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LEGISLACION PENAL

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P04 Oficina 404

Jefe DR. TINTO JUAN ENRIQUE

Martes 15.30hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-7493/94 Internos 2403/01

clpenal@hcdn.gob.ar

PROYECTO DE RESOLUCION

Expediente: 3560-D-2006

Sumario: SOLICITAR A LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION INFORME SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LA LEY 24480, DE CREACION DEL CENTRO NACIONAL DE INFORMATICA SOBRE DETENIDOS, BUSQUEDA DE PERSONAS Y PARADEROS.

Fecha: 28/06/2006

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 80

Proyecto
Solicitar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación que informe acerca del cumplimiento dado a la Ley Nº 24.480 (B.O. 26-4-1995).

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La Ley 24.480 dispuso la creación del "Centro Nacional sobre Detenidos y Extravíos de Personas" (Art. 1º).
La importancia de la Ley se resalta en su articulado, que vale la pena puntualizar:
Artículo 2°- Todo funcionario público del país que hubiese detenido a una persona, o la hubiese restringido en su libertad, cualquiera fuese la razón, deberá inmediatamente de haber practicado el acto, comunicarlo al registro mencionado en el artículo anterior.
Igualmente cualquier funcionario público que recibiera denuncias o información de extravío de personas, deberá inmediatamente comunicarlo al registro.
En la comunicación deberá hacer saber el nombre y apellido de la persona afectada, fecha de nacimiento, estado civil, nacionalidad, domicilio y demás datos que permitan su identificación. También el funcionario deberá dar cuenta de la autoridad que dispuso la medida, de aquélla a la cual está a disposición y del lugar en donde se encuentra alojada la persona.
Artículo 3°- El registro funcionará las veinticuatro horas del día incluso los días feriados e inhábiles.
Artículo 7°- El gasto que demande el cumplimiento de la presente ley se imputará a las partidas correspondientes del presupuesto del Poder Judicial de la Nación.
Según se desprende del Art. 5º, el Registro es un cuerpo bajo la jurisdicción del Alto Tribunal. A los efectos de apreciar por el legislador la eventual necesidad de corregir o perfeccionar las normas vigentes, es menester contar con la información que por la presente se solicita. Hay un interés público de por medio.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
VANOSSI, JORGE REINALDO CIUDAD de BUENOS AIRES PRO
PINEDO, FEDERICO CIUDAD de BUENOS AIRES PRO
TONELLI, PABLO GABRIEL BUENOS AIRES PRO
BERTOL, PAULA MARIA CIUDAD de BUENOS AIRES PRO
BULLRICH, ESTEBAN JOSE CIUDAD de BUENOS AIRES PRO
COMELLI, ALICIA MARCELA NEUQUEN MOV POP NEUQUINO
MARTINI, HUGO CIUDAD de BUENOS AIRES PRO
ALCHOURON, GUILLERMO EDUARDO BUENOS AIRES ACCION REPUBLICA
DE MARCHI, OMAR MENDOZA DEMOCRATA DE MENDOZA
GALVALISI, LUIS ALBERTO CIUDAD de BUENOS AIRES PRO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
JUSTICIA (Primera Competencia)
LEGISLACION PENAL
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
01/08/2006 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia sin modificaciones
28/11/2006 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia sin modificaciones
29/11/2006 DICTAMEN Aprobado por unanimidad sin modificaciones
Dictamen
02/02/2007
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 1866/2006 02/02/2007
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados CONSIDERACION Y APROBACION APROBADO
Diputados CONTESTACION DEL PODER EJECUTIVO NACIONAL - JEFE DE GABINETE DE MINISTROS - GIRADO A LA COMISION RESPECTIVA
Diputados CONTESTACION CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION - GIRADO A LA COMISION RESPECTIVA