LIBERTAD DE EXPRESION
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PROYECTO DE DECLARACION
Expediente: 8046-D-2013
Sumario: EXPRESAR PREOCUPACION Y REPUDIO AL ALLANAMIENTO DE LAS OFICINAS DEL MEDIO PERIODISTICO "ULTIMA HORA", Y LA DETENCION DEL PERIODISTA JUAN PABLO SUAREZ, OCURRIDO EL 9 DE DICIEMBRE DE 2013, EN LA PROVINCIA DE SANTIAGO DEL ESTERO.
Fecha: 27/12/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 191
Su gran preocupación y repudio en
relación al allanamiento de las oficinas del medio periodístico "Ultima Hora" y la
detención del periodista Juan Pablo Suárez bajo la imputación de sedición,
producidos el día 9 de Diciembre de 2013 en la ciudad de Santiago del Estero y
fundados en la cobertura de los actos de protesta social que son de dominio
público verificados en dicha ciudad
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El día 09 de Diciembre de 2013 la
Jueza Rosa Falco ordenó un allanamiento de las oficinas del medio Ultima Hora y
la detención de su editor responsable, el periodista Juan Pablo Suarez por la figura
del delito de sedición. Según denuncia, el periodista habría filmado un brutal
ataque al efectivo Villagrán cuando éste se encontraba realizando una pequeña
protesta salarial. (http://www.lapoliticaonline.com/nota/77203/).
Los periodistas han denunciado que
el allanamiento tuvo como objetivo apoderarse de un video en el que estaría
registrada la agresión sufrida por un policía de esa provincia y su familia que se
manifestaban públicamente en reclamo por mejoras salariales.
(http://www.fundacionled.org/articulos-y-monitoreo/allanan-diario-en-santiago-
del-estero)
A esto debemos sumar que la esposa
de Suárez, Sandra Wede, ha objetado el allanamiento, al que calificó de "viciado de
nulidad, porque los testigos venían con los uniformados" y dijo que actuaron 40
policías, en un "operativo inusual y espectacular"
(http://www.clarin.com/politica/saqueos-periodista-detenido-
Santiago_del_Estero_0_1048695479.html)
Las mencionadas irregularidades se
dan cuenta en el pedido de la fiscalía interviniente al solicitar la liberación del
periodista Juan Pablo Suárez, desestimando la imputación del delito de sedición y
por una serie de irregularidades en el procedimiento de detención.
(http://www.plazademayo.com/2013/12/urgente-detienen-a-periodista-en-
santiago-del-estero-acusado-de-sedicion/)
FOPEA se ha expresado en repudio de
los acontecimientos en los siguientes términos: "la utilización de ese delito tiene un
potencial enorme de cercenamiento de la libertad de expresión, por su gran
ambigüedad para su aplicación. Es peligroso que la acusación en base a ese delito
pueda ser utilizada, en cualquier lugar del país, contra cualquier periodista o medio
de comunicación que informe sobre temas de enorme gravedad institucional, como
los que se vivieron con los recientes saqueos y la crisis policial".
(http://www.fopea.org/Inicio/Preocupacion_de_FOPEA_por_utilizacion_de_la_f
igura_de_sedicion_en_la_detencion_del_editor_de_un_sitio_web)
Si todas las irregularidades que se
denuncian son comprobadas, nos encontramos frente a una gravísima violación de
la Constitución Nacional y los Tratados Internacionales en materia de libertad de
expresión y ejercicio del periodismo.
El derecho penal, como instrumento
de persecución política, no puede ni debe ser utilizado ya que es sabido que en
materia de libertad de expresión debe regir -exclusivamente- un sistema de
responsabilidades ulteriores. A lo dicho debemos agregar y reafirmar que las
responsabilidades ulteriores que se establezcan no podrían tampoco operar como
un mecanismo indirecto de censura.
Así las cosas, en el presente caso se ha
dispuesto la detención de un periodista en forma preventiva, lo que contradice la
jurisprudencia de la Cámara Nacional de Casación Penal (Acuerdo 1/08. Plenario
Nº 13 - 'Diaz Bessone, Ramón Genaro s/recurso de inaplicabilidad de ley' - CNCP -
EN PLENO - 30/10/2008), en el que se establece que la prisión preventiva deberá
ser una medida excepcional, proporcional y tener como objetivo asegurar el
proceso judicial. Por dicha razón, al momento de dictar una prisión preventiva
deberá considerarse el peligro de fuga o el posible entorpecimiento de la
investigación. Es evidente que en el caso no se ha cumplido con dichos estándares
mínimos para el dictado de una prisión preventiva.
En sentido similar, la Declaración de
Chapultepec adoptada por la Conferencia Hemisférica sobre Libertad de Expresión
celebrada en México, D.F. el 11 de marzo de 1994 establece que la prisión injusta
de los periodistas, la destrucción material de los medios de comunicación, la
violencia de cualquier tipo y la impunidad de los agresores, coartan severamente la
libertad de expresión y de prensa. Estos actos deben ser investigados con prontitud
y sancionados con severidad.
Por último, es importante
comprender que, según se interpreta de la Convención Americana de Derechos
Humanos, cuando se restringe ilegalmente la libertad de expresión de un
individuo, no sólo es el derecho de ese individuo el que está siendo violado, sino
también el derecho de todos a "recibir" informaciones e ideas, de donde resulta que
el derecho protegido por el artículo 13 tiene un alcance y un carácter especiales
(Convención Americana sobre Derechos Humanos Anotada y concordada con la
Jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos/Castillo Víquez
Fernando, Rodríguez Loaiza Olman, Arguedas Rodríguez Graciela - Heredia, Costa
Rica : Corte Suprema de Justicia. Escuela Judicial, 2013. Página 347)
Por todo lo expuesto les pido a los
Sres. Legisladores y Sras. Legisladoras que acompañen con su voto la presente
iniciativa.
Firmante | Distrito | Bloque |
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ALONSO, LAURA | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNION PRO |
DE FERRARI RUEDA, PATRICIA | CORDOBA | UCR |
DUCLOS, OMAR ARNALDO | BUENOS AIRES | GEN |
TONELLI, PABLO GABRIEL | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNION PRO |
GARRIDO, MANUEL | CIUDAD de BUENOS AIRES | UCR |
GIMENEZ, PATRICIA VIVIANA | MENDOZA | UCR |
BROWN, CARLOS RAMON | BUENOS AIRES | FE |
GONZALEZ, GLADYS ESTHER | BUENOS AIRES | UNION PRO |
PUCHETA, RAMONA | BUENOS AIRES | FRENTE POR LA INCLUSION SOCIAL |
BULLRICH, PATRICIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNION PRO |
PEREZ, ADRIAN | BUENOS AIRES | FRENTE RENOVADOR |
SCHMIDT LIERMANN, CORNELIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNION PRO |
SCAGLIA, GISELA | SANTA FE | UNION PRO |
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