedad que expresa que el derecho a la vida estará protegido por la ley. Aquí viene la salvedad que dice, entre comillas: "en general, desde la concepción". Lo cual abriría el juego a distintas interpretaciones al respecto.
Sin embargo, dicho análisis ha sido tan sesgado como la interpretación que critica, ya que ha omitido aclarar que, del análisis del mismo caso, estas distintas interpretaciones encuentran su límite inmediatamente cuando dice que: "Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente". Con lo cual, un aborto practicado sin una causa sustancial, sería incompatible con el citado artículo. Por lo tanto, estoy seguro que este proyecto de ley de aborto libre e irrestricto es anti jurídico e inconstitucional.
Quiero decir que los artículos 10 h) y 12.1 de la CEDAW no otorgan abiertamente -como se ha dado a entender- un derecho a la mujer a decidir el número de hijos. Mucho menos refieren a que la vía para ello fuera el aborto sino que hablan de la planificación familiar a través de un medio muy distinto que no es el aborto sino la información y el derecho de acceder a esa información.
Quiero también expresar que los artículos 11.2 de la Convención Americana de Derechos Humanos y 17 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos no resguardan un derecho exclusivo de la mujer a la privacidad, sino de todas las personas. Por lo tanto, no se infiere de dichos artículos, citados en otras ponencias, que el aborto sea un acto privado de la mujer.
Definitivamente, nuestro ordenamiento jurídico -a lo largo y a lo ancho de toda una normativa vigente que en estos días se ha repetido vez tras vez en este recinto- prescribe que la existencia de la persona comienza con la concepción. Y bajo esta prescripción, la eliminación de una persona nacida, o no nacida, jamás puede dejar de ser una cuestión de orden público. Y por lo tanto, jamás puede pertenecer a la esfera de la vida privada de una persona, sea hombre o mujer.
Apoyo el avance de la igualdad entre hombres y mujeres. Las mujeres tienen que ser respetadas y poseen los mismos derechos que cualquier hombre. Sin embargo, en un Estado de derecho y democrático, los avances de los derechos y libertades de unos no pueden ser jamás en detrimento y en sacrificio de los derechos y libertades de otros.
No me digan que a las catorce semanas -con un corazón que late, un cerebro que funciona, capacidad sensorial de dolor, extremidades formadas y desarrolladas, e incluso movilidad- no es una persona. Es una persona y para nuestro ordenamiento jurídico es sujeto de derechos, con las mismas garantías que todos nosotros los aquí presentes.
Qué paradoja cuando hablan de aborto como medida de salud, toda vez que abortar conlleva la exposición a un procedimiento invasivo y riesgoso, con un tremendo trauma post aborto al que se expone la mujer. Si todo esto trata de evitar un sistema de violencia contra la mujer, no cabe duda que las mujeres están siendo dirigidas a un nuevo sistema de violencia. Violencia camuflada de derechos humanos y libertades, la violencia de género del siglo XXI.
La problemática del embarazo existe y es real, pero el aborto no es la solución. Antes que aborto legal, libre y gratuito, propongo educación eficaz y eficiente, adopción simple, rápida y segura. Una Nación que ilumine al mundo, paz, amor y sabiduría.
Cierro invocando en este lugar el nombre y protección de Dios, fuente de toda razón y justicia, para que guíe la mente y el espíritu de todos ustedes, nuestros queridos legisladores. (Aplausos.)
Sr. Presidente (Lipovetzky).- Tiene la palabra Ricardo Rizzi, doctor en Medicina y Cirugía.
SR. RIZZI Buenos días, felicitaciones a los movimientos de mujeres que impulsaron que nuestros diputados originaran este maravilloso debate. Quiero hacer una homenaje a la primera diputada que presentó un proyecto hace muchísimos años, integrante del partido Radical de la Capital Federal, doña Florentina Gómez Miranda. (Aplausos.)
Desde entonces hasta hoy se han presentado decenas de proyectos y por suerte, es la primera vez que podemos venir y cada uno de nosotros puede expresar su opinión.
Me convocaron como académico, como ex profesor de Obstetricia y director de la Maestría en Salud Sexual y Reproductiva de la Universidad Nacional de Córdoba, pero voy a hablar como médico asistencial. Fui médico muchas decenas de años de la principal maternidad de mi provincia, que lleva a cabo 5.000 nacimientos anuales. En esa forma de actuar vi morir mujeres por abortos inseguros.
Nunca pude olvidar un hecho que sucedió más o menos hace treinta años: a una jovencita estudiante universitaria mendocina le hicieron un aborto con una aguja de tejer y murió agarrándome de la mano y pidiéndome no morir. Se la llevó el síndrome de Mondor, una infección generalizada, y nosotros, con las asistentes sociales del hospital, tuvimos que recurrir a sus familiares en Mendoza para que vinieran a buscar su cadáver.
En un reciente reportaje en el diario La Nación, un prestigioso ginecólogo de esta capital que se dedica a la fertilización in vitro manifestó que son pocas las mujeres que mueren en la Argentina. Sin embargo, encontré un artículo del 24 de noviembre de 2016 de la Academia de Fertilización Humana y Embriología de Gran Bretaña, que informa que casi 2 millones y medio de embriones son destruidos deliberadamente en el Reino Unido en los últimos 25 años. Es decir que se destruyen 100.000 huevos fecundados por año en Inglaterra.
Encontré también en el Diario Clarín del 21 de febrero del 2011 una declaración del presidente de la Sociedad Argentina de Medicina Reproductiva que decía: "Desde la perspectiva estrictamente científica, la tesis de que un embrión es una persona, es insostenible".
De los 40 millones de abortos que se producen por año en todo el mundo, mueren 70.000 mujeres por prácticas inseguras, que son 192 por día. En los últimos años en la Argentina han muerto muchas. Así que discrepo con mi querido y admirado colega que manifestó, en el Diario La Nación, que son muy pocas las mujeres que mueren.
Las leyes que salgan de este Congreso tienen que impedir que una sola mujer muera, porque esa única mujer que muere generalmente muere joven, muere sin haber completado ni siquiera su educación, su realidad laboral, su realidad personal, su condición de mujer y muchas veces deja hijos huérfanos de madre.
Según la OMS, la causa de muerte materna en ocho mujeres de cada diez es por un aborto inseguro. Mientras que en los países donde el aborto es legal muere una sola mujer cada 100.000 prácticas abortivas.
Estoy aquí para pedir a las diputadas y los diputados que no permitan que ninguna mujer muera. Una sola que muere es una tragedia.
Ahora me voy a referir a la bioética, aspecto en el que otros me han antecedido. El juramento hipocrático habla de dos temas sobre la bioética, que son la no maleficencia y la beneficencia. La beneficencia en este caso implica impedir que una mujer vaya hacia un aborto inseguro mientras que la no maleficencia significa permitir a la mujer que decida por sí misma y no forzarla a tener lo que no quiere tener. En los años 70 el informe Belmont incorporó dos elementos más a estos dos tópicos hipocráticos de la bioética: los principios de autonomía y de justicia. Con el principio de autonomía se explica que la mujer debe tener libertad de decidir para procrear. El principio de justicia, por su parte, es un concepto social que se basa en el derecho a la equidad, que hoy es el valor supremo de la salud pública: todos los habitantes del mundo tenemos derecho a la misma atención sanitaria. No hay equidad en el aborto en nuestro país. Está demostrado que el aborto en la República Argentina es una cuestión de clase social. Solo las mujeres sin recursos arriesgan vida y arriesgan salud. Cuando leemos que hubo una muerte materna por aborto, siempre es en un hospital público, nunca en una clínica privada o de obra social.
Por lo tanto, legalizar el aborto no significa que se va a forzar a las mujeres a abortar, como no resultó obligatorio ni el divorcio y ni el casamiento en parejas del mismo sexo. Solo significa convertir una práctica que se realiza -con o sin ley- en segura y confiable. Por eso legalizar el aborto representa una opción positiva contra la inseguridad y el peligro de muerte de muchas mujeres. El aborto inseguro es un problema de salud pública; no es un tema teológico ni ideológico. Es necesario reconocer la equidad de género: solo las mujeres se embarazan. Deben prevalecer los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres; el derecho de la mujer a su autonomía combinado con la necesidad de prevenir un aborto inseguro justifica la provisión de aborto seguro mediante las leyes que seguramente promulgará este Congreso. Muchas gracias. (Aplausos.)
Desde entonces hasta hoy se han presentado decenas de proyectos y por suerte, es la primera vez que podemos venir y cada uno de nosotros puede expresar su opinión.
