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LEGISLACION PENAL

Comisión Permanente

Of. Administrativa: Piso P04 Oficina 404

Jefe DR. TINTO JUAN ENRIQUE

Martes 15.30hs

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 0712-D-2012

Sumario: CODIGO PENAL: MODIFICACION DEL ARTICULO 80 SOBRE INCORPORACION DEL FEMICIDIO VINCULADO COMO TIPO AGRAVADO DE HOMICIDIO.

Fecha: 13/03/2012

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 8

Proyecto
INCORPORACIÓN AL CÓDIGO PENAL DE LA NACIÓN DEL DELITO DE FEMICIDIO VINCULADO COMO UN TIPO AGRAVADO DE HOMICIDIO
Artículo 1º – Modifícase el inciso 4º del artículo 80 del Código Penal de la Nación, el que quedará redac¬tado de la siguiente manera:
Por placer, codicia, odio racial o religioso o como medio para causar sufrimiento a una mujer con la que la víctima tenía un vínculo familiar o afectivo.
Art. 2º – Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto de ley tiene por objeto incor¬porar al Código Penal de la Nación el denominado “femicidio vinculado” como un nuevo tipo penal de homicidio agravado.
En derecho penal es un instrumento para regular el poder punitivo del Estado o el ejercicio del monopolio de la fuerza que encarna éste, estableciendo taxativa¬mente el catálogo de aquellas conductas que merece¬rán sanción penal. Estas conductas son aquellas que se consideran hábiles de afectar los bienes jurídicos más preciados de determinada sociedad.
Ante ello, el avance del derecho penal no será capri¬choso cuando pretenda ampliar la custodia o protec¬ción, a través de la amenaza de sanción, de un bien ju¬rídico sobre el que se evidencia mayor desprotección.
Tampoco lo será cuando mesure justamente la an¬tijuridicidad de determinada modalidad delictiva y le asigne más pena a partir del mayor daño, su extensión a otros bienes jurídicos de la víctima o de terceros, o la manifiesta desaprensión del autor sobre los valores sociales tutelados.
Al menos 12 mujeres –de entre tres meses y doce años– y 29 niños y hombres resultaron muertos como consecuencia de la violencia machista en el último año en el país, de acuerdo con el relevamiento que lle¬va adelante el Observatorio de Femicidios en Argen¬tina, de la Asociación Civil “La Casa del Encuentro”. Para mencionar algunos, el de Alexandra Micaela y Maximiliano Nicolás Alem, de 8 y 11 años, que ha¬brían sido baleados por su padre mientras dormían, después de que su mamá, Estela Almirón, manifestara su voluntad de llevarse a los chicos del hogar. El de Andrea Rodríguez, Cynthya y Jorge Maldonado, de 12, 7 y 4 años, que habrían sido degollados en su casa por la pareja de su mamá, Pablo Luis Alfonso. El de Tomás Damero Santillán, quien habría sido asesina¬do por el marido de su madre, Adalberto Raúl Cuello. Quizás también el de Candela Rodríguez, sobre el que se sospecha fue una venganza dirigida hacia su madre o su padre.
La profusión de casos ha llevado a la mencionada Asociación Civil a trabajar en el concepto de “femi¬cidio vinculado”, al que se llega cuando la agresión masculina alcanza su punto máximo de violencia con¬tra las mujeres sin llegar a su eliminación física. Esto es, el asesinato de personas con vínculo familiar o afectivo con la víctima mujer, generalmente sus hijos, con el objeto de castigarla y destruirla psíquicamente.
