LIBERTAD DE EXPRESION
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PROYECTO DE DECLARACION
Expediente: 5797-D-2012
Sumario: EXPRESAR REPUDIO Y PREOCUPACION POR LA AGRESION Y MALTRATO CONTRA LA PERIODISTA DANIELA ABRUDSKY, OCURRIDOS EL DIA 12 DE AGOSTO DE 2012 EN VILLA ALLENDE, PROVINCIA DE CORDOBA.
Fecha: 22/08/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 107
Su repudio y
preocupación ante la agresión y maltrato que recibiera la periodista
Daniela Abrudsky, mientras desarrollaba su labor periodística el pasado
12 de agosto en la localidad cordobesa de Villa Allende, por parte del
Director General de Contenidos y Comunicación del gobierno de la
provincia de Córdoba, Fernando Aimaretto.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En el marco de los festejos por el Día
del Niño que el domingo 12 de agosto pasado tuvieron lugar en la ciudad de Villa
Allende, Córdoba, la periodista Daniela Abrudsky sufrió la presión y el maltrato por
parte del Director General de Contenidos y Comunicación del gobierno provincial,
Fernando Jesús Aimaretto. El suceso, ocurrido en ocasión de la breve entrevista
que la periodista le realizara al gobernador José Manuel De la Sota durante su
participación en el evento, fue denunciado por la propia trabajadora de prensa
ante la instancia de Monitoreo de Libertad de Expresión del Foro de Periodismo
Argentino (FOPEA), motivando su intervención; a ésta se sumó el repudio del
Círculo Sindical de la Prensa y la Comunicación de Córdoba (CISPREN) y la
replicación noticiosa en diversos medios locales y regionales (1) .
En el citado episodio el funcionario
provincial le recriminó su desempeño a la periodista, agrediéndola de manera
verbal y física, tomándola del brazo con fuerza según ella misma denunciara,
desconociendo tal funcionario que escapa a las atribuciones gubernamentales la
coerción y el uso de la fuerza contra la requisitoria periodística.
El repudio de este tipo de hechos,
lesivo de las garantías y derechos consagrados constitucionalmente, resulta
inherente en este caso a la función de los legisladores nacionales actuando como
cuerpo colegiado y debe interpretarse como señal de alerta observación y sano
control interinstitucional ante el avasallamiento a derechos elementales. Más aún
por cuanto el propio poder ejecutivo provincial ha evitado pronunciarse
enérgicamente en contra, como era de esperarse, y por el contrario, ha decidido
"desconocerlo".
Por dichos motivos, solicito a los Sres.
Legisladores acompañen el presente Proyecto de Declaración.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GUTIERREZ, MONICA EDITH | CORDOBA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
FRANCIONI, FABIAN MARCELO | CORDOBA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
NEBREDA, CARMEN ROSA | CORDOBA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
LIBERTAD DE EXPRESION (Primera Competencia) |
Trámite en comisión(Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
30/10/2012 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad con modificaciones unificados, con un dictamen de mayoría y dos de minoría |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 1449/2012 - DICTAMEN CONJUNTO DE LOS EXPEDIENTES 1981-D-2012, 2341-D-2012, 2364-D-2012, 2366-D-2012, 2394-D-2012, 2406-D-2012, 2546-D-2012, 2540-D-2012, 3201-D-2012, 3915-D-2012, 4326-D-2012, 5646-D-2012, 5797-D-2012 y 5798-D-2012 | CON MODIFICACIONES; DICTAMEN DE MAYORIA: CON MODIFICACIONES; 2 DICTAMENES DE MINORIA: UNO CON MODIFICACIONES, EL OTRO ACONSEJA RECHAZAR EL DICTAMEN DE MAYORIA; ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION, BAE 38/2012 | 20/11/2012 |