Me convocaron como académico, como ex profesor de Obstetricia y director de la Maestría en Salud Sexual y Reproductiva de la Universidad Nacional de Córdoba, pero voy a hablar como médico asistencial. Fui médico muchas decenas de años de la principal maternidad de mi provincia, que lleva a cabo 5.000 nacimientos anuales. En esa forma de actuar vi morir mujeres por abortos inseguros.
Nunca pude olvidar un hecho que sucedió más o menos hace treinta años: a una jovencita estudiante universitaria mendocina le hicieron un aborto con una aguja de tejer y murió agarrándome de la mano y pidiéndome no morir. Se la llevó el síndrome de Mondor, una infección generalizada, y nosotros, con las asistentes sociales del hospital, tuvimos que recurrir a sus familiares en Mendoza para que vinieran a buscar su cadáver.
En un reciente reportaje en el diario La Nación, un prestigioso ginecólogo de esta capital que se dedica a la fertilización in vitro manifestó que son pocas las mujeres que mueren en la Argentina. Sin embargo, encontré un artículo del 24 de noviembre de 2016 de la Academia de Fertilización Humana y Embriología de Gran Bretaña, que informa que casi 2 millones y medio de embriones son destruidos deliberadamente en el Reino Unido en los últimos 25 años. Es decir que se destruyen 100.000 huevos fecundados por año en Inglaterra.
Encontré también en el Diario Clarín del 21 de febrero del 2011 una declaración del presidente de la Sociedad Argentina de Medicina Reproductiva que decía: "Desde la perspectiva estrictamente científica, la tesis de que un embrión es una persona, es insostenible".
De los 40 millones de abortos que se producen por año en todo el mundo, mueren 70.000 mujeres por prácticas inseguras, que son 192 por día. En los últimos años en la Argentina han muerto muchas. Así que discrepo con mi querido y admirado colega que manifestó, en el Diario La Nación, que son muy pocas las mujeres que mueren.
Las leyes que salgan de este Congreso tienen que impedir que una sola mujer muera, porque esa única mujer que muere generalmente muere joven, muere sin haber completado ni siquiera su educación, su realidad laboral, su realidad personal, su condición de mujer y muchas veces deja hijos huérfanos de madre.
Según la OMS, la causa de muerte materna en ocho mujeres de cada diez es por un aborto inseguro. Mientras que en los países donde el aborto es legal muere una sola mujer cada 100.000 prácticas abortivas.
Estoy aquí para pedir a las diputadas y los diputados que no permitan que ninguna mujer muera. Una sola que muere es una tragedia.
Ahora me voy a referir a la bioética, aspecto en el que otros me han antecedido. El juramento hipocrático habla de dos temas sobre la bioética, que son la no maleficencia y la beneficencia. La beneficencia en este caso implica impedir que una mujer vaya hacia un aborto inseguro mientras que la no maleficencia significa permitir a la mujer que decida por sí misma y no forzarla a tener lo que no quiere tener. En los años 70 el informe Belmont incorporó dos elementos más a estos dos tópicos hipocráticos de la bioética: los principios de autonomía y de justicia. Con el principio de autonomía se explica que la mujer debe tener libertad de decidir para procrear. El principio de justicia, por su parte, es un concepto social que se basa en el derecho a la equidad, que hoy es el valor supremo de la salud pública: todos los habitantes del mundo tenemos derecho a la misma atención sanitaria. No hay equidad en el aborto en nuestro país. Está demostrado que el aborto en la República Argentina es una cuestión de clase social. Solo las mujeres sin recursos arriesgan vida y arriesgan salud. Cuando leemos que hubo una muerte materna por aborto, siempre es en un hospital público, nunca en una clínica privada o de obra social.
Por lo tanto, legalizar el aborto no significa que se va a forzar a las mujeres a abortar, como no resultó obligatorio ni el divorcio y ni el casamiento en parejas del mismo sexo. Solo significa convertir una práctica que se realiza -con o sin ley- en segura y confiable. Por eso legalizar el aborto representa una opción positiva contra la inseguridad y el peligro de muerte de muchas mujeres. El aborto inseguro es un problema de salud pública; no es un tema teológico ni ideológico. Es necesario reconocer la equidad de género: solo las mujeres se embarazan. Deben prevalecer los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres; el derecho de la mujer a su autonomía combinado con la necesidad de prevenir un aborto inseguro justifica la provisión de aborto seguro mediante las leyes que seguramente promulgará este Congreso. Muchas gracias. (Aplausos.)
SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Tiene la palabra la última expositora de esta mañana, la licenciada Renata María Eugenia Viglione, psicóloga y traductora de inglés.
SRA. VIGLIONE Buenos días. A fines de aclaración, mi título es de psicóloga, egresada de la Universidad de Costa Rica.
Para comenzar, deseo agradecer a los señores diputados presentes por permitirme exponer en esta sala. Lo que nos convoca no es otra cosa que debatir el derecho a la vida de la persona por nacer. Acá no se trata de plantearse si hay o no una vida humana en juego. La ciencia nos ha dado fundamentos suficientes para saber que es así, que se trata de una vida y del derecho a vivir de un ser en gestación. Si creemos realmente que estamos hablando de una vida humana, entonces el debate ya deja de ser sobre el derecho de la mujer a decidir sobre su vida y sobre su propio cuerpo, y debe enfocarse en la vida de aquel que aún no nació pero que goza de igual manera del derecho a vivir del que hemos gozado nosotros cuando nacimos.
No tengo dudas de que si examinamos profundamente nuestro interior, tendremos que respondernos que la vida comienza en el momento de la concepción y que se prolonga desde entonces hasta la muerte. No debemos cosificar a los que aún no han nacido, sino que tenemos que ver la realidad tal cual es: nos encontramos frente a una persona por nacer.
¿Qué es entonces la vida? ¿Cómo podemos definirla? El término vida viene del latín vita, el tiempo que transcurre desde el momento de la concepción hasta la muerte. La vida es la existencia misma, comienza y termina. Sin embargo, la vida es también todo lo que haremos durante el tiempo que vivamos: las metas, los sueños, los proyectos, los logros y los fracasos. Cuando hablamos de poner fin a una vida no solo se acaba con la vida como existencia, sino también con todo aquello que ese ser humano iba a realizar durante su tiempo de vida. Como concepto abstracto, la vida tiene un sentido, pero llevado a lo concreto de las acciones y los comportamientos cotidianos, cobra otro valor. Es entonces que debemos considerar que con el fin de una vida, mueren también todos los actos y las conductas de una persona. Con la muerte antes de nacer se termina también todo el legado que esa vida hubiera podido dejar.
Un primer aspecto que deseo abordar es el del sujeto de vida. La persona aún no nacida tiene un único bien: su propia vida. Hablar de aborto es lo mismo que decir que le arrebataremos el único bien que posee. Este debate ético sobre la vida nos remite al deseo de vivir, que es natural en la gran mayoría de las personas. Nadie tiene la potestad de decidir sobre la voluntad de vivir de alguien más. Nosotros, que vivimos y amamos nuestra vida, no podemos sino identificarnos con esa persona por nacer. Nuestro amor por la propia vida debe extenderse al amor por la vida del otro. El principio de derecho a la vida es universal y absoluto, y tenemos la obligación y la responsabilidad de garantizarlo. Cada uno de nosotros debe plantearse si su derecho a vivir es superior al derecho a vivir de la persona por nacer. La respuesta es no.
Un segundo aspecto en este debate es el tema de la libertad de elegir. La libertad es un bien necesario para desarrollarnos en la vida. Pero en ningún momento esa libertad de que gozamos debe traducirse como indiferencia al derecho de vivir del otro. Libertad no quiere decir que todo está permitido; la libertad de elegir debe sujetarse al derecho superior a la vida del otro por nacer.
Un tercer planteo es que la persona es un bien en sí mismo. Cada individuo es un ser único, cada persona es un ser que se distingue de las demás personas por características individuales y específicas. Por eso, cada uno de nosotros tiene un valor insustituible. Cada ser humano tiene una historia que le es propia y cada una de esas historias comienza desde el momento en el que fue concebido. Todos y cada uno de nosotros hemos hablado en alguna oportunidad sobre algún acontecimiento sucedido durante los meses en los que éramos gestados, y a esos hechos los incluimos como parte de nuestra biografía, de quiénes somos. Nuestra historia de vida no comienza a partir de nuestro nacimiento sino a partir de nuestra concepción.
