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LEGISLACION GENERAL

Comisión Permanente

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Secretario Administrativo DR. TRIANTAFILO GUILLERMO

Miércoles 16.00hs

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PROYECTO DE LEY

Expediente: 6431-D-2006

Sumario: INSTITUIR COMO "DIA NACIONAL DE LA ELECTRIFICACION RURAL" AL DIA 16 DE NOVIEMBRE DE CADA AÑO.

Fecha: 30/10/2006

Publicado en: Trámite Parlamentario N° 162

Proyecto
Articulo 1º.- Institúyese el 16 de noviembre como Día Nacional de la Electrificación Rural.
Articulo 2º.- De forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La electrificación rural permite a los residentes en el campo el acceso a una mejor calidad de vida, equiparando su situación con los habitantes de las zonas urbanas. Además de proveer comodidades y confort, posibilita el uso de los modernos medios de comunicación e información y, fundamentalmente, coadyuva al incremento de la producción.
La radicación efectiva del hombre en su tierra y la integración familiar en el ambiente rural constituyen el sustento del crecimiento productivo del sector.
En nuestro país, han sido las cooperativas prestadoras de electricidad las que han hecho el verdadero esfuerzo inversor de llevar la energía al campo.
Una vez afianzado el movimiento cooperativo eléctrico en las áreas urbanas a través de la gestión de numerosas cooperativas que se fueron constituyendo a partir de 1926 (año de creación de la Cooperativa Eléctrica de Punta Alta, en el sur de la provincia de Buenos Aires), la acción comenzó a orientarse hacia las zonas rurales.
El mayor desarrollo de la electrificación rural se dio en el lapso que va desde principios de la década del 60 hasta fines de la década del 70. Las cooperativas eléctricas ya existentes y las que se crearon para este propósito cundieron por toda la geografía del país, a punto tal que el noventa por ciento de la electrificación rural en la República Argentina fue realizado por cooperativas.
Se sentaron así las bases para afincar la familia al campo, permitirle los beneficios de la modernidad y posibilitar el crecimiento de la actividad agropecuaria, todo ello en un contexto de procurarse por sí mismos este esencial servicio mediante una empresa cooperativa.
Planteada la necesidad de contar con una entidad que agrupara a las cooperativas existentes, vinculándolas para una mejor acción de conjunto, en el año 1939 nace la Federación Argentina de Cooperativas de Electricidad (FACE).
Esta federación participó de la organización de entidades internacionales que promueven la construcción de líneas eléctricas rurales. Fue una de las fundadoras, y actualmente forma parte, del Consejo Latinoamericano de Electrificación Rural, que comenzó a plasmarse en el año 1961 en México, dentro del “Seminario Latinoamericano de Energía Eléctrica”. La primera Conferencia Latinoamericana de Electrificación Rural (CLER) se realizó en Buenos Aires y su acto inaugural se efectuó el 16 de noviembre de 1964.
Este evento fue llevado a cabo por iniciativa de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), bajo el título “Seminario Latinoamericano de Electrificación Rural” con la presencia de varios países. Entre sus objetivos principales figuraba el de “propiciar el intercambio de experiencias entre los países de América Latina y el Caribe, referente a la electrificación rural, como imperativo del desarrollo socio económico”.
Con el objetivo de contribuir a la continuidad de las conferencias, la Empresa Eléctrica de Uruguay aceptó crear una Secretaría Permanente, la cual se constituyó durante la XIV CLER en Uruguay en 1993. Con esta nueva organización, en cada país se constituye un Consejo Local, que en la Argentina está integrado por el Consejo Federal de la Energía Eléctrica y la Federación Argentina de Cooperativas de Electricidad (FACE).
En lo atinente a denominación, características, visión y misión, los estatutos del Consejo Latinoamericano de Electrificación Rural (CLER) expresan “El CLER es una organización de carácter internacional, de duración ilimitada y sin fines de lucro que reúne a gobiernos, instituciones, empresas, cooperativas, organismos no gubernamentales (ONG´s), sector académico y organizaciones afines a la electrificación rural. Visión: El CLER es una entidad que promoverá el desarrollo de la electrificación rural y el suministro energético como base del desarrollo sostenible en Latinoamérica y el Caribe, integrando con este fin a los principales actores nacionales y regionales. Misión: Desarrollar procesos de implementación, cooperación, intercambio de experiencias, capacitación, información de proyectos y programas relacionados con la electrificación rural, que fomenten la solidaridad regional y asistan a la región en su desarrollo”.
Entre sus objetivos específicos se encuentra “Organizar la Conferencia Latinoamericana de Electrificación Rural – CLER - cada 2 años, en el país que se designe como anfitrión”.
A efectos de estimular que desde el Estado, desde las cooperativas y desde otros sectores como los inversores, las universidades, las ONG, etc., se promueva el trabajo continuado en pro de la electrificación rural, es conveniente instituir una fecha que actúe como recordatorio y convocante para el estudio, análisis, discusión y desarrollo de planes tendientes al incremento de los servicios eléctricos en las zonas rurales, propendiendo así a la igualdad en el acceso a los servicios públicos para todos los ciudadanos del país. Se propone el 16 de noviembre, en coincidencia con la realización de la primera CLER, hecho acontecido en nuestro país en el año 1964.
Por todo lo expuesto, es que elevo a consideración el presente proyecto de ley, solicitando a los integrantes de la Honorable Cámara su voto favorable.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GIORGETTI, JORGE RAUL SANTA FE FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ENERGIA Y COMBUSTIBLES (Primera Competencia)
LEGISLACION GENERAL
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
12/07/2007 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia sin modificaciones
08/11/2007 ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia sin modificaciones