LEGISLACION PENAL
Comisión Permanente 
													
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PROYECTO DE LEY
Expediente: 6416-D-2015
Sumario: CODIGO PENAL: INCORPORACION DEL ARTICULO 131, SOBRE UTILIZACION DE CUALQUIER MEDIO DE COMUNICACION ELECTRONICA PARA COMETER DELITOS CONTRA LA INTEGRIDAD SEXUAL DE MENORES DE EDAD.
Fecha: 15/12/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 166
	        INCORPORAR 
AL CÓDIGO PENAL  EL ART. 131 
	        
	        
	        Artículo 1.- Incorporar el 
artículo 131 al Código Penal que quedara redactado de la siguiente 
forma:
	        
	        
	        Artículo 131: Quienes 
utilicen los servicios de internet, mediante correos electrónicos, redes 
sociales, telecomunicaciones, y o cualquier otra forma de servicios de 
comunicación de datos para contactarse con menores de edad, con la 
finalidad de cometer delitos contra la integridad sexual de la misma, la 
pena que se aplicara será de 4 a 10 años.-
	        
	        
	        Articulo 2.- De Forma.-
	          
      
  
 
					FUNDAMENTOS
Señor presidente:
	        Es clara mi posición ante estos 
delitos, desde que llegue a este congreso por mandato del pueblo de mi provincia 
me puse a trabajar sobre esta problemática que es una de mis mayores 
preocupaciones, y creo no estar equivocado tal vez la vehemencia que le imprimo 
a los proyectos en la búsqueda permanente en este congreso, para  que tratemos 
estos temas que son de suma urgencia, ya que  no son hechos esporádicos sino 
noticias cotidianas sobre abusos a menores a través de las redes sociales, que se 
dan a conocer en los medios periodísticos.
	        
	        
	        Esta incorporación  al código penal 
que estoy proponiendo es importante ya que quienes cometen estos aberrantes 
delitos no pueden tener contemplaciones de ningún tipo. 
	        
	        
	        La justicia tiene que tener las 
herramientas necesarias para poder brindar fallos ejemplares y que la sociedad se 
sienta protegida, y no como hoy que vemos que quienes cometen estos delitos 
salen en libertad gracias a que nuestro código penal tiene penas que así lo 
permiten.
	        
	        
	        Señor Presidente, colegas es mi 
propósito con este proyecto de ley, que quienes imparten justicia no se amparen 
en la palabra garantista, que últimamente se puso tan de moda en los fallos 
judiciales al igual que los hechos de violaciones, y se tome conciencia de los daños 
que esos fallos le  causan a tantas familias de las víctimas, en ese sentido les pido 
que me acompañen en la aprobación del presente proyecto de ley.-
	          
      
  
 
					
  | Firmante | Distrito | Bloque | 
|---|---|---|
| OLMEDO, ALFREDO HORACIO | SALTA | FEDERAL UNIDOS POR UNA NUEVA ARGENTINA | 
Giro a comisiones en Diputados
					| Comisión | 
|---|
| LEGISLACION PENAL (Primera Competencia) | 
| FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA | 