Tenemos el deber ético de proteger la vida de cada ser humano, haya nacido o esté por nacer; y debemos hacerlo con el mismo ímpetu con el que defenderíamos nuestras propias vida. Tenemos la obligación de permanecer fieles a este principio ético del derecho a la vida, que es el principio más alto.
Ante estos y otros planteos les pregunto: ¿están realmente convencidos de que no estamos hablando de vida humana, es decir, de la vida de un ser humano que aún no nació pero que tiene tanto derecho a vivir como nosotros?
Creo que como sociedad tenemos que ser capaces de dar una respuesta diferente a la problemática de la indiferencia y del rechazo hacia la vida de un ser que tiene, como nosotros, derecho a vivir. Muchas gracias. (Aplausos.)
Para comenzar, deseo agradecer a los señores diputados presentes por permitirme exponer en esta sala. Lo que nos convoca no es otra cosa que debatir el derecho a la vida de la persona por nacer. Acá no se trata de plantearse si hay o no una vida humana en juego. La ciencia nos ha dado fundamentos suficientes para saber que es así, que se trata de una vida y del derecho a vivir de un ser en gestación. Si creemos realmente que estamos hablando de una vida humana, entonces el debate ya deja de ser sobre el derecho de la mujer a decidir sobre su vida y sobre su propio cuerpo, y debe enfocarse en la vida de aquel que aún no nació pero que goza de igual manera del derecho a vivir del que hemos gozado nosotros cuando nacimos.
No tengo dudas de que si examinamos profundamente nuestro interior, tendremos que respondernos que la vida comienza en el momento de la concepción y que se prolonga desde entonces hasta la muerte. No debemos cosificar a los que aún no han nacido, sino que tenemos que ver la realidad tal cual es: nos encontramos frente a una persona por nacer.
¿Qué es entonces la vida? ¿Cómo podemos definirla? El término vida viene del latín vita, el tiempo que transcurre desde el momento de la concepción hasta la muerte. La vida es la existencia misma, comienza y termina. Sin embargo, la vida es también todo lo que haremos durante el tiempo que vivamos: las metas, los sueños, los proyectos, los logros y los fracasos. Cuando hablamos de poner fin a una vida no solo se acaba con la vida como existencia, sino también con todo aquello que ese ser humano iba a realizar durante su tiempo de vida. Como concepto abstracto, la vida tiene un sentido, pero llevado a lo concreto de las acciones y los comportamientos cotidianos, cobra otro valor. Es entonces que debemos considerar que con el fin de una vida, mueren también todos los actos y las conductas de una persona. Con la muerte antes de nacer se termina también todo el legado que esa vida hubiera podido dejar.
Un primer aspecto que deseo abordar es el del sujeto de vida. La persona aún no nacida tiene un único bien: su propia vida. Hablar de aborto es lo mismo que decir que le arrebataremos el único bien que posee. Este debate ético sobre la vida nos remite al deseo de vivir, que es natural en la gran mayoría de las personas. Nadie tiene la potestad de decidir sobre la voluntad de vivir de alguien más. Nosotros, que vivimos y amamos nuestra vida, no podemos sino identificarnos con esa persona por nacer. Nuestro amor por la propia vida debe extenderse al amor por la vida del otro. El principio de derecho a la vida es universal y absoluto, y tenemos la obligación y la responsabilidad de garantizarlo. Cada uno de nosotros debe plantearse si su derecho a vivir es superior al derecho a vivir de la persona por nacer. La respuesta es no.
Un segundo aspecto en este debate es el tema de la libertad de elegir. La libertad es un bien necesario para desarrollarnos en la vida. Pero en ningún momento esa libertad de que gozamos debe traducirse como indiferencia al derecho de vivir del otro. Libertad no quiere decir que todo está permitido; la libertad de elegir debe sujetarse al derecho superior a la vida del otro por nacer.
Un tercer planteo es que la persona es un bien en sí mismo. Cada individuo es un ser único, cada persona es un ser que se distingue de las demás personas por características individuales y específicas. Por eso, cada uno de nosotros tiene un valor insustituible. Cada ser humano tiene una historia que le es propia y cada una de esas historias comienza desde el momento en el que fue concebido. Todos y cada uno de nosotros hemos hablado en alguna oportunidad sobre algún acontecimiento sucedido durante los meses en los que éramos gestados, y a esos hechos los incluimos como parte de nuestra biografía, de quiénes somos. Nuestra historia de vida no comienza a partir de nuestro nacimiento sino a partir de nuestra concepción.
Tenemos el deber ético de proteger la vida de cada ser humano, haya nacido o esté por nacer; y debemos hacerlo con el mismo ímpetu con el que defenderíamos nuestras propias vida. Tenemos la obligación de permanecer fieles a este principio ético del derecho a la vida, que es el principio más alto.
Ante estos y otros planteos les pregunto: ¿están realmente convencidos de que no estamos hablando de vida humana, es decir, de la vida de un ser humano que aún no nació pero que tiene tanto derecho a vivir como nosotros?
Creo que como sociedad tenemos que ser capaces de dar una respuesta diferente a la problemática de la indiferencia y del rechazo hacia la vida de un ser que tiene, como nosotros, derecho a vivir. Muchas gracias. (Aplausos.)
SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Quiero agradecer a todos los expositores de esta mañana. Realmente hemos tenido ponencias muy buenas que nos han enriquecido en este debate histórico que estamos dando en el Cámara de Diputados sobre los proyectos de ley de interrupción voluntaria del embarazo.
Además, este debate es histórico porque ha sido reconocido por la propia Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que en estos días está celebrando una audiencia. Justamente, esta comisión ha reconocido la importancia de que se pueda debatir este tema en la Argentina de la forma en la que se está haciendo. Creo que es un reconocimiento más a todo el trabajo que han estado haciendo todos los diputados de esta casa y, por supuesto, a los expositores que hasta ahora han concurrido a estas jornadas.
Comenzamos con las preguntas. Me han acercado muchas por lo que cada expositor tendrá dos minutos para responder así podemos terminar esta reunión a las 13 y 30.
La primera pregunta es de la diputada Moisés, está dirigida al doctor Guzmán y dice así: "En su experiencia en el interior del país, ¿considera oportuna la legalización del aborto? ¿Tiene datos concretos de la provincia de Jujuy, más allá de los datos oficiales?"
Además, este debate es histórico porque ha sido reconocido por la propia Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que en estos días está celebrando una audiencia. Justamente, esta comisión ha reconocido la importancia de que se pueda debatir este tema en la Argentina de la forma en la que se está haciendo. Creo que es un reconocimiento más a todo el trabajo que han estado haciendo todos los diputados de esta casa y, por supuesto, a los expositores que hasta ahora han concurrido a estas jornadas.
Comenzamos con las preguntas. Me han acercado muchas por lo que cada expositor tendrá dos minutos para responder así podemos terminar esta reunión a las 13 y 30.
La primera pregunta es de la diputada Moisés, está dirigida al doctor Guzmán y dice así: "En su experiencia en el interior del país, ¿considera oportuna la legalización del aborto? ¿Tiene datos concretos de la provincia de Jujuy, más allá de los datos oficiales?"
SR. GUZMÁN Es poco o nada lo que tengo para decir de la provincia de Jujuy porque nunca se ha dado educación sexual integral y sistemática. Solamente se ha dado en mi ciudad, San Pedro de Jujuy, y puedo decirles que allí los abortos bajaron estrepitosamente si comparamos los años 1990 y 2017.
En mi ciudad se produjeron casi 400 abortos en 1990 y ahora no llegan a un promedio de 170 por año. Además, desde hace varios años hay mortalidad cero por causa de aborto.
Vuelvo a insistir: todos estamos a favor de la vida, pero hay que tomar alguna medida en relación con aquellas mujeres a quienes por cualquier causa les fallaron los anticonceptivos, no se los pudieron entregar, les falló la información o no eligieron como corresponde. De alguna forma hay que proteger a esas mujeres y a los niños. No estoy hablando de matanza indiscriminada de niños; estoy hablando de la seguridad de las personas y de las familias.
Repito: hasta que la educación dé los efectos que buscamos, van a pasar diez años y seguramente en ese lapso van a morir muchas mujeres, justamente de los sectores con menores recursos. Entonces, tendríamos que ver cómo implementar de forma urgente todo lo que es educación sexual y acceso a la anticoncepción. Solo de esa forma el aborto bajará a cifras insignificantes, como las que estamos teniendo en este momento en San Pedro. (Aplausos.)