Estos crímenes revelan un disvalor social manifies¬to en tanto suponen un desprecio total por la vida, al punto de aniquilarla como simple medio para afectar a un tercero, produciendo un doble impacto, sobre la víctima directa y sobre la mujer a la que se busca mor¬tificar y, a la vez, un doble objetivo, la muerte de la víctima y el castigo a destrucción psicológica de la mujer.
Respecto de estas características particulares que hacen a la aberración del acto, la coordinadora del Registro Nacional de Información de Personas Me¬nores Extraviadas de la Secretaría de Derechos Hu¬manos de la Nación, Cristina Fernández, entiende que “como el asesinato se comete sobre el hijo o la hija para producir un daño explícito a la mujer, en el femi¬cidio vinculado la relación niñez-género se hace más nítida. El ‘caso Tomás’ fue un ejemplo de femicidio vinculado que llegó a los medios. Pero no es el único. El afán de destrucción total de una mujer corporizado en asesinarle a un hijo da prueba cabal de que niñez y género deben ser abordados en forma integral. No se puede trabajar con problemáticas de niñez perdiendo de vista la perspectiva de género. Y no se puede cons¬truir el camino de la conciencia de género si no se atiende al hecho de que hay otras víctimas, además de las mujeres. El perfil de la violencia en el ámbito de lo privado siempre roza a niños, niñas y adolescentes. La maternidad es una construcción social. La infancia y el género también lo son. La resistencia a la violen¬cia doméstica debe ser construcción de un colectivo único, feminista y no feminista, cuya única bandera sea la protección de derechos”. “Te voy a pegar donde más te duele”, la habría amenazado a Susana Santillán el presunto asesino de su hijo, Adalberto Raúl Cuello. Esta amenaza, a criterio de la especialista en género Eva Giberti, es “ejemplo de cómo los niños pasan a ser considerados una extensión sensible de la propia madre, donde golpear para hacerle daño a ella”.
La coordinadora de La Casa del Encuentro, Ada Rico, se pregunta sobre “lo que significa para una mu¬jer la culpa en un caso como éste. Ella queda viva. Pero ¿con qué preguntas? Muchas de esas mamás, cuyos hijos son asesinados por sus ex, terminan con problemas psicológicos, internadas”.
Estos crímenes brutales son considerados hoy por el Código Penal de la Nación como homicidios simples, en tanto no se acredite acabadamente el concurso de agravantes como el ensañamiento, la alevosía o la pre-meditación. Si tenemos en cuenta las circunstancias de tiempo, lugar y modo que deben darse y probarse para configurar alguno de los agravantes, caeremos en la cuenta de que muchos de estos asesinatos terminan por resultar homicidios simples, pese a la brutalidad que revelan.
Así, para que concurra ensañamiento debe acredi¬tarse que se verificó y existió voluntad de aumentar deliberadamente el sufrimiento de la víctima, prolon¬gando su padecimiento con el propósito de satisfacer una tendencia sádica del homicida. Para que exista alevosía el homicidio debe ser a traición, cuando la víctima se encuentra indefensa, y sin riesgos para el autor. Para que haya premeditación, debe darse el con¬curso de dos o más personas.
La gravedad manifiesta de este tipo de crímenes no tiene hoy un justo correlato en las distintas causales de agravantes del homicidio que prevé nuestro Código Penal, por lo que su consideración en tal carácter hará justicia en la condena de una de las formas más per¬versas de violencia hacia las mujeres, niños y niñas. Es por las razones expuestas que solicito a mis pares acompañen esta iniciativa.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
