Comisiones » Permanentes » Comisión Permanente de Legislación Penal »

LEGISLACION PENAL

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P04 Oficina 404

Secretario Administrativo DR. SAADE MARTIN OMAR

Martes 15.30hs

Of. Administrativa: (054-11) 6075-7493/94 Internos 2403/01

clpenal@hcdn.gob.ar

PROYECTO DE LEY

Expediente: 2317-D-2015

Sumario: MALOS TRATOS O ACTOS DE CRUELDAD CONTRA ANIMALES - LEY 14346 -. MODIFICACION DEL ARTICULO 1°, SOBRE ELEVACION DE LA PENA.

Fecha: 29/04/2015

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 39

Proyecto
MODIFICACIÓN DEL ART. 1 DE LA LEY 14.346
Artículo 1. Modifíquese el Art. 1° de la Ley 14.346, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Será reprimido con prisión de 1 año a 4 años el que infligiere malos tratos o hiciere víctima de actos de crueldad a los animales".-
Artículo 2. Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.-

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


A lo largo del tiempo, los derechos de los animales han sido progresivamente reconocidos. Un país con leyes acordes al siglo XXI tiene que hacer hincapié en la prevención del abuso y el maltrato de los animales. Y es precisamente en Argentina, adonde existe el precedente mundial de la Orangután Sandra, quien fuera declarada "Persona no humana", y por medio de ese status se le han otorgado derechos como vivir en semilibertad en un santuario acorde a su bienestar.
Pero no solo los simios desarrollan lazos afectivos, razonan, sienten, se deprimen con el encierro, poseen autoconciencia y percepción del tiempo, se encuentran vulnerables a las pérdidas y hasta aprenden a comunicarse. Los animales son seres vivos susceptibles de sentir dolor, y deberían ser protegidos especialmente por carecer de un medio de expresión que les permita manifestarse por sus derechos.
Estoy absolutamente consiente que el aumento de penas "por si solo" no es un instrumento efectivo para llevar adelante una lucha integral contra el delito, y es por ello que el presente labor legislativo se encuentra complementado con otro de mi autoría, según el cual se dispone la creación del programa nacional "Un vehículo por un animal", con la finalidad de eliminar la tracción a sangre en todo el territorio nacional y con ello adecuarnos a los principios establecidos en La Declaración Universal de los Derechos de los Animales, promovida por la Liga Internacional de los Derechos del Animal, aceptada por la ONU y la UNESCO, y con ello al Art. 75 inc. 22 de nuestra Constitución Nacional.-
El desarrollo de la humanidad está centrado en la ampliación de la racionalidad, y para ello necesitamos concientizar a toda la población que los derechos y obligaciones establecidos en el derecho positivo existen para ser cumplidos. En la misma medida debemos dotar al juzgador de medidas coercitivas tendientes a desalentar conductas ajenas a derecho. Este Proyecto lo es, ya que al elevar el mínimo, pero sobretodo el máximo de la pena establecida en la Ley 14.346 todo aquel que incurra en las conductas tipificadas en la norma podrá ser pasible de una condena con prisión efectiva.-
Debemos seguir en la vanguardia de la cultura, ampliando los derechos de aquellos que no pueden defenderse, fomentando el respeto a los mismos, y en su caso reconociendo nuevas personas no humanas, por ello solicito a mis pares me acompañen en este proyecto.-
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MESTRE, DIEGO MATIAS CORDOBA UCR
CARRIZO, SOLEDAD CORDOBA UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION PENAL (Primera Competencia)
LEGISLACION GENERAL
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
22/09/2015 INICIACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
14/06/2016 INICIACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 0688-D-17