En mi ciudad se produjeron casi 400 abortos en 1990 y ahora no llegan a un promedio de 170 por año. Además, desde hace varios años hay mortalidad cero por causa de aborto.
Vuelvo a insistir: todos estamos a favor de la vida, pero hay que tomar alguna medida en relación con aquellas mujeres a quienes por cualquier causa les fallaron los anticonceptivos, no se los pudieron entregar, les falló la información o no eligieron como corresponde. De alguna forma hay que proteger a esas mujeres y a los niños. No estoy hablando de matanza indiscriminada de niños; estoy hablando de la seguridad de las personas y de las familias.
Repito: hasta que la educación dé los efectos que buscamos, van a pasar diez años y seguramente en ese lapso van a morir muchas mujeres, justamente de los sectores con menores recursos. Entonces, tendríamos que ver cómo implementar de forma urgente todo lo que es educación sexual y acceso a la anticoncepción. Solo de esa forma el aborto bajará a cifras insignificantes, como las que estamos teniendo en este momento en San Pedro. (Aplausos.)
SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY A continuación voy a leer una pregunta de la diputada Soraire, que está dirigida a Carmen Fontán: "De aprobarse el proyecto sobre interrupción voluntaria, ¿qué pasa con las provincias que protegen la vida desde la concepción? ¿Es lo mismo despenalizar que regular la interrupción voluntaria del embarazo?"
SRA. FONTÁN Agradezco esta pregunta porque me permite explayarme en dos aspectos.
No es lo mismo despenalizar que legalizar el aborto. Perfectamente podría haberse derogado el artículo 88 del Código Penal que incrimina a la mujer y hubiera quedado descriminalizado el aborto. Esa es una facultad que absolutamente tiene el Congreso. Distinto es legalizar el aborto.
A mi modo de ver -y comparto con el doctor Martín Centurión- se estaría regulando un derecho al aborto que no está contemplado en ninguna constitución ni en ningún instrumento internacional. El aborto no está contemplado de esa forma.
Hoy hablaron del caso "Baby Boy" y quiero aclarar algo al respecto. En realidad, en esa oportunidad no se interpretó el artículo 4° porque Estados Unidos era parte del caso y ese país no es signatario del Pacto de San José de Costa Rica. O sea, mal podría haberse interpretado esa convención sobre derechos humanos porque Estados Unidos no era parte. En cambio, como era miembro de la OEA, se interpretó la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre. Es por ello que es imposible extraer de ese caso el concepto que aquí se pretende.
Por último, considero que las trece provincias que tienen consagrado el derecho a la vida desde la concepción -en la que nos incluimos los tucumanos ya que contamos con tres disposiciones en ese sentido, entre ellas el Preámbulo- se reservan el derecho a la jurisdicción en materia de salud. En ese sentido, la Corte ha dicho que la salud y la vida van de la mano.
Entiendo perfectamente que aun en el caso de descriminalización del aborto, esta práctica sigue constituyendo un acto antijurídico y, en consecuencia, las provincias pueden abstenerse porque el bloque de convencionalidad se aviene más con las normas constitucionales que protegen el derecho a la vida que con este proyecto de ley de interrupción voluntaria del embarazo. (Aplausos.)
No es lo mismo despenalizar que legalizar el aborto. Perfectamente podría haberse derogado el artículo 88 del Código Penal que incrimina a la mujer y hubiera quedado descriminalizado el aborto. Esa es una facultad que absolutamente tiene el Congreso. Distinto es legalizar el aborto.
A mi modo de ver -y comparto con el doctor Martín Centurión- se estaría regulando un derecho al aborto que no está contemplado en ninguna constitución ni en ningún instrumento internacional. El aborto no está contemplado de esa forma.
Hoy hablaron del caso "Baby Boy" y quiero aclarar algo al respecto. En realidad, en esa oportunidad no se interpretó el artículo 4° porque Estados Unidos era parte del caso y ese país no es signatario del Pacto de San José de Costa Rica. O sea, mal podría haberse interpretado esa convención sobre derechos humanos porque Estados Unidos no era parte. En cambio, como era miembro de la OEA, se interpretó la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre. Es por ello que es imposible extraer de ese caso el concepto que aquí se pretende.
Por último, considero que las trece provincias que tienen consagrado el derecho a la vida desde la concepción -en la que nos incluimos los tucumanos ya que contamos con tres disposiciones en ese sentido, entre ellas el Preámbulo- se reservan el derecho a la jurisdicción en materia de salud. En ese sentido, la Corte ha dicho que la salud y la vida van de la mano.
Entiendo perfectamente que aun en el caso de descriminalización del aborto, esta práctica sigue constituyendo un acto antijurídico y, en consecuencia, las provincias pueden abstenerse porque el bloque de convencionalidad se aviene más con las normas constitucionales que protegen el derecho a la vida que con este proyecto de ley de interrupción voluntaria del embarazo. (Aplausos.)
SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY La diputada Banfi pregunta al doctor Centurión lo siguiente: "Usted dijo que el derecho internacional es efectivamente un obstáculo para otorgar el derecho al aborto libre e irrestricto. ¿Por qué, entonces, el derecho internacional no ha condenado a los países que han legalizado el aborto en los últimos diez años, incluso países signatarios de pactos internacionales de derechos humanos?"
SR. CENTURIÓN En primer lugar, aclaro que no dije que es efectivamente un obstáculo; dije que no es cierto que no sea un obstáculo. No es lo mismo.
En segundo lugar, hay que analizar cada caso en particular; inclusive, el de "Baby Boy". Cada caso tiene sus particularidades.
Lo que digo es que no se admitiría lo que se está planteando en el proyecto de ley en debate, que es un derecho a abortar de manera libre e irrestricta.
No sé si respondí la pregunta.
En segundo lugar, hay que analizar cada caso en particular; inclusive, el de "Baby Boy". Cada caso tiene sus particularidades.
Lo que digo es que no se admitiría lo que se está planteando en el proyecto de ley en debate, que es un derecho a abortar de manera libre e irrestricta.
No sé si respondí la pregunta.
SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Pregunta de la diputada Carmen Polledo a Demian Zayat: "¿Usted es consciente que dijo que las mujeres deberían poder comprar sin receta el Oxaprost, que tiene otro uso médico, y así poder producir solas en su domicilio el aborto? ¿Es consciente de que se necesitan controles médicos y ecográficos para ver si no quedaron restos en el útero a fin de no caer en una infección generalizada que podría llevarse la vida de la mujer?
"¿Usted sabe que el 30 por ciento de los abortos con Misoprostol son derivados a centros hospitalarios ya que necesitan prácticas quirúrgicas para salvar a la mujer? Hablo de legrados o raspajes."
Sr. Zeyat.- Gracias por la pregunta. Claro que soy consciente de lo que dije, en el escrito pedimos que el Misoprostol tiene que ser de venta libre para cumplir con la disponibilidad y la accesibilidad del medicamento.
Nosotros pensamos que medicar con Misoprostol, hasta las doce semanas, es una práctica segura que puede llevar a cabo la mujer, la niña, el adolescente o el varón trans en su casa. Obviamente tiene que contar con la información y, claramente, tiene que hacer consultas previas y posteriores, pero se puede hacer el aborto fuera de un sistema hospitalario hasta la semana doce. Después de la semana doce, es mucho más riesgoso y ya no recomendamos que el aborto se haga fuera de un ámbito hospitalario.
En realidad, la venta bajo receta y la venta libre son para garantizar la disponibilidad del medicamento. Actualmente, para acceder a las recetas se necesita un médico que quiera ir un poco más allá de lo que usualmente se hace -porque la manera en la cual se vende el Misoprostol hace que algunos médicos no quieran recetarlo porque no pueden poner el diagnóstico- y eso no es fácil de conseguir.
Entonces, sacar ese requisito de la receta archivada, junto con otro tipo de medidas, facilitaría que el Misoprostol esté mucho más disponible y se garantice el acceso al medicamento esencial.
No sé si contesté todas las preguntas.
"¿Usted sabe que el 30 por ciento de los abortos con Misoprostol son derivados a centros hospitalarios ya que necesitan prácticas quirúrgicas para salvar a la mujer? Hablo de legrados o raspajes."
Sr. Zeyat.- Gracias por la pregunta. Claro que soy consciente de lo que dije, en el escrito pedimos que el Misoprostol tiene que ser de venta libre para cumplir con la disponibilidad y la accesibilidad del medicamento.
