LIBERTAD DE EXPRESION
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PROYECTO DE RESOLUCION
Expediente: 5743-D-2014
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LA CONCURRENCIA DEL SEÑOR CANCILLER HECTOR TIMERMAN ANTE LAS COMISIONES DE COMUNICACION E INFORMATICA Y LIBERTAD DE EXPRESION DE LA H. CAMARA, A FIN DE INFORMAR SOBRE EL PEDIDO DE COOPERACION REALIZADO AL HOMELAND SECURITY DE EEUU, PARA CONOCER DATOS PERSONALES DE UN GRUPO DE TWITTEROS QUE APOYAN AL FISCAL JOSE MARIA CAMPAGNOLI.
Fecha: 21/07/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 90
Dirigirse al Poder Ejecutivo
Nacional, para que disponga la concurrencia del Sr. Canciller Héctor
Timerman ante esta Honorable Cámara de Diputados, en las Comisiones de
Comunicación e Informática y Libertad de Expresión, a fin de informar sobre el
pedido de cooperación realizado al Homeland Security de EEUU para conocer
los datos personales de un grupo de twitteros que apoya al fiscal José María
Campagnoli.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Con gran preocupación hemos
tomado conocimiento del pedido de cooperación al Homeland Security de
EEUU, solicitado por el gobierno nacional, para conocer los datos personales
de un grupo de twitteros que apoya al fiscal José María Campagnoli.
De acuerdo a las denuncias
judiciales que han trascendido, un grupo de seguidores del Dr. Campagnoli
recibió una solicitud de datos personales de parte de la empresa Twitter, por
orden del Homeland Security y a pedido de la Cancillería argentina.
Al respecto debemos recordar que
la libertad de expresión es el derecho que más veces aparece custodiado en
nuestra Carta Magna y otorga a todos los ciudadanos que habitan nuestro
suelo la sagrada posibilidad de manifestar toda clase de ideas u opiniones sin
ningún tipo de condicionamiento ni represión.
En ella se la ampara y protege
especialmente por considerarla como la madre de todas las libertades. Del
mismo modo la Convención Interamericana de Derechos Humanos y múltiples
tratados internacionales la enuncian particularmente.
Por nuestra parte, hemos venido
advirtiendo sobre la práctica comunicacional fascista e intimidatoria de
desprestigio, ataque al buen nombre y honor de las personas, demandas
judiciales, auditorías fiscales y ahora investigaciones internacionales, entre
otros, que se está consolidando cada vez más en nuestro país.
Es así como diversos partícipes de
la vida política, económica y social son diaria y violentamente atacados desde
los organismos oficiales en actitudes autoritarias, con herramientas de
restricción desde los diversos estamentos de su gestión.
Y más aún, lo que agrava el
escandaloso hecho de la persecución a los ciudadanos que expresan su
opinión en las redes sociales es el pedido de colaboración internacional
realizado por la Cancillería de nuestro país.
Es por ello que expresamos nuestro
más enérgico repudio ante este gravísimo atentado a la libertad de expresión y
a las garantías individuales a manifestar públicamente sus opiniones
personales, cometido por el gobierno nacional contra un grupo de usuarios de
twitter y exigimos la presencia del Canciller Timerman ante las comisiones de
Comunicación e Informática y Libertad de Expresión para que informe sobre
este bochornoso acto de coerción y censura.
Por todo lo expresado, es
que le solicitamos al Sr. Presidente la aprobación del presente pedido de
resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
BULLRICH, PATRICIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNION PRO |
SCHMIDT LIERMANN, CORNELIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNION PRO |
CACERES, EDUARDO AUGUSTO | SAN JUAN | UNION PRO |
SCAGLIA, GISELA | SANTA FE | UNION PRO |
GIMENEZ, PATRICIA VIVIANA | MENDOZA | UCR |
BROWN, CARLOS RAMON | BUENOS AIRES | FE |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia) |
COMUNICACIONES E INFORMATICA |
LIBERTAD DE EXPRESION |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 133 (2015), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996 |