FERRARI, GUSTAVO ALFREDO HORACIO BUENOS AIRES FRENTE PERONISTA
ATANASOF, ALFREDO NESTOR BUENOS AIRES FRENTE PERONISTA
GAMBARO, NATALIA BUENOS AIRES FRENTE PERONISTA
GONZALEZ, GLADYS ESTHER BUENOS AIRES PRO
SOLA, FELIPE CARLOS BUENOS AIRES UNION PERONISTA
MICHETTI, MARTA GABRIELA CIUDAD de BUENOS AIRES PRO
PUCHETA, RAMONA BUENOS AIRES SOCIALISTA DEL MIJD
VIDELA, NORA ESTHER SAN LUIS FRENTE PERONISTA
BULLRICH, PATRICIA CIUDAD de BUENOS AIRES UNION POR TODOS
DE NARVAEZ, FRANCISCO BUENOS AIRES FRENTE PERONISTA
RUCCI, CLAUDIA MONICA BUENOS AIRES FRENTE PERONISTA
THOMAS, ENRIQUE LUIS MENDOZA FRENTE PERONISTA
CARRANZA, CARLOS ALBERTO SANTA FE FRENTE PERONISTA
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION PENAL (Primera Competencia)
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
27/03/2012 INICIACIÓN DE ESTUDIO Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría
29/03/2012 DICTAMEN Aprobados con modificaciones unificados en un solo dictamen con disidencias
Dictamen
03/04/2012 02/11/2012
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 0202/2012 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 0106-D-2011, 0016-CD-2012, 0288-D-2011, 1700-D-2011, 2637-D-2011, 5391-D-2011, 5687-D-2011, 0094-D-2012, 0408-D-2012, 0606-D-2012, 0712-D-2012, 0711-D-2012, 0894-D-2012, 0957-D-2012, 1524-D-2012 y 1536-D-2012 CON MODIFICACIONES; CON 9 DISIDENCIAS PARCIALES; OBSERVACIONES: 2 SUPLEMENTOS 03/04/2012
Diputados Orden del Dia 1306/2012 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 0106-D-2011, 0016-CD-2012, 0288-D-2011, 1700-D-2011, 0205-S-2011, 0267-S-2011, 0382-S-2011, 0383-S-2011, 2637-D-2011, 0611-S-2011, 0788-S-2011, 0967-S-2011, 1058-S-2011, 5391-D-2011, 5687-D-2011, 0094-D-2012, 0408-D-2012, 0606-D-2012, 0712-D-2012, 0711-D-2012, 0894-D-2012, 0957-D-2012, 1524-D-2012, 1536-D-2012, 0018-S-2012, 0110-S-2012, 0162-S-2012, 0535-S-2012, 0563-S-2012, 1872-S-2012 y 1460-S-2012 LA COMISION ACONSEJA INSISTIR EN SU SANCION ORIGINAL 02/11/2012
Senado Orden del Dia 0983/2012 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 0106-D-2011, 0016-CD-2012, 0288-D-2011, 1700-D-2011, 0205-S-2011, 0267-S-2011, 0382-S-2011, 0383-S-2011, 2637-D-2011, 0611-S-2011, 0788-S-2011, 0967-S-2011, 1058-S-2011, 5391-D-2011, 5687-D-2011, 0094-D-2012, 0408-D-2012, 0606-D-2012, 0712-D-2012, 0711-D-2012, 0894-D-2012, 0957-D-2012, 1524-D-2012, 1536-D-2012, 0018-S-2012, 0110-S-2012, 0162-S-2012, 0535-S-2012, 0563-S-2012, 1872-S-2012 y 1460-S-2012 CON MODIFICACIONES; LA COMISION ACONSEJA APROBAR OTRO PROYECTO DE LEY; LA COMISION HA TENIDO A LA VISTA EXPEDIENTE 1212-S-2012 13/09/2012
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO CARLOS CARRANZA (A SUS ANTECEDENTES)
Diputados CONSIDERACION Y APROBACION CON MODIFICACIONES CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0106-D-2011, 0016-CD-2012, 0288-D-2011, 1700-D-2011, 2637-D-2011, 5391-D-2011, 5687-D-2011, 0094-D-2012, 0408-D-2012, 0606-D-2012, 0712-D-2012, 0711-D-2012, 0894-D-2012, 0957-D-2012, 1524-D-2012 y 1536-D-2012 MEDIA SANCION