Nosotros pensamos que medicar con Misoprostol, hasta las doce semanas, es una práctica segura que puede llevar a cabo la mujer, la niña, el adolescente o el varón trans en su casa. Obviamente tiene que contar con la información y, claramente, tiene que hacer consultas previas y posteriores, pero se puede hacer el aborto fuera de un sistema hospitalario hasta la semana doce. Después de la semana doce, es mucho más riesgoso y ya no recomendamos que el aborto se haga fuera de un ámbito hospitalario.
En realidad, la venta bajo receta y la venta libre son para garantizar la disponibilidad del medicamento. Actualmente, para acceder a las recetas se necesita un médico que quiera ir un poco más allá de lo que usualmente se hace -porque la manera en la cual se vende el Misoprostol hace que algunos médicos no quieran recetarlo porque no pueden poner el diagnóstico- y eso no es fácil de conseguir.
Entonces, sacar ese requisito de la receta archivada, junto con otro tipo de medidas, facilitaría que el Misoprostol esté mucho más disponible y se garantice el acceso al medicamento esencial.
No sé si contesté todas las preguntas.
SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Solamente quiero repreguntarle si es consciente de que el 30 por ciento de los abortos con Misoprostol son derivados a centros hospitalarios.
SR. ZEYAT La verdad es que no sé a qué período se referiría ese número, si es después de las doce semanas probablemente sea así. Acá no tengo el dato preciso. Solo sé que en la guía de la OMS, en los manuales que nosotros distribuimos por información basada en la OMS y en FLACSO, hasta la semana doce eso no sucede.
SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY De todas maneras, seguramente que los obstáculos de las recetas se resolverían de acuerdo a las regulación posterior que se pueda, o no, aprobar.
Una pregunta de la diputada Alejandra Martínez dirigida al doctor Cabrera. "¿Puede explicarnos por qué la legalización de la interrupción voluntaria del embarazo no entra en contradicciones con la Convención de los Derechos del Niño? ¿Puede comentar las argumentaciones del documento que elaboraron junto al doctor Hevia sobre el veto del doctor Tabaré Vázquez a la primera ley de legalización de la IVE en Uruguay?
Una pregunta de la diputada Alejandra Martínez dirigida al doctor Cabrera. "¿Puede explicarnos por qué la legalización de la interrupción voluntaria del embarazo no entra en contradicciones con la Convención de los Derechos del Niño? ¿Puede comentar las argumentaciones del documento que elaboraron junto al doctor Hevia sobre el veto del doctor Tabaré Vázquez a la primera ley de legalización de la IVE en Uruguay?
SR. CABRERA Aprovecho para conectar -y sé que no está en la pregunta- con el argumento que se sigue repitiendo del artículo 4.1 de la Convención Americana.
No quiero hacer un análisis aburrido, hay un montón de artículos y pueden leerlos, diría que se ha escrito en exceso.
El caso "Baby Boy" es de Estados Unidos, el Estado pedía que se interpretara la Declaración Americana a la luz de la Convención Americana. En esa decisión, la Convención Interamericana dice que el artículo 4.1, en sí mismo, no impone ninguna restricción directa para los países. Y aquí me parece importante hacer esa argumentación.
Hay una dimensión doméstica de análisis de derecho constitucional, pero a nivel de derecho internacional hay un mensaje que podemos dejar claro aquí: no hay un conflicto entre la Convención Americana y legalizar la interrupción voluntaria del embarazo.
En ese contexto, hemos compartido un escrito con Martín Hevia, Fanny Gómez Lugo y Analía Banfi. Las dos señoras que mencioné son las dos abogadas que estuvieron más de diez años en la Comisión Interamericana, en el sistema interamericano. Nosotros escribimos un artículo que analizaba el veto del presidente Tabaré Vázquez.
Cuando Tabaré Vázquez veta la ley argumentó que la tenía que hacerlo porque si no les tocaría denunciar la Convención de los Derechos del Niño y salirse del sistema interamericano. Situación que después no sucedió, cuando la ley fue aprobada por el Congreso de Uruguay.
El argumento era bastante sencillo, se sostenía que se utilizaba esta retórica pero que en realidad no había una fundamentación de derecho internacional. Yo no diría que este análisis se tiene que hacer caso a caso, porque estamos hablando de derecho internacional, de cómo se genera en el derecho internacional.
En cambio, cuando hablamos de derecho constitucional creo que sí hay que hacer un análisis caso por caso, cada país tiene su análisis de derecho constitucional; pero del derecho internacional no se deriva ninguna barrera que se imponga para la legalización de la interrupción voluntaria del embarazo. Y quiero que eso quede claro porque a veces seguimos "recontaminando" la conversación, la idea no es seguir teniendo las mismas discusiones y volver a traer los mismos debates.
Uruguay tiene interrupción voluntaria del embarazo, no ha tenido que denunciar la Convención Americana, no ha tenido que denunciar la Convención de los Derechos del Niño, ha reducido drásticamente la tasa de mortalidad materna y ha logrado los objetivos que se persiguen en salud pública.
Entonces, si desde esa perspectiva de derecho internacional somos coherentes, no hay un conflicto que surja.
No quiero hacer un análisis aburrido, hay un montón de artículos y pueden leerlos, diría que se ha escrito en exceso.
El caso "Baby Boy" es de Estados Unidos, el Estado pedía que se interpretara la Declaración Americana a la luz de la Convención Americana. En esa decisión, la Convención Interamericana dice que el artículo 4.1, en sí mismo, no impone ninguna restricción directa para los países. Y aquí me parece importante hacer esa argumentación.
Hay una dimensión doméstica de análisis de derecho constitucional, pero a nivel de derecho internacional hay un mensaje que podemos dejar claro aquí: no hay un conflicto entre la Convención Americana y legalizar la interrupción voluntaria del embarazo.
En ese contexto, hemos compartido un escrito con Martín Hevia, Fanny Gómez Lugo y Analía Banfi. Las dos señoras que mencioné son las dos abogadas que estuvieron más de diez años en la Comisión Interamericana, en el sistema interamericano. Nosotros escribimos un artículo que analizaba el veto del presidente Tabaré Vázquez.
Cuando Tabaré Vázquez veta la ley argumentó que la tenía que hacerlo porque si no les tocaría denunciar la Convención de los Derechos del Niño y salirse del sistema interamericano. Situación que después no sucedió, cuando la ley fue aprobada por el Congreso de Uruguay.
El argumento era bastante sencillo, se sostenía que se utilizaba esta retórica pero que en realidad no había una fundamentación de derecho internacional. Yo no diría que este análisis se tiene que hacer caso a caso, porque estamos hablando de derecho internacional, de cómo se genera en el derecho internacional.
En cambio, cuando hablamos de derecho constitucional creo que sí hay que hacer un análisis caso por caso, cada país tiene su análisis de derecho constitucional; pero del derecho internacional no se deriva ninguna barrera que se imponga para la legalización de la interrupción voluntaria del embarazo. Y quiero que eso quede claro porque a veces seguimos "recontaminando" la conversación, la idea no es seguir teniendo las mismas discusiones y volver a traer los mismos debates.
Uruguay tiene interrupción voluntaria del embarazo, no ha tenido que denunciar la Convención Americana, no ha tenido que denunciar la Convención de los Derechos del Niño, ha reducido drásticamente la tasa de mortalidad materna y ha logrado los objetivos que se persiguen en salud pública.
Entonces, si desde esa perspectiva de derecho internacional somos coherentes, no hay un conflicto que surja.
SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Aprovecho para decir si puede ampliar lo que estaba diciendo y le formulo otra pregunta de la diputada Carmen Polledo que dice: ¿Para usted, acatar lo que dice la norma es no ser intelectualmente honesto?
SR. CABRERA Para mí, la honestidad intelectual tiene que ver con el análisis que hacen juristas donde están torciendo el derecho para justificar un argumento. Esa es la honestidad intelectual, ser honesto en el análisis legal del derecho internacional.
Aquí han venido expositores como el doctor Gullco, y muchos otros, a hablar de derecho internacional y a decir que cuando uno lo interpreta con los principios rectores del derecho internacional, no surge ningún conflicto. El argumentar que hay un conflicto es para tratar de vender un argumento que, en realidad, no es tal desde el derecho internacional. Esto es lo que yo puedo comentar en este Congreso porque no soy abogado argentino.
Aquí han venido expositores como el doctor Gullco, y muchos otros, a hablar de derecho internacional y a decir que cuando uno lo interpreta con los principios rectores del derecho internacional, no surge ningún conflicto. El argumentar que hay un conflicto es para tratar de vender un argumento que, en realidad, no es tal desde el derecho internacional. Esto es lo que yo puedo comentar en este Congreso porque no soy abogado argentino.
SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Aquí tengo dos preguntas de la diputada Brenda Austin para Carmen Fontán. La primera es la siguiente: "¿En el cierre de su intervención usted quiso decir que, independientemente de lo que sancione este Congreso en el marco de la facultad que le confiere el artículo 75 de la Constitución Nacional, Tucumán no lo acataría? ¿No cree que eso violenta la distribución de competencias de nuestra República federal?" Por favor, responda esta primera pregunta y después le leo la siguiente porque creo que la contestación es importante.
SRA. FONTÁN Deseo aclarar una cuestión previa porque he sido aludida cuando se habló del caso "Baby Boy".
Doctor, nosotros tenemos una declaración interpretativa de la Convención de los Derechos del Niño que no la tienen el resto de los países y que tampoco la tiene Uruguay.
Le aclaro que fue admitida por el resto de la comunidad internacional que es signataria de la Convención de los Derechos del Niño. Por el artículo 2°, inciso d) de la Convención de Viena es obligatoria para el Estado argentino, o sea que, violarla con un proyecto de ley como éste, acarrearía responsabilidad internacional para el Estado.
Y le contesto muy brevemente, son trece las provincias que admiten el derecho a la vida desde la concepción, o sea, hay trece Estados en la Argentina que lo reconocen desde la concepción y no significa, de ninguna manera, no acatar el orden federal.
El orden federal supone tres órdenes de relaciones: subordinación, coordinación y participación. El ejercicio de poder de policía que abarca el derecho a la salud es una de las competencias coordinadas del Estado federal, y que las provincias, en virtud del artículo 121, retienen como propio porque no lo han delegado.
En consecuencia, ya tenemos jurisprudencia a nivel de la provincia de Córdoba por la cual la resolución del Ministerio que aplicaba la doctrina del fallo "FAL" fue declarada inconstitucional. El bloque de constitucionalidad provincial se avino más con el bloque de convencionalidad federal que lo que propone este proyecto de ley. Realmente, al aplicar este derecho al aborto -entre comillas- en nuestro sistema constitucional no puede existir la posibilidad de que si no hay un estado verdadero de necesidad, uno de los derechos se aniquile.
La idea es que los dos derechos deben protegerse y nunca uno puede ser aniquilado si no existe verdadero estado de necesidad.
Doctor, nosotros tenemos una declaración interpretativa de la Convención de los Derechos del Niño que no la tienen el resto de los países y que tampoco la tiene Uruguay.
Le aclaro que fue admitida por el resto de la comunidad internacional que es signataria de la Convención de los Derechos del Niño. Por el artículo 2°, inciso d) de la Convención de Viena es obligatoria para el Estado argentino, o sea que, violarla con un proyecto de ley como éste, acarrearía responsabilidad internacional para el Estado.
Y le contesto muy brevemente, son trece las provincias que admiten el derecho a la vida desde la concepción, o sea, hay trece Estados en la Argentina que lo reconocen desde la concepción y no significa, de ninguna manera, no acatar el orden federal.
El orden federal supone tres órdenes de relaciones: subordinación, coordinación y participación. El ejercicio de poder de policía que abarca el derecho a la salud es una de las competencias coordinadas del Estado federal, y que las provincias, en virtud del artículo 121, retienen como propio porque no lo han delegado.
En consecuencia, ya tenemos jurisprudencia a nivel de la provincia de Córdoba por la cual la resolución del Ministerio que aplicaba la doctrina del fallo "FAL" fue declarada inconstitucional. El bloque de constitucionalidad provincial se avino más con el bloque de convencionalidad federal que lo que propone este proyecto de ley. Realmente, al aplicar este derecho al aborto -entre comillas- en nuestro sistema constitucional no puede existir la posibilidad de que si no hay un estado verdadero de necesidad, uno de los derechos se aniquile.
La idea es que los dos derechos deben protegerse y nunca uno puede ser aniquilado si no existe verdadero estado de necesidad.
SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Le pido que acerque la jurisprudencia de la provincia de Córdoba a la que hizo alusión, porque más allá del tema en discusión es una preocupación que una provincia argentina pueda no acatar una legislación que sancione este Congreso, independientemente del tema que estemos considerando. (Aplausos.)
SRA. FONTAN Se las voy a alcanzar. Es de la Cámara Civil de la provincia de Córdoba, pero no desacató sino que reconoció el texto del artículo 86, y se refiere a las conductas antijurídicas que afectan la salud. Ellos perfectamente hicieron el control de convencionalidad y descalificaron esa orden que aplicaba la resolución. Fue un excelente fallo de Barrera Buteler.
SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Le pido que lo acerque, así está a disposición de todos los diputados para ilustrarnos.
SRA. AUSTIN Es una fallo que no está firme sino que se encuentra ante el Tribunal Superior de Justicia.
SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Lo analizaremos, a efectos de tener más información, señora diputada.
La segunda pregunta que le hace la señora diputada Austin es: "Usted mencionó los tratados de derechos humanos. ¿Qué opinión le merecen las recomendaciones emanadas de los órganos de monitoreo que recomiendan despenalizar el aborto en la Argentina, Comité de Derechos del Niño, Comité de Derechos Humanos de la ONU?"
Aclaro que la doctora gentilmente nos ha acercado el fallo, de modo que queda a disposición de todos los señores diputados y señoras diputadas.
La segunda pregunta que le hace la señora diputada Austin es: "Usted mencionó los tratados de derechos humanos. ¿Qué opinión le merecen las recomendaciones emanadas de los órganos de monitoreo que recomiendan despenalizar el aborto en la Argentina, Comité de Derechos del Niño, Comité de Derechos Humanos de la ONU?"
Aclaro que la doctora gentilmente nos ha acercado el fallo, de modo que queda a disposición de todos los señores diputados y señoras diputadas.
SRA. FONTÁN Hago una aclaración. La mayoría de las recomendaciones que han venido, sea del Comité de los Derechos del Niño o del Comité de Derechos Humanos, sirven como guías, pero no son de ninguna manera obligatorias. Estos organismos han puntualizado que no estamos adoptando políticas sistemáticas para ayudar a la mujer y al niño, que son la prioridad.
La OC-23 de la Corte Interamericana dijo: "El Estado debe adoptar todas las disposiciones para evitar que esté amenazado el derecho a la vida." Ese es el problema; tenemos que tomar responsabilidades y políticas públicas para proteger a la mujer y al niño por nacer. La solución nunca puede ser matar a un ser humano. (Aplausos.)
La OC-23 de la Corte Interamericana dijo: "El Estado debe adoptar todas las disposiciones para evitar que esté amenazado el derecho a la vida." Ese es el problema; tenemos que tomar responsabilidades y políticas públicas para proteger a la mujer y al niño por nacer. La solución nunca puede ser matar a un ser humano. (Aplausos.)
SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY A continuación tengo una pregunta de la diputada Schmidt Liermann para la señora Susana Yappert: "Usted dijo que 'el aborto iguala'. ¿Me puede explicar cómo sería la ecuación de igualdad entre un niño que mereció la vida y uno que no tuvo esa suerte?
SRA. YAPPERT Con esa frase me refiero a que en la situación actual la que muere es la mujer. Al despenalizar, evitamos la muerte de mujeres.
SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Tengo una pregunta de la señora diputada Donda Pérez para el doctor Rizzi: "¿Cuánto tiempo transcurre desde la concepción hasta que se inicia la sinapsis nerviosa? ¿Puede aclarar qué es la sinapsis nerviosa? En el caso de un trasplante de corazón, ¿este órgano late?"
SR. RIZZI La sinapsis nerviosa es la formación prácticamente de todo el componente que arranca desde el cerebro y cerebelo hasta los sistemas inferiores del sistema nervioso. Hay teorías e investigaciones -sobre todo de un teólogo y biólogo de apellido Sanz, en Bélgica- que dicen que las sinapsis nerviosas se constituyen en la duodécima semana. Entonces él establece una comparación con los trasplantes. ¿Cuándo deciden los médicos sacar un órgano de alguien que está a punto de morir? ¿Cuándo desaparece la sinapsis nerviosa? Cuando el electroencefalograma se pone plano. Puede ser que el corazón siga latiendo, pero con el electroencefalograma plano se produce la ablación del órgano para ser trasplantado.
SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY No sé si quedó respondida la última pregunta: "En el caso de un trasplante de corazón, ¿este órgano late?"
SR. RIZZI Es posible que sí siga latiendo, pero está totalmente pautado en los trasplantes que en la ablación se necesitan órganos que estén frescos -disculpen la expresión, que es muy fea- para poder ser trasladados al lugar a donde van a ser colocados nuevamente. Entonces, cuando el electroencefalograma se convierte en una línea plana, allí se procede a la ablación, puede que esté latiendo o no.
SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Recibí una pregunta para la doctora María Magdalena Galli Fiant de la señora diputada Urroz: "Concretamente, ¿qué medidas deberían aplicarse en caso de mujeres que antes del nacimiento ya han tomado la decisión de no criar a sus hijos? A su criterio, ¿qué lugar ocupan los padres varones en la decisión de las mujeres sobre su maternidad?"
SRA. GALLI FIANT Respecto de la primera pregunta, en mi exposición yo proponía que trabajáramos intensamente en políticas públicas de acompañamiento frente a mujeres que han tomado la decisión firme -que puede ser reversible- de no desear la maternidad o en caso de no ser posible para ellas. Hoy tenemos un marco legal, y la intervención es a través de las leyes de protección integral de niños, niñas y adolescentes, creadas para proteger a todos los niños y adolescentes. En nuestro sistema legal no puede haber ningún tipo de dudas desde la Constitución para abajo que se es niño desde la concepción, pero no tenemos una práctica activa de aplicar estas medidas de protección integral en la etapa prenatal.
¿Por qué no se dispone de medidas de protección integral que acompañen a esta mujer en conflicto con su maternidad a través de los órganos administrativos de Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de cada una de las provincias? En cambio, se sostiene lo que sucede en muchos casos -es habitual y lo vemos en el trabajo diario- de forzar una maternidad no querida, de intentar alternativas luego del nacimiento en lugar de acompañar cuando la decisión ya se ha tomado y ha sido firme e informada desde antes del nacimiento. ¿Por qué no se acompaña con un camino más amoroso y cuidado el paso del nacimiento a las manos de la persona o de la pareja que estaba esperando para adoptar?
También hay que ajustar las prácticas y la interpretación de las normas, porque lamentablemente el Código Civil y Comercial pone a la mujer y al varón, que han sido padres y que desean dar a sus hijos en adopción, en una posición de sospechosos de querer traficar con la vida de sus hijos, y por eso impone el plazo de que la madre y padre no pueden expresar el consentimiento válido hasta 45 días después del nacimiento.
No se admitiría nunca un consentimiento prenatal. Esto, en algunos casos, obstaculiza ese paso amoroso y continuado de manos de que aquella persona que ha dado a luz y no quiere asumir su maternidad, a manos de quienes están dispuestos a constituirse en padres, que son miles y miles de personas y parejas en todo el país.
¿Por qué no se dispone de medidas de protección integral que acompañen a esta mujer en conflicto con su maternidad a través de los órganos administrativos de Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de cada una de las provincias? En cambio, se sostiene lo que sucede en muchos casos -es habitual y lo vemos en el trabajo diario- de forzar una maternidad no querida, de intentar alternativas luego del nacimiento en lugar de acompañar cuando la decisión ya se ha tomado y ha sido firme e informada desde antes del nacimiento. ¿Por qué no se acompaña con un camino más amoroso y cuidado el paso del nacimiento a las manos de la persona o de la pareja que estaba esperando para adoptar?
También hay que ajustar las prácticas y la interpretación de las normas, porque lamentablemente el Código Civil y Comercial pone a la mujer y al varón, que han sido padres y que desean dar a sus hijos en adopción, en una posición de sospechosos de querer traficar con la vida de sus hijos, y por eso impone el plazo de que la madre y padre no pueden expresar el consentimiento válido hasta 45 días después del nacimiento.
No se admitiría nunca un consentimiento prenatal. Esto, en algunos casos, obstaculiza ese paso amoroso y continuado de manos de que aquella persona que ha dado a luz y no quiere asumir su maternidad, a manos de quienes están dispuestos a constituirse en padres, que son miles y miles de personas y parejas en todo el país.
SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY A continuación, leeré una pregunta de la diputada Mayra Mendoza para Dolores Ramos Mejía: "¿Qué ha determinado la ciencia sobre el desarrollo de la corteza cerebral? ¿En qué semana de gestación se produce? Antes de ello, ¿existe actividad cerebral?"
SRA. RAMOS MEJÍA Creo que esa pregunta ya fue respondida.
Más allá de cuándo se produce, en realidad cualquier punto que se ponga es arbitrario. Como dije en mi exposición, estamos hablando de un desarrollo, no de un punto específico. Una vez desencadenado, el desarrollo va a terminar en un sistema nervioso como el del cualquiera.
Más allá de cuándo se produce, en realidad cualquier punto que se ponga es arbitrario. Como dije en mi exposición, estamos hablando de un desarrollo, no de un punto específico. Una vez desencadenado, el desarrollo va a terminar en un sistema nervioso como el del cualquiera.
SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Pregunta de la diputada Alicia Terada para Gabriela Borrelli: "¿La persona por nacer no tiene derecho humano y amoroso? ¿Por qué el derecho a la vida de la mujer es superior al derecho de la persona por nacer?"
SRA. BORRELLI En mi exposición no hablé sobre eso. Vine aquí como comunicadora, me formé en literatura. Quise dar cuenta de la dimensión humana de las mujeres que nos hemos sometido a esa práctica.
En mi exposición no me referí a cuándo comenzaba la vida ni lo amoroso del feto. No hablé de eso, por lo que me siento eximida de responder esta pregunta.
Yo hablé de otra dimensión; específicamente me referí a las mujeres que deciden abortar y del movimiento social de mujeres que acompañan a aquellas que quieren realizarse esta práctica.
Repito: no hablé de eso y, por lo tanto, me siento eximida de responder.
En mi exposición no me referí a cuándo comenzaba la vida ni lo amoroso del feto. No hablé de eso, por lo que me siento eximida de responder esta pregunta.
Yo hablé de otra dimensión; específicamente me referí a las mujeres que deciden abortar y del movimiento social de mujeres que acompañan a aquellas que quieren realizarse esta práctica.
Repito: no hablé de eso y, por lo tanto, me siento eximida de responder.
SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY El diputado Horacio Goicoechea le pregunta a María Magdalena Galli Fiant lo siguiente: ¿Por qué dijo usted que el Código Civil y Comercial pone obstáculos a la adopción de los recién nacidos? ¿Por qué niega que exista un derecho humano de la mujer a interrumpir el embarazo?"
SRA. GALLI FIANT Retomando lo que dije antes, esos obstáculos nacen de la convicción de aquellos que redactaron el anteproyecto. Los autores creían que había que poner trabas para evitar el tráfico de niños, es decir, para evitar -como decían- "los niños puestos". Eso hace que se fuercen intentos por mantener a la familia de origen a toda costa, pero cuando hay una decisión clara de la mujer de no asumir la maternidad, esto es contraproducente. De hecho, puede constituir una situación de violencia tanto para esta mujer que ya tomó una decisión como, obviamente, para este niño que es sometido a una especie de prueba y error, yendo y viniendo de su familia extensa y de hogares de acogida, en vez de favorecer una adopción.
En igual sentido, constituye un obstáculo la prohibición lisa y llana de esas entregas directas vistas sospechosamente como una posible situación de tráfico de niños que, en la mayoría de los casos, no es así.
Por supuesto que el control y el acompañamiento del Estado deben estar presentes para evitar que se dé el tráfico de niños.
La otra pregunta era con respecto al derecho de la mujer de interrumpir el embarazo. Varios de los que me siguieron en el uso de la palabra insistieron en este punto. No hay un derecho humano -ni de la mujer ni del varón- a poner fin a la vida de otra persona humana. Sostener eso es una construcción teórica para justificar algo que a todas luces contraría el sentido común. No puede haber un derecho humano a poner fin a la vida de otro ser humano. Hay un derecho, en todo caso, a no ser forzada a mantener una maternidad que no se desea, pero eso no se soluciona poniéndole fin a la vida del que va a nacer sino acompañando a la persona que está en conflicto con su maternidad hasta que ese nacimiento se produzca.
En igual sentido, constituye un obstáculo la prohibición lisa y llana de esas entregas directas vistas sospechosamente como una posible situación de tráfico de niños que, en la mayoría de los casos, no es así.
Por supuesto que el control y el acompañamiento del Estado deben estar presentes para evitar que se dé el tráfico de niños.