Diputados INSERCIONES DE LOS DIPUTADOS BERNAL, CAMAÑO, CICILIANI, COMELLI, DIAZ BANCALARI, FERNANDEZ SAGASTI, FERRARI, GIL LAVEDRA, GUZMAN, LINARES, MENDOZA, MONGELO, PANSA, PUIGGROS, SACCA Y SEGARRA CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0106-D-2011, 0016-CD-2012, 0288-D-2011, 1700-D-2011, 2637-D-2011, 5391-D-2011, 5687-D-2011, 0094-D-2012, 0408-D-2012, 0606-D-2012, 0712-D-2012, 0711-D-2012, 0894-D-2012, 0957-D-2012, 1524-D-2012 y 1536-D-2012
Senado PASA A SENADO - CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0106-D-2011, 0016-CD-2012, 0288-D-2011, 1700-D-2011, 2637-D-2011, 5391-D-2011, 5687-D-2011, 0094-D-2012, 0408-D-2012, 0606-D-2012, 0712-D-2012, 0711-D-2012, 0894-D-2012, 0957-D-2012, 1524-D-2012 y 1536-D-2012
Senado MOCION DE PREFERENCIA PARA LA PROXIMA SESION CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0106-D-2011, 0016-CD-2012, 0288-D-2011, 1700-D-2011, 0205-S-2011, 0267-S-2011, 0382-S-2011, 0383-S-2011, 2637-D-2011, 0611-S-2011, 0788-S-2011, 0967-S-2011, 1058-S-2011, 5391-D-2011, 5687-D-2011, 0094-D-2012, 0408-D-2012, 0606-D-2012, 0712-D-2012, 0711-D-2012, 0894-D-2012, 0957-D-2012, 1524-D-2012, 1536-D-2012, 0018-S-2012, 0110-S-2012, 0162-S-2012, 0535-S-2012, 0563-S-2012, 1872-S-2012 y 1460-S-2012
Senado CONSIDERACION Y APROBACION CON MODIFICACIONES CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0106-D-2011, 0016-CD-2012, 0288-D-2011, 1700-D-2011, 0205-S-2011, 0267-S-2011, 0382-S-2011, 0383-S-2011, 2637-D-2011, 0611-S-2011, 0788-S-2011, 0967-S-2011, 1058-S-2011, 5391-D-2011, 5687-D-2011, 0094-D-2012, 0408-D-2012, 0606-D-2012, 0712-D-2012, 0711-D-2012, 0894-D-2012, 0957-D-2012, 1524-D-2012, 1536-D-2012, 0018-S-2012, 0110-S-2012, 0162-S-2012, 0535-S-2012, 0563-S-2012, 1872-S-2012 y 1460-S-2012 MEDIA SANCION
Diputados VUELVE A DIPUTADOS - CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0106-D-2011, 0016-CD-2012, 0288-D-2011, 1700-D-2011, 0205-S-2011, 0267-S-2011, 0382-S-2011, 0383-S-2011, 2637-D-2011, 0611-S-2011, 0788-S-2011, 0967-S-2011, 1058-S-2011, 5391-D-2011, 5687-D-2011, 0094-D-2012, 0408-D-2012, 0606-D-2012, 0712-D-2012, 0711-D-2012, 0894-D-2012, 0957-D-2012, 1524-D-2012, 1536-D-2012, 0018-S-2012, 0110-S-2012, 0162-S-2012, 0535-S-2012, 0563-S-2012, 1872-S-2012 y 1460-S-2012
Diputados CITACION SESION ESPECIAL CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0106-D-2011, 0016-CD-2012, 0288-D-2011, 1700-D-2011, 0205-S-2011, 0267-S-2011, 0382-S-2011, 0383-S-2011, 2637-D-2011, 0611-S-2011, 0788-S-2011, 0967-S-2011, 1058-S-2011, 5391-D-2011, 5687-D-2011, 0094-D-2012, 0408-D-2012, 0606-D-2012, 0712-D-2012, 0711-D-2012, 0894-D-2012, 0957-D-2012, 1524-D-2012, 1536-D-2012, 0018-S-2012, 0110-S-2012, 0162-S-2012, 0535-S-2012, 0563-S-2012, 1872-S-2012 y 1460-S-2012
Diputados CONSIDERACION Y SANCION (INSISTENCIA DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS EN SU SANCION ORIGINAL) CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0106-D-2011, 0016-CD-2012, 0288-D-2011, 1700-D-2011, 0205-S-2011, 0267-S-2011, 0382-S-2011, 0383-S-2011, 2637-D-2011, 0611-S-2011, 0788-S-2011, 0967-S-2011, 1058-S-2011, 5391-D-2011, 5687-D-2011, 0094-D-2012, 0408-D-2012, 0606-D-2012, 0712-D-2012, 0711-D-2012, 0894-D-2012, 0957-D-2012, 1524-D-2012, 1536-D-2012, 0018-S-2012, 0110-S-2012, 0162-S-2012, 0535-S-2012, 0563-S-2012, 1872-S-2012 y 1460-S-2012 SANCIONADO
Diputados INSERCIONES CONJUNTAMENTE PARA LOS EXPEDIENTES 0106-D-2011, 0016-CD-2012, 0288-D-2011, 1700-D-2011, 2637-D-2011, 5391-D-2011, 5687-D-2011, 0094-D-2012, 0408-D-2012, 0606-D-2012, 0712-D-2012, 0711-D-2012, 0894-D-2012, 0957-D-2012, 1524-D-2012 y 1536-D-2012