La otra pregunta era con respecto al derecho de la mujer de interrumpir el embarazo. Varios de los que me siguieron en el uso de la palabra insistieron en este punto. No hay un derecho humano -ni de la mujer ni del varón- a poner fin a la vida de otra persona humana. Sostener eso es una construcción teórica para justificar algo que a todas luces contraría el sentido común. No puede haber un derecho humano a poner fin a la vida de otro ser humano. Hay un derecho, en todo caso, a no ser forzada a mantener una maternidad que no se desea, pero eso no se soluciona poniéndole fin a la vida del que va a nacer sino acompañando a la persona que está en conflicto con su maternidad hasta que ese nacimiento se produzca.
SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Hay una pregunta para Stella Maris Sendin pero ya se retiró.
Prosigo leyendo una pregunta de la diputada Mayra Mendoza para Fabiana Alliaud: "¿Usted considera que una mujer que decide interrumpir su embarazo es irresponsable y no está en su sano juicio? Usted tiene una gran reverencia por la vida, ¿qué actitud tiene frente a la muerte de mujeres en abortos clandestinos?"
Prosigo leyendo una pregunta de la diputada Mayra Mendoza para Fabiana Alliaud: "¿Usted considera que una mujer que decide interrumpir su embarazo es irresponsable y no está en su sano juicio? Usted tiene una gran reverencia por la vida, ¿qué actitud tiene frente a la muerte de mujeres en abortos clandestinos?"
SRA. ALLIAUD Mi actitud es de compasión y, obviamente, es algo que deseo erradicar tanto como todos en esta sala.
Al igual que se sostuvo hoy aquí, pienso que a través de cambios en las políticas de acompañamiento y de educación de todos, pero con un foco en esas personas que están en situación de embarazo no deseado, se puede derivar en una adopción aceptable para todas las partes. Si bien parece de cuentos, hay que legislar de tal manera que esto se pueda llevar a la realidad beneficiando a todos.
Cuando hablo de irresponsabilidad me refiero a los casos de las personas que tienen dominio propio. Todos tenemos la libertad de decidir y albedrío, pero obviamente si las personas están afectadas por adicciones o situaciones críticas muchas veces van a necesitar, quizás, ser incluidas en las excepciones. Por ejemplo, cuando la salud de la madre se encuentra en juego.
Al igual que se sostuvo hoy aquí, pienso que a través de cambios en las políticas de acompañamiento y de educación de todos, pero con un foco en esas personas que están en situación de embarazo no deseado, se puede derivar en una adopción aceptable para todas las partes. Si bien parece de cuentos, hay que legislar de tal manera que esto se pueda llevar a la realidad beneficiando a todos.
Cuando hablo de irresponsabilidad me refiero a los casos de las personas que tienen dominio propio. Todos tenemos la libertad de decidir y albedrío, pero obviamente si las personas están afectadas por adicciones o situaciones críticas muchas veces van a necesitar, quizás, ser incluidas en las excepciones. Por ejemplo, cuando la salud de la madre se encuentra en juego.
SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Teniendo en cuenta la hora, voy a leer dos preguntas más. Pido disculpas por aquellas que quedan pendientes, pero luego debemos hacer un break para retomar a la tarde.
Pregunta para Laura María Vargas Roig de la diputada Leonor Martínez Villada: "¿Se puede hablar de individuo antes de las catorce semanas? ¿Qué pasa con los gemelos monocigóticos o siameses?"
Pregunta para Laura María Vargas Roig de la diputada Leonor Martínez Villada: "¿Se puede hablar de individuo antes de las catorce semanas? ¿Qué pasa con los gemelos monocigóticos o siameses?"
SRA. VARGAS ROIG Ha existido un debate muy interesante desde el punto de vista biológico con respecto a no poder nombrar a un individuo hasta los catorce días a partir de la fecundación, pero gracias a la genética, epigenética y biología molecular esa cuestión ha sido superada.
La teoría no demuestra esta hipótesis de los gemelos monocigóticos siameses que no terminan de separase, y que dicen que al existir fisión del embrión no podríamos estar hablando de uno porque después se divide en dos. Esta hipótesis ya está superada.
Hay libros escritos por doctores en Biología demostrando que si bien es muy complejo desde el punto de vista molecular, cuando en algunas circunstancias vemos un embrión de dos blastómeras, en realidad estamos hablando de dos cigotos. Es decir que desde el primer momento molecularmente ya hay dos seres humanos, por eso podemos hablar de dos individuos. La respuesta molecular depende de la cantidad de calcio que tiene el citoplasma del ovocito y del momento en que se produjo esa primera división mitótica.
Excede este ámbito toda la explicación molecular pero existe muchísima información para poder asegurar que hablamos de un individuo, inclusive cuando nos referimos a gemelos monocigóticos siameses.
La teoría no demuestra esta hipótesis de los gemelos monocigóticos siameses que no terminan de separase, y que dicen que al existir fisión del embrión no podríamos estar hablando de uno porque después se divide en dos. Esta hipótesis ya está superada.
Hay libros escritos por doctores en Biología demostrando que si bien es muy complejo desde el punto de vista molecular, cuando en algunas circunstancias vemos un embrión de dos blastómeras, en realidad estamos hablando de dos cigotos. Es decir que desde el primer momento molecularmente ya hay dos seres humanos, por eso podemos hablar de dos individuos. La respuesta molecular depende de la cantidad de calcio que tiene el citoplasma del ovocito y del momento en que se produjo esa primera división mitótica.
Excede este ámbito toda la explicación molecular pero existe muchísima información para poder asegurar que hablamos de un individuo, inclusive cuando nos referimos a gemelos monocigóticos siameses.
SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Pregunta para el doctor Martín Centurión de la diputada Ana Llanos Massa: "¿Qué significa cuando el Pacto San José de Costa Rica habla de protección en general de la vida desde la concepción?"
Sr. Centurión.- Creo que brevemente expliqué en mi discurso la salvedad cuando dice: "en general plantea la posibilidad".
Como dijo la colega, plantea la posibilidad de interrumpir el embarazo -vamos a decirlo así-, cuando se encuentra comprometido algún otro derecho que también tiene el mismo rango. Por ejemplo, cuando se encuentra realmente comprometida la vida o la salud de la mujer.
Sr. Centurión.- Creo que brevemente expliqué en mi discurso la salvedad cuando dice: "en general plantea la posibilidad".
Como dijo la colega, plantea la posibilidad de interrumpir el embarazo -vamos a decirlo así-, cuando se encuentra comprometido algún otro derecho que también tiene el mismo rango. Por ejemplo, cuando se encuentra realmente comprometida la vida o la salud de la mujer.
SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Hemos terminado la reunión de la mañana. Quiero agradecer especialmente a todos los expositores, realmente han sido muy amables y han estado dispuestos a responder.
Tiene la palabra el doctor Guzmán.
Tiene la palabra el doctor Guzmán.
SR. GUZMÁN Quiero hacer un aporte a mi país y a mis compatriotas. El material didáctico que usamos en educación sexual, integral y sistemática -me refiero a videos y presentaciones de PowerPoint de corta duración que se pueden pasar por cualquier cable y a charlas para radio que no duran más de tres minutos-, se encuentra en el despacho de la diputada Moisés a disposición de quien lo requiera.
Para finalizar quiero expresar que si toman la decisión de hacer algo diferente, vamos a tener resultados diferentes pero si seguimos haciendo lo mismo, quedamos igual. (Aplausos.)
Para finalizar quiero expresar que si toman la decisión de hacer algo diferente, vamos a tener resultados diferentes pero si seguimos haciendo lo mismo, quedamos igual. (Aplausos.)
SR. PRESIDENTE LIPOVETZKY Solicitamos a la diputada Moisés que haga llegar la información a la Secretaría de la Comisión de Legislación General y pedimos lo mismo a cada uno de los expositores a fin de que el material por ellos presentado quede a disposición de los diputados.
Los esperamos a las 14 y 45 para continuar con la reunión. Realmente quiero agradecerles por sus exposiciones y por la disposición para responder preguntas. Por supuesto que también agradezco a los diputados que estuvieron presentes aquí después de una jornada como la que tuvimos ayer.
Los esperamos a las 14 y 45 para continuar con la reunión. Realmente quiero agradecerles por sus exposiciones y por la disposición para responder preguntas. Por supuesto que también agradezco a los diputados que estuvieron presentes aquí después de una jornada como la que tuvimos ayer.
Es la hora 13 